Post on 04-Oct-2020
BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
AÑO 2018 –DICIEMBRE (2)
Encargado del Boletín Oficial: Antonio Juan Ignacio Marlats
Fecha de Publicación 10/01/2019
SAN CAYETANO, 17 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Señora Garcia Noelia Itati, con documento D.N.I. Nº 31.996.100, se ha presentado ante la
Dirección de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma manifiesta ser indigente y necesitar ayuda financiera, para solventar gastos por compra de
leche Vital 3, pañales, e insumos varios para su hija Caravallo Nina;
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de la Señora
Garcia Noelia Itati, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Señora García Noelia Itati, con documento D.N.I. Nº
31.996.100, por la suma de Pesos Ocho Mil ($ 8.000,00) para solventar gastos por compra de leche Vital
3, pañales, e insumos varios para su hija Caravallo Nina.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110102000 – Secretaria de Gobierno, Categoría
Programática: Administración de Acción Social Directa 22.01.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0., del
Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1436/2018
SAN CAYETANO, 17 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
El Decreto Nº 1420/2018, y:
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, se designó a partir del 13 de Diciembre de 2018, en el cargo de Secretario de
Gobierno de la Municipalidad de San Cayetano, al señor Marcelo José GONZALEZ, DNI N°
21.636.980.-
Que en consecuencia se debe realizar la liquidación final del Secretario de Gobierno saliente Dr. Manuel
Sampayo.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Procédase a la liquidación final de haberes, SAC, Licencia por descanso anual
proporcional y hágase la correspondiente certificación de servicio del Dr. Manuel Sampayo, DNI Nº
30.991.621.-
ARTICULO 3.- Para su conocimiento, notifíquese al Agente y pásese copia a Oficina de Personal, dese a
Registro oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 1437 /2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la apertura de propuestas de la CONCURSO DE PRECIOS N° 94/2018 - “Contratación de
Seguros Técnicos para Equipos Electrodomésticos, Computación e Informática”, se presentan 4 (cuatro)
Oferentes y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al precio presentados por las cuatro empresas y a lo dictaminado por la Comisión de
Estudio de Propuestas, se desprende que la contratación de los seguros deberá de ser adjudicada al
Oferente Nº 2 y 3, según lo más conveniente a los intereses de la Comuna,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Adjudicase al Oferente Nº 2 “Provincia Seguros S. A.” el Item Nº 1: Seguro Técnico para
Equipos de computación de oficina, monitores, impresoras, etc., - por un importe total de Pesos Trece Mil
Ochocientos Cincuenta y Seis con Noventa y Ocho Centavos ($ 13.856,98) y al Oferente Nº 3 “San
Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales” el Item Nº2: Seguro Técnico para notebooks según
planilla adjunta, por un importe total de Pesos Mil Ciento Sesenta y Dos ($ 1.162,00) para la Contratación
de Seguros Técnicos para Equipos Electrodomésticos, Computación e Informática
ARTICULO 2: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a la Cuenta: Bancos,
Seguros e Impuestos, de Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda, Categoría Programática
01.00.00 – Administración Central – Fuente de Financiamiento 110 De Tesoro Municipal - Objeto del
Gasto 3.5.4.0 – Primas y Gastos de Seguros, del Presupuesto General de Gastos por Programa vigente.-
ARTICULO 3: Por contaduría se procederá a librar los pagos respectivos, previa presentación de la
facturación correspondiente.-
ARTICULO 4: Pásese copia a contaduría, a Tesorería, a Oficina de Compras, Registro Oficial, y
cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1438/2018.-
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La necesidad de designar el personal que integre el Cuerpo de Guardavidas del Balneario San Cayetano
durante la temporada estival del Año 2018/2019; y,
CONSIDERANDO:
Que por la naturaleza de las tareas que realizan debe incorporarse en la Planta de Personal Temporario.
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Recursos vigente para el Ejercicio 2019,
establece las categorías vigentes a partir del 1° de enero de 2019.-
Que debe dictarse el instrumento legal por medio del cual se designe al personal que integrará el Cuerpo
de Guardavidas.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese al señor DARIO D´MARIA, DNI Nº 27.625.356, fecha de nacimiento 28-07-
1980, con domicilio en calle Alte. Brown Nº 865 de San Cayetano, Registro de Guardavidas G-2021,
carnet de Conductor Náutico N2-27625356, para prestar servicios como GUARDAVIDAS en Playas del
Balneario San Cayetano. El agente será incorporado como Personal Mensualizado de Planta Temporaria
Categoría 2 con 8 horas diarias de labor, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Recursos vigente para el Ejercicio 2018 y vigente para el
ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El agente designado en el Artículo anterior, deberá cumplir con los requisitos exigidos
por Ordenanza Municipal N° 1056/01 y su Decreto Reglamentario N° 1.202/2012.-
ARTICULO 3.- El plazo de designación de tareas, efectuado en el Art.1º, será desde el 15 de
DICIEMBRE de 2018 hasta el 28 de FEBRERO de 2019 inclusive; fecha en que se producirá su
vencimiento en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno. La
jornada laboral será de 8 (ocho) horas diarias y la establecerá el jefe de guardavidas de manera rotativa
con el resto de los integrantes del cuerpo. Gozará de 1 franco semanal, el que deberá ser tomado
indefectiblemente de lunes a jueves y no podrá cambiarlo, salvo autorización escrita de la Municipalidad.-
ARTICULO 4.- El agente por la tarea desempeñada tendrá derecho al cobro de la bonificación por tarea
riesgosa establecido en el artículo 6 del Decreto 329/2012 y sus modificatorias.-
ARTICULO 5.- El gasto que demande el cumplimiento del Art. 1º será imputado a 1110103000 –
Secretaría Técnica, Categoría Programática 27.01.00 Balneario San Cayetano, Partida 1.2.1.0 a 1.2.6.0,
del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 6.- Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal, Dirección de
Deportes, Turismo y Recreación, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1439/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora LARSEN MAILEN ELIZABETH, DNI Nº 40.425.782, fecha de
nacimiento 23-02-1998, domiciliada en calle 9 de Julio Nº 896 de San Cayetano, para prestar servicios
como Planta Temporaria, Personal Destajista, Categoría 14, 8 horas diarias de labor, Auxiliar maestranza
en Área del Balneario San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2018.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo 1º será desde el 1 de
NOVIEMBRE de 2018 hasta el 31 de DICIEMBRE de 2018 inclusive, fecha en que se producirá su
vencimiento en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado a la
Jurisdicción 1110103000 Secretaría Técnica, Categoría Programática 27.01.00 – Balneario San
Cayetano.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1440/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por la Señora Susana Noemí García, Presidente de la Asociación de Jubilados y
Pensionados de San Cayetano, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización para realizar una Rifa que circulará en el ámbito del Partido
de San Cayetano hasta el día 30 de Noviembre de 2019, fecha en que será sorteada en la última jugada de
Lotería Nacional.-
Que la citada Institución ha cumplimentado la presentación de la documentación correspondiente.
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Concédase el permiso solicitado por la Asociación de Jubilados y Pensionados de San
Cayetano, para organizar una Rifa que circulará en el ámbito del Partido de San Cayetano hasta el día 30
de Noviembre de 2019, fecha en que será sorteada en la última jugada de la Quiniela Nacional Nocturna .
ARTICULO 2: La mencionada Rifa consta de Quinientos (500) boletas con dos (2) números por boleta, y
por un valor de Pesos Quinientos Sesenta ($ 560) cada una, u ocho (8) cuotas de Pesos Setenta ($ 70)
cada cuota.-
ARTICULO 3: Los premios a entregar son los siguientes:
Primer premio: Orden de compra por la suma de Pesos Veinte Mil ($ 25.000).-
Segundo Premio: Orden de compra por la suma de Pesos Diez Mil ($ 12.000).-
Tercer Premio: Orden de compra por la suma de Pesos Cinco Mil ($ 8.000).-
Cuarto Premio: Orden de compra por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500).-
Premios por pago al contado: Orden de compra por la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000), a sortearse el
27 de Julio de 2018, en la última jugada de Lotería Nacional.-
Sorteos Mensuales: Orden de compra por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500), a sortearse el
30 de Mayo de 2019; 29 de Junio 2019; 31 Agosto 2019, 28 de Septiembre 2019 y 26 de Octubre 2019,
en la última jugada de la Lotería Nacional.-
ARTICULO 4: Para su cumplimiento, notifíquese a la Estación de Policía Comunal de San Cayetano, a la
entidad organizadora, dése a Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1441/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la apertura de propuestas de la LICITACION PUBLICA N° 09/2018 - “Contratación de Pólizas
de Seguro para Automóviles y Maquinarias Municipales año 2019”, se presentan 8 (ocho) Oferentes y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al precio presentado por las ocho empresas, y a lo dictaminado por la Comisión de
Estudio y Propuestas, se desprende que la contratación de los mismos, deberá de ser adjudicada al
Oferentes Nº 3 y 5, según lo más conveniente a los intereses de la Comuna,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Adjudicase Para la Cotización Nº 3198, referida a la contratación de pólizas de seguro
automotor para vehículos de Producción, deberá adjudicarse de la siguiente forma: Ítem 1, al proveedor
(1740) Triunfo Coop. De Seguros Ltda., referente a (vehículos de producción) por la suma de $ 25.277,00
(Pesos Veinticinco Mil Doscientos Setenta y Siete) de financiado en 12 cuotas iguales, mensuales y
consecutivas, por ser la oferta más conveniente.- Para la Cotización Nº 3200, referida a la contratación de
pólizas de seguro automotor para vehículos de Administración Central, deberá adjudicarse de la siguiente
forma: Ítem 1, al proveedor (1740) Triunfo Coop. De Seguros Ltda., referente a (vehículos de
Administración Central) por la suma de $ 56.654,00 (Pesos Cincuenta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta y
Cuatro) de financiado en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por ser la Oferta más conveniente.
- Para la Cotización Nº 3201, referida a la contratación de pólizas de seguro automotor para vehículos de
la Dirección Vial, Dirección de Obras y Servicios Públicos y la Dirección de Balneario San Cayetano,
deberá adjudicarse de la siguiente forma: Ítem 1, al proveedor (869) Nación Seguros S. A., referente a
(vehículos de la flota vial) por la suma de $ 577.064,88 (Pesos Quinientos Setenta y Siete Mil Sesenta y
Cuatro con Ochenta y Ocho Centavos) de financiado en 10 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por
ser la oferta más conveniente.- Ítem 2, al proveedor (869) Nación Seguros S. A., referente a (vehículos de
la flota espacios verdes y obras públicas) por la suma de $ 495.969,88 (Pesos Cuatrocientos Noventa y
Cinco Mil Novecientos Sesenta y Nueve con Ochenta y Ocho Centavos) de financiado en 10 cuotas
iguales, mensuales y consecutivas. - Ítem 3, al proveedor (1740) Triunfo Coop. De Seguros Ltda.,
referente a (vehículos de la flota balneario San Cayetano) por la suma de $ 111.836,00 (Pesos Ciento
Once Mil Ochocientos Treinta y Seis) de financiado en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas. -
Para la Cotización Nº 3202, referida a la contratación de pólizas de seguro automotor para vehículos de
Salud, deberá adjudicarse de la siguiente forma: Ítem 1, al proveedor (1740) Triunfo Coop. De Seguros
Ltda., referente a (vehículos de Salud) por la suma de $ 88.680,00 (Pesos Ochenta y Ocho Mil Seiscientos
Ochenta) de financiado en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por ser la oferta más
conveniente.- Para la Cotización Nº 3203, referida a la contratación de pólizas de seguro automotor para
vehículos de Transito, deberá adjudicarse de la siguiente forma: Ítem 1, al proveedor (1740) Triunfo
Coop. De Seguros Ltda., referente a (vehículos de transito) por la suma de $ 12.005,00 (Pesos Doce Mil
Cinco) de financiado en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.- Para la Cotización Nº 3204,
referida a la contratación de pólizas de seguro motocicletas de la Policía, deberá adjudicarse de la
siguiente forma: Ítem 1, al proveedor (1740) Triunfo Coop. De Seguros Ltda., referente a (vehículos de
Policía) por la suma de $ 3.540,00 (Pesos Tres Mil Quinientos Cuarenta) de financiado en 12 cuotas
iguales, mensuales y consecutivas, por ser la oferta más conveniente.- para la “Contratación de Pólizas de
Seguro para Automóviles y Maquinarias Municipales año 2019”.
ARTICULO 2: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a las partidas de
Jurisdicción: Secretaría Técnica – 1110103000 - Categoría Programática: Espacios Verdes –21.00.00
- Categoría Programática: Conserv. De Caminos - Corralón Municipal – 26.02.00 Categoría
Programática: Balneario San Cayetano –27.01.00 - Jurisdicción: Secretaría de Gobierno – 1110102000
- Categoría Programática: Tránsito – 17.02.00 - Jurisdicción: Subsecretaría de Producción – 1110106000
- Categoría Programática: Producción - Planta de Tratamientos de Residuos –Sólidos Urbanos – 17.09.00
- Jurisdicción: Secretaría de Gobierno – 1110102000 - Categoría Programática: Seguridad - Policía
Comunal – 17.01.00 - Jurisdicción: Secretaría de Salud – 1110105000 - Categoría Programática:
Administración Central –01.00.00 - Jurisdicción: Secretaría de Hacienda – 1110104000 - Categoría
Programática: Administración Central – 01.00.00 - Fuente de Financiamiento: De Tesoro Municipal –
110 - Objeto del Gasto: “Primas y gastos de seguros” 3.5.4.0, del Presupuesto General de Gastos por
Programa vigente.-
ARTICULO 3: Por contaduría se procederá a librar los pagos respectivos, previa presentación de la
facturación correspondiente.-
ARTICULO 4: Pásese copia a contaduría, a Tesorería, a Oficina de Compras, Registro Oficial, y
cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1442/2018.-
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que el Sr. ORTOLACHIPI LUIS JORGE DARIO, se ha presentado ante la sub Dirección de Desarrollo
Local manifestando ser titular de una Unidad Económica de Autoempleo (U.E.A.) y necesitar ayuda
financiera para solventar los gastos que genera la compra de herramientas para hacer trabajos de herrería.
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Fortalecimiento de la Economía Social, implementado por Decreto Nº 156/2011,
tiene por objeto asistir mediante subsidios a las Unidades Económicas de Autoempleo del Partido de San
Cayetano;
Que del informe presentado por la Asistente Social y de la declaración jurada emitida por el solicitante se
desprende que la situación económica de la U.E.A. del Sr. ORTOLACHIPI LUIS JORGE DARIO, se
enmarca en lo enunciado en el artículo 3° del decreto mencionado anteriormente, y lo hace por ello
merecedor de un subsidio;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor del Sr. ORTOLACHIPI LUIS JORGE DARIO con
documento D.N.I. 25.589.721 por la suma de pesos ocho mil quinientos ($8.500) para asistir su U.E.A.
(compra de herramientas para hacer trabajos de herreria)
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de los artículos precedentes, se hará con cargo a
la Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda,
Categoría Programática: “Fortalecimiento de la Economía Social” 17.05.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Deberá comunicarse al beneficiario sobre los alcances de los artículos 130º y 131º del
Reglamento de Contabilidad.-
ARTICULO 4.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
a la sub Dirección de Desarrollo Local, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº1443/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Sra. MARTINEZ MARIA LAURA se ha presentado ante la sub Dirección de Desarrollo Local
manifestando ser titular de una Unidad Económica de Autoempleo (U.E.A.) y necesitar ayuda financiera
para solventar los gastos que genera la compra de máquina de coser, para hacer trabajos de costura.
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Fortalecimiento de la Economía Social, implementado por Decreto Nº 156/2011,
tiene por objeto asistir mediante subsidios a las Unidades Económicas de Autoempleo del Partido de San
Cayetano;
Que del informe presentado por la Asistente Social y de la declaración jurada emitida por el solicitante se
desprende que la situación económica de la U.E.A. de la Sra. MARTINEZ MARIA LAURA, se enmarca
en lo enunciado en el artículo 3° del decreto mencionado anteriormente, y lo hace por ello merecedor de
un subsidio;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Sra. MARTINEZ MARIA LAURA con documento
D.N.I. Nº 28.545.964 por la suma de Pesos nueve mil cien ($ 9.100) para asistir su U.E.A. (compra
máquina de coser).
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de los artículos precedentes, se hará con cargo a
la Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda,
Categoría Programática: “Fortalecimiento de la Economía Social” 17.05.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Deberá comunicarse al beneficiario sobre los alcances de los artículos 130º y 131º del
Reglamento de Contabilidad.-
ARTICULO 4.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
a la sub Dirección de Desarrollo Local, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1444/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Sra. ROJAS SILVIA ESTER se ha presentado ante la sub Dirección de Desarrollo Local
manifestando ser titular de una Unidad Económica de Autoempleo (U.E.A.) y necesitar ayuda financiera
para solventar los gastos que genera la compra de cocina para hacer trabajos de elaboración de repostería,
pasteles y panes.
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Fortalecimiento de la Economía Social, implementado por Decreto Nº 156/2011,
tiene por objeto asistir mediante subsidios a las Unidades Económicas de Autoempleo del Partido de San
Cayetano;
Que del informe presentado por la Asistente Social y de la declaración jurada emitida por el solicitante se
desprende que la situación económica de la U.E.A. de la Sra. ROJAS SILVIA ESTER, se enmarca en lo
enunciado en el artículo 3° del decreto mencionado anteriormente, y lo hace por ello merecedor de un
subsidio;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Sra. ROJAS SILVIA ESTER con documento
D.N.I. Nº 20.484.983 por la suma de Pesos siete mil ($ 7.000) para asistir su U.E.A. (compra máquina
de cocina para hacer trabajo de repostería, pasteles y panes).
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de los artículos precedentes, se hará con cargo a
la Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda,
Categoría Programática: “Fortalecimiento de la Economía Social” 17.05.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Deberá comunicarse al beneficiario sobre los alcances de los artículos 130º y 131º del
Reglamento de Contabilidad.-
ARTICULO 4.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
a la sub Dirección de Desarrollo Local, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1445/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese al señor ADAN JOSE PELLEGRINI, DNI Nº 40.282.753, fecha de
nacimiento 28-03-1997, domiciliado en calle Italia Nº 272 de San Cayetano, para prestar servicios como
Personal Temporario, Peón Mantenimiento, Servicios Públicos, Categoría 13, 8 horas de labor, Balneario
San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El agente mencionado tendrá derecho a percibir la Bonificación por tareas en Villa
Balnearia establecida en el Decreto 1425/2014 o el que en lo sucesivo lo modifique o reemplace -
ARTICULO 3.- El plazo de designación de tareas, efectuado en el Artículo 1° será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 4.- El cumplimiento del Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 - Categoría Programática 27.01.00 – Balneario San Cayetano-.-
ARTÍCULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6: Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría, a Oficina de Personal, dése al Registro
Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1446/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese al señor AGUSTIN EXEQUIEL JUSTEL, DNI Nº 40.425.757, fecha de
nacimiento 02-12-1997, domiciliado en Avenida Pte. Perón Nº 1164 de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Peón Mantenimiento, Servicios Públicos, Categoría 14, 8 horas de
labor, Balneario San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El agente mencionado tendrá derecho a percibir la Bonificación por tareas en Villa
Balnearia establecida en el Decreto 1425/2014 o el que en lo sucesivo lo modifique o reemplace -
ARTICULO 3.- El plazo de designación de tareas, efectuado en el Artículo 1° será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 4.- El cumplimiento del Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 - Categoría Programática 27.01.00 – Balneario San Cayetano-.-
ARTÍCULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6: Para su cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, dése al Registro Oficial y
cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1447/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese al señor OROFINO JOSE MARIA, DNI Nº 38.428.845, fecha de nacimiento
13-10-1994, domiciliado en Avenida Independencia Nº 787 de San Cayetano, para prestar servicios como
Personal Temporario, Peón Mantenimiento, Servicios Públicos, Categoría 14, 8 horas de labor, Balneario
San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El agente mencionado tendrá derecho a percibir la Bonificación por tareas en Villa
Balnearia establecida en el Decreto 1425/2014 o el que en lo sucesivo lo modifique o reemplace -
ARTICULO 3.- El plazo de designación de tareas, efectuado en el Artículo 1° será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 31 de MARZO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 4.- El cumplimiento del Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 - Categoría Programática 27.01.00 – Balneario San Cayetano-.-
ARTÍCULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6: Para su cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, dése al Registro Oficial y
cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1448/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto del Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor PABLO ADRIÁN MACIEL - DNI Nº 37.380.367 - Fecha de
Nacimiento 17-06-1993 - Domicilio: Pasaje Humberto Sampayo – Casa 4 de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Peón General en Planta Pasteurizadora - Categoría 13, 6 horas de
labor. El agente mencionado cumplirá una jornada laboral de lunes a viernes con un total de seis (6) horas
diarias de labor, percibiendo como remuneración la parte proporcional de la Categoría 13, 7 horas de
labor, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo
de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas especificado en el Artículo 1º será a partir del 01 de
ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019, inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3.- El cumplimiento del Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría de Hacienda
1110104000 - Categoría Programática 17.08.00 - Pasteurizadora Municipal.-
ARTÍCULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1449/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora LARSEN MAILEN ELIZABETH, DNI Nº 40.425.782, fecha de
nacimiento 23-02-1998, domiciliada en calle 9 de Julio Nº 896 de San Cayetano, para prestar servicios
como Planta Temporaria, Personal Destajista, Categoría 14, 8 horas diarias de labor, Auxiliar maestranza
en Área del Balneario San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo 1º será desde el 1 de ENERO
de 2019 hasta el 31 de MARZO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma
automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado a la
Jurisdicción 1110103000 Secretaría Técnica, Categoría Programática 27.01.00 – Balneario San
Cayetano.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1450/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Señora Martinez Maira Macarena, con documento D.N.I. Nº Nº 38.428.948, se ha presentado ante
la Dirección de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma manifiesta ser indigente y necesitar ayuda financiera, para solventar gastos por compra de
nueve latas de leche Nutrilon soja para su hijo el menor Iñiguez Martinez Gonzalo, quien padece de
Galactosemia y debe consumir únicamente leche de soja;
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de la Señora
Martinez Maira Macarena, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Señora Martinez Maira Macarena, con documento
D.N.I. Nº 38.428.948, por la suma de pesos Cinco Mil Doscientos Veinte ($ 5.220,00) para solventar
gastos por compra de nueve latas de leche Nutrilon soja para su hijo el menor Iñiguez Martinez Gonzalo,
quien padece de Galactosemia y debe consumir únicamente leche de soja.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110102000 – Secretaria de Gobierno, Categoría
Programática: Administración de Acción Social Directa 22.01.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0., del
Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1451/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Señora Cotabarren Natalia, con documento D.N.I. Nº Nº 33.799.902, se ha presentado ante la
Dirección de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma manifiesta ser indigente y necesitar ayuda financiera, para solventar gastos por compra de
Isdin Eryfotona crema, Imimore crema y Refenax lagrimas para su hijo el menor Larrosa Agustín,
documento Dni: 49.535.134, quien padece de Xeroderma Pigmentoso y recibe atención en el Hospital
Garrahan;
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de Señora
Cotabarren Natalia, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Señora Cotabarren Natalia, con documento D.N.I.
Nº 33.799.902, por la suma de Pesos Diecinueve Mil Trescientos Treinta ($ 19.330,00) para solventar
gastos por compra de Isdin Eryfotona crema, Imimore crema y Refenax lagrimas para su hijo el menor
Larrosa Agustín, documento Dni: 49.535.134, quien padece de Xeroderma Pigmentoso y recibe atención
en el Hospital Garrahan.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110102000 – Secretaria de Gobierno, Categoría
Programática: Administración de Acción Social Directa 22.01.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0., del
Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1452/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Sustento Familiar por
el mes de Diciembre de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Sustento Familiar por el mes de Diciembre de 2018:
BERRETTI, ANTONIA, con documento D.N.I. Nº 16.716.355, por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos
($250000).-
BUSTAMANTE, LOURDES MAGALI, con documento D.N.I. Nº 42.343.122, por la suma de Pesos Dos
Mil ($200000).-
BUSTOS, KARINA VANESA, con documento D.N.I. Nº 25.589.712, por la suma de Pesos Dos Mil
Quinientos ($250000).-
CALAFIORE, ABIGAIL ESTEFANIA, con documento D.N.I. Nº 32.758.800, por la suma de Pesos Dos
Mil Quinientos ($250000).-
DE LA HUERTA, MARTA NOEMI, con documento D.N.I. Nº 14.006.448, por la suma de Pesos Dos
Mil ($200000).-
TRUJILLO, MIGUEL ANGEL, con documento D.N.I. Nº 11.226.620, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000).-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1453/2018
SAN CAYETANO, 18 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La Resolución Nº 58/2018 emitida por la Secretaría de Hacienda, y:
CONSIDERANDO:
Que el señor Intendente Municipal, Agrimensor Miguel Ángel Gargaglione, concurrió a la ciudad de La
Plata y Buenos Aires los días 11 y 12 de Diciembre de 2018, a fin de realizar gestiones municipales.-
Que mediante la Resolución ut supra mencionada, se aprobó la rendición de cuentas en concepto de
anticipo de compensación de gastos.-
Que, en su Artículo 2º aprueba el reintegro por el valor de Pesos Quinientos noventa y ocho ($ 598.-), en
concepto de rendición excedente al monto otorgado.-
Que, en el Presupuesto General de Gastos del corriente ejercicio, existe la partida a la cual deben
imputarse gastos como el presente.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Líbrese Orden de Pago a favor del señor Intendente Municipal, Agrimensor Miguel
Ángel Gargaglione, por la suma de Pesos Quinientos noventa y ocho ($ 598.-), en concepto de
compensación de gastos.-
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del Artículo anterior se hará con cargo a la
Jurisdicción Unidad Intendente: 1110101000 - Categoría programática: Conducción Superior 01.00.00 -
Partida: 3.7.2.0. Pasajes y Viáticos.-
ARTICULO 3º.- A efectos de su liquidación, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al Registro
oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1454/2018
SAN CAYETANO, 19 de Diciembre de 2018.-
7039/D/2018
TESTIMONIO
ORDENANZA COMPLEMENTARIA AL PRESUPUESTO
TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES PRESUPUESTARIAS
Artículo 1º.- Fíjese en la suma de Pesos Cuatrocientos Veinticuatro Millones Ochocientos Treinta y Ocho
Mil ($ 424.838.000,00), el Presupuesto General de Gastos por Jurisdicción, Estructura Programática,
Fuente de Financiamiento y Objeto del Gasto, de la Municipalidad de San Cayetano, para el Ejercicio
2019, conforme al sistema de Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.),
que forma parte de la presente ordenanza.-
Artículo 2º.- Fíjese en la suma de Pesos Cuatrocientos Veinticuatro Millones Ochocientos Treinta y Ocho
Mil ($ 424.838.000,00), el Cálculo de Recursos de la Municipalidad de San Cayetano, para el Ejercicio
2019, conforme al sistema de Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.),
que forma parte de la presente ordenanza.-
Artículo 3º.- Los saldos que arrojen al cierre del ejercicio las Cuentas de Recursos con Afectación, serán
transferidos al ejercicio siguiente, incorporándose al Cálculo de Recursos y correlativamente al
Presupuesto General de Gastos por Programa, a fin de reforzar créditos de cuentas existentes ó
incorporando conceptos no previstos, respetándose en ambos casos el destino para el cual fueron
creados.-
Artículo 4º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar transferencias de créditos y creaciones de
partidas y categorías programáticas; a reasignar las economías de ejecución para compensar o reforzar
otras partidas; a modificar los cargos previstos en los anexos correspondientes (“Cuadros de Recursos
Humanos por Jurisdicción, Categoría Programática y Cargos, Formulario 6) en función de las necesidades
operativas de las Jurisdicciones; y la ampliación, refuerzo o creación de aquellos conceptos inexistentes
que sea necesario incluir, según lo prescripto en los Artículos 120º y 121º de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, respectivamente.-
Artículo 5º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a incorporar y/o modificar rubros en el clasificador de
recursos, por aquellos importes que se perciban en el transcurso del ejercicio que no hayan sido incluidos
originalmente en el Cálculo de Recursos.-
Artículo 6º.- Para la estructuración de las distintas partidas del Cálculo de Recursos y del Presupuesto
General de Gastos por Programa, fue aplicado el nomenclador de la clasificación de recursos y
erogaciones establecidos por la Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal
(R.A.F.A.M.).-
TÍTULO SEGUNDO - DISPOSICIONES DE PERSONAL
Artículo 7º.- Fíjese en Trescientos Treinta y Seis (336), el número de cargos de la Planta Permanente de la
Municipalidad de San Cayetano a partir del 01 de Enero de 2019, conforme a los “Cuadros de Recursos
Humanos por Jurisdicción, Categoría Programática y Cargos” del sistema de Reforma Administrativa
Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.), que forman parte integrante de la presente ordenanza.
La cantidad de cargos por tipo de planta podrá ser modificada por el Departamento Ejecutivo, siendo el
límite el total de cargos aprobados.
Artículo 8º.- Fíjese en Ciento Seis (106), el número de cargos de la Planta Temporaria de la
Municipalidad de San Cayetano a partir del 01 de Enero de 2019, conforme a los “Cuadros de Recursos
Humanos por Jurisdicción, Categoría Programática y Cargos” del sistema de Reforma Administrativa
Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.), que forman parte integrante de la presente ordenanza.
La cantidad de cargos por tipo de planta podrá ser modificada por el Departamento Ejecutivo, siendo el
límite el total de cargos aprobados.
Artículo 9º.- Establézcase el Sueldo Básico Mínimo para los Agentes Municipales mayores de (18)
dieciocho años, que cumplen siete (7) horas diarias de labor, que incluye un aumento del Quince Por
Ciento (15%), el cual quedará fijado a partir del 1º de Enero de 2019 de acuerdo al siguiente detalle:
Categoría 14……………………… 7 Horas……………………….. $ 15.125,02
Categoría 13……………………… 7 Horas……………………….. $ 17.372,64
Categoría 12……………………… 7 Horas……………………….. $ 18.382,42
Categoría 11……………………… 7 Horas……………………….. $ 19.391,97
Categoría 10……………………… 7 Horas……………………….. $ 20.400,83
Categoría 09……………………… 7 Horas……………………….. $ 21.411,00
Categoría 08……………………… 7 Horas……………………….. $ 22.419,61
Categoría 07……………………… 7 Horas……………………….. $ 23.429,15
Categoría 06……………………… 7 Horas……………………….. $ 24.438,64
Categoría 05……………………… 7 Horas……………………….. $ 25.448,51
Categoría 04……………………… 7 Horas……………………….. $ 26.457,66
Categoría 03……………………… 7 Horas……………………….. $ 27.466,36
Categoría 02……………………… 7 Horas……………………….. $ 28.475,79
Categoría 01……………………… 7 Horas……………………….. $ 28.980,70”.-
Artículo 10º.- Establézcase el Sueldo Básico Mínimo para los Agentes Municipales mayores de (18)
dieciocho años, que cumplen ocho (8) horas diarias de labor, que incluye un aumento del Quince Por
Ciento (15%), el cual quedará fijado a partir del 1º de Enero de 2019 de acuerdo al siguiente detalle:
Categoría 14……………………… 8 Horas……………………….. $ 16.537,84
Categoría 13……………………… 8 Horas……………………….. $ 18.856,31
Categoría 12……………………… 8 Horas……………………….. $ 20.007,23
Categoría 11……………………… 8 Horas……………………….. $ 21.158,05
Categoría 10……………………… 8 Horas……………………….. $ 22.309,22
Categoría 09……………………… 8 Horas……………………….. $ 23.459,53
Categoría 08……………………… 8 Horas……………………….. $ 24.609,72
Categoría 07……………………… 8 Horas……………………….. $ 25.760,18
Categoría 06……………………… 8 Horas……………………….. $ 26.911,23
Categoría 05……………………… 8 Horas……………………….. $ 28.062,69
Categoría 04……………………… 8 Horas……………………….. $ 29.214,74
Categoría 03……………………… 8 Horas……………………….. $ 30.363,29
Categoría 02……………………… 8 Horas……………………….. $ 31.513,47
Categoría 01……………………… 8 Horas……………………….. $ 32.089,86.”
Artículo 11º.- Establézcase un aumento del Quince Por Ciento (15%) a partir del 01 de Agosto de 2019 en
el Sueldo Básico Mínimo de los Agentes Municipales mayores de (18) dieciocho años, que cumplen siete
(7) horas diarias de labor, el cual quedará fijado de acuerdo al siguiente detalle:
Categoría 14……………………… 7 Horas……………………….. $ 17.393,77
Categoría 13……………………… 7 Horas……………………….. $ 19.978,53
Categoría 12……………………… 7 Horas……………………….. $ 21.139,78
Categoría 11……………………… 7 Horas……………………….. $ 22.300,76
Categoría 10……………………… 7 Horas……………………….. $ 23.460,95
Categoría 09……………………… 7 Horas……………………….. $ 24.622,65
Categoría 08……………………… 7 Horas……………………….. $ 25.782,55
Categoría 07……………………… 7 Horas……………………….. $ 26.943,52
Categoría 06……………………… 7 Horas……………………….. $ 28.104,43
Categoría 05……………………… 7 Horas……………………….. $ 29.265,79
Categoría 04……………………… 7 Horas……………………….. $ 30.426,31
Categoría 03……………………… 7 Horas……………………….. $ 31.586,31
Categoría 02……………………… 7 Horas……………………….. $ 32.747,16
Categoría 01……………………… 7 Horas……………………….. $ 33.327,81”.-
Artículo 12º.- Establézcase un aumento del Quince Por Ciento (15%) a partir del 01 de Agosto de 2019 en
el Sueldo Básico Mínimo de los Agentes Municipales mayores de (18) dieciocho años, que cumplen ocho
(8) horas diarias de labor, el cual quedará fijado de acuerdo al siguiente detalle:
Categoría 14……………………… 8 Horas……………………….. $ 19.018,52
Categoría 13……………………… 8 Horas……………………….. $ 21.684,75
Categoría 12……………………… 8 Horas……………………….. $ 23.008,31
Categoría 11……………………… 8 Horas……………………….. $ 24.331,75
Categoría 10……………………… 8 Horas……………………….. $ 25.655,60
Categoría 09……………………… 8 Horas……………………….. $ 26.978,46
Categoría 08……………………… 8 Horas……………………….. $ 28.301,18
Categoría 07……………………… 8 Horas……………………….. $ 29.624,21
Categoría 06……………………… 8 Horas……………………….. $ 30.947,92
Categoría 05……………………… 8 Horas……………………….. $ 32.272,09
Categoría 04……………………… 8 Horas……………………….. $ 33.596,95
Categoría 03……………………… 8 Horas……………………….. $ 34.917,78
Categoría 02……………………… 8 Horas……………………….. $ 36.240,49
Categoría 01……………………… 8 Horas……………………….. $ 36.903,34.”
Artículo 13º.- Los Agentes Municipales junto con los Funcionarios Jerárquicos de Carrera Municipal y
aquellos que perteneciendo a la Planta Funcional ocupen transitoriamente un cargo de Planta Política,
percibirán en concepto de Adicional por Antigüedad una suma equivalente al uno por ciento (1%)
mensual del salario básico de su categoría, por cada año de servicio en la Administración Pública, se trate
de Servicios Nacionales, Provinciales ó Municipales, salvo que por los mismos se perciban beneficios
similares, jubilación ó retiro. El mismo no afectará los porcentajes adquiridos por antigüedad al 31 de
Diciembre de 1995.-
Por su parte, los funcionarios municipales que integran la planta política y que no estén incluidos en el
párrafo anterior, percibirán en concepto de Adicional por Antigüedad una suma equivalente al uno por
ciento (1%) mensual del salario básico de su categoría, por cada año de servicio registrado únicamente en
la Jurisdicción de la Municipalidad de San Cayetano.
Artículo 14º.- El Agente que deba cumplir Horas Extraordinarias, será retribuido por hora en función
directa del sueldo y su jornada habitual de trabajo, incluyendo el Personal de Planta Temporaria que por
imprevistos presentados en las tareas necesiten desarrollar más horario que el estipulado en el Decreto de
Designación, y que sea certificado por el Jefe del Área correspondiente.-
A los efectos indicados precedentemente, se entiende por Sueldo del Agente la retribución que éste
perciba en concepto de Sueldo Básico, al que se le adicionará la bonificación por antigüedad, de
corresponder.
Cuando el trabajo se realice en horario diurno y en días hábiles, al valor normal de la hora se le adicionará
un cincuenta (50%) por ciento, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente.
Cuando el trabajo se realice en horario nocturno y/ó días feriados o no laborables, al valor normal de la
hora se le adicionará hasta un ciento por ciento (100%), conforme a lo dispuesto en el por la normativa
vigente.-
Artículo 15º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el Señor Intendente Municipal, la suma de diez
(10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de 2019.-
Artículo 16º.- Fíjese en concepto de Gastos de Representación para el Señor Intendente Municipal, la
suma de un (1) sueldo de ocho (8) horas de la Categoría 13, a partir del 1º de Enero de 2019.-
Artículo 17º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para los cargos de Jefe de Gabinete, Secretario de
Hacienda, Secretario de Gobierno, Secretario Técnico y Secretario de Salud el cincuenta y cinco por
ciento (55%) de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero
de 2019.-
Artículo 18º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de Director del Hospital el cuarenta y
cinco por ciento (45%) de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º
de Enero de 2019-
Artículo 19º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para los cargos de Director de Servicios Públicos
Urbanos, Director de Obras Públicas, Director de Acción Social, Director de Balneario San Cayetano,
Director de Deportes, Asesor Legal, Director Vial, Director de Cultura y Educación, Director
Administrativo de Hospital Municipal y Director de Producción el cuarenta (40%) por ciento de diez (10)
sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de 2019.-
Artículo 20º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de Coordinador de Seguridad, el treinta
y cinco (35%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del
1º de Enero de 2019.-
Artículo 21º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de Director de Ingresos Públicos y
Director de Hogar de Ancianos, el treinta (30%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8)
horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de 2019.-
Artículo 22º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de Capataz Vial el veintinueve (29%)
por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de
2019.-
Artículo 23º.- Fíjese en concepto de Sueldo |Básico para el cargo de Jefa de Enfermeras, Director de
Geriátrico Municipal Capataz de Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y Capataz de
Servicios Públicos Urbanos el veintiocho (28%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8)
horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de 2019.-
Artículo 24º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de, Subjefe de Enfermeras, Subdirector
de Producción, Jefe de Prensa, Coordinador de Cultura y Sub Director Legal, el veinticinco (25%) por
ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de
2019.-
Artículo 25º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de Coordinador de Turismo el veintidós
(22%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de
Enero de 2019.-
Artículo 26º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para los cargos de Coordinador de Medio Ambiente el
veinte (20%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º
de Enero de 2019.-
Artículo 27º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para el cargo de Auxiliar de Prensa, el trece (13%) por
ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la Categoría 14, a partir del 1º de Enero de
2019.-
Artículo 28º.- Fíjese en concepto de Sueldo Básico para los siguientes cargos del Personal Jerárquico de
Carrera Municipal, a partir del 1º de Enero de 2019:
Contador Municipal, cincuenta (50%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la
Categoría 14.-
Tesorero Municipal, treinta y ocho (38%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la
Categoría 14.-
Juez de Faltas, treinta y ocho (38%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas de la
Categoría 14.-
Jefe de Compras y Suministros, treinta y uno (31%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8)
horas de la Categoría 14.-
Subcontador Municipal, treinta y cinco (35%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8) horas
de la Categoría 14.-
Subtesorero Municipal, diecinueve (19%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (ocho) horas
de la Categoría 14.-
Artículo 29º.- Cuando los cargos de Director de Hospital y Secretario de Salud sean ejercidos por
profesionales médicos, el Departamento Ejecutivo podrá permitir la realización y su correspondiente
cobro de guardias medicas u otros conceptos vinculados al ejercicio de la profesión en el Hospital
Municipal, conforme la normativa vigente, siempre y cuando no exista superposición horaria con el
cumplimiento del cargo asignado.
Artículo 30º.- Establézcase en concepto de “Dieta Mensual” prevista en el Artículo 92º de la Ley
Orgánica de las Municipalidades, modificada por la Ley Nº 10.936 (Boletín Oficial del 9 de Agosto de
1990), el equivalente a un sueldo y cuarto (1 y ¼) del Sueldo Mínimo de la Categoría 14 de ocho (8)
horas diarias de labor.
De acuerdo a lo establecido por la Ley 13.924, dentro de la Dieta Mensual se incorporará a cada concejal
un adicional en concepto de Antigüedad equivalente al uno por ciento (1%) mensual, por cada año de
servicio en la Administración Pública, se trate de Servicios Nacionales, Provinciales ó Municipales, salvo
que por los mismos se perciban beneficios similares, jubilación ó retiro.
Artículo 31º.- La “dieta” fijada para el Honorable Concejo Deliberante y el Sueldo Anual
Complementario correspondiente, están sujetos obligatoriamente a los aportes y contribuciones
previsionales correspondientes.-
Artículo 32º.- Fíjese en concepto de sueldo para el Secretario Legislativo del Honorable Concejo
Deliberante, el equivalente a un sueldo y cuarto (1 y ¼) del Sueldo Mínimo de la Categoría 14 de ocho
(8) horas diarias de labor. Quien ejerza dicha labor, tendrá derecho a percibir en concepto de Adicional
por Antigüedad una suma equivalente al uno por ciento (1%) mensual del salario básico de su categoría,
por cada año de servicio registrado únicamente en la Jurisdicción de la Municipalidad de San Cayetano-
Artículo 33º.- El Departamento Ejecutivo, en virtud de las facultades delegadas conforme la normativa
vigente, determinará el monto y alcance de las bonificaciones que se abonarán al personal durante el
Ejercicio 2019.-
Artículo 34º.- El Sueldo Anual Complementario para los Agentes Municipales y miembros del Honorable
Concejo Deliberante, será calculado en base al cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración
mensual devengada por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de Junio y
Diciembre del año 2019.-
Artículo 35º.- Fíjese para el Personal de la Carrera Médico Hospitalaria (Ordenanza Nº 2.677/2016), una
remuneración básica a partir de 01º de Enero de 2019, que incluye un aumento del Quince Por Ciento
(15%), de acuerdo al siguiente detalle:
Horas
Mensuales GRADO 1 GRADO 2 GRADO 3 GRADO 4 GRADO 5 GRADO 6
24 $ 6,318.45 $ 6,950.30 $ 7,645.33 $ 7,809.16 $ 8,590.07 $ 9,449.08
32 $ 8,424.60 $ 9,267.06 $
10,193.77 $ 10,412.20 $ 11,453.42 $ 12,598.77
48 $
12,636.91 $ 13,900.60
$
15,290.66 $ 15,618.31 $ 17,180.14 $ 18,898.16
64 $
16,849.21 $ 18,534.13
$
20,387.54 $ 20,824.42 $ 22,906.86 $ 25,197.55
72 $
18,955.36 $ 20,850.89
$
22,935.98 $ 23,427.47 $ 25,770.21 $ 28,347.23
80 $
21,061.51 $ 23,167.66
$
25,484.43 $ 26,030.51 $ 28,633.57 $ 31,496.92
96 $
25,273.81 $ 27,801.19
$
30,581.31 $ 31,236.62 $ 34,360.28 $ 37,796.31
120 $
31,592.26 $ 34,751.49
$
38,226.64 $ 39,045.78 $ 42,950.36 $ 47,245.39
144 $
37,910.72 $ 41,701.79
$
45,871.97 $ 46,854.93 $ 51,540.43 $ 56,694.47
160 $
42,123.02 $ 46,335.32
$
50,968.85 $ 52,061.04 $ 57,267.14 $ 62,993.86
192 $
50,547.62 $ 55,602.38
$
61,162.62 $ 62,473.24 $ 68,720.57 $ 75,592.63
Artículo 36º.- Fíjese para el Personal de la Carrera Médico Hospitalaria (Ordenanza Nº 2.677/2016), un
aumento del Quince Por Ciento (15%) a partir del 01 de Agosto de 2019 resultando una remuneración
básica de acuerdo al siguiente detalle:
Horas
Mensuales GRADO 1 GRADO 2 GRADO 3 GRADO 4 GRADO 5 GRADO 6
24 $ 7,266.22 $ 7,992.84 $ 8,792.13 $ 8,980.53 $ 9,878.58 $ 10,866.44
32 $ 9,688.29 $ 10,657.12 $
11,722.84 $ 11,974.03 $ 13,171.44 $ 14,488.58
48 $
14,532.44 $ 15,985.69
$
17,584.25 $ 17,961.06 $ 19,757.16 $ 21,732.88
64 $
19,376.59 $ 21,314.25
$
23,445.67 $ 23,948.08 $ 26,342.89 $ 28,977.18
72 $
21,798.66 $ 23,978.53
$
26,376.38 $ 26,941.59 $ 29,635.75 $ 32,599.32
80 $
24,220.74 $ 26,642.81
$
29,307.09 $ 29,935.09 $ 32,928.60 $ 36,221.46
96 $
29,064.88 $ 31,971.37
$
35,168.51 $ 35,922.12 $ 39,514.33 $ 43,465.76
120 $
36,331.10 $ 39,964.21
$
43,960.63 $ 44,902.64 $ 49,392.91 $ 54,332.20
144 $
43,597.32 $ 47,957.06
$
52,752.76 $ 53,883.17 $ 59,271.49 $ 65,198.64
160 $
48,441.47 $ 53,285.62
$
58,614.18 $ 59,870.20 $ 65,857.22 $ 72,442.94
192 $
58,129.76 $ 63,942.74
$
70,337.02 $ 71,844.23 $ 79,028.65 $ 86,931.52
Artículo 37º.- Fíjese para el Personal de Enfermería que desempeña tareas en el área de salud (Ordenanza
Nº 2008/11), una remuneración básica a partir del 1º de Enero de 2019, que incluye un aumento del
Quince Por Ciento (15%), de acuerdo al siguiente detalle:
GRADOS BASICO
GRADO 1 $ 21,452.80
GRADO 2 $ 22,776.34
GRADO 3 $ 25,423.64
GRADO 4 $ 26,746.49
GRADO 5 $ 29,392.29
GRADO 6 $ 30,716.06
GRADO 7 $ 33,365.03
GRADO 8 $ 34,685.91
GRADO 9 $ 36,008,51
GRADO 10 $ 36,671,45
Artículo 38º.- Fíjese para el Personal de Enfermería que desempeña tareas en el área de salud (Ordenanza
Nº 2008/11), un aumento del Quince Por Ciento (15%) a partir del 01 de Agosto de 2019 resultando una
remuneración básica, de acuerdo al siguiente detalle:
GRADOS BASICO
GRADO 1 $ 24,670.72
GRADO 2 $ 26,192.79
GRADO 3 $ 29,237.18
GRADO 4 $ 30,758.47
GRADO 5 $ 33,801.13
GRADO 6 $ 35,323.47
GRADO 7 $ 38,369.79
GRADO 8 $ 39,888.80
GRADO 9 $ 41,409.79
GRADO 10 $ 42,172.17
Artículo 39º.- Fíjese para el Personal Docente el valor de la hora de labor en Cinco con Cero Setenta y
Cuatro (5,074 %) por ciento de un (1) sueldos básico de Categoría 14 de ocho (8) horas diarias de labor.-
Artículo 40º.- Otórguese a partir del 1 de Enero de 2019 en concepto de Bonificación por Presentismo, los
montos que se enuncian a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
a.- Desde la Categoría 14 hasta la 10 inclusive, la suma de Pesos Un Mil Cien ($ 1.100).-
b.- Desde la Categoría 9 hasta la 6 inclusive, la suma de Pesos Ochocientos Cincuenta ($ 850).-
c.- Desde la Categoría 5 hasta la 1 inclusive, la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta ($ 650).-
Par aquellos agentes que no estén exceptuados del cobro de la presente bonificación y cuya
categorización no se corresponda con la escala referida, el monto a abonar se asignará conforme a la
equivalencia del sueldo básico de cada uno con los rangos de las categorías indicadas en los puntos a, b y
c para una jornada laboral de 8 horas diarias. Cuando el sueldo básico del agente supere al
correspondiente a la Categoría 1, se abonará el equivalente al importe determinado en el punto c).
Artículo 41º.- Deróguese la Ordenanza Complementaria al Presupuesto del Gastos y Cálculo de Recursos
Nº 2.771/2017 y sus modificatorias, correspondiente al Ejercicio 2018 a partir del 01 de Enero de 2019.-
Artículo 42º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y cumplido. –
ARCHÍVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN
CAYETANO, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO
ORDENANZA Nº 2.842/2018
SAN CAYETANO, 19 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Señora Azpeitia Ingrid Marianela, con documento D.N.I. Nº Nº 31.495.342, se ha presentado ante
la Dirección de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma manifiesta ser indigente y necesitar ayuda financiera, para solventar gastos por pago de
prótesis dentaria;
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de la Señora
Azpeitia Ingrid Marianela, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Señora Azpeitia Ingrid Marianela, con documento
D.N.I. Nº 31.495.342, por la suma de Pesos Mil Quinientos ($ 1.500,00) para solventar gastos por pago
de prótesis dentaria.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110102000 – Secretaria de Gobierno, Categoría
Programática: Administración de Acción Social Directa 22.01.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0., del
Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1455/2018
SAN CAYETANO, 19 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la señora FERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES solicita la habilitación de un Local Comercial,
y;
CONSIDERANDO:
Que en dicho local funcionara un comercio dedicado a POLIRUBRO y con el nombre comercial de “TU
KIOSCO” ubicado en local N° 3 del Barrio mariano Moreno, de San Cayetano.-
Que según surge de fs. 1 a 11 inclusive, el solicitante ha presentado toda la documentación exigi1da por
Ordenanza 1.831/10 y 2.199/12.-
Que a fs. 5 y 6, surge copia del Contrato de Locación del inmueble objeto de la presente habilitación, a
favor de la solicitante, Fernández María de los Ángeles, vigente hasta el 31/10/2020, con firmas
debidamente certificadas.-
Que del informe emitido por el responsable del cuerpo de Bomberos de San Cayetano obrante a fs., surge
que el local cuenta con las medidas necesarias en cuanto a seguridad y contra incendios, teniendo una
validez hasta Diciembre de 2019.-
Que la superficie total del local es de 21.08 m2 y la superficie destinada para el público es de 19.30 m2.-
Que a fs. 8 y 9 surge la constancia de inscripción en Ingresos Brutos y Afip respectivamente.-
Que la solicitante no es empleado Municipal y la empresa a habilitar, no cuenta con empleados.-
Que a fs 10 y 11, se acompaña copia de la Libreta Sanitaria que se encuentra vigente hasta el 22/11/2019.-
Que según surge a fs 12 de la inspección bromatológica suscripta por personal del Área de Bromatología
Municipal, dicho local reúne las condiciones exigidas por la Ordenanza vigente.-
Que de la Inspección ocular del edificio, suscripta por Personal Municipal obrante a fs. 13 de autos, surge
que las instalaciones del local condicen en un todo con el plano presentado a fs. 4.-
POR TODO ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1: Concédase la HABILITACIÓN del local sito ubicado en local N° 3 del Barrio mariano
Moreno, de San Cayetano, cuyos datos catastrales Circ. I – Sección B – Quinta 37- Parcela 65, Partida
8062, para que funcione un comercio dedicado a POLIRUBRO, el cual girará con el nombre comercial de
“TU KIOSCO”, cuyo titular es la señora FERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES, Cuit 27-
36386717-6.-
ARTICULO 2: Habilítese el comercio mencionado en el artículo anterior según lo dispuesto por Capítulo
IV, Artículo 4°, Inciso A, de la Ordenanza Impositiva Anual 2017, código 7838, clave 12695, dispuestos
por la Oficina de Ingresos Públicos.-
ARTICULO 3: Agréguese el presente Decreto al Expediente Nº 70/18, Letra O.C y gírese el mismo a la
Oficina de Comercio Municipal para que en el plazo de tres (3) días expida el certificado de habilitación,
previo percepción de la tasa correspondiente.-
ARTICULO 4: Para su conocimiento y cumplimiento pásese copia a la Oficina de Comercio Municipal
para que en el plazo de tres (3) días expida el certificado de habilitación, a Inspección General, a Rentas
Municipal, dése al Registro oficial y cumplido archívese.-
DECRETO Nº 1456/2018
SAN CAYETANO, 19 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
El dictamen emitido por la Asesoría Legal en los autos “Lagrange Yanina Daniela s/ Falta Grave en el
acto de servicio e incumplimiento de las obligaciones determinadas en el Art. 73 del Estatuto para el
Personal de la Municipalidad de San Cayetano” Expte. N° 962/2016, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho Dictamen aconseja denegar el Recurso de Revocatoria interpuesto contra el Decreto Municipal
N° 1363/2018, por la agente municipal Yanina Daniela Lagrange, Legajo N° 744.-
Que el Decreto N° 1363/2018 está fundado y motivado en el dictamen de ese órgano de asesoramiento
jurídico, que aconseja aplicar a la agente Lagrange la sanción expulsiva de Cesantía (artículo 75 inc. 2 d)
del Estatuto para el Personal de la Municipalidad de San Cayetano).-
Que la Ordenanza General N° 267/80 establece en su artículo 90°, en relación al Recurso de Revocatoria
que “…Sólo podrá denegarse si no hubiese sido fundado, o si la resolución fuere de las previstas en el
artículo 87°...”.-
Que en la presente causa, la Dra. Lagrange se ha limitado a interponer recurso de revocatoria contra el
mencionado Decreto sin siquiera exponer la fundamentación en la cual lo sustenta, por lo que dicho
recurso no podrá ser tratado, debiendo disponerse su denegación.-
Que, por lo expuesto tampoco corresponde tener por interpuesto en forma implícita el recurso jerárquico
en subsidio, por cuánto éste último también deberá encontrarse fundado y procede únicamente en caso de
rechazo del recurso de revocatoria, y no frente a su denegación, conforme artículos 90, 91 y 92 de la
Ordenanza General 267/80.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1° - Deniéguese el Recurso de Revocatoria interpuesto por la agente municipal Yanina
Daniela Lagrange, Legajo N° 744 contra el Decreto Municipal N° 1363/2018.-
ARTÍCULO 2° - Confírmese la sanción de Cesantía aplicada a la mencionada agente conforme el art. 75
inc. 2 d) del Estatuto para el Personal de la Municipalidad de San Cayetano.-
ARTÍCULO 3° - Los vistos y considerando forman parte de la presente.-
ARTICULO 4° - Para su cumplimiento, notifíquese a la agente y comuníquese a la Oficina de Personal de
la Municipalidad de San Cayetano y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 1457/2018
SAN CAYETANO, 19 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Física Nº 21 de San
Cayetano, y;
CONSIDERANDO:
Mediante la cual, solicita autorización para realizar una Rifa que circulará en el ámbito del Partido de
San Cayetano hasta el día 7 de Diciembre de 2019, fecha en que será sorteada por la Quiniela Nocturna
de la Lotería Nacional
Que la citada Institución ha cumplimentado la presentación de la documentación correspondiente.
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Concédase el permiso solicitado por la Asociación Cooperadora del Centro de Educación
Física Nº 21 de San Cayetano por el cual solicita autorización para realizar una Rifa, que circulará en el
ámbito del Partido hasta el día 7 de Diciembre de 2019, fecha en que será sorteada por la Quiniela
Nocturna de la Lotería Nacional.-
ARTICULO 2.- El mencionado Bono contribución consta de Trescientas treinta y tres (333) boletas, con
tres (3) números por boleta, por un valor de Pesos Ochocientos ($ 800,00) cada una, u ocho cuotas de
Pesos Cien ($ 100,00).-
ARTICULO 3.- Los premios a entregar serán los siguientes:
Primer premio: Orden de compra de Pesos Treinta y cinco mil ($ 35.000).-
Segundo premio: Orden de compra de Pesos Diecisiete mil ($ 17.000).-
Tercer premio: Orden de compra de Pesos Nueve mil ($ 9.000).-
Premios por pago al Contado: Orden de compra de Pesos Ocho mil ($ 8.000), que será sorteada el día 10
de agosto de 2019 por la Quiniela Nocturna de la Lotería Nacional.-
Sorteos mensuales: Por orden de compra de Pesos Dos Mil ($ 2.000), a realizarse en los meses de abril de
2019, mayo de 2019, junio de 2019, julio de 2019, agosto de 2019, septiembre de 2019, octubre de 2019 y
noviembre de 2019. Se sorteará el último sábado de cada mes por la Quiniela Nocturna de la Lotería
Nacional.-
ARTICULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, notifíquese a la Estación de Policía Comunal de
San Cayetano, a la entidad organizadora, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1458/2018
SAN CAYETANO, 19 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la apertura de propuestas de la CONCURSO DE PRECIOS N° 95/2018 - “Contratación de
Seguros Técnicos para Equipos del Hospital Municipal”, se presentan 4 (cuatro) Oferentes y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al precio presentados por las cuatro empresas y a lo dictaminado por la comisión de
estudios y propuestas, se desprende que la contratación de los seguros deberá de ser adjudicada al
Oferente Nº 3, según lo más conveniente a los intereses de la Comuna,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Adjudicase al Oferente Nº 3 “San Cristóbal Soc. Mutual de Seguros Generales.” el Item
Nº 1: Seguro Técnico para Equipos del Hospital Municipal según planilla adjunta - por un importe total
de Pesos Setenta y Seis Mil Noventa y Siete ($ 76.097,00); para la “Contratación de Seguros Técnicos
para Equipos del Hospital Municipal”.-
ARTICULO 2: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a la Cuenta:
Productos Médicos y Farmacéuticos, de Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud, Categoría
Programática 16.01.00 – Enfermería de Hospital, Objeto del Gasto 2.5.2.0. – Productos Farmacéuticos y
Medicinales - Fuente de Financiamiento 110 – De Tesoro Municipal, del Presupuesto General de Gastos
por Programa vigente.-
ARTICULO 3: Por contaduría se procederá a librar los pagos respectivos, previa presentación de la
facturación correspondiente.-
ARTICULO 4: Pásese copia a contaduría, a Tesorería, a Oficina de Compras, Registro Oficial, y
cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1459/2018.-
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la nota remitida por el Secretario de Gobierno, Dr. Manuel Sampayo, de fecha 6 de Diciembre de
2018, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma informa que los profesores del Taller de Tango María Paz Giorgi y Federico
Perez Spinelli viajaron a la ciudad de Azul a participar de un certamen “Juntada Milonguera de la
Provincia” el día 1 de diciembre de 2018.-
Que para ello debieron trasladarse fuera de la localidad.-
Que en el Presupuesto General de Gastos del corriente ejercicio, existe la partida a la cual deben
imputarse gastos como el presente.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor del señor Federico Pérez Spinelli, DNI Nº 34.509.210, por
la suma de Pesos Un Mil Quinientos con cincuenta y ocho centavos ($ 1.500,58.-) en concepto de
compensación de gastos.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del Artículo anterior se hará con cargo a la
Jurisdicción Secretaría de Gobierno: 1110102000 - Categoría programática: 01.00.00 – Administración
Central – Partida: 3.7.2.0. Pasajes y Viáticos.-
ARTICULO 3.- A efectos de su liquidación, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al Registro
oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1460/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigente para
el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora CAMILA TESONE, DNI Nº 40.345.067, fecha de nacimiento 17-
02-1997, con domicilio en calle 6 de Septiembre Nº 851 de San Cayetano, como Personal Docente de
Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de FEBRERO
de 2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en natación de
adolescentes y campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 la agente percibirá el valor equivalente a
quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación – Partidas 1.2.1.0 a 1.6.0.0.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1461/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigente para
el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor GUILLERMO IVAN TIMERMAN, DNI Nº34.509.280, fecha de
nacimiento 17-11-1989, con domicilio en calle Sarmiento Nº 1020 de San Cayetano, como Personal
Docente de Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de
FEBRERO de 2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en
natación de niños de 10 a 12 años, campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor equivalente a
quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación – Partidas 1.2.1.0 a 1.6.0.0.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1462/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigente para
el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor BRAIAN JESUS CORREA, DNI Nº 39.165.974, fecha de nacimiento
03/04/1996, con domicilio en Calle 41 bis Nº 1060, Barrio Autoconstrucción Nº 1020 de San Cayetano,
como Personal Docente de Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019
hasta el día 15 de FEBRERO de 2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes
en Verano” en natación de niños de 6 a 10 años, natación y campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor equivalente a
quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación – Partidas 1.2.1.0 a 1.6.0.0.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1463/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigente para
el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor EVER PEÑA, DNI Nº 37.380.319, fecha de nacimiento 11-01-1993,
con domicilio en Av. H. Apezteguía Nº 316 de San Cayetano, como Personal Docente de Planta
Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de FEBRERO de
2019 para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en natación niños de 6
a 10 años y campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor equivalente a
quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación – Partidas 1.2.1.0 a 1.6.0.0.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1464/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigente para
el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor ALAN GABRIEL ACUÑA, DNI Nº 37.380.317, fecha de nacimiento
02-03-1993, con domicilio en calle Mitre Nº 250 de San Cayetano, como Personal Docente de Planta
Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de FEBRERO de
2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en natación niños de
10 a 12 años y campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor equivalente a
quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación – Partidas 1.2.1.0 a 1.6.0.0.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1465/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señorita PAMELA YESICA DI CARO, DNI Nº 33.177.367, fecha de
nacimiento 25-01-1988, con domicilio en calle Sarmiento Nº 606 de San Cayetano, como Personal
Docente de Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de
FEBRERO de 2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en
natación y campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor equivalente a
Quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1466/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señorita NATALIA ANAHI LOPEZ, DNI Nº 47.425.740, fecha de
nacimiento 27-06-1997, con domicilio en calle Barrio Plan Federal I, Casa 41, calle 23 bis de San
Cayetano, como Personal Docente de Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO
de 2019 hasta el día 15 de FEBRERO de 2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa
“Deportes en Verano” en natación y campamento.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor equivalente a
Quince (15) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1467/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al Profesor JONAS POULSEN, DNI Nº 27.625.431, fecha de nacimiento 02-
04-1980, domiciliado en Avda. San Martín Nº 521 de San Cayetano, como Personal Docente de Planta
Temporaria, para prestar servicios a partir del 1 de ENERO de 2019 hasta el día 30 de JUNIO de 2019 en
la Colonia de Vacaciones de niños y adultos mayores y coordinación del área en la pileta del Club
Atlético Independiente.-
ARTÍCULO 2.- Por la totalidad de las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el valor
equivalente a treinta y seis (36) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes, Turismo y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1468/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor RODRIGO ARANA, DNI Nº 35.150.269, fecha de nacimiento 08-07-
1990, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 153 de San Cayetano, como Personal Docente de Planta
Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de ENERO de 2019,
para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en colonia de vacaciones de
niños y adultos mayores en Villa Balnearia.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el proporcional al valor
equivalente a Cuarenta (40) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1469/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora ARIANE DESIREE LAFFARGUE, DNI Nº 33.719.999, fecha de
nacimiento 06-12-1988, domiciliada en Av. San Martin Nº 380, como Personal Docente de Planta
Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 15 de ENERO de 2019,
para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en colonia de vacaciones de
niños y adultos mayores en Villa Balnearia.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el proporcional al valor
equivalente a Cuarenta (40) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1470/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor OSCAR MARIO VALENTINI, DNI Nº 17.590.886, fecha de
nacimiento 01-12-1966, domiciliado en Pedro N. Carrera Nº 890 de San Cayetano, como Personal
Docente de Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 7 de
ENERO de 2019, para desarrollar actividades recreativas en el programa “Deportes en Verano” en
colonia de vacaciones de niños y adultos mayores en Villa Balnearia.-
ARTÍCULO 2.- Por las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 el agente percibirá el proporcional al valor
equivalente a Cuarenta (40) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1471/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la Profesora ANA PAULA BUUS, DNI Nº 29.369.182, fecha de nacimiento
18-04-1982, domiciliada en Avda. San Martín Nº 630 como Personal Docente de Planta Temporaria, para
prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 28 de FEBRERO de 2019 en la Colonia de
Vacaciones de niños y adultos mayores y actividades recreativas en lavilla Balnearia.-
ARTÍCULO 2.- Por la totalidad de las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 la agente percibirá el valor
equivalente a Treinta (30) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes, Tursimo y Recreación.-
ARTÍCULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1472/2018
SAN CAYETANO, 20 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la temporada estival 2019 la Dirección de Deportes Municipal ha dispuesto el desarrollo del
programa denominado “Deportes en Verano”, y;
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con el informe de la administración de Deportes, Turismo y Recreación sobre datos
filiatorios y horas dictadas por el desarrollo de actividades.-
Que mediante el programa invocado en el visto, se realizarán actividades recreativas en San Cayetano
durante la temporada de verano, y a consecuencia resultará necesario designar el Personal encargado de
dichas tareas.-
Que la Ordenanza Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos vigentes
para el ejercicio 2019, establece el valor del Modulo Horario.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la Profesora DAFNE MOSQUEIRA, DNI Nº 37.380.471, fecha de
nacimiento 06-04-1994, con domicilio en calle Colón s/n de San Cayetano, como Personal Docente de
Planta Temporaria, para prestar servicios a partir del 2 de ENERO de 2019 hasta el día 28 de FEBRERO
de 2019 en la Colonia de Vacaciones de niños y adultos mayores y actividades recreativas.-
ARTÍCULO 2.- Por la totalidad de las tareas enunciadas en el Artículo Nº 1 la agente percibirá el valor
equivalente a Treinta (30) Módulos Mensuales.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno, Categoría Programática
24.01.00 – Administración de Deportes, Turismo y Recreación.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes y Turismo, a los interesados, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1473/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la señora AGUADO ALICIA RENE solicita cambio de domicilio de un Local Comercial, y;
CONSIDERANDO:
Que en dicho local funcionara un comercio dedicado a PRODUCTOS VETERINARIOS- ALIMENTO
PARA MASCOTAS con el nombre comercial de “MUNDO MASCOTAS” ubicado en Avenida San
Martin N° 317, y su nueva dirección será en Avenida San Martin N° 275, de San Cayetano.-
Que según surge de fs. 15 a 23 inclusive, el solicitante ha presentado toda la documentación exigida por
Ordenanza 1.831/10 y 2.199/12.-
Que a fs. 18 y 19 surge copia de la Escritura del inmueble que se pretende habilitar, con firma de la
Notaria Ana Delia Rodríguez.-
Que del informe emitido por el responsable del cuerpo de Bomberos de San Cayetano obrante a fs.21,
surge que por sus características el local cuenta con la cantidad de extintores correspondientes y acorde a
sus dimensiones, teniendo una validez hasta Diciembre/2019.-
Que la superficie total del local es de 25.35 m2.-
Que a fs. 22 y 23 surge la constancia de inscripción en Afip e Ingresos Brutos respectivamente.-
Que de la Inspección ocular del edificio, suscripta por Personal Municipal obrante a fs. 24 de autos, surge
que las instalaciones del local condicen en un todo con el plano presentado a fs. 20.-
POR TODO ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1: Concédase el CAMBIO DE DOMICILIO del comercio dedicado a PRODUCTOS
VETERINARIOS- ALIMENTO PARA MASCOTAS con el nombre comercial de “MUNDO
MASCOTAS” para que funcione en su nuevo domicilio ubicado en Avenida San Martin N° 275, de San
Cayetano, cuyos datos catastrales Circ. I – Sección A – Manzana 31, parcela 14F –Partida 793, cuyo
titular es la señora AGUADO ALICIA RENE, Cuit 27-23437060-5.-
ARTICULO 2: Habilítese el comercio mencionado en el artículo anterior según lo dispuesto por el
artículo 4° inciso “A”, Capítulo IV de la Ordenanza Fiscal Impositiva Anual 2018, código 8032, clave
12585, dispuestos por la Oficina de Ingresos Públicos.-
ARTICULO 3: Agréguese el presente Decreto al Expediente Nº 16/18, Letra O.C y gírese el mismo a la
Oficina de Comercio Municipal para que en el plazo de tres (3) días expida el certificado de habilitación,
previo percepción de la tasa correspondiente.-
ARTICULO 4: Para su conocimiento y cumplimiento pásese copia a la Oficina de Comercio Municipal
para que en el plazo de tres (3) días expida el certificado de habilitación, a Inspección General, a Rentas
Municipal, al interesado, dése al Registro oficial y cumplido archívese.-
DECRETO Nº 1474/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota remitida por la Directora Administrativa del Hospital Municipal, Carina Claudia Mina, de fecha
18 de Diciembre de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la cual solicita se establezca a partir del 1 de Diciembre de 2018, el valor de la bonificación
por Guardia Pasiva para las especialidades de Traumatología, no remunerativa en la suma de Pesos Dos
Mil Cuatrocientos veinte ($ 2.420) por cada día hábil, y Pesos Dos Mil Setecientos ochenta y tres ($
2.783) por sábados, domingos y feriados, previo informe del Director del Hospital Municipal.-
Que por Decreto Nº 112/2018 establece el valor de dicha bonificación en la suma no remunerativa de
Pesos Dos Mil Doscientos ($ 2.200) por cada día hábil, y Pesos Dos mil Quinientos treinta ($ 2.530) por
sábados, domingos y feriados, previo informe del Director del Hospital Municipal.-
Que debe dictarse el dispositivo legal correspondiente.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Establézcase a partir del 1 de Diciembre de 2018 el valor de la “Bonificación por
Guardia Médica Pasiva para la especialidad Traumatología”, en la suma no remunerativa de Pesos Dos
Mil Cuatrocientos veinte ($ 2.420) por cada día hábil, y Pesos Dos Mil Setecientos ochenta y tres ($
2.783) por sábados, domingos y feriados, previo informe del Director del Hospital Municipal.-
ARTICULO 2.- Deróguese el Decreto 112/2018.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º se imputará a la Jurisdicción Secretaría de Salud
1110105000 – Categoría Programática 16.01.00 – Hospital Municipal.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, a la
Administración del Hospital Municipal, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1475/2018.-
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que el Señor Intendente Municipal Agrimensor Miguel Angel Gargaglione, concurrió a la ciudad de La
Plata y Buenos Aires, el día 20 de Diciembre del corriente año, acompañado por el Secretario Técnico,
Ing. Luis Gustavo Pérez, por gestiones municipales, y;
CONSIDERANDO:
Que para ello debieron trasladarse fuera de la localidad.-
Que en el Presupuesto General de Gastos del corriente ejercicio, existe la partida a la cual deben
imputarse gastos como el presente.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor del Intendente Municipal Agr. Miguel Ángel Gargaglione,
por la suma de Pesos Novecientos setenta y seis ($ 976).- en concepto de compensación de gastos.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se hará con cargo a la
Jurisdicción Unidad Intendente: 1110101000 - Categoría programática: conducción superior 01.00.00 -
Partida: 3.7.2.0. Pasajes y Viáticos.-
ARTICULO 3.- A efectos de su liquidación, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al Registro
oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1476/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que el Coordinador de Deportes Municipal, Profesor Pablo Tesone concurrió al Balneario de San
Cayetano y a la ciudad de Tres Arroyos, el día 21 de Diciembre de 2018, por gestiones municipales, y;
CONSIDERANDO:
Que para ello debieó trasladarse fuera de la localidad.-
Que en el Presupuesto General de Gastos del corriente ejercicio, existe la partida a la cual deben
imputarse gastos como el presente.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor del Coordinador de Deportes Municipal, Profesor Pablo
Tesone, por la suma de Pesos Dos con cuarenta centavos ($ 2.000,40) en concepto de compensación de
gastos.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se hará con cargo a la
Jurisdicción Secretaría de Gobierno: 1110102000 - Categoría programática: 01.00.00 – Administración
Central – Partida: 3.7.2.0. Pasajes y Viáticos.-
ARTICULO 3.- A efectos de su liquidación, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al Registro
oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1477/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por la señora Ana María Desiderio, D.N.I. Nº 12.099.328, por medio de la cual solicita
el reintegro de un importe de dinero correspondiente al pago de “Pensionados en Hogar de Ancianos”, y;
CONSIDERANDO:
Que se fundamenta la solicitud debido a que con fecha 12 de Diciembre de 2018, ha abonado a través del
recibo Nº 37430, la suma de $18.268,29 (Pesos Dieciocho Mil Doscientos Sesenta y Ocho con
Veintinueve Centavos) en concepto de Pensionados en Hogar de Ancianos, por el alojamiento de su
madre, Señora Rosa Filomena Massa, quien falleciera el pasado día 18 de diciembre, antes de iniciar el
mes de estadía.-
Que la peticionante abonaba regularmente el alojamiento con anticipación a la fecha de ingreso.-
Que corresponde realizar la devolución correspondiente.-
Que en virtud de lo manifestado debe dictarse el instrumento por medio del cual se autorice la
devolución.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Autorízase a la Contaduría Municipal a confeccionar una Orden de Devolución por la
suma de $18.268,29 (Pesos Dieciocho Mil Doscientos Sesenta y Ocho con Veintinueve Centavos), a favor
de la contribuyente Sra. Ana María Desiderio – D.N.I. 12.099.328, por el pago de Pensionados en Hogar
de Ancianos.-
ARTICULO 2: La devolución referida en el artículo anterior, se hará con cargo a la Jurisdicción:
1110104000 – Secretaría de Hacienda, Rubro de Ingresos: 14.2.05.04 – Pensionados en Hogar de
Ancianos.-
ARTICULO 3: Para su cumplimiento, pásese copia a Dirección de Ingresos Públicos, a la Contaduría
Municipal, al interesado, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1478/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Sustento Familiar por
el mes de Diciembre de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Sustento Familiar por el mes de Diciembre de 2018:
BILBAO TOTARO, IVANA NORMA, con documento D.N.I. Nº 30.060.771, por la suma de Pesos Un
Mil Quinientos ($150000).-
MARTINEZ, EDGARDO DAVID, con documento D.N.I. Nº 32.603.931, por la suma de Pesos Dos Mil
Quinientos ($250000).-
MOLINA, ALEJANDRA LORENA, con documento D.N.I. Nº 25.589.720, por la suma de Pesos Dos
Mil ($200000).-
SANTILLAN, MARISA LILIANA, con documento D.N.I. Nº 13.023.788, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000).-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1479/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la apertura de propuestas del CONCURSO DE PRECIOS N° 97/2018 - “Contratación para
Mantenimiento, limpieza y reparación de Cámaras de Seguridad Urbana del partido de San Cayetano”, se
presentan 2 (dos) Oferentes y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al precio presentados por las dos empresas y a lo dictaminado por la Comisión de Estudio
de Propuestas, se desprende que la contratación del mantenimiento de cámaras de seguridad urbana
deberá de ser adjudicada al Oferente Nº 1, según lo más conveniente a los intereses de la Comuna,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Adjudicase al Oferente Nº 1 “García, Julián Pablo” el Item Nº 1: Mantenimiento,
Limpieza y Reparación de 93 cámaras de seguridad urbana en el partido de San Cayetano – los gastos de
traslado, combustible y demás gastos ocasionados para el mantenimiento de las cámaras quedaran a cargo
del proveedor – deberá contar con un vehículo propio y escalera para realizar el mantenimiento de las
mismas - desde el 01 de Enero del 2019 al 31 de Diciembre del 2019 - por un importe total de Pesos
Doscientos Treinta y Siete Mil Seiscientos ($ 237.600,00); para la “Contratación para Mantenimiento,
limpieza y reparación de Cámaras de Seguridad Urbana del partido de San Cayetano”.-
ARTICULO 2: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a la Cuenta: Bancos,
Seguros e Impuestos, de Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda, Categoría Programática
01.00.00 – Administracion Central – Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal - Objeto del Gasto
3.3.3.0 – Mantenimiento y reparación de maquinarias y equipos, del Presupuesto General de Gastos por
Programa vigente.-
ARTICULO 3: Por contaduría se procederá a librar los pagos respectivos, previa presentación de la
facturación correspondiente.-
ARTICULO 4: Pásese copia a contaduría, a Tesorería, a Oficina de Compras, Registro Oficial, y
cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1480/2018.-
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal para cumplir funciones en el Área de la Dirección Legal, que por la
razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1: Desígnese a la Dra. ILEANA MICAELA ROGINA, DNI Nº 35.412.705, fecha de
nacimiento 06-10-1990, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen N° 1074 de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Auxiliar de Asesoría Legal, Categoría 13, Personal Profesional.-
ARTICULO 2. La agente mencionada cumplirá una jornada laboral de lunes a viernes con un total de
cuatro (4) horas diarias de labor, percibiendo como remuneración la parte proporcional de la Categoría
13, 7 horas de labor, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3. El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo 1º será desde el 1 de ENERO de
2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma
automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 4: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado a la
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Hacienda, Categoría Programática 01.00.00 – Administración
Central.-
ARTÍCULO 5: Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6: Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1481/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La renuncia presentada por la señora Luciana Sampayo al cargo de Secretaria de Salud de San Cayetano,
y;
CONSIDERANDO:
Que su renuncia fue aceptada, a partir del día 1 de Diciembre de 2018, mediante Decreto Nº 1365/2018.-
Que se debe proceder a designar reemplazante, dado que el cargo de Secretario de Salud no puede quedar
acéfalo.-
Que se hace necesario crear el dispositivo legal correspondiente.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Desígnese en el cargo de SECRETARIO DE SALUD, a partir del día 1 de Enero de 2019,
al Dr. Pedro Nolasco BARRIENTOS, DNI N° 21.930.003, fecha de nacimiento 01-10-1970, domiciliado
en calle 68 N° 3275 de la localidad de Necochea.-
ARTÍCULO 2.- El funcionario deberá presentar ante Contaduría Municipal, la Declaración Jurada
Patrimonial al momento del ingreso y en forma periódica entre los meses de Octubre y Diciembre de cada
año y al momento del cese, Ordenanza Nº 1925/2010.-
ARTÍCULO 3.- El egreso que ocasione la presente designación será imputado a las Partidas
correspondientes al Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 4: Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia al interesado, a las Oficinas
Municipales correspondientes, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1482/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por el Director de Cultura y Educación, señor Alan Arias, de fecha 26 de Diciembre
del 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que en dicha nota ha presentado su renuncia al cargo de Director de Cultura y Educación, designado bajo
Decreto Nº 12/2018.-
Que el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones ha aceptado la misma.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Acéptese la renuncia presentada por el señor Alan Luis ARIAS, DNI N° 29.148.930, a
partir del 1 de Enero del 2019 inclusive, al cargo de Director de Cultura y Educación.-
ARTÍCULO 2.- Notifíquese, regístrese, publíquese en Boletín Municipal, Oficina de Personal y
cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1483/2018
SAN CAYETANO, 21 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La necesidad de conformar el Gabinete de Secretarios, Subsecretarios, Directores, Subdirectores y
funcionarios de la Comuna, y:
CONSIDERANDO:
Que es necesario nombrar un Director de Cultura y Educación.-
Las facultades del Intendente Municipal para designar sus colaboradores conforme lo establecido por el
Artículo 178º de la Ley Orgánica Municipal.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a partir del 1° de Enero de 2019, en el cargo de DIRECTOR DE CULTURA
Y EDUCACION, al señor MARCOS LUIS CERCHIARA, DNI N° 27.625.436, con domicilio en Av.
Independencia Nº 624 de San Cayetano.-
ARTICULO 2.- El funcionario percibirá como remuneración de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº
19 de la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el
Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 3.- El funcionario deberá presentar ante Contaduría Municipal, la Declaración Jurada
Patrimonial al momento del ingreso y en forma periódica entre los meses de Octubre y Diciembre de cada
año y al momento del cese, Ordenanza Nº 1925/2010.-
ARTÍCULO 4.- El egreso que ocasione la presente designación será imputado a las Partidas
correspondientes al Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Abog. Marcelo
González.-
ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese en Boletín Municipal, tome nota la Oficina de
Personal y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1484/2018
SAN CAYETANO, 26 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La necesidad de conformar el Gabinete de Secretarios, Subsecretarios, Directores, Subdirectores y
funcionarios de la Comuna.-
CONSIDERANDO:
Que el Coordinador de Cultura, Marcos Luis Cerchiara, pasará a cumplir sus funciones a partir del 1 de
Enero de 2019 como Director de Cultura y Educación, de acuerdo a lo establecido por decreto Nº
1484/2018.-
La necesidad de nombrar a un Coordinador de Cultura, y
Que es facultad del Intendente Municipal para designar sus auxiliares o colaboradores conforme lo
establecido por el Artículo 178 de la Ley Orgánica Municipal.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a partir del 1 de ENERO de 2019, en el cargo de COORDINADOR DE
CULTURA, a ARTURO SEBASTIAN ARIAS, DNI N° 30.991.689, con domicilio en calle 1 de Mayo
Nº 905 de San Cayetano.-
ARTÍCULO 2.- El funcionario percibirá como remuneración de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº
24 de la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculos de Recursos vigente para el
Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 3.- El funcionario deberá presentar ante Contaduría Municipal, la Declaración Jurada
Patrimonial al momento del ingreso y en forma periódica entre los meses de Octubre y Diciembre de cada
año y al momento del cese, Ordenanza Nº 1925/2010.-
ARTÍCULO 4.- Al señor ARTURO SEBASTIAN ARIAS, agente municipal Legajo Nº 766 se le efectúa
la correspondiente RESERVA DE CARGO DE REVISTA hasta que cese en su función.-
ARTÍCULO 5.- El egreso que ocasione la presente designación será imputado a las Partidas
correspondientes al Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 6.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Marcelo
Gonzalez.-
ARTÍCULO 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en Boletín Municipal, remítase copia a la
Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, tome nota la Oficina de Personal y cumplido,
ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1485/2018
SAN CAYETANO, 26 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Desígnese al señor JORGE DAVID LEGARRETA, DNI Nº 34.509.248, fecha de
nacimiento 05-08-1989, con domicilio en Planta Urbana s/n del Balneario de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Personal de Servicio y Maestranza, Categoría 14, 8 horas de labor,
Inspector de Transito, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2018.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el articulo 1º será desde el 1 de ENERO
de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma
automática y de pleno derecho sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3.- El gasto ocasionado por el Articulo 1 será imputado a la Jurisdicción Secretaría de
Gobierno 1110102000 – Categoría Programática 17.01.00. - Transito.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1486/2018
SAN CAYETANO, 26 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto del Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora MICAELA ROMINA DI MARCO - DNI Nº 29.556.439, fecha de
nacimiento 27-08-1982, domicilio Barrio M. Moreno, mnb 8, piso 1 “B” de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Personal Administrativo, Auxiliar administrativo, Area Acción
Social.
ARTICULO 2.- La agente mencionada cumplirá su jornada laboral los días Lunes, Martes, Miércoles y
Jueves, de 15 a 19 hs y los viernes de 10 a 12 hs y de 18 a 20 hs, con un total de cuatro (4) horas diarias
de labor, percibiendo como remuneración la parte proporcional de la Categoría 14, 7 horas de labor, de
acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de
Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3.- El plazo de designación de tareas especificado en el Artículo 1º será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 31 de MARZO de 2019, inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO4.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Subsecretaría de
Acción Social 1110106000 – Categoría Programática 01.00.00. – Administración Acción Social.-
ARTÍCULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1487/2018
SAN CAYETANO, 26 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
El Convenio celebrado entre el Departamento Ejecutivo y el Ministerio de Desarrollo Social, por medio
del cual se crea el Programa Envión.-
Que el Convenio en cuestión, establece que el Ministerio proveerá los fondos para el sostenimiento de
tres (3) profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales para el Programa desarrollado en el
Municipio.-
Que debe dictarse el instrumento legal por medio del cual se designe al personal encargado de la
ejecución del programa.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora MARIA FERNANDA ISASMENDI, DNI Nº 27.319.876, fecha de
nacimiento 27/02/1979, domiciliada en calle 12 de Octubre Nº 495, de la ciudad de San Cayetano, desde
el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019 como Personal Técnico Ingresante de Planta
Temporaria, Coordinador del Programa Envión, Categoría 14, 7 hs de labor, área Acción Social.-
ARTICULO 2.- La agente mencionada cumplirá una jornada laboral diaria de 5 horas, percibiendo como
remuneración la parte proporcional de la categoría indicada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 3.- Los fondos necesarios para soportar el cumplimiento del presente decreto serán
proveídos por el Ministerio de Desarrollo, de acuerdo al Convenio vigente, debiendo el Municipio
soportar el excedente con economía de libre disponibilidad que arrojen otras partidas del Presupuesto
General de Gastos.-
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior será imputado a la
Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social, Categoría Programática 22.00.00 – Programa
Envión.-
ARTÍCULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, a la
Dirección de Desarrollo Social, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1488/2018
SAN CAYETANO, 26 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
El Convenio celebrado entre el Departamento Ejecutivo y el Ministerio de Desarrollo Social, por medio
del cual se crea el Programa Envión.-
Que el Convenio en cuestión, establece que el Ministerio proveerá los fondos para el sostenimiento de
tres (3) profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales para el Programa desarrollado en el
Municipio.-
Que debe dictarse el instrumento legal por medio del cual se designe al personal encargado de la
ejecución del programa.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora DI CARO STEFANIA, DNI Nº 37.218.468, fecha de nacimiento
20/02/1993, domiciliada en Barrio M Moreno, Mnb 2, 1º Piso, Depto “C” de la ciudad de San
Cayetano, desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019 como Personal Técnico
Ingresante de Planta Temporaria, Coordinador del Programa Envión, Categoría 14, 7 hs de labor, área
Acción Social.-
ARTICULO 2.- La agente mencionada cumplirá una jornada laboral diaria de 5 horas, percibiendo como
remuneración la parte proporcional de la categoría indicada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 3.- Los fondos necesarios para soportar el cumplimiento del presente decreto serán
proveídos por el Ministerio de Desarrollo, de acuerdo al Convenio vigente, debiendo el Municipio
soportar el excedente con economía de libre disponibilidad que arrojen otras partidas del Presupuesto
General de Gastos.-
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior será imputado a la
Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social, Categoría Programática 22.00.00 – Programa
Envión.-
ARTÍCULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, a la
Dirección de Desarrollo Social, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1489/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
7036/D/2018
TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son
propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: –Exímase del pago de contribuciones para el Ejercicio 2019 por Tasa
de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública Municipal, de acuerdo a la Ordenanza Nº
393/1990 y sus modificatorias, a las siguientes personas:
Apellido y Nombres Documento Domicilio
Datos Catastrales
Circ. Secc
.
Mz.
Quinta Parcela Partida
ACUÑA, Mirta René 04.441.490 Pedro N. Carrera Nº 811 I A 64 22C 1653
ALONSO, Mirta
Susana 06.645.823
Hipólito Yrigoyen Nº
1040 I A 88 9 2243
ANDERSEN, Violeta
Ana 03.985.200 Sarmiento Nº 770 I A 53 12A 1339
ARANGUREN,
María Zulema 04.715.633 Bº Pro-Casa III – Casa 16 I B
Frac III
Qta.27 19 8392
ARIAS, Margarita
Elva 03.982.094 Calle 45 Nº 1244 I B 17B 11 2918
AVILA, Norma
Susana 10.652.977
Bº M. Moreno –
Monoblock 8 – 2º B I B 288 UF61 8058
AZPEITIA, Estela
Mary 04.087.364 Mitre Nº 879 I A 54 16B 6442
BERTOLDI, Alba
Nora 00.711.318 Av. Independencia Nº 411 I A 33 1E 6012
BISCAYART, Aida
Luz 03.983.853 Magnin Nº 270 I A 25 6 565
BURCHELL, Mirta
Nélida 04.732.136 Pedro N. Carrera Nº 917 I A 65 21 1684
CARRIN, Héctor
Eduardo 07.835.237 Mitre Nº 1370 I B Qta. 21 2 3378
CARRIZO, Stella
Maris 10.652.951 Colón Nº 451 I A 71 18 1815
CIPOLLONE, Oscar
Antonio 08.293.905 Av. De la Canal Nº 242 I A 46 3C 1123
DE VRIES, Lidia
Hilda 01.738.732 Pedro N. Carrera Nº 765 I A 63 18 y 19
1616
1617
DI FONZO, Dominga 04.087.382 Colón Nº 950 I A 89 4 2266
ECHEBERRÍA,
Carmen Raquel 04.732.110
Calle 45 e/25 de Mayo y
Av. San Martín I B 17B 9 2916
FALCÓN, Ernesta
Haydee 02.754.172 25 de Mayo Nº 636 I A 53 2 1325
FERNÁNDEZ, Mirta
Mabel 04.888.802
Calle 12 “Las Acacias” y
Calle 7 “Los Pejerreyes”
Balneario San Cayetano
VII A 25 4 7422
FERNÁNDEZ,
Norma Nélida 11.364.362 Mitre Nº 819 I A 54 22A 1380
GARCÍA, Juan
Carlos 05.372.694 Sargento Cabral Nº 230 I A 94 21-02 8877
GARCÍA, María de
los Ángeles 12.099.432 6 de Septiembre Nº 581 I A 34 23B 6917
GÓMEZ DE
SARAVIA, Elba
Raquel
03.986.056 Bº Mariano Moreno –
Mon. 5 –PB –Dpto. A I B 37 33 8030
GÓMEZ DE
SARAVIA, Néstor
Marcelino
05.391.499 Sargento Cabral Nº 335 I A 95 20 2441
GÓMEZ, José Oreste 06.373.980 9 de Julio Nº 870 I A 99 12 2546
GÓNZALEZ, Nelio
Oreste 05.368.994 Rivadavia Nº 325 I A 70 27A 1533
GUERRERO,
Arnaldo Raúl 05.524.768 Magnin y Belgrano S/N I A 23 1A 495
JUÁREZ, Mario
Alberto 05.388.071 Moreno Nº 676 I B 27A 16 3097
MARTÍNEZ, Miguel
César 05.373.973 Av. Independencia Nº 490 I A 32
14-00-
03 770
MOLINA, Juan Omar 05.389.093 Almirante Brown Nº 326 I A 95 4 2425
NOORDERMEER,
Lidia Gladys 03.952.005
Av. Presidente Perón Nº
1060 I A 55 12 1399
NÚÑEZ, María del
Carmen 10.101.682 Av. Independencia Nº 260 I A 17 13 349
PAL, Catalina 10.948.657 Moreno Nº 140 I A 47 10 1132
PAZ, Juan Carlos 05.385.886 Hipólito Yrigoyen Nº
1023 I A 89 28 2290
PEREZ, José
Francisco 08.460.193 Moreno Nº 582 I A 96 14 2463
RODRÍGUEZ, María
del Carmen 04.087.411 Sarmiento Nº 744 I A 53 9 1336
ZAPATA, María
Angélica 05.901.367 Justo Girado Nº 80 I B 35 1 3527
Artículo 2º: Rechácese la solicitud para la eximisión del pago de contribuciones
para el Ejercicio 2019 por Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública Municipal,
por no cumplir con lo establecido en la Ordenanza Nº 393/1990 y sus modificatorias, a las siguientes
personas:
Cipollone, Stella Maris
Rodríguez, Nery Omar
Sánchez, María Jesús
Visciarelli, María Viviana
Zarate, Gerónimo Claudio
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN
CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO
ORDENANZA Nº 2.843/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
7041/D/2018
TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son
propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébese a los siguientes aspirantes, como beneficiarios del
FONDO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA, los cuales cumplen con los requisitos solicitados para
acceder al sistema:
01.-BEIZA, Alejandro – AZPEITIA, Doris
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN
CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO
ORDENANZA Nº 2.844/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
7042/D/2018
TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son
propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébese el DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1.362/2018 de fecha
29 de Noviembre del 2018, que se adjunta al presente, el cual formará parte como Anexo de la Ordenanza
Nº 1.259/2005
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN
CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO
ORDENANZA Nº 2.845/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
7044/D/2018
TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son
propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase a partir del 01 de Enero de 2019 el cargo de “Secretario
Privado del Intendente
Artículo 2º: Modifíquese a partir del 01 de Enero de 2019 el Artículo 26º de la
Ordenanza 2.842/2018 - Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, en virtud de
incorporar el cargo establecido en el artículo anterior, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“…Artículo 26º: Fíjese en concepto de Sueldo Básico para los cargos de Coordinador de Medio Ambiente
y Secretario Privado del Intendente, el veinte (20%) por ciento de diez (10) sueldos mínimos de ocho (8)
horas de la Categoría 14, a partir del 01 de Enero de 2019”.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo efectuará las readecuaciones de cargos
que correspondan, conforme lo establecido por el Artículo 4º de la Ordenanza Complementaria
2.842/2018
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN
CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO
ORDENANZA Nº 2.847/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Alquiler desde el mes
de Enero y hasta Febrero de 2019 inclusive, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Alquiler desde el mes de Enero y hasta Febrero de 2019 inclusive:
MARTINEZ, MARTIN ESTEBAN, con documento D.N.I. Nº 37.380.496, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
RUPPEL, CAROLINA FLORENCIA, con documento D.N.I. Nº 35.416.105, por la suma de Pesos Dos
Mil Quinientos ($250000) mensuales.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1490/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Alquiler desde el mes
de Enero y hasta Marzo de 2019 inclusive, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Alquiler desde el mes de Enero y hasta Marzo de 2019 inclusive:
ASMANN, MARTIN ANDRES, con documento D.N.I. Nº 37.380.315, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
BALLEJOS, ROSANA HILDA, con documento D.N.I. Nº 41.096.982, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000) mensuales.-
CASTRO, JAQUELINA ESTELA, con documento D.N.I. Nº 31.439.057, por la suma de Pesos Cuatro
Mil Quinientos ($450000) mensuales.-
CORIA, LAURA, con documento D.N.I. Nº 14.792.178, por la suma de Pesos Cuatro Mil ($400000)
mensuales.-
COTABARREN, MAURO, con documento D.N.I. Nº 32.585.537, por la suma de Pesos Dos Mil
Ochocientos ($280000) mensuales.-
DEL HOYO, MARIA BELEN, con documento D.N.I. Nº 40.425.775, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000) mensuales.-
FERNANDEZ, VERONICA ANAHI, con documento D.N.I. Nº 39.165.993, por la suma de Pesos Dos
Mil ($200000) mensuales.-
FLORES, AILEN, con documento D.N.I. Nº 38.428.930, por la suma de Pesos Tres Mil ($300000)
mensuales.-
GALVAN, PATRICIA ELISABET, con documento D.N.I. Nº 23.122.129, por la suma de Pesos Tres Mil
($300000) mensuales.-
GARCIA, CAROLINA GISELE, con documento D.N.I. Nº 33.842.073, por la suma de Pesos Dos Mil
Quinientos ($250000) mensuales.-
GARCIA, RICARDO, con documento D.N.I. Nº 5.389.543, por la suma de Pesos Un Mil Quinientos
($150000) mensuales.-
GOMEZ SARAVIA, MARCELA, con documento D.N.I. Nº 26.519.735, por la suma de Pesos Tres Mil
($300000) mensuales.-
GRAF MACEDO, STEFANIA ISABEL, con documento D.N.I. Nº 37.380.419, por la suma de Pesos Un
Mil Quinientos ($150000) mensuales.-
HERRERA, AYMARA, con documento D.N.I. Nº 39.165.990, por la suma de Pesos Dos Mil ($200000)
mensuales.-
MONGES, AZUCENA MARIA, con documento D.N.I. Nº 36.386.661, por la suma de Pesos Dos Mil
Cuatrocientos ($240000) mensuales.-
NIGOUL, MILAGROS, con documento D.N.I. Nº 38.428.926, por la suma de Pesos Tres Mil ($300000)
mensuales.-
RIOS, MARISOL, con documento D.N.I. Nº 19.014.856, por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos
($250000) mensuales.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1491/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Alquiler desde el mes
de Enero y hasta Junio de 2019 inclusive, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Alquiler desde el mes de Enero y hasta Junio de 2019 inclusive:
BARRETO, FACUNDO NAHUEL, con documento D.N.I. Nº 41.800.546, por la suma de Pesos Dos Mil
Ochocientos ($280000) mensuales.-
CARDOZO ARANA, ROSA BEATRIZ, con documento D.N.I. Nº 93.073.012, por la suma de Pesos Un
Mil Quinientos ($150000) mensuales.-
CARRASCO, MARIA ISABEL, con documento D.N.I. Nº 22.839.779, por la suma de Pesos Dos Mil
Quinientos ($250000) mensuales.-
FINAMORES, JUAN CARLOS, con documento D.N.I. Nº 10.101.666, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000) mensuales.-
MARTIN, PAMELA ALEJANDRA, con documento D.N.I. Nº 32.603.908, por la suma de Pesos Dos
Mil Quinientos ($250000) mensuales.-
PARDIÑAS, JONATHAN WALTER OSVALDO, con documento D.N.I. Nº 36.364.810, por la suma de
Pesos Dos Mil Quinientos ($250000) mensuales.-
TORALES FERREIRA, CARMEN OTILIA, con documento D.N.I. Nº 95.345.526, por la suma de Pesos
Tres Mil Quinientos ($350000) mensuales.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1492/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Sustento Familiar por
el mes de Enero de 2019, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Sustento Familiar por el mes de Enero de 2019:
CANALES, MARIA INES, con documento D.N.I. Nº 21.505.099, por la suma de Pesos Tres Mil
($300000).-
COTABARREN, NATALIA JESICA, con documento D.N.I. Nº 33.799.902, por la suma de Pesos
Cuatro Mil (400000).-
FERREYRA, NOELIA LORENA, con documento D.N.I. Nº 37.380.397, por la suma de Pesos Dos Mil
(200000).-
MARTINEZ, VIVIANA, con documento D.N.I. Nº 24.403.279, por la suma de Pesos Dos Mil (200000).-
MULA, MARIA ELENA, con documento D.N.I. Nº 22.394.206, por la suma de Pesos Tres Mil
Quinientos (350000).-
SMOULENAR, SONIA, con documento D.N.I. Nº 14.792.008, por la suma de Pesos Tres Mil (300000).-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1493/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Sustento Familiar
desde el mes de Enero y hasta Marzo de 2019 inclusive, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Sustento Familiar desde el mes de Enero y hasta Marzo de 2019 inclusive:
ALONSO, IRMA MARISA, con documento D.N.I. Nº 18.085.093, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
ALTAMIRANO, MARIA DEL CARMEN, con documento D.N.I. Nº 38.428.839, por la suma de Pesos
Ochocientos ($80000) mensuales.-
ARCE, STEFANIA LORENA, con documento D.N.I. Nº 34.509.271, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
BARBAS, MARIA DELIA, con documento D.N.I. Nº 17.838.385, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
BOBADILLA, OLGA AYELEN, con documento D.N.I. Nº 36.519.445, por la suma de Pesos Un Mil
Doscientos ($120000) mensuales.-
BONOMI, KAREN ANDREA, con documento D.N.I. Nº 41.096.922, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
BURGUEÑO, GISELE, con documento D.N.I. Nº 33.842.095, por la suma de Pesos Un Mil ($100000)
mensuales.-
CARRIZO, PATRICIA, con documento D.N.I. Nº 17.086.463, por la suma de Pesos Un Mil ($100000)
mensuales.-
CASTRO, JOSE ANTONIO, con documento D.N.I. Nº 12.099.376, por la suma de Pesos Ochocientos
($80000) mensuales.-
DEVINCENTI, DEBORAH NAHIARA, con documento D.N.I. Nº 36.386.770, por la suma de Pesos Un
Mil Quinientos ($150000) mensuales.-
GARCIA, AGUSTINA, con documento D.N.I. Nº 40.425.772, por la suma de Pesos Un Mil Trescientos
($130000) mensuales.-
GARRO, YESSICA VIVIANA, con documento D.N.I. Nº 36.386.627, por la suma de Pesos Ochocientos
($80000) mensuales.-
GIROTTI, LILIANA PAOLA, con documento D.N.I. Nº 30.781.167, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000) mensuales.-
GONZALEZ HIRIART, MONICA YANINA, con documento D.N.I. Nº 29.790.898, por la suma de
Pesos Un Mil Doscientos ($120000) mensuales.-
INDA, GRACIELA NELLY, con documento D.N.I. Nº 13.900.155, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000) mensuales.-
JUAREZ, PAOLA VERONICA, con documento D.N.I. Nº 29.523.732, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
MARQUEZ, ANA LUJAN, con documento D.N.I. Nº 30.197.851, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
DEVINCENTI, DEBORAH NAHIARA, con documento D.N.I. Nº 36.386.770, por la suma de Pesos Un
Mil Quinientos ($150000) mensuales.-
PROPERSI, PAMELA SOLEDAD, con documento D.N.I. Nº 30.991.648, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
SCHMIDT, NATALIA EDITH, con documento D.N.I. Nº 24.221.198, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
SMOULENAR, EVANGELINA EDITH, con documento D.N.I. Nº 25.589.704, por la suma de Pesos Un
Mil ($100000) mensuales.-
SOSA, GISELLA ALEJANDRA, con documento D.N.I. Nº 35.302.561, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
TEDOLDI HALL, MARIA LUZ, con documento D.N.I. Nº 35.412.737, por la suma de Pesos Tres Mil
Quinientos ($350000) mensuales.-
TORRES, PAOLA SOLEDAD, con documento D.N.I. Nº 32.904.637, por la suma de Pesos Dos Mil
Quinientos ($250000) mensuales.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1494/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Sustento Familiar
desde el mes de Enero y hasta Junio de 2019 inclusive, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Sustento Familiar desde el mes de Enero y hasta Junio de 2019 inclusive:
ABAD, NESTOR OMAR, con documento L.E. Nº 5.373.962, por la suma de Pesos Dos Mil ($200000)
mensuales.-
ALTAMIRANO, JOANA ITATI, con documento D.N.I. Nº 38.428.966, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
AZPEITIA, DAIANA ANTONELA, con documento D.N.I. Nº 35.150.251, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
BALLEJOS, ROBERTO BRAULIO, con documento D.N.I. Nº 17.838.385, por la suma de Pesos
Setecientos ($70000) mensuales.-
COPPENS, YANELA ANDREA, con documento D.N.I. Nº 36.386.737, por la suma de Pesos
Ochocientos ($80000) mensuales.-
COSTA, ELSA SUSANA, con documento D.N.I. Nº 11.599.223, por la suma de Pesos Dos Mil
Quinientos ($250000) mensuales.-
DOMINGUEZ, IRIS OFELIA, con documento D.N.I. Nº 16.476.868, por la suma de Pesos Un Mil
Doscientos ($120000) mensuales.-
FERNANDEZ, ESTELA LUCIA, con documento D.N.I. Nº 17.798.077, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
GOMEZ, ANABELLA, con documento D.N.I. Nº 37.380.373, por la suma de Pesos Un Mil Quinientos
($150000) mensuales.-
GONZALEZ, MACARENA, con documento D.N.I. Nº 41.096.970, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
GONZALEZ, MARIA LUZ, con documento D.N.I. Nº 37.380.334, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
GUTIERREZ, VERONICA NATALIA, con documento D.N.I. Nº 26.519.614, por la suma de Pesos Un
Mil Quinientos ($150000) mensuales.-
GUZMAN, MARIA ELBA, con documento D.N.I. Nº 28.526.254, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
HERNANDEZ, MELINA, con documento D.N.I. Nº 34.485.134, por la suma de Pesos Un Mil ($100000)
mensuales.-
IBARRA, CLAUDIA BEATRIZ, con documento D.N.I. Nº 33.842.094, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
INOSTROZA VILLEGAS, DANIELA BELEN, con documento D.N.I. Nº 94.858.585, por la suma de
Pesos Dos Mil ($200000) mensuales.-
LEDESMA, MONICA, con documento D.N.I. Nº 12.724.608, por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos
($250000) mensuales.-
LEGUIZAMON, GRACIELA, con documento D.N.I. Nº 18.085.087, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
MARTINEZ, MANUELA IRENE, con documento D.N.I. Nº 12.568.491, por la suma de Pesos Dos Mil
($200000) mensuales.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General
de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1495/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que a continuación se enumeran, se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por Sustento Familiar
desde el mes de Enero y hasta Junio de 2019 inclusive, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de las siguientes personas, para solventar gastos por
Sustento Familiar desde el mes de Enero y hasta Junio de 2019 inclusive:
OLANO, SARA NOEMI, con documento D.N.I. Nº 21.913.179, por la suma de Pesos Un Mil ($100000)
mensuales.-
OLIVERA, NORBERTO RAUL, con documento D.N.I. Nº 13.660.664, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
OLIVERA, OLGA, con documento D.N.I. Nº 24.740.769, por la suma de Pesos Un Mil ($100000)
mensuales.-
OSTIZ, MONICA VIVIANA, con documento D.N.I. Nº 17.086.328, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
PONTACQ, GIANCARLO, con documento D.N.I. Nº 41.132.869, por la suma de Pesos Un Mil
Quinientos ($150000) mensuales.-
RODRIGUEZ, JESSICA CARINA, con documento D.N.I. Nº 27.019.885, por la suma de Pesos Un Mil
($100000) mensuales.-
ROJAS, OLGA ITATI, con documento D.N.I. Nº 18.800.994, por la suma de Pesos Un Mil Quinientos
($150000) mensuales.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1496/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que el Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese al señor JORGE JOSE MARIA REGUEIRA, DNI Nº 22.478.914, con
domicilio en Bartolomé Mitre Nº 357 de San Cayetano, para prestar servicios como Personal Temporario,
Categoría 8, 7 horas de labor, Personal Técnico, Asistente de Obras Públicas, Área Secretaría Técnica,
percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas, efectuado en el Artículo 1º será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3.- El cumplimiento del Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaria Técnica
11110103000 - Categoría Programática 01.00.00 – Administración Central.-
ARTÍCULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría, a Oficina de Personal, dése al Registro
Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1497/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora MARIA BELEN CAMEJO, DNI Nº 30.991.623, fecha de
nacimiento 08-07-1984, domicilio en 25 de Mayo Nº 190 de San Cayetano, para prestar servicios como
Personal Temporario, Personal Profesional, Categoría 5, 7 horas de labor, Secretaria Técnica, percibiendo
como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo
de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 01.00.00. – Administración Central.-
ARTICULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1498/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor IAN JON RICO, DNI Nº 39.166.005, fecha de nacimiento 31-07-
1996, domicilio en Alte. Brown Nº 629 de San Cayetano, para prestar servicios como Personal
Temporario, Personal Obrero, Peón General, Categoría 13, 7 horas de labor, Secretaria Técnica,
percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 01.00.00. – Administración Central.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1499/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor PAULO OSCAR SOTELO, DNI Nº 29.556.441, fecha de nacimiento
07-09-1982, domicilio en Avenida San Martín y Ugarte de San Cayetano, para prestar servicios como
Personal Temporario, Personal Obrero, Peón General, Categoría 14, 7 horas de labor, Secretaría Técnica,
percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 19.00.00. – Barrido y Limpieza.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1500/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor MARIO FABIAN BURGUEÑO, DNI Nº 32.103.163, fecha de
nacimiento 30-08-1986, domicilio en Barrio Moreno – Dúplex 35 de San Cayetano, para prestar servicios
como Personal Temporario, Personal Obrero, Peón General, Categoría 14, 7 horas de labor, Secretaría
Técnica, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto
de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 19.00.00. – Barrido y Limpieza.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1501/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor TOMAS AGUSTIN DESIDERIO, DNI Nº 41.096.905, fecha de
nacimiento 16-06-1998, domicilio en Barrio M. Moreno MN 12 de San Cayetano, para prestar servicios
como Personal Temporario, Personal Obrero, Peón General, Categoría 14, 7 horas de labor, Secretaría
Técnica, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto
de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 24.00.00. – Mantenimiento y reparación de sendas vehiculares y
peatonales.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1502/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor MARCOS DAVID NOORDERMER, DNI Nº 33.842.092, fecha de
nacimiento 12-03-1989, domicilio en calle M. Moreno y 1 de Mayo de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Personal Obrero, Peón General, Categoría 14, 7 horas de labor,
Secretaría Técnica, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 24.00.00. – Mantenimiento y reparación de sendas vehiculares y
peatonales.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1503/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor PABLO ABEL SANTILLAN, DNI Nº 39.166.068, fecha de
nacimiento 03-12-1996, domicilio en calle Alte. Brown Nº 621 de San Cayetano, para prestar servicios
como Personal Temporario, Personal Obrero, Peón General, Categoría 14, 7 horas de labor, Secretaría
Técnica, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto
de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 24.00.00. – Mantenimiento y reparación de sendas vehiculares y
peatonales.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1504/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor HEBER PONTIN, DNI Nº 39.166.084, fecha de nacimiento 18-03-
1997, con domicilio en calle Belgrano N° 644 de San Cayetano, para prestar servicios como Personal
Temporario, Auxiliar Administrativo, Categoría 14, 7 horas de labor, en el área de Suministros y
Compras, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Articulo 1 será imputado a la Jurisdicción Secretaría de
Hacienda 1110104000 – Categoría Programática 01.00.00. - Administración central.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1505/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor JUAN CARLOS COLONNA, DNI Nº 10.101.697, fecha de
nacimiento 26-01-1952, con domicilio en calle Belgrano Nº 568 de San Cayetano, para prestar servicios
como Personal Temporario, Categoría 13, 8 horas de labor, Auxiliar Mucamo en el Geriátrico Municipal,
percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo 1º será desde el 1 de ENERO
de 2019 hasta el 31 de DICIEMBRE de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.-El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000
Secretaría de Salud – Categoría Programática 20.00.00 – Geriátrico Municipal.-
ARTÍCULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría, a Oficina de Personal, dése al Registro
Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1506/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora VALERIA ELISABET RAMOS, DNI Nº 34.558.996, fecha de
nacimiento 18-05-1990, con domicilio en calle Italia Nº 813, en Planta Temporaria, Auxiliar Mucama,
Categoría 14, 8 horas de labor, en el Geriátrico Municipal, para cumplir tareas de REEMPLAZOS desde
el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 20.01.00. – Geriátrico Municipal - REEMPLAZOS de
Salud Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1507/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la apertura de propuestas de la LICITACION PRIVADA Nº 29/2018 - “Contratación para
Reparación y Repuesto de motor de Motoniveladora John Deere 770D”, se presentan 2 (dos) Oferentes y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al precio presentado por las dos empresas, a lo dictaminado por la Comisión de Estudios
y Propuestas, se desprende que la reparación con repuestos del Motor John Deere 770 D, deberá de ser
adjudicada al Oferente Nº 1, según lo más conveniente a los intereses de la Comuna.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Adjudicase al Oferente Nº 1 “Cernuda, Gustavo Fabián” los Item Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 – por un importe total de Pesos, Un Millón Dos Mil Novecientos Tres
con Cincuenta y Tres Centavos ($ 1.002.903,53), para la “Contratación para Reparación y Repuesto de
motor de Motoniveladora John Deere 770D”.-
ARTICULO 2: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a la Cuenta:
Accesorios y Repuestos Automotor y Eq. Viales, Jurisdicción 1110103000 – Secretaría Técnica,
Categoría Programática 26.01.00 – Conservación de Caminos – Fuente de Financiación 110 – Tesoro
Municipal, Objeto del Gasto 2.7.9.0. –Otros, 2.9.6.0 Repuesto y accesorios; 2.9.3.0 Útiles y Materiales
eléctricos; 3.3.2.0 Mantenimiento y reparación de vehículos, del Presupuesto General de Gastos por
Programa vigente.-
ARTÍCULO 3: Por contaduría se procederá a librar los pagos respectivos, previa presentación de la
facturación correspondiente.-
ARTICULO 4: Pásese copia a contaduría, a Tesorería, a Oficina de Compras, Registro Oficial, y
cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1508/2018.-
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora YAMILA JACQUELINE VALLESE, DNI Nº 35.414.618, fecha
de nacimiento 18-03-1991, con domicilio en Alte Brown Nº 49 de San Cayetano, en Planta Temporaria,
Auxiliar Mucama, Categoría 14, 8 horas de labor, en el Geriátrico Municipal, para cumplir tareas de
REEMPLAZOS desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 21.01.00. – Hogar Municipal - REEMPLAZOS de Salud
Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1509/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor ELIO ALBERTO SANTOS, DNI Nº 37.380.309, fecha de nacimiento
15-01-1993, con domicilio en calle 1º de Mayo S/N de San Cayetano, como Personal en Planta
Temporaria, Grado 1, 8 horas de labor, Personal de Enfermería, en el Hospital Municipal, percibiendo
como remuneración de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo durante el cual prestará sus servicios será desde el 1 de ENERO de 2019 al 30
de JUNIO de 2019, en el Hospital Municipal, fecha en que se producirá su vencimiento en forma
automática y de pleno derecho sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000
Secretaría de Salud – Categoría Programática 16.01.00 – Hospital Municipal.-
ARTÍCULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su cumplimiento, notifíquese al interesado, pásese copia a Contaduría, a Oficina de
Personal, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1510/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora CLAUDIA CONCEPCIÓN AVILA, DNI Nº 28.545.988, fecha de
nacimiento 19-11-1981, con domicilio en calle Pedro N. Carrera Nº 674 de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Categoría 14, 8 horas de labor, Auxiliar Mucama en el Hospital
Municipal, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas especificado en el Artículo 1º será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019, inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3.- El gasto ocasionado por el Articulo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría de Salud
1110105000 – Categoría Programática 16.01.00. – Hospital Municipal.-
ARTÍCULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1511/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora ALICIA ANABELA BONOMI, DNI Nº 23.890.513, fecha de
nacimiento 04-05-1974, con domicilio en calle 43 BIS Nº 1069, en Planta Temporaria, Auxiliar Mucama,
Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hospital Municipal, percibiendo como remuneración lo establecido
en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el
Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019, inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento
en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Articulo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría de Salud
1110105000 – Categoría Programática 16.01.00. – Hospital Municipal.-
ARTICULO 4.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1512/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora MARIELA SOLEDAD CARRIZO, DNI Nº 31.185.046, fecha de
nacimiento 12-01-1988, con domicilio en calle 12 de Octubre Nº 372, en Planta Temporaria, Auxiliar
Mucama, Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hospital Municipal, para cumplir tareas de
REEMPLAZOS desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3. - Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 16.01.00. – HOSPITAL - REEMPLAZOS de Salud
Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, Secretaria de
Salud, al interesado, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1513/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese al señor ARIEL ERNESTO MEDINA, DNI Nº 26.457.601, fecha de
nacimiento 09-04-1978, domicilio en Avenida Independencia Nº 846 de San Cayetano, para prestar
servicios como Personal Temporario, Categoría 14, 8 horas de labor, Personal de Mantenimiento el
Hospital Municipal, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTÍCULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el de 30 de JUNIO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento
en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto ocasionado por el Articulo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría de Salud
1110105000 – Categoría Programática 16.01.00. – Hospital Municipal.-
ARTICULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, al interesado,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1514/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora ETCHENIQUE FERNADA SOLEDAD, DNI Nº 33.842.043,
fecha de nacimiento 21-09-1988, con domicilio en calle Rivadavia Nº 392, en Planta Temporaria,
Auxiliar Mucama, Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hospital Municipal, para cumplir tareas de
REEMPLAZOS desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 31 de MARZO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3. - Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 16.01.00. – HOSPITAL - REEMPLAZOS de Salud
Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Oficina de Personal, Secretaria de
Salud, al interesado, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1515/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
El convenio a suscribir entre la Municipalidad de San Cayetano y la Obra Social de los empleados
públicos del Estado Provincial I.O.M.A., y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo La Municipalidad destinara dos agentes de su planta de empleados a prestar
servicios a IOMA y esta última asume el compromiso de abonar un canon determinado por tal
prestación.-
Que la Obra Social IOMA es la más importante de nuestra ciudad contando con numerosos afiliados entre
ellos los empleados municipales, docentes y policía.-
Que la misma tiene sus oficinas dentro del ámbito del Hospital municipal de San Cayetano.-
Que la cooperación entre dicho organismo y la municipalidad va a redundar en un mejor servicio para la
población.-
Que se hace necesario dictar el dispositivo legal correspondiente a los efectos de realizar el nombramiento
en planta de la agente en cuestión.-
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Incorpórese a la señora DELFINA ANDREA IRIGOYEN, fecha de nacimiento 19-03-
1984, DNI Nº 30.883.129, con domicilio en 6 de septiembre 987, a la Planta Transitoria - Auxiliar
Administrativo, Categoría 12, 7 horas de labor, percibiendo como remuneración lo establecido en la
Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio
2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación será desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de
2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma automática y de pleno derecho, sin
necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3.- El egreso respectivo impútese a la Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda -
Categoría programática 01.00.00 – Administración Central.-
ARTÍCULO 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.-
ARTÍCULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6: Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1516/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
El convenio a suscribir entre la Municipalidad de San Cayetano y la Obra Social de los empleados
públicos del Estado Provincial I.O.M.A., y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo La Municipalidad destinara dos agentes de su planta de empleados a prestar
servicios a IOMA y esta última asume el compromiso de abonar un canon determinado por tal
prestación.-
Que la Obra Social IOMA es la más importante de nuestra ciudad contando con numerosos afiliados entre
ellos los empleados municipales, docentes y policía.-
Que la misma tiene sus oficinas dentro del ámbito del Hospital Municipal de San Cayetano.-
Que la cooperación entre dicho organismo y la municipalidad va a redundar en un mejor servicio para la
población.-
Que se hace necesario dictar el dispositivo legal correspondiente a los efectos de realizar el nombramiento
en planta de la agente en cuestión.-
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Incorpórese a la señora MARIA LUJAN RANALLE, fecha de nacimiento 18-05-1984,
DNI Nº 30.991.610, con domicilio en P. N. Carrera Nº 920, a la Planta Transitoria - Auxiliar
Administrativo, Categoría 12, 7 horas de labor, percibiendo como remuneración lo establecido en la
Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio
2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación será desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de
2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma automática y de pleno derecho, sin
necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3.- El egreso respectivo impútese a la Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda -
Categoría programática 01.00.00 – Administración Central.-
ARTÍCULO 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.-
ARTÍCULO 5.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6º: Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1517/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto del Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Desígnese al señor ESTEBAN GERMAN CONDE - DNI Nº 38.428.835, fecha de
nacimiento 07/02/1994, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 1041 como Personal Temporario, Personal
Obrero, Peón General, Categoría 14, 7 horas de labor, Secretaría Técnica percibiendo como remuneración
lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente
para el Ejercicio 2018 y vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2º.- El plazo de designación de tareas especificado en el Artículo 1º será a partir del 1 de
OCTUBRE de 2018 hasta el 30 de JUNIO de 2019, inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento
en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3º.- El gasto ocasionado por el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 24.00.00. – Mantenimiento y reparación de sendas vehiculares y
peatonales.-
ARTÍCULO 4º.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5º.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1518/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por el Asesor Legal Dr. Antonio Juan Ignacio Marlats en el día 27 de Diciembre de
2018, y;
CONSIDERANDO;
Que mediante la misma presenta la renuncia a los cargos de Secretario de Hacienda y Sub Director Legal,
designado bajo los Decretos N° 470/2018 y Nº 952/2018, respectivamente.-
Que el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones ha aceptado la misma.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Acéptese la renuncia presentada por el Dr. Antonio Juan Ignacio Marlats, DNI Nº
22.839.709, a partir del 8 de Enero del 2019, a los cargos de Secretario de Hacienda y Asesor Legal.-
ARTÍCULO 2.- Notifíquese, regístrese, publíquese en Boletín Municipal, pase al Honorable Concejo
Deliberante, Oficina de Personal y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1519/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la Señora Massa Virginia Patricia, con documento D.N.I. Nº Nº 23.437.022, se ha presentado ante la
Dirección de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma manifiesta ser indigente y necesitar ayuda financiera, para solventar gastos por pago de
realización de Cistouretrografia retrograda miccional y urotac en el Hospital Privado de la Comunidad de
la ciudad de Mar del Plata;
Que del informe presentado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de la Señora
Massa Virginia Patricia, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la Partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la Señora Massa Virginia Patricia, con documento
D.N.I. Nº 23.437.022, por la suma de Pesos Ocho Mil Quinientos Catorce ($ 8.514,00) para solventar
gastos por pago de realización de Cistouretrografia retrograda miccional y urotac en el Hospital Privado
de la Comunidad de la ciudad de Mar del Plata.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110102000 – Secretaria de Gobierno, Categoría
Programática: Administración de Acción Social Directa 22.01.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0., del
Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1520/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Lo dispuesto en el Artículo 192º - Inciso 6) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y los
Artículos 24º, 25º y 108º - Inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;
CONSIDERANDO:
Que dentro de las atribuciones del Honorable Concejo Deliberante corresponde, con exclusividad, la
sanción de las Ordenanzas.-
Que la citada facultad está expresamente determinada en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires
y en la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Que la mencionada Ley prevé como atribución del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación
de estas disposiciones.-
Que el Honorable Concejo Deliberante ha sancionado, el día 19 de Diciembre de 2018, la Ordenanza Nº
2.842/2018.-
Que este Departamento Ejecutivo considera adecuado proceder a la promulgación de las mismas para su
puesta en vigencia.-
Por todo ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- PROMÚLGUENSE en todos sus términos, a partir del día de la fecha, la Ordenanza Nº
2.842/2018, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en sesión del día diecinueve del mes de
Diciembre del año dos mil dieciocho (19-12-2018).-
ARTÍCULO 2.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría Municipal, dése al
Registro oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1521/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota suscripta por el Director de Deportes, Turismo y Recreación, Profesor Pablo Tesone, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita se designe, por el período comprendido entre el 1 de Enero de 2019 y el
15 de Enero de 2019, a la señora Blanca Graciela Bonomi para desarrollar tareas como ayudante de
cocina en la Colonia de Vacaciones Municipal, Don Manuel Saenz Rosas del Balneario San Cayetano.-
Que la necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas
municipales, que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Desígnese a la señora BLANCA GRACIELA BONOMI, DNI Nº 13.660.773, fecha de
nacimiento 14-02-1961, domiciliada en calle España Nº 611 de San Cayetano, como Personal de Servicio
de Planta Temporaria, Categoría 8, 8 horas de labor, Ayudante de cocina – Colonia de Vacaciones
Balneario San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza
Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo anterior, será a partir del día 1
de ENERO de 2019 hasta el 15 de ENERO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento
en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la liquidación de los conceptos enunciados en los artículos
anteriores será imputado a la Jurisdicción 1110103000 - Secretaría Técnica, Categoría Programática
27.02.00 - Colonia Municipal de Vacaciones.-
ARTÍCULO 4.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a la Oficina de Personal, Dirección
de Deportes, Turismo y Recreación, dese al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1522/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que el Sr. SMOULENAR ENRIQUE IGNACIO, se ha presentado ante la sub Dirección de Desarrollo
Local manifestando ser titular de una Unidad Económica de Autoempleo (U.E.A.) y necesitar ayuda
financiera para solventar los gastos que genera la compra de herramientas para hacer trabajos de herrería.
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Fortalecimiento de la Economía Social, implementado por Decreto Nº 156/2011,
tiene por objeto asistir mediante subsidios a las Unidades Económicas de Autoempleo del Partido de San
Cayetano;
Que del informe presentado por la Asistente Social y de la declaración jurada emitida por el solicitante se
desprende que la situación económica de la U.E.A. del Sr. SMOULENAR ENRIQUE IGNACIO, se
enmarca en lo enunciado en el artículo 3° del decreto mencionado anteriormente, y lo hace por ello
merecedor de un subsidio;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos se encuentra la partida necesaria para solventar gastos como el
presente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Líbrese Orden de Pago a favor del Sr. SMOULENAR ENRIQUE IGNACIO con
documento D.N.I. 20.484.946 por la suma de pesos ocho mil ciento cuarenta y dos ($8.142) para asistir
su U.E.A. (compra de maquina desmalezadora para hacer trabajos de mantenimiento de parque)
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de los artículos precedentes, se hará con cargo a
la Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Hacienda,
Categoría Programática: “Fortalecimiento de la Economía Social” 17.05.00., Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3º.- Deberá comunicarse al beneficiario sobre los alcances de los artículos 130º y 131º del
Reglamento de Contabilidad.-
ARTICULO 4º.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
a la sub Dirección de Desarrollo Local, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1523/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que las personas que se detallan en orden adjunta se han presentado ante la Dirección de Acción Social
manifestando ser indigentes y necesitar ayuda financiera para solventar gastos por consumo de energía
eléctrica en la vivienda en la cual residen, y;
CONSIDERANDO:
Que del informe efectuado por la Asistente Social se desprende que la situación económica de dichas
personas, es realmente precaria;
Que es norma de esta Comuna ayudar en lo posible a todas aquellas personas de escasos recursos;
Que en el Presupuesto General de Gastos del Ejercicio vigente, se encuentra la partida necesaria para
solventar gastos como el presente,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS
ELÉCTRICOS LIMITADA, por la suma de Pesos Diez Mil Novecientos Ochenta y Cinco con 19/100
($1098519), para solventar gastos por consumo de energía eléctrica en la vivienda en la cual residen, las
personas que se detallan en orden adjunta.-
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero, se hará con cargo a la
Partida: “Ayudas Sociales a Personas”, de Jurisdicción 1110106000 – Subsecretaria de Acción Social,
Categoría Programática: Administración de Acción Social Directa - 01.00.00, Objeto de Gasto: 5.1.4.0.,
del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 3.- Para su cumplimiento pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería Municipal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1524/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Desígnese a la señora MELISA BELEN ERIKSEN, DNI Nº 35.211.024, fecha de
nacimiento 10-05-1990, con domicilio en 9 de Julio N° 255 de San Cayetano, para prestar servicios como
Personal Temporario, Administrativo, Oficina de Personal, Personal Profesional, Categoría 7, 7 horas de
labor, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de
Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2º. El plazo de designación de tareas efectuado en el artículo 1º será desde el 1 de ENERO
de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma
automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado a la
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Hacienda, Categoría Programática 01.00.00 – Administración
Central.-
ARTÍCULO 5º: Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 6º: Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Oficina de Personal,
dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1525/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora ALEJANDRA ABURTO PAVIA, DNI Nº 37.218.445, fecha de
nacimiento 04-02-1992, con domicilio en calle Belgrano Nº 270, en Planta Temporaria, Auxiliar
Mucama, Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hospital Municipal, para cumplir tareas de
REEMPLAZOS desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 28 de FEBRERO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 16.01.00. – HOSPITAL - REEMPLAZOS de Salud
Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1526/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora ALEXIA YANELA LEVAGGI, DNI Nº 36.386.611, fecha de
nacimiento 22-06-1991, con domicilio en calle Moreno Nº 705, en Planta Temporaria, Auxiliar Mucama,
Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hogar de Ancianos Municipal, para cumplir tareas de
REEMPLAZOS desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 28 de FEBRERO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 21.01.00. – Hogar de Ancianos Municipal - REEMPLAZOS
de Salud Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1527/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese al señor QUINTAS FRANCO DAVID, DNI Nº 41.096.983, fecha de
nacimiento 20-10-1988, con domicilio en calle 1º de Mayo Nº 559, de San Cayetano, en Planta
Temporaria, Auxiliar Mucamo, Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hogar de Ancianos Municipal, para
cumplir tareas de REEMPLAZOS desde el 1 de ENERO de 2019 hasta el 31 de ENERO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 21.01.00. – Hogar de Ancianos Municipal - REEMPLAZOS
de Salud Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1528/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto del Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese al señor JORGE ANTONIO ANTONINI, DNI Nº 30.991.629, fecha de
nacimiento 16 de Julio de 1984, con domicilio en calle 12 de Octubre Nº 830 como Planta Temporaria,
Personal Obrero, Peón Vial Rodillo, Categoría 14, 8 horas de labor, percibiendo como remuneración lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente
para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 2.- El plazo de designación de tareas especificado en el Artículo 1º será a partir del 1 de
ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de 2019, inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en
forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.-
ARTICULO 3º.- El gasto ocasionado por el Articulo 1º será imputado a la Jurisdicción Secretaría Técnica
1110103000 – Categoría Programática 24.01.00. – Mantenimientos de sendas vehiculares y peatonales.-
ARTÍCULO 4º.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTICULO 5º.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1529/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que la señora DAMBROSIO PATRICIA solicita cambio de domicilio de un Local Comercial, y;
CONSIDERANDO:
Que en dicho local funcionara un comercio dedicado a PELUQUERIA con el nombre comercial de
“PATRICIA DAMBROSIO ESTILISTA” ubicado en calle Mitre N° 361, y su nueva dirección será en
calle 25 de Mayo N° 38, de San Cayetano.-
Que según surge de fs. 18 a 27 inclusive, el solicitante ha presentado toda la documentación exigida por
Ordenanza 1.831/10 y 2.199/12.-
Que de fs. 21 a 23 surge copia de la Escritura del inmueble que se pretende habilitar, con firma del
Notario Edgardo R. Hauri.-
Que del informe emitido por el responsable del cuerpo de Bomberos de San Cayetano obrante a fs.24,
surge que por sus características el local cuenta con la cantidad de extintores correspondientes y acorde a
sus dimensiones, teniendo una validez hasta Diciembre/2019.-
Que la superficie total del local es de 27 m2.-
Que a fs. 25 y 26 surge la constancia de inscripción en Afip e Ingresos Brutos respectivamente.-
Que de la Inspección ocular del edificio, suscripta por Personal Municipal obrante a fs. 28 de autos, surge
que las instalaciones del local condicen en un todo con el plano presentado a fs. 27.-
Por todo ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1: Concédase el CAMBIO DE DOMICILIO del comercio dedicado a PELUQUERIA con el
nombre comercial de “PATRICIA DAMBROSIO ESTILISTA” para que funcione en su nuevo
domicilio ubicado en calle 25 de Mayo N° 38, de San Cayetano, cuyos datos catastrales Circ. I – Sección
A – Manzana 47, parcela 3a –Partida 1126, cuyo titular es la señora DAMBROSIO PATRICIA, Cuit 23-
22779548-4.-
ARTICULO 2: Habilítese el comercio mencionado en el artículo anterior según lo dispuesto por el
artículo 4° inciso “A”, Capítulo IV de la Ordenanza Fiscal Impositiva Anual 2018, código 5996, clave
10937, dispuestos por la Oficina de Ingresos Públicos.-
ARTICULO 3: Agréguese el presente Decreto al Expediente Nº 38/10, Letra O.C y gírese el mismo a la
Oficina de Comercio Municipal para que en el plazo de tres (3) días expida el certificado de habilitación,
previo percepción de la tasa correspondiente.-
ARTICULO 4: Para su conocimiento y cumplimiento pásese copia a la Oficina de Comercio Municipal
para que en el plazo de tres (3) días expida el certificado de habilitación, a Inspección General, a Rentas
Municipal, al interesado, dése al Registro oficial y cumplido archívese.-
DECRETO Nº 1530/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por el Director de Deportes, Turismo y Recreación, Profesor Pablo Tesone, y:
CONSIDERANDO:
Que, por medio de la misma solicita una Beca para el deportista Alexis Fama, quien se encuentra
entrenando en la Escuela Municipal de Boxeo del Distrito de San Cayetano, con buenos resultados y
continuará en vistas a afrontar importantes competencias regionales y provinciales.-
Que, la Dirección Municipal de Deportes ha confeccionado un programa de metas y trabajos a realizar en
el Ejercicio, entre los cuales se encuentra el otorgamiento de Becas a deportistas locales, que representen
al Partido en eventos regionales y provinciales.-
Que, en el Presupuesto General de Gastos vigente, se encuentra creada la partida a la cual deben
imputarse tales gastos y que la misma posee el saldo suficiente para afrontarlos.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Líbrese Orden de Pago a favor del Señor ALEXIS FAMA, DNI Nº 41.800.547, por la
suma de Pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500), a partir del 1 de ENERO de 2019 hasta el 30 de JUNIO de
2019, en concepto de Beca para afrontar gastos de alimentación e indumentaria deportiva para su
participación en competencias regionales y provinciales.-
ARTICULO 2.- Infórmese al beneficiario sobre los alcances de los Artículos 131º y 132º del Reglamento
de Contabilidad, referidos a la rendición de subsidios o subvenciones recibidas.-
ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de esta norma reglamentaria, será imputado a la
partida presupuestaria de la Jurisdicción 1110102000 - Secretaría de Gobierno - Categoría programática:
24.01.00, Administración de Deportes y Recreación - Objeto del gasto: 5.1.3.0. Becas.-
ARTICULO 4.- Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría Municipal, a la Administración de
Deportes y Turismo, dése al Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1531/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota suscripta por el Director de Deportes y Turismo, señor Pablo Tesone, de fecha 27 de Diciembre
de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita un subsidio a favor del Club “La Boya” por la suma de Pesos Veinte Mi
($ 20.000) para realizar un espectáculo folclórico nocturno en el Balneario de San Cayetano, el día 19 de
Enero de 2019;
Que dicha entidad cumple una loable tarea dentro de la comunidad.-
Que es norma de esta Comuna, acudir en ayuda de aquellas entidades cuando éstas lo han solicitado.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Otórguese al Club “La Boya” un subsidio por la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000)
para realizar un espectáculo folclórico nocturno en el Balneario de San Cayetano, el día 19 de Enero de
2019.-
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se hará con cargo a la
Jurisdicción: Secretaría de Gobierno 1110102000, Categoría Programática: 24.01.00 Administración de
Deportes y Recreación, Objeto del gasto: 5.1.7.0. Transferencias a otras instituciones culturales y sociales
sin fines de lucro.-
ARTÍCULO 3.- Infórmese a la institución beneficiaria, sobre los alcances de los artículos 131º y 132º del
Reglamento de Contabilidad, referidos a la rendición de subsidios o subvenciones recibidas.-
ARTICULO 4.- Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al Registro Oficial y
cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1532/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que de acuerdo al Estatuto para el Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales, deben
figurar en Planta Permanente o Planta Temporaria, y:
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO en uso de sus atribuciones
legales:
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Desígnese a la señora NANCY GARCIA, DNI Nº 34.509.233, fecha de nacimiento 16-
06-1989, con domicilio en Barrio Villa Trave de San Cayetano, en Planta Temporaria, Auxiliar Mucama,
Categoría 14, 8 horas de labor, en el Hogar de Ancianos Municipal, para cumplir tareas de
REEMPLAZOS desde el 1 de NOVIEMBRE de 2018 hasta el 31 de ENERO de 2019.-
ARTICULO 2.- La remuneración a percibir, será calculada proporcionalmente a los días efectivamente
trabajados, sobre la base de un sueldo básico de la Categoría 14 de 8 horas de labor, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos vigente
para el Ejercicio 2018 y vigente para el 2019.-
ARTICULO 3.- Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formulario 6.-
ARTÍCULO 4.- El gasto ocasionado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110105000 -
Secretaría de Salud - Categoría Programática 21.01.00. – Hogar de Ancianos Municipal - REEMPLAZOS
de Salud Pública.-
ARTICULO 5.- Para su conocimiento y cumplimiento, pásese copia a Contaduría, Tesorería, dése al
Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1533/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La nota presentada por la Directora del Jardín de Infantes Nº 901 de San Cayetano, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización para realizar un Bono Contribución que circulará en el
ámbito del Partido de San Cayetano hasta el día 7 de Diciembre de 2019, fecha en que será sorteada por
de Lotería Nacional Nocturna.-
Que la citada Institución ha cumplimentado con la presentación de la documentación correspondiente.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1.- Concédase el permiso solicitado por la Directora del Jardín de Infantes Nº 901 de San
Cayetano para realizar un Bono Contribución, que circulará en el ámbito del Partido de San Cayetano
hasta el día 7 de Diciembre de 2019, fecha en que será sorteada por Lotería Nacional Nocturna.-
ARTICULO 2.- El mencionado Bono consta de doscientas cincuenta (250) boletas con cuatro (4)
números por boleta, y por un valor de Pesos Un Mil ($ 1.000) o diez (10) cuotas de Pesos Cien ($ 100),
cada una.-
ARTICULO 3.- Los premios a entregar son los siguientes:
Primer premio: Orden de compra por un valor de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000).-
Segundo premio: Orden de compra por un valor de Pesos Veintidos Mil ($ 22.000).-
Tercer premio: Orden de compra por un valor de Pesos Once Mil ($ 11.000).-
Sorteos mensuales: Por orden de compra de Pesos Cuatro Mil ($ 4.000), a realizarse el 18 de mayo de
2019; 10 de Agosto de 2019 y 16 de Noviembre de 2019. Se sorteará por la Quiniela Nocturna de la
Lotería Nacional.-
ARTICULO 4.- Para su cumplimiento, notifíquese a la Estación de Policía Comunal de San Cayetano, a
la entidad organizadora, dése a Registro Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 1534/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que en la apertura de propuestas de la CONCURSO DE PRECIOS N° 96/2018 - “Contratación para
Mantenimiento Eléctrico y Cámaras del Hospital y Semáforos del partido de San Cayetano”, se presentan
2 (dos) Oferentes y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al precio presentados por las dos empresas y a lo dictaminado por la Comisión de Estudio
de Propuestas, se desprende que la contratación del mantenimiento Eléctrico y Cámaras del Hospital y
Semáforos del partido de San Cayetano deberá de ser adjudicada al Oferente Nº 1, según lo más
conveniente a los intereses de la Comuna,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Adjudicase al Oferente Nº 1 “García, Julián Pablo” el Item Nº 1: Mantenimiento y
Reparación de 5 Semáforos y el Item Nº 2: Mantenimiento y reparación de sistema eléctricos, calefacción
y cámaras del Hospital Municipal - desde el 01 de Enero del 2019 al 31 de Diciembre del 2019 - por un
importe total de Pesos Doscientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos ($ 268.800,00); para la “Contratación
para Mantenimiento Eléctrico y Cámaras del Hospital y Semáforos del partido de San Cayetano”.-
ARTICULO 2: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a la Jurisdicción
1110104000 – Secretaría de Hacienda, Categoría Programática 11.00.00 – Administracion Central –
Fuente de Financiamiento 110 De Tesoro Municipal - Objeto del Gasto 3.3.3.0 – Mantenimiento y
reparación de maquinarias y equipos – 3.3.1.0 Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales, del
Presupuesto General de Gastos por Programa vigente.-
ARTICULO 3: Por contaduría se procederá a librar los pagos respectivos, previa presentación de la
facturación correspondiente.-
ARTICULO 4: Pásese copia a contaduría, a Tesorería, a Oficina de Compras, Registro Oficial, y
cumplido, ARCHIVESE. -
DECRETO N° 1535/2018.-
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
Que por Estatuto de Personal de las Municipalidades, los Agentes Municipales deben figurar en Planta
Permanente o Temporaria, y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con personal temporario que cumpla funciones en las distintas áreas municipales,
que por la razón de sus tareas no pueden ser consideradas permanentes.-
Que se hace necesario dictar el dispositivo legal correspondiente.
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A
ARTICULO 1: Designase al señor MARCOS ARIEL ORDOÑEZ, DNI Nº 20.484.952, fecha de
nacimiento 25-09-1964, domiciliado en calle España Nº 544 de San Cayetano para cumplir tareas como
Personal Temporario, Categoría 5, 8 horas de labor, Cocinero en la Colonia de Vacaciones del Balneario
de San Cayetano, percibiendo como remuneración lo establecido en la Ordenanza Complementaria al
Presupuesto de gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2019.-.
ARTICULO 2: El plazo de designación de tareas, efectuado en el Artículo 1°, será desde el 1 de ENERO
de 2019 hasta el 31 de MARZO de 2019 inclusive, fecha en que se producirá su vencimiento en forma
automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación o preaviso alguno.
ARTICULO 3: El gasto que demande el cumplimiento del Artículo 1°será imputado a la Jurisdicción
1110103000 – Secretaría Técnica - Categoría programática 27.02.00 – Colonia Municipal de
Vacaciones.-
ARTICULO 4: Realícese la modificación correspondiente en el Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría programática y Cargos, Formularios 6.-
ARTICULO 4: Para su cumplimiento, pásese copia a Contaduría, a Oficina de Personal, dése al Registro
Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N° 1536/2018.-
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La aprobación del Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos para el Ejercicio 2018 de
acuerdo al nomenclador del sistema R.A.F.A.M., y;
CONSIDERANDO:
Que del informe de Contaduría se desprende que existen montos de recursos afectados percibidos
durante el ejercicio, superiores a los presupuestados oportunamente, como asi tambien fondos afectados
que no fueron incluidos en el Calculo de Recursos original.-
Que el Artículo Nº 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades faculta al Departamento Ejecutivo a
realizar las ampliaciones en cuestion.-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones
legales,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Por mayores ingresos, será necesario ampliar las siguientes partidas del Cálculo de
Recursos del Ejercicio 2018, por un importe de $ 60.122.873,66 (Pesos Sesenta Millones Ciento
Veintidos Mil Ochocientos Setenta y Tres con Sesenta y Seis Centavos)
Total de Fondos Afectados
17.5.01.09 - FOMUVI
$ 36.044,66
34.1.04.00 - Prestamo Social Reintegrable FO.ME.PRO $ 106.011,16
11.4.06.01 - Coparticipacion Ley 13163 - Fdo. Prog. Sociales $ 36.971,43
11.4.06.02 - Coparticipacion Ley 13163 - Fdo Planta Res. Solidos $ 29.768,22
11.4.08.00 - Fondo Municipal de Inclusión Social - Ley 13863 - Del ejercicio $ 86.836,63
11.9.03.00 - Impuesto Inmobiliario Rural (AFECTADO) $ 139.816,01
11.4.10.00 - Fondo de Financiamiento Educativo $ 668.039,22
17.5.01.04 - Torneos Juveniles Bonaerenses $ 717.181,00
17.5.01.22 - Policia Comunal - Gastos corrientes $ 71.181,88
17.5.01.28 - Juegos Bonaerenses Cultura $ 39.300,00
17.5.01.29 - Plan Nacer $ 599.013,12
17.5.01.43 - Susidio Club Ciclista Programa Nuestros Clubes de Barrio $ 400.000,00
17.5.01.44 - Fondo de Curaduria Oficial de Alienados $ 27.990,00
17.5.01.54 - Convenio SAME $ 3.120.000,00
17.5.01.55 - Subsidio Camara de Senadores - G20 $ 15.000,00
17.5.04.01 - Subsidio Camara de Senadores - Busto de Alfonsin $ 50.000,00
22.5.01.25 - Barrio 40 Viv. Sindicato Luz Y Fza $ 5.127.745,46
22.5.01.28 - Fondo para Infraestructura Municipal $ 11.690.656,73
22.5.01.31 - Plan Compartir 22 Viviendas $ 9.152.705,63
22.5.01.32 - Pavimento Circuito CAI $ 12.206.564,39
22.5.01.33 - OBRAS INFRAESTRUCTURA 2018: DESAGUES CLOACALES $ 567.312,92
22.5.01.34 - OBRAS INFRAESTRUCTURA 2018: AGUA CORRIENTE $ 135.848,00
22.5.01.35 - OBRAS INFRAESTRUCTURA 2018: PAVIMENTO $ 2.137.676,40
22.2.01.09 - Obra Salud Mental $ 100.046,60
22.2.01.12 - Obra Ampliacion Electrica $ 5.219.721,60
22.2.01.13 - Proyecto Habitat - Modulo urbano $ 6.144.693,60
22.2.01.19 - Programa de Asistencia y Colaboracion de Emergencias $ 1.000.000,00
22.2.01.20 - Equipamiento para Ladrillos PET $ 496.749,00
TOTALES
$ 60.122.873,66
ARTÍCULO 2º.- Refuércese en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018, las siguientes partidas por
una suma de $ 60.122.873,66 (Pesos Sesenta Millones Ciento Veintidos Mil Ochocientos Setenta y
Tres con Sesenta y Seis Centavos)
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 01.00.00 - Administración Central
133 - De origen nacional
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas
$ 2.700,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios
$ 15.330,37
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 28.789,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros
$ 7.907,90
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación
$ 667.946,36
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento
$ 55.724,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 29.982,37
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 65.920,00
4.4.0.0 - Equipo de seguridad
$ 125.700,00
Apertura Programática:
16.01.00 - Asistencia a Instituciones Sociales y Culturales
132 - De origen provincial
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario
$ 7.428,60
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 680,36
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias
$ 6.073,32
2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
$ 340.480,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 46.585,00
5.1.5.0 - Transferencias a instituciones de enseñanza
$ 4.130,10
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro $ 12.873.356,33
Apertura Programática:
17.01.00 - Policía Comunal
132 - De origen provincial
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes
$ 71.181,88
Apertura Programática:
23.05.00 - Juegos Bonaerenses Cultura
132 - De origen provincial
2.1.1.0 - Alimentos para personas
$ 216,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería
$ 39.084,00
Apertura Programática:
23.07.00 - Nuevo Espacio Cultural
132 - De origen provincial
2.1.1.0 - Alimentos para personas
$ 4.750,00
Apertura Programática:
24.01.00 - Administración de Deportes y
Recreación
132 - De origen provincial
2.1.1.0 - Alimentos para personas
$ 6.119,90
Apertura Programática:
24.06.00 - Juegos Deportivos Juveniles
Bonaerenses
132 - De origen provincial
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 33.200,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería
$ 437.600,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos
$ 20.000,00
3.9.1.0 - Servicios de ceremonial
$ 226.381,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría Técnica
Apertura Programática:
24.08.00 - Barrio Centenario Tercera Etapa
132 - De origen provincial
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 1.046.107,42
Apertura Programática:
24.09.00 - Barrio 40 Viviendas Sindicato Luz y
Fuerza
132 - De origen provincial
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 5.127.745,46
Apertura Programática:
24.11.00 - Barrio Centenario Cuarta Etapa
132 - De origen provincial
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 10.644.549,31
Apertura Programática:
24.12.00 - Plan Compartir 22 Viviendas
132 - De origen provincial
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 9.152.705,63
Apertura Programática: 24.75.06 - Obras de Infraestructura e Interes
Publico
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construccion en bienes de dominio publico $ 50.000,00
Apertura Programática:
24.75.08 - Obra ampliacion de energia
electrica
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 5.219.721,60
Apertura Programática:
24.75.75 - Subsidio Provincia Obras de Infraestructura 2018:
Pavimento
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 2.137.676,40
Apertura Programática:
24.75.76 - Subsidio Provincia Obras de Infraestructura 2018:
Ampliacion Agua Potable
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 135.848,00
Apertura Programática:
24.75.77 - Subsidio Provincia Obras de Infraestructura 2018:
Ampliacion Desagues Cloacales
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 567.312,92
Apertura Programática:
24.76.05 - Modulo Urbano - NIDO (Construccion y conexiones
electricidad y gas)
133 - De origen nacional
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 869.978,05
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 5.994,13
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 1.024.704,22
Apertura Programática:
24.76.06 - Modulo Urbano - Red Peatonal
133 - De origen nacional
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado
$ 26.400,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 805.664,40
Apertura Programática:
24.76.07 - Modulo Urbano - Contenedores
133 - De origen nacional
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento
$ 204.732,00
Apertura Programática:
24.76.08- Modulo Urbano - Plaza
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 352.828,80
Apertura Programática:
24.76.09 - Modulo Urbano - Playon
Polideportivo
133 - De origen nacional
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 259.075,00
Apertura Programática:
24.76.10 - Modulo Urbano - Refaccion
Vivienda
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 1.643.618,00
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 617.557,00
Apertura Programática:
24.76.11 - Modulo GIP - Semicubierto
equipamiento
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 162.320,00
Apertura Programática:
24.76.12 - Modulo GIP - Pintando
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 58.640,25
Apertura Programática:
24.76.13 - Modulo GIP - Playon Deportivo
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 113.181,75
Apertura Programática:
26.01.00 - Conservacion de Caminos Rurales
132 - De origen provincial
2.5.6.0 - Combustibles y Lubricantes
$ 139.816,01
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática:
17.01.00 - Administracion de la Produccion
133 - De origen nacional
4.3.1.0 - Maquinaria y Equipo de Produccion
$ 496.749,00
Apertura Programática:
17.07.00 - Fondo Municipal de Emprendimientos Productivos -
FO.ME.PRO
131 - De origen municipal
6.3.1.4 - Préstamo FOMEPRO
$ 106.011,16
Apertura Programática:
17.09.00 - Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
132 - De origen provincial
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 29.768,22
Apertura Programática: 92.00.00 - Deuda Flotante
133 - De origen nacional
7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo $ 2.668,69
Jurisdicción: 1110105000 - Secretaría de Salud
Apertura Programática:
16.01.00 - Administración Hospital Municipal
132 - De origen provincial
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 2.613.124,80
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 256.048,20
3.4.2.1 - Contratos Médicos
$ 38.950,00
3.4.2.2 - Guardias Médicas Hábiles
$ 163.677,00
3.4.2.3 - Guardias Médicas Feriadas
$ 46.200,00
3.7.2.0 - Viáticos
$ 2.000,00
4.3.3.0 - Equipo sanitario y de laboratorio
$ 599.013,12
Apertura Programática:
16.53.02 - Sector Salud Mental
133 - De origen nacional
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 57.461,29
4.3.1.0 - Maquinaria y equipo de producción $ 7.780,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 32.136,62
Jurisdicción: 1110106000 - Secretaría de Accion Social
Apertura Programática: 01.00.00 - Administracion Acción Social
132 - De origen provincial
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas
$ 114.826,63
Apertura Programática: 20.00.00 - Fondo Programas Sociales - Comedor La Hora Feliz
132 - De origen provincial
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas
$ 36.971,43
Apertura Programática:
25.00.00 - FO.MU.VI
131 - De origen municipal
6.3.1.8 - Prestamo FO.MU.VI
$ 36.044,66
TOTALES
$60.122.873,66
ARTICULO 3º.- Para su cumplimiento, pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería, dese al
Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1.537/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La aprobación del Presupuesto General de Gastos de acuerdo al nomenclador del sistema R.A.F.A.M., y:
CONSIDERANDO:
Que del informe de la Contaduría Municipal se desprende que si bien se produjeron excesos en algunas partidas
de gastos afectados, existen economias suficientes para compensar dichos excesos con otras partidas del
presupuesto general del gastos, respetando la finalidad del mismo.-
Que el Articulo 4º de la Ordenanza Complementaria vigente para el Ejercicio 2018, establece: "Facúltese al
Departamento Ejecutivo a realizar transferencias de créditos y creaciones de partidas y categorías programáticas;
a reasignar las economías de ejecución para compensar o reforzar otras partidas del rubro o no; a modificar los
cargos previstos en los anexos correspondientes (Cuadro de Recursos Humanos por Jurisdicción, Categoría
Programática y Cargos, Formulario 6) en función de las necesidades operativas de las Jurisdicciones, y la
ampliación, refuerzo o creación de aquellos conceptos inexistentes que sea necesario incluir, segun lo prescripto
en los Artículo 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, respectivamente".-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
ARTICULO 1º.- Refuércese en el Presupuesto General de Gastos por Programas del Ejercicio 2018, las
siguientes partidas afectadas, por un importe de $ 10.615.644,52 (Pesos Diez Millones Seiscientos Quince Mil
Seiscientos Cuarenta y Cuatro con Cincuenta y Dos Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 16.01.00 - Asistencia a Instituciones Sociales y Culturales
132 - De origen provincial
5.2.2.0 - Transferencias a instituciones de enseñanza
$ 176.441,00
Apertura Programática: 17.01.00 - Policía Comunal
132 - De origen provincial
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes
$ 441.173,00
Apertura Programática: 17.03.00 - Programa de Monitoreo por Cámaras
132 - De origen provincial
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
$ 19.000,00
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento
$ 83.590,00
Apertura Programática: 23.03.00 - Museo regional Faustino Queipo
132 - De origen provincial
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario
$ 12.715,83
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 13.289,59
1.1.7.0 - Complementos
$ 3.599,98
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 118.749,39
1.2.5.0 - Contribuciones patronales
$ 6.791,83
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado
$ 67.798,00
Apertura Programática: 23.07.00 - Nuevo Espacio Cultural
132 - De origen provincial
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario
$ 169.369,01
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 336.703,22
1.1.7.0 - Complementos
$ 46.199,80
1.4.0.0 - Asignaciones familiares
$ 10.074,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón
$ 107,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón
$ 480,00
2.5.9.0 - Otros
$ 140,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza
$ 1.863,00
4.3.6.0 - Equipo para computación
$ 41.880,00
Apertura Programática: 24.01.00 - Administración de Deportes y Recreación
132 - De origen provincial
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario
$ 132.188,60
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 226.854,32
1.1.7.0 - Complementos
$ 23.485,62
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 58.878,89
Apertura Programática: 24.02.00 - Campo Municipal de Deportes
132 - De origen provincial
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 2.402,30
1.1.7.0 - Complementos
$ 6.000,00
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 93.437,63
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario
$ 5.693,59
1.2.5.0 - Contribuciones patronales
$ 16.654,04
1.2.6.0 - Complementos
$ 8.800,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias
$ 17.942,81
1.4.0.0 - Asignaciones familiares
$ 9.213,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría Técnica
Apertura Programática: 24.03.00 -Planta Hormigonera
133 - De origen nacional
5.3.1.0 - Transferencias a la administración central nacional
$ 30.010,00
Apertura Programática: 24.75.01 - Obras de Pavimento y cordon cuneta
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 3.320,00
Apertura Programática: 24.75.04 - Provisión de Agua Corriente y Cloacas
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 473.113,05
Apertura Programática: 24.75.78 - Obra Desagues Pluviales Urbanos
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 3.719.844,98
Apertura Programática: 26.01.00 - Conservacion de Caminos Rurales
132 - De origen provincial
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación
$ 1.165.908,11
133 - De origen nacional
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación
$ 871.091,89
Apertura Programática: 27.75.75 - Obras Publicas en Villa Balnearia Alumbrado Publico
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 1.232.464,04
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática: 17.09.00 - Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
132 - De origen provincial
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos
$ 56.914,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
$ 57.336,00
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación
$ 63.950,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles
$ 47.800,00
Apertura Programática: 17.51.00 - Obra Sector Industrial Planificado
133 - De origen nacional
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 98.962,20
Jurisdicción: 1110106000 - Subsecretaria de Accion Social
Apertura Programática: 01.00.00 - Administracion Acción Social
132 - De origen provincial
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas
$ 594.659,61
Apertura Programática: 22.00.00 - Programa Envion
132 - De origen provincial
1.1.6.0 - Contribuciones patronales
$ 2.066,45
1.1.7.0 - Complementos
$ 20.830,25
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario
$ 8.764,06
1.2.5.0 - Contribuciones patronales
$ 17.094,43
$
10.615.644,52
ARTÍCULO 2º.- Las economías necesarias para el refuerzo y creación de las partidas enumeradas en el artículo
anterior, serán extraídas de las siguientes partidas y por un importe de $ 10.615.644,52 (Pesos Diez Millones
Seiscientos Quince Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro con Cincuenta y Dos Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 16.02.00 - Becas
132 - De origen provincial
5.1.3.0 - Becas
$ 176.441,00
Apertura Programática: 17.04.00 - Patrulla Rural
132 - De origen provincial
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes
$ 441.173,00
Apertura Programática: 23.07.00 - Nuevo Espacio Cultural
132 - De origen provincial
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 837.365,74
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario
$ 205.914,70
1.2.5.0 - Contribuciones patronales
$ 391.351,01
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría Técnica
Apertura Programática: 24.03.00 - Planta Hormigonera
133 - De origen nacional
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación
$ 30.010,00
Apertura Programática: 20.00.00 - Señalización de la Vía Pública
132 - De origen provincial
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico
$ 102.590,00
Apertura Programática: 26.01.00 - Conservacion de Caminos Rurales
133 - De origen nacional
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes
$ 871.091,89
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática: 01.00.00 - Administración Central
132 - De origen provincial
4.1.1.0 - Tierras y terrenos
$ 6.591.330,18
Apertura Programática: 17.09.00 - Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
132 - De origen provincial
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado
$ 226.000,00
Apertura Programática: 17.51.00 - Obra Sector Industrial Planificado
133 - De origen nacional
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado
$ 98.962,20
Jurisdicción: 1110106000 - Subsecretaria de Accion Social
Apertura Programática: 17.00.00 - Subsidio para Refaccion de Viviendas Sociales
132 - De origen provincial
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas
$ 594.659,61
Apertura Programática: 22.00.00 - Programa Envion
132 - De origen provincial
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 48.755,19
$
10.615.644,52
ARTICULO 3º.- Para su cumplimiento, pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería, dese al Registro
Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1538/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
El Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2018; y
CONSIDERANDO:
El Informe remitido por el Ministerio de Economía por medio del cual comunica que el monto total
distribuido al Municipio en concepto de Coparticipacion Bruta durante el Ejercicio 2018 supera en algunos
rubros a los importes presupuestados originalmente.-
Que los montos referidos en el considerando anterior han sido percibidos efectivamente por el municipio en
el Ejercicio 2018.
Que del informe de Contaduría se desprende que los fondos de libre disponibilidad al cierre del Ejercicio
2017, son superiores al remanente de caja y bancos presupuestado originalmente para el Ejercicio 2018.-
Que por lo manifestado anteriormente es necesario proceder a la ampliación del Rubro 3510100 -Caja y
Bancos- del Cálculo de Recursos del Ejercicio 2018 y la correspondiente distribución en partidas del
Presupuesto General de Gastos.-
Que el Artículo Nº 120 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece:…“El Departamento Ejecutivo
podrá disponer ampliaciones en los créditos presupuestarios y su correspondiente distribución financiados
con incrementos de los recursos propios, transferencias, donaciones y remanentes de ejercicios anteriores”.-
Que el Articulo Nº 5 de la Ordenanza Complementaria al Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos Nº
2771/2017 vigente para el Ejercicio 2018 faculta al Departamento Ejecutivo a incorporar y/o modificar
partidas del clasificador de recursos por rubro, por aquellos importes que se perciban en el transcurso del
ejercicio que no hayan sido incluidos originalmente en el Cálculo de Recursos.-
Que en virtud de lo expuesto en los apartado anteriores, corresponde efectuar las ampliaciones
correspondientes a la diferencia entre el monto efectivamente distribuido y el monto presupuestado.
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones legales,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Por mayores ingresos, será necesario ampliar las siguientes partidas del Cálculo de Recursos
del Ejercicio 2018, por un importe de $ 47.949.731,41 (Pesos Cuarenta y Siete Millones Novecientos
Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Treinta y Uno con Cuarenta y Un Centavos):
11.4.01.01 - Coparticipación Ley 10559 - Ingresos del
Ejercicio
$
34.478.378,72
11.4.05.01 - Coparticipación Ley 13850 - Fondo Fortalecimiento
Recursos Municipales
$
811.977,82
11.4.11.00 - Coparticipacion Ley 14890 - Art. 4 2do.
parrafo
$
42.927,80
11.9.04.00 - Impuesto Inmobiliario Rural -
Descentralización
$
3.002.772,47
35.1.01.00 - De caja y
bancos
$
9.613.674,60
Total
$ 47.949.731,41
ARTÍCULO 2º.- Refuércese en el Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 2018, las siguientes partidas,
por un importe de $ 47.949.731,41 (Pesos Cuarenta y Siete Millones Novecientos Cuarenta y Nueve Mil
Setecientos Treinta y Uno con Cuarenta y Un Centavos):
Jurisdicción: 1110101000 - Unidad
Intendente
Apertura Programática:01.00.00 -
Conducción Superior
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 77.139,44
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 232.164,79
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 11.548,21
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 164.122,86
1.1.7.0 - Complementos
$ 164.180,88
1.6.0.0 - Beneficios y
compensaciones
$ 14.196,30
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 8.700,00
3.7.2.0 -
Viáticos
$ 2.081,99
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de
Gastos
$ 45.995,81
Apertura Programática:16.00.00 - Secretaría
departamento ejecutivo
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 1.927,05
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 231,27
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 578,56
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 5.409,63
1.1.7.0 - Complementos
$ 3.000,00
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 3.079,00
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de
Gobierno
Apertura Programática:01.00.00 - Administración
Central
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 317.089,37
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 104.922,01
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 50.930,22
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 132.700,89
1.1.7.0 - Complementos
$ 26.450,00
1.2.3.0 - Sueldo anual
complementario
$ 3.992,65
1.3.1.0 - Retribuciones
$ 22.617,40
extraordinarias
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 15.395,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 1.242,33
2.3.1.0 - Papel de
escritorio y cartón
$ 10.000,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 320,00
2.4.3.0 - Artículos de
caucho
$ 765,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 180,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 4.068,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 118.207,45
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 70,00
2.5.9.0 - Otros
$ 5.802,00
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 101,40
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 405,00
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 122,50
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 354,50
2.7.9.0 - Otros
$ 966,00
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 47,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 45,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 8.213,30
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 25.364,63
3.1.2.0 - Agua
$ 73.367,21
3.1.9.0 - Otros
$ 9.377,50
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 13.730,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 26.840,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
$ 2.400,00
maquinaria y equipo
3.3.9.0 - Otros
$ 18.480,00
3.5.1.0 - Transporte
$ 2.500,00
3.5.9.0 - Otros
$ 450,00
3.6.1.0 -
Publicidad
$ 8.000,00
3.8.3.0 - Derechos y tasas
$ 1.270,00
3.9.9.0 - Otros
$ 62.500,00
4.3.6.0 - Equipo para
computación
$ 8.988,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 15.100,00
Apertura Programática:
16.00.00 - Asistencia a Instituciones y
Becas a Estudiantes
16.01.00 - Asistencia a Instituciones
Sociales y Culturales
110 - Tesoro Municipal
2.6.9.0 - Otros
$ 5.147,60
5.1.5.0 - Transferencias a instituciones de
enseñanza
$ 8.324,32
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y
sociales sin fines de lucro $ 6.474.460,83
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y
Tránsito
17.01.00 - Policía Comunal
110 - Tesoro Municipal
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 55.724,60
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 521,34
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 888,40
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 4.511,00
2.3.1.0 - Papel de
escritorio y cartón
$ 4.682,50
2.4.3.0 - Artículos de
caucho
$ 273,15
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 178,40
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y
$ 2.500,00
medicinales
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 1.380,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 10.229,51
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 1.143.198,09
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 7.598,23
2.5.9.0 - Otros
$ 8.843,96
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 4.603,91
2.6.2.0 - Productos de
vidrio
$ 4.100,00
2.6.3.0 - Productos de
loza y porcelana
$ 1.804,90
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y
yeso
$ 4.417,82
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 10.670,13
2.6.9.0 - Otros
$ 1.512,11
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 5.771,45
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 55.436,38
2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
$ 10.524,51
2.7.9.0 - Otros
$ 32.147,31
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y
arena
$ 3.240,56
2.8.9.0 - Otros
$ 564,72
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 27.907,41
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 4.873,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 42.879,96
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 4.423,00
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico
y de laboratorio
$ 160,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 37.519,56
2.9.9.0 - Otros
$ 17,23
3.1.4.0 - Teléfonos, telex
y telefax
$ 233,86
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 9.200,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 148.563,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 101.114,62
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 7.310,00
3.3.9.0 - Otros
$ 1.700,00
3.4.6.0 - De informática y sistemas
computarizados
$ 53.390,00
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 3.702,07
3.5.9.0 - Otros
$ 3.713,00
3.7.2.0 -
Viáticos
$ 3.000,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 144.273,93
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 11,00
4.3.6.0 - Equipo para
computación
$ 3.380,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 16.949,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 6.225,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 53.000,00
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y
Tránsito
17.02.00 -
Tránsito
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 65.717,03
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 45.132,98
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 12.522,57
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 50.564,09
1.1.7.0 - Complementos
$ 33.450,00
1.2.1.0 - Retribuciones del
$ 14.833,09
cargo
1.2.3.0 - Sueldo anual
complementario
$ 1.511,05
1.2.5.0 - Contribuciones
patronales
$ 2.745,85
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 27.687,70
2.4.4.0 - Cubiertas y
cámaras de aire
$ 1.479,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 45,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 11.700,67
2.7.9.0 - Otros
$ 926,40
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 1.500,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 4.520,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 43.968,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 7.404,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 37.162,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 1.270,00
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo
$ 1.077,00
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y
Tránsito
17.03.00 - Programa de Monitoreo por
Cámaras
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 87.401,87
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 12.096,16
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 17.270,66
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 41.788,94
1.1.7.0 - Complementos
$ 26.700,00
1.3.1.0 - Retribuciones
$ 91.697,68
extraordinarias
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 31.437,00
3.1.9.0 - Otros
$ 696,34
3.4.7.0 - Servicios de
hotelería
$ 3.060,00
3.5.1.0 - Transporte
$ 130,00
4.3.6.0 - Equipo para
computación
$ 3.300,00
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y
Tránsito
17.04.00 - Patrulla Rural
110 - Tesoro Municipal
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 9.501,90
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 16.759,58
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 462,00
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 3.326,00
2.3.2.0 - Papel para
computación
$ 690,00
2.3.3.0 - Productos de
artes gráficas
$ 387,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 7.237,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y
medicinales
$ 1.584,78
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 150,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 5.603,92
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 79.331,55
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 4.368,35
2.5.9.0 - Otros
$ 5.475,86
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 253,80
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y
yeso
$ 951,80
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 2.505,51
2.6.9.0 - Otros
$ 170,00
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 991,98
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 2.247,22
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 2.658,85
2.7.9.0 - Otros
$ 8.339,85
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y
arena
$ 1.232,70
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 8.736,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 6.027,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 20.649,55
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 948,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 207.619,02
2.9.9.0 - Otros
$ 486,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 25.260,09
3.1.4.0 - Teléfonos, telex
y telefax
$ 3.630,00
3.1.9.0 - Otros
$ 5.434,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 720,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 72.410,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 333.335,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 5.250,00
3.4.7.0 - Servicios de
hotelería
$ 2.139,99
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 1.408,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 56.033,00
4.3.1.0 - Maquinaria y equipo de producción
$ 6.751,99
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y
señalamiento
$ 6.000,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 15.667,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 21.370,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 191.320,00
Apertura Programática:18.00.00 - Juzgado Municipal
de Faltas
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 5.656,43
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 1.187,87
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 1.834,61
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 14.638,47
3.2.1.0 - Alquiler de
edificios y locales
$ 33.600,00
3.7.2.0 -
Viáticos
$ 2.650,22
Apertura Programática:19.00.00 - Oficina de Prensa
Municipal
110 - Tesoro Municipal
1.1.7.0 - Complementos
$ 6.000,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 650,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 320,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 1.500,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 10.308,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 26.499,99
3.6.1.0 -
Publicidad
$ 175.380,00
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y
señalamiento
$ 21.050,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 1.800,00
Apertura Programática:20.00.00 - Oficina
de Comercio
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 1.745,18
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 509,95
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 4.777,29
1.1.7.0 - Complementos
$ 2.150,00
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 3.079,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.01.00 - Administración de Cultura y
Educación
110 - Tesoro Municipal
1.1.7.0 - Complementos
$ 33.575,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 64.641,35
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 909,00
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 13.889,18
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 600,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 1.000,00
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 1.080,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y
medicinales
$ 290,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 15.641,46
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 2.039,98
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 496,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 4.097,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 1.797,10
2.9.6.0 - Repuestos y
$ 2.521,10
accesorios
2.9.9.0 - Otros
$ 650,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 295.490,00
3.2.9.0 - Otros
$ 4.800,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 2.374,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 6.606,24
3.3.7.0 - Limpieza, aseo y
fumigación
$ 400,00
3.4.5.0 - De capacitación
$ 379.230,12
3.4.7.0 - Servicios de
hotelería
$ 4.220,00
3.4.9.0 - Otros
$ 144.662,50
3.5.1.0 - Transporte
$ 3.443,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 6.652,00
3.5.9.0 - Otros
$ 830.060,00
3.6.1.0 -
Publicidad
$ 400,00
3.7.2.0 -
Viáticos
$ 1.500,58
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de
Gastos
$ 8.765,18
3.8.3.0 - Derechos y tasas
$ 37.360,00
3.9.1.0 - Servicios de
ceremonial
$ 2.050,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.02.00 - Casa de la Cultura y Teatro
Municipal
110 - Tesoro Municipal
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 151,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 4.946,49
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 164,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 42,40
2.5.9.0 - Otros
$ 16.969,50
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y
yeso
$ 114,80
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 2.072,90
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 107.307,69
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 1.064,32
2.7.9.0 - Otros
$ 1.817,36
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 1.350,48
3.1.3.0 - Gas
$ 3.544,85
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 165.302,50
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 12.357,00
3.5.9.0 - Otros
$ 53.391,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 14.615,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.03.00 - Museo regional Faustino
Queipo
110 - Tesoro Municipal
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 290,21
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 69,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 4.258,66
2.2.1.0 - Hilados y telas
$ 1.992,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 274,00
2.2.9.0 - Otros
$ 15,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 8.378,27
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 818,30
2.5.9.0 - Otros
$ 3.944,34
2.6.2.0 - Productos de
vidrio
$ 4.600,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 5.668,38
2.6.9.0 - Otros
$ 72,00
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 3.000,29
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 2.032,71
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 591,00
2.7.9.0 - Otros
$ 1.136,91
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 331,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 2.264,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 2.551,45
2.9.9.0 - Otros
$ 24,10
3.1.2.0 - Agua
$ 1.060,30
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 16.640,00
3.5.9.0 - Otros
$ 11.585,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 3.023,42
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 4.099,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.04.00 - Frente de Vías
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 396,37
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 2.097,33
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 6.200,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.06.00 - Ceremonial y
Protocolo
110 - Tesoro Municipal
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 1.330,00
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 3.666,84
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 12.550,00
2.9.9.0 - Otros
$ 5.000,00
3.4.9.0 - Otros
$ 13.200,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.07.00 - Nuevo Espacio
Cultural
110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 10.125,01
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 9.897,51
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 32.874,39
1.1.7.0 - Complementos
$ 21.100,00
1.2.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 803.458,81
1.2.3.0 - Sueldo anual
complementario
$ 60.135,51
1.2.5.0 - Contribuciones
patronales
$ 131.014,73
1.2.6.0 - Complementos
$ 8.800,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 29.804,52
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 133.302,19
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 140,36
2.2.1.0 - Hilados y telas
$ 11.046,85
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 22.334,70
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 21.720,00
2.2.9.0 - Otros
$ 196,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 5.350,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 682,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 12.078,00
2.5.6.0 - Combustibles y
$ 45.523,97
lubricantes
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 6.488,54
2.5.9.0 - Otros
$ 14.878,23
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 57,00
2.6.9.0 - Otros
$ 2.542,10
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 16.703,06
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 5.353,89
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 17.681,78
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 54.735,12
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 27.798,82
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 1.300,28
2.9.9.0 - Otros
$ 11.503,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 94.566,14
3.1.3.0 - Gas
$ 46.312,07
3.1.9.0 - Otros
$ 8.804,31
3.2.1.0 - Alquiler de
edificios y locales
$ 10.000,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 30.500,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 103.523,50
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 28.000,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 13.042,00
3.3.9.0 - Otros
$ 780,00
3.4.5.0 - De capacitación
$ 1.000,00
3.4.7.0 - Servicios de
hotelería
$ 4.900,00
3.4.9.0 - Otros
$ 47.810,00
3.5.1.0 - Transporte
$ 169.550,00
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 42.062,69
3.5.9.0 - Otros
$ 101.080,00
3.6.1.0 -
Publicidad
$ 1.500,00
3.9.1.0 - Servicios de
ceremonial
$ 9.800,00
3.9.9.0 - Otros
$ 9.000,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 3.000,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 53.500,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 344.433,70
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y
Educación
23.08.00 - Talleres y Actividades No
Formales
110 - Tesoro Municipal
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 2.895,19
2.3.5.0 - Libros, revistas y
periódicos
$ 1.500,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 315,55
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 4.981,56
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 1.237,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 600,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 5.885,84
3.4.5.0 - De capacitación
$ 8.339,70
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 620,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y
Recreación
24.01.00 - Administración de Deportes
y Recreación
110 - Tesoro Municipal
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 9.582,71
1.1.7.0 - Complementos
$ 10.900,00
1.2.3.0 - Sueldo anual
complementario
$ 50.641,39
1.2.5.0 - Contribuciones
patronales
$ 55.121,28
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 38.495,95
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 218.867,13
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 8.204,57
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 40.821,60
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 1.550,00
2.2.9.0 - Otros
$ 40.472,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 3.484,30
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 2.301,70
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 2.659,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 72.424,62
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 3.290,00
2.5.9.0 - Otros
$ 2.701,50
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 3.542,31
2.6.3.0 - Productos de
loza y porcelana
$ 240,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y
yeso
$ 862,12
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 1.287,19
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 1.186,42
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 1.113,99
2.7.9.0 - Otros
$ 38.912,90
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 5.650,00
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 3.693,80
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico
y de laboratorio
$ 155,00
2.9.9.0 - Otros
$ 145.427,00
3.1.9.0 - Otros
$ 1.060,00
3.2.1.0 - Alquiler de
edificios y locales
$ 42.000,00
3.2.9.0 - Otros
$ 2.670,50
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 29.993,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 67.822,99
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 13.070,00
3.3.9.0 - Otros
$ 121.850,00
3.4.2.1 - Contratos
Médicos
$ 1.500,00
3.4.2.7 - Servicio de
Laboratorio
$ 1.850,00
3.4.6.0 - De informática y sistemas
computarizados
$ 500,00
3.4.7.0 - Servicios de
hotelería
$ 3.760,00
3.4.9.0 - Otros
$ 92.100,00
3.5.9.0 - Otros
$ 16.000,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de
Gastos
$ 54.207,43
3.8.3.0 - Derechos y tasas
$ 3.000,00
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y
elevación
$ 34.340,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 5.900,00
5.1.3.0 -
Becas
$ 109.600,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales
a personas
$ 5.500,00
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y
sociales sin fines de lucro $ 36.400,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y
Recreación
24.02.00 - Campo
Municipal de Deportes
110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 6.268,82
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 56.418,78
1.1.7.0 - Complementos
$ 27.368,75
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 63.146,72
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 3.079,00
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 4.480,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 4.328,90
2.2.1.0 - Hilados y telas
$ 6.018,54
2.3.3.0 - Productos de
artes gráficas
$ 10.011,54
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 1.059,00
2.4.3.0 - Artículos de
caucho
$ 743,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y
medicinales
$ 7.012,67
2.5.3.0 - Abonos y
fertilizantes
$ 80,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 14.431,18
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 28.166,07
2.5.9.0 - Otros
$ 1.139,00
2.6.3.0 - Productos de
loza y porcelana
$ 4.484,20
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 5.240,00
2.7.9.0 - Otros
$ 1.825,22
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 4.858,62
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 50,00
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico
y de laboratorio
$ 2.028,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 33.254,51
2.9.9.0 - Otros
$ 220,00
3.1.3.0 - Gas
$ 3.797,39
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 1.400,00
3.3.9.0 - Otros
$ 1.500,00
3.5.9.0 - Otros
$ 56.986,50
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 6.869,40
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 49.470,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 4.804,55
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y
Recreación
24.03.00 - Gimnasio Polideportivo
Municipal
110 - Tesoro Municipal
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 5.952,70
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 2.160,00
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 52,00
2.5.9.0 - Otros
$ 216,40
2.7.9.0 - Otros
$ 1.620,00
2.9.9.0 - Otros
$ 1.109,00
3.1.3.0 - Gas
$ 3.374,13
3.1.9.0 - Otros
$ 1.000,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 4.200,00
3.3.9.0 - Otros
$ 6.300,00
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 25.840,30
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 19.810,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 8.700,00
4.3.9.0 - Equipos varios
$ 1.647,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y
Recreación
24.04.00 - Promoción del
Turismo
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 34.515,02
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 345,17
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 3.515,98
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 13.031,27
1.1.7.0 - Complementos
$ 6.000,00
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 2.346,10
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 184,92
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 6.288,96
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 6.040,00
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 29.070,00
2.3.3.0 - Productos de
artes gráficas
$ 34.530,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 703,60
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 3.666,00
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 143.587,99
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 119,77
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 1.024,81
2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
$ 6.785,00
2.7.9.0 - Otros
$ 2.565,65
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 7.096,32
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 14.500,00
2.9.9.0 - Otros
$ 3.477,00
3.1.9.0 - Otros
$ 8.513,97
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 388.142,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 3.260,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 7.850,00
3.4.5.0 - De capacitación
$ 6.340,00
3.4.7.0 - Servicios de
hotelería
$ 1.350,00
3.4.9.0 - Otros
$ 35.751,09
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 10.720,00
3.6.1.0 -
$ 25.000,00
Publicidad
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 28.392,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 10.674,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y
Recreación
24.52.00 - Obra Campo Municipal de
Deportes
110 - Tesoro Municipal
2.5.9.0 - Otros
$ 243,10
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 15.492,96
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 8.727,85
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 7.910,00
2.7.9.0 - Otros
$ 152,98
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 6.444,13
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 137.495,00
3.5.9.0 - Otros
$ 90.920,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 5.272,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 861,84
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría
Técnica
Apertura Programática:01.00.00 - Administración
Central
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 176.082,09
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 6.984,20
1.1.5.0 - Otros gastos en
personal
$ 550,00
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 90.346,37
1.1.7.0 - Complementos
$ 42.075,00
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 3.745,06
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 87.654,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 3.300,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 797,00
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 1.080,00
2.6.2.0 - Productos de
vidrio
$ 1.255,00
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 458,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 49.822,70
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 3.416,89
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 5.950,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 1.405,00
3.5.9.0 - Otros
$ 3.150,00
4.1.1.0 - Tierras y terrenos
$ 3.600.000,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 2.510,00
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y
señalamiento
$ 56.900,00
6.2.1.0 - Préstamos a corto plazo al sector
privado
$ 17.000,00
Apertura Programática:16.00.00 - Frente
de Vías
110 - Tesoro Municipal
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 16.621,00
2.5.9.0 - Otros
$ 590,00
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 6.046,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 2.382,00
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 6.982,18
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 14.564,00
3.5.9.0 - Otros
$ 4.850,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 84.240,00
Apertura Programática:18.00.00 - Recoleccion de
Residuos
110 - Tesoro Municipal
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 2.305,55
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 42.792,03
1.1.7.0 - Complementos
$ 32.800,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 219.074,88
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 5.297,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 90,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 5.929,30
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 4.600,00
Apertura Programática:19.00.00 - Barrido
y Limpieza
110 - Tesoro Municipal
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 43.416,55
1.1.7.0 - Complementos
$ 16.750,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 120.983,03
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 54.853,00
2.4.4.0 - Cubiertas y
cámaras de aire
$ 5.520,00
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 155,00
2.7.9.0 - Otros
$ 1.861,06
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 500,60
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 100.000,59
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 22.605,00
Apertura Programática:20.00.00 - Señalización de la
Vía Pública
110 - Tesoro Municipal
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 14.490,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 1.819,33
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 10.410,00
3.3.9.0 - Otros
$ 61.700,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 17.740,00
3.5.9.0 - Otros
$ 9.710,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 4.464,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 5.920,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 13.485,00
Apertura Programática:21.00.00 -
Espacios Verdes
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 6.707,49
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 5.442,97
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 53.728,51
1.1.7.0 - Complementos
$ 26.475,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 45.833,38
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 2.617,00
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 11.540,00
2.2.1.0 - Hilados y telas
$ 20,04
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 272.735,30
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 275,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 154,55
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 2.715,79
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 6.673,17
2.5.9.0 - Otros
$ 325,60
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 432,44
2.6.2.0 - Productos de
vidrio
$ 7.812,00
2.6.9.0 - Otros
$ 691,20
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 12.900,97
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 865,98
2.7.9.0 - Otros
$ 16.982,12
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y
arena
$ 1.329,00
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 2.326,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 1.388,52
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico
y de laboratorio
$ 938,46
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 240.027,93
2.9.9.0 - Otros
$ 3.723,40
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 9.374,90
3.1.9.0 - Otros
$ 470,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 296.450,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 252.521,55
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 44.007,78
3.3.4.0 - Mantenimiento y reparación de vías de
comunicación $ 1.380,00
3.3.9.0 - Otros
$ 9.316,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 2.250,00
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 423.013,78
3.5.9.0 - Otros
$ 101.072,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 77.080,71
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 9.795,36
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y
señalamiento
$ 715,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 52.530,00
Apertura Programática:
22.00.00 - Cementerio
22.01.00 - Cementerio
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 8.549,83
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 1.485,44
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 30.675,96
1.1.7.0 - Complementos
$ 19.200,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 8.296,56
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 1.669,00
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 12.891,89
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y
arena
$ 1.880,36
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 425,28
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 299,30
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 21.996,83
Apertura Programática:
22.00.00 - Cementerio
22.51.00 - Obras en
Cementerio
110 - Tesoro Municipal
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 468,00
2.7.9.0 - Otros
$ 1.166,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 209,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 2.575,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 3.850,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 118.374,05
Apertura Programática:
23.00.00 - Alumbrado
Público
23.01.00 - Consumo Energía
Alumbrado Público
110 - Tesoro Municipal
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 1.570.713,20
Apertura Programática:
23.00.00 - Alumbrado
Público
23.02.00 - Mantenimiento y Reparacion
de Alumbrado Público
110 - Tesoro Municipal
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 3.472,90
3.3.4.0 - Mantenimiento y reparación de vías de
comunicación $ 724.022,58
3.3.9.0 - Otros
$ 44.362,08
3.4.9.0 - Otros
$ 3.255,92
7.3.4.0 - Intereses de préstamos de
municipalidades
$ 67.022,48
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.01.00 - Mantenimiento y Reparacion de Sendas Vehiculares y
Peatonales
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 50.607,04
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 22.206,53
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 127.474,32
1.1.7.0 - Complementos
$ 735.575,00
1.2.1.0 - Retribuciones del
$ 7.726,29
cargo
1.2.5.0 - Contribuciones
patronales
$ 3.441,11
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 483.878,41
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 41.953,00
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 2.283,82
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 35,00
2.2.1.0 - Hilados y telas
$ 135,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 475,50
2.4.4.0 - Cubiertas y
cámaras de aire
$ 11.480,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 10.887,15
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 85,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 656,42
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 3.223,50
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 1.450,00
2.5.9.0 - Otros
$ 3.363,80
2.6.2.0 - Productos de
vidrio
$ 151,00
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 6.458,60
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 3.735,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 297,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 6.640,78
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 94,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 394.166,66
2.9.9.0 - Otros
$ 4.966,80
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 510,50
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
$ 85.750,00
edificios y locales
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 116.999,93
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 16.865,30
3.3.9.0 - Otros
$ 10.550,00
3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de
factibilidad $ 9.200,00
3.5.9.0 - Otros
$ 31.883,80
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y
señalamiento
$ 630,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 11.076,00
4.4.0.0 - Equipo de
seguridad
$ 81.796,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.02.00 - Mantenimiento y Reparacion de Otros Espacios
Públicos
110 - Tesoro Municipal
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 2.506,80
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.03.00 - Planta
Hormigonera
110 - Tesoro Municipal
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 2.900,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 34.315,51
3.1.9.0 - Otros
$ 52.512,00
3.5.9.0 - Otros
$ 9.660,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.04.00 - Elaboracion de Hormigon
para Terceros
110 - Tesoro Municipal
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 95.757,77
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.05.00 - Barrio 26
viviendas
110 - Tesoro Municipal
3.1.2.0 - Agua
$ 113.234,40
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 5.693,06
5.2.1.0 - Transferencias a
personas
$ 2.160,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.08.00 - Barrio Centenario Tercera
Etapa
110 - Tesoro Municipal
5.2.1.0 - Transferencias a
personas
$ 2.780,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.09.00 - Barrio 40 Viviendas
Sindicato Luz y Fuerza
110 - Tesoro Municipal
3.1.2.0 - Agua
$ 119.095,20
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.75.00 - Obras de Infraestructura e
Interes Público
24.75.04 - Provisión de Agua Corriente
y Cloacas
110 - Tesoro Municipal
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 25.425,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 37.954,80
3.1.2.0 - Agua
$ 1.766.936,85
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.75.00 - Obras de Infraestructura e
Interes Público
24.75.08 - Obra ampliacion de energia
electrica
110 - Tesoro Municipal
3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de
factibilidad $ 437.000,00
3.7.2.0 -
Viáticos
$ 12.309,41
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.75.00 - Obras de Infraestructura e
Interes Público
24.75.78 - Obra Desagues Pluviales
Urbanos
110 - Tesoro Municipal
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 348.981,72
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.76.01 - Modulo Desarrollo Humano
- Deportivo
110 - Tesoro Municipal
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 9.274,67
2.3.1.0 - Papel de
escritorio y cartón
$ 257,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 200,00
2.4.3.0 - Artículos de
caucho
$ 1.780,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 22,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.76.02 - Modulo Desarrollo Humano
- Cultural
110 - Tesoro Municipal
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 328,00
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 490,00
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y
sociales sin fines de lucro $ 3.000,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.76.03 - Modulo Desarrollo Humano
- Verde
110 - Tesoro Municipal
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y
sociales sin fines de lucro $ 6.000,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.76.04 - Modulo Desarrollo Humano
- NIDO
110 - Tesoro Municipal
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 2.148,55
Apertura Programática:
25.00.00 - Ampliacion y Reparacion de
edificios Municipales
25.01.00 - Mantenimiento y Reparación
del Palacio Municipal
110 - Tesoro Municipal
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 57,83
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 161,74
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 12,51
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y
yeso
$ 452,44
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 294,72
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 67,66
2.7.9.0 - Otros
$ 1.208,73
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 71,28
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 86,97
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 5.957,43
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 241,36
Apertura Programática:
25.00.00 - Ampliacion y Reparacion de
edificios Municipales
25.51.00 - Obras de Ampliación de
Edificios Municipales
25.51.02 - Otros Edificios
Municipales
110 - Tesoro Municipal
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 773,50
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 5.517,24
Apertura Programática:
26.00.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
26.01.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 285.695,51
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 32.343,20
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 252.357,59
1.1.7.0 - Complementos
$ 224.710,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 865.481,45
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 1.480.649,99
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 12.750,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y
yeso
$ 10.184,40
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 6.630,00
3.1.5.0 - Correos y
telégrafo
$ 360,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 384.997,65
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 21.400,00
3.5.9.0 - Otros
$ 3.848,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de
$ 5.565,00
Gastos
3.8.3.0 - Derechos y tasas
$ 10.701,40
6.2.1.0 - Préstamos a corto plazo al sector
privado
$ 170.000,00
Apertura Programática:
26.00.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
26.02.00 - Corralon
Municipal
110 - Tesoro Municipal
1.1.7.0 - Complementos
$ 58.409,76
1.2.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 1.655,76
1.2.3.0 - Sueldo anual
complementario
$ 451,48
1.2.5.0 - Contribuciones
patronales
$ 354,04
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 22.857,53
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 5.847,00
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 27.502,00
2.3.1.0 - Papel de
escritorio y cartón
$ 2.504,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 450,00
2.4.3.0 - Artículos de
caucho
$ 11.672,55
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 259,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 241.542,49
2.5.9.0 - Otros
$ 289,40
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
$ 3.602,60
2.6.9.0 - Otros
$ 11.756,75
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 54.737,42
2.7.2.0 - Productos no
ferrosos
$ 10.890,00
2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
$ 10.116,00
2.7.9.0 - Otros
$ 31.859,29
2.9.1.0 - Elementos de
$ 9.706,50
limpieza
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 305,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 6.147,06
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 72,00
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico
y de laboratorio
$ 508,12
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 1.446.567,30
2.9.9.0 - Otros
$ 4.815,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 24.223,50
3.1.2.0 - Agua
$ 113.275,64
3.1.9.0 - Otros
$ 2.666,29
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 6.599,96
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de
vehículos
$ 526.572,13
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 17.385,00
3.3.9.0 - Otros
$ 15.600,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 4.050,00
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 41.964,97
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de
Gastos
$ 5.900,00
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo
$ 6.704,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 57.860,00
6.2.1.0 - Préstamos a corto plazo al sector
privado
$ 177.000,00
Apertura Programática:
26.00.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
26.03.00 - Limpieza de Desagues
Pluviales
110 - Tesoro Municipal
2.7.9.0 - Otros
$ 47.626,46
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San
Cayetano
27.01.00 - Balneario San
Cayetano
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del
cargo
$ 136.006,59
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al
cargo
$ 7.779,51
1.1.4.0 - Sueldo anual
complementario
$ 25.328,00
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 86.390,87
1.1.7.0 - Complementos
$ 196.932,32
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 60.263,57
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 1.412,00
2.1.4.0 - Productos
agroforestales
$ 80.961,40
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 60.680,98
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 550,00
2.2.9.0 - Otros
$ 14.580,00
2.3.1.0 - Papel de
escritorio y cartón
$ 789,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 2.055,00
2.5.1.0 - Compuestos
químicos
$ 2.455,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 13.759,23
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 3.280,08
2.5.9.0 - Otros
$ 2.842,59
2.6.2.0 - Productos de
vidrio
$ 3.710,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y
yeso
$ 16.306,16
2.6.9.0 - Otros
$ 361,00
2.7.9.0 - Otros
$ 2.811,85
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y
arena
$ 31.585,31
2.9.1.0 - Elementos de
$ 7.769,80
limpieza
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 81,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 29.232,38
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 143.725,77
2.9.9.0 - Otros
$ 83.905,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 248.534,26
3.1.4.0 - Teléfonos, telex
y telefax
$ 1.772,70
3.1.9.0 - Otros
$ 13.924,29
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 302.428,36
3.3.9.0 - Otros
$ 3.680,00
3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de
factibilidad $ 5.000,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 6.750,00
3.5.4.0 - Primas y gastos
de seguros
$ 54.882,12
3.5.9.0 - Otros
$ 23.827,51
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de
Gastos
$ 4.190,81
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 192.627,30
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 26.801,66
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y
elevación
$ 72.828,00
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 27.399,00
5.2.1.0 - Transferencias a
personas
$ 7.200,00
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San
Cayetano
27.02.00 - Colonia de
Vacaciones
110 - Tesoro Municipal
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 6.832,43
1.1.7.0 - Complementos
$ 6.000,00
1.3.1.0 - Retribuciones
extraordinarias
$ 51.603,90
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 5.271,88
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 2.760,00
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 336,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y
colorantes
$ 3.492,00
2.5.9.0 - Otros
$ 1.758,40
2.7.5.0 - Herramientas
menores
$ 194,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 1.470,00
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 2.393,31
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 390,00
3.1.4.0 - Teléfonos, telex
y telefax
$ 115,76
3.1.9.0 - Otros
$ 865,24
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 114.242,75
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 18.016,99
4.3.7.0 - Equipo de
oficina y muebles
$ 3.162,00
5.2.1.0 - Transferencias a
personas
$ 2.688,09
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San
Cayetano
27.03.00 - Planta de Agua
Potable
110 - Tesoro Municipal
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 7.220,00
4.3.1.0 - Maquinaria y equipo de producción
$ 12.975,94
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San
Cayetano
27.51.00 - Obras en
Edificios Municipales
27.51.57 - Galpon Gomeria
110 - Tesoro Municipal
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 141.721,77
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San
Cayetano
27.51.00 - Obras en
Edificios Municipales
27.51.58 - Obra Ampliacion Parador
Municipal
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 24.508,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 39.050,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de
dominio privado
$ 80.341,53
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de
dominio publico
$ 2.250,00
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de
Hacienda
Apertura Programática:01.00.00 - Administración
Central
110 - Tesoro Municipal
1.1.6.0 - Contribuciones
patronales
$ 2.685,26
1.1.7.0 - Complementos
$ 34.799,96
1.4.0.0 - Asignaciones
familiares
$ 13.615,00
2.1.1.0 - Alimentos para
personas
$ 103.105,07
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
$ 8.900,00
2.2.1.0 - Hilados y telas
$ 560,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir
$ 46.056,00
2.2.3.0 - Confecciones
textiles
$ 2.170,00
2.3.1.0 - Papel de
escritorio y cartón
$ 3.339,00
2.3.2.0 - Papel para
computación
$ 82.299,70
2.3.4.0 - Productos de
papel y cartón
$ 11.282,34
2.3.5.0 - Libros, revistas y
periódicos
$ 3.600,00
2.4.3.0 - Artículos de
caucho
$ 75,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros
$ 520,00
2.5.6.0 - Combustibles y
lubricantes
$ 255.673,66
2.5.8.0 - Productos de
material plástico
$ 8.344,00
2.5.9.0 - Otros
$ 840,00
2.7.1.0 - Productos
ferrosos
$ 1.230,00
2.7.9.0 - Otros
$ 10.639,60
2.9.1.0 - Elementos de
limpieza
$ 20.444,48
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y
enseñanza
$ 151.305,75
2.9.3.0 - Utiles y
materiales eléctricos
$ 21.098,30
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
$ 96,00
2.9.6.0 - Repuestos y
accesorios
$ 124.169,08
3.1.1.0 - Energía eléctrica
$ 140.270,13
3.1.2.0 - Agua
$ 60.761,20
3.1.3.0 - Gas
$ 60.330,90
3.1.4.0 - Teléfonos, telex
y telefax
$ 219.351,28
3.1.5.0 - Correos y
telégrafo
$ 96.053,66
3.1.9.0 - Otros
$ 290.380,77
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de
transporte $ 10.200,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de
edificios y locales
$ 210.415,60
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de
maquinaria y equipo
$ 299.980,00
3.4.6.0 - De informática y sistemas
computarizados
$ 4.743,20
3.4.9.0 - Otros
$ 1.028,50
3.5.1.0 - Transporte
$ 502.980,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y
reproducciones
$ 4.100,50
3.5.5.0 - Comisiones y gastos bancarios
$ 95.377,24
Total
$47.949.731,41
ARTICULO 3º.- Para su cumplimiento, pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería, dese al
Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1539/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La aprobación del Presupuesto General de Gastos de acuerdo al nomenclador del
sistema R.A.F.A.M., y:
CONSIDERANDO:
Que del informe de la Contaduría Municipal se desprende que si bien se produjeron
excesos en algunas partidas de gastos, existen economías de libre disponibilidad
suficientes en otras partidas del Presupuesto General de Gastos que permiten
compensar dicho
Que el Articulo 4º de la Ordenanza Complementaria vigente para el Ejercicio 2018,
establece "Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar transferencias de créditos y
creaciones de partidas y categorías programáticas; a reasignar las economías de
ejecución para compensar o reforzar otras partidas del rubro o no; a modificar los
cargos previstos en los anexos correspondientes (Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría Programática y Cargos, Formulario 6) en función de las
necesidades operativas de las Jurisdicciones, y la ampliación, refuerzo o creación de
aquellos conceptos inexistentes que sea necesario incluir, segun lo prescripcto en los
Artículo 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, respectivamente".-
Por
ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de
sus atribuciones legales,
DECRETO
ARTICULO 1º.- Refuércese en el Presupuesto general de Gastos por Programas del
Ejercicio 2018, las siguientes partidas, por un importe de $ 28.434.391,34 (Pesos
Veintiocho Millones Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Noventa y Uno
con Treinta y Cuatro Centavos).-
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
110 - Tesoro Municipal
3.5.5.0 - Comisiones y gastos bancarios $57.229,83
3.5.9.0 - Otros $16.361,30
3.7.2.0 - Viáticos $782,09
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $6.500,00
3.8.4.0 - Multas, recargos y gastos judiciales $49.923,07
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación $220.000,00
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo $17.498,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $83.859,22
4.3.9.0 - Equipos varios $19.599,00
4.6.0.0 - Obras de arte $1.996,50
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $5.500,00
Apertura Programática:16.00.00 - Gastos por demandas judiciales
110 - Tesoro Municipal
3.4.3.0 - Jurídicos $17.575,00
3.5.1.0 -
Transporte $220,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $1.296,75
3.8.3.0 - Derechos y tasas $20.776,52
3.8.4.0 - Multas, recargos y gastos judiciales $114.158,66
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.01.00 - Producción, Planeamiento y Trabajo
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $150.160,23
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $15.546,62
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $41.776,18
1.1.7.0 - Complementos $3.000,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $20.604,60
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $1.968,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $660,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $79,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $110,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $3.839,50
2.5.8.0 - Productos de material plástico $5.806,00
2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana $1.400,00
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $269,56
2.7.5.0 - Herramientas menores $1.770,66
2.7.9.0 - Otros $514,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $1.579,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $9.376,99
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $1.782,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $8.760,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $10.065,59
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $2.840,00
3.4.5.0 - De capacitación $2.800,00
3.5.1.0 -
Transporte $750,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $12.043,08
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $19.100,94
3.5.9.0 - Otros $240,00
3.6.1.0 -
Publicidad $6.200,00
3.6.9.0 - Otros $2.800,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $20.185,38
3.8.3.0 - Derechos y tasas $71,00
6.3.1.7 - Préstamo FONDO MICROEMPRESAS $204.124,00
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.03.00 - Sector Industrial Planificado
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $175.278,30
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $10.676,50
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $15.886,81
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $38.977,94
1.1.7.0 - Complementos $19.200,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $6.857,12
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $9.237,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $2.186,96
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $833,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $932,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $245,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $3.441,50
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $754,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $383,00
2.7.9.0 - Otros $5.291,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $1.262,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $910,00
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $45,00
2.9.9.0 - Otros $945,50
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $930,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $1.300,00
3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad $4.200,00
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.04.00 - Subsidio Incubadora de Empresas
110 - Tesoro Municipal
3.4.7.0 - Servicios de hotelería $1.570,00
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.05.00 - Unidad Económica de
Autoempleo
110 - Tesoro Municipal
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $200.080,08
Apertura Programática:
17.00.00 - Producción
17.06.00 - Proyecto Huerta Comunitaria
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $342.842,68
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $22.526,93
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $31.576,24
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $81.218,93
1.1.7.0 - Complementos $38.175,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $18.197,83
2.1.1.0 - Alimentos para personas $2.852,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $580,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $174,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $3.184,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $758,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $6.466,40
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $2.401,50
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $410,40
2.7.5.0 - Herramientas menores $730,61
2.7.9.0 - Otros $121,30
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $11.764,52
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $40,00
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio $21,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $3.880,16
2.9.9.0 - Otros $75,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $14.700,00
3.5.9.0 - Otros $13.750,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $6.480,00
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.08.00 - Pasteurizadora
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $179.796,92
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $10.787,81
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $16.214,38
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $44.758,29
1.1.7.0 - Complementos $28.971,43
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $40.884,87
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $3.079,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $157.896,13
2.2.1.0 - Hilados y telas $1.330,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $350,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $60,00
2.5.1.0 - Compuestos químicos $4.888,55
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $170,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $2.735,00
2.6.2.0 - Productos de vidrio $190,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $2.609,93
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $152,57
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $80,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $35.925,92
3.1.3.0 - Gas $5.280,17
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.09.00 - Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $108.948,26
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $14.751,61
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $106.959,21
1.1.7.0 - Complementos $12.425,00
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $315.624,63
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $27.230,70
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $57.599,79
1.2.6.0 - Complementos $23.350,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $170.165,25
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $6.326,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $116.156,56
2.1.4.0 - Productos agroforestales $479,00
2.2.1.0 - Hilados y telas $39,80
2.2.2.0 - Prendas de vestir $61.351,52
2.2.3.0 - Confecciones textiles $265,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $1.952,00
2.4.2.0 - Artículos de cuero $813,20
2.4.9.0 - Otros $294,00
2.5.1.0 - Compuestos químicos $3.389,26
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $6.136,96
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $55.810,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $55.620,58
2.5.8.0 - Productos de material plástico $1.601,10
2.5.9.0 - Otros $1.800,20
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $2.637,65
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $2.435,79
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $3.879,24
2.7.1.0 - Productos ferrosos $138.944,02
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $9.762,70
2.7.9.0 - Otros $24.780,77
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $77,90
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $5.612,98
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $50,00
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $425,00
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio $1.450,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $91.895,48
2.9.9.0 - Otros $9.644,90
3.1.1.0 - Energía eléctrica $61.647,64
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $28.501,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $91.548,66
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $156,00
3.3.9.0 - Otros $10.100,00
3.4.5.0 - De capacitación $14.000,00
3.4.6.0 - De informática y sistemas computarizados $800,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería $450,00
3.5.9.0 - Otros $63.155,00
3.7.2.0 - Viáticos $2.150,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $1.910,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $1.700,00
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación $74.940,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos
mayores $11.915,00
6.2.1.0 - Préstamos a corto plazo al sector privado $43.500,00
Apertura Programática:91.00.00 - Deuda Consolidada
110 - Tesoro Municipal
7.5.3.0 - Préstamos recibidos de
provincias $279.418,07
Apertura Programática:92.00.00 - Deuda Flotante
110 - Tesoro Municipal
7.3.3.0 - Intereses de préstamos de provincias $447.096,51
Jurisdicción: 1110105000 - Secretaría de Salud
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $14.422,72
1.1.7.0 - Complementos $18.100,00
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $45.320,77
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $16.170,19
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $21.205,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $2.630,50
2.2.1.0 - Hilados y telas $676,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $2.866,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $16.402,24
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $42.749,97
2.5.8.0 - Productos de material plástico $650,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $1.040,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $1.231,00
3.1.3.0 - Gas $16.946,38
3.1.5.0 - Correos y telégrafo $553,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $4.098,00
3.4.2.7 - Servicio de Laboratorio $3.500,00
3.5.1.0 -
Transporte $3.545,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $108.881,76
Apertura Programática:
16.00.00 - Hospital Municipal
16.01.00 - Administración Hospital
Municipal
110 - Tesoro Municipal
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $52.743,88
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $350.392,08
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $378.426,46
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $231.654,00
1.6.0.0 - Beneficios y compensaciones $22.605,09
2.1.1.0 - Alimentos para personas $404.259,61
2.1.4.0 - Productos agroforestales $333,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $980,38
2.2.1.0 - Hilados y telas $6.765,50
2.2.2.0 - Prendas de vestir $61.674,80
2.2.3.0 - Confecciones textiles $7.413,00
2.2.9.0 - Otros $18.373,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $999,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $24.418,23
2.4.3.0 - Artículos de caucho $4.092,32
2.4.9.0 - Otros $685,10
2.5.1.0 - Compuestos químicos $12.907,44
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $472.966,52
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $1.653,20
2.5.7.0 - Específicos veterinarios $13.692,70
2.5.9.0 - Otros $60.357,70
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $6.249,59
2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana $4.796,82
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $15.828,22
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $2.429,14
2.6.9.0 - Otros $185,30
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $2.429,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $5.239,67
2.7.9.0 - Otros $7.629,70
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $568,64
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $342.648,12
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $28.601,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $68.781,91
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio $628.952,63
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $34.200,23
2.9.9.0 - Otros $4.432,80
3.1.1.0 - Energía eléctrica $637.516,20
3.1.2.0 - Agua $2.683,56
3.1.3.0 - Gas $281.663,13
3.1.5.0 - Correos y telégrafo $7.848,00
3.1.9.0 - Otros $2.610,00
3.2.9.0 - Otros $3.000,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $150.839,10
3.3.7.0 - Limpieza, aseo y fumigación $186.050,00
3.3.9.0 - Otros $3.323,00
3.4.2.1 - Contratos Médicos $6.274.898,67
3.4.2.2 - Guardias Médicas Hábiles $3.945.874,67
3.4.6.0 - De informática y sistemas computarizados $75.720,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería $15.700,00
3.4.9.0 - Otros $93.000,00
3.5.1.0 -
Transporte $1.000,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $3.350,00
3.5.9.0 - Otros $15.986,00
3.7.2.0 - Viáticos $970,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $16.000,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $83.960,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $184,00
4.3.1.0 - Maquinaria y equipo de producción $4.860,00
4.3.3.0 - Equipo sanitario y de
laboratorio $95.228,59
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo $13.708,40
4.3.6.0 - Equipo para computación $52.124,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $80.814,80
4.3.9.0 - Equipos varios $58.985,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $22.829,33
6.2.1.0 - Préstamos a corto plazo al sector privado $120.000,00
Apertura Programática:
16.00.00 - Hospital Municipal
16.03.00 - Internacion Domiciliaria
110 - Tesoro Municipal
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $54.884,60
Apertura Programática:
16.00.00 - Hospital Municipal
16.06.00 - Sistema ABEL
110 - Tesoro Municipal
4.3.6.0 - Equipo para computación $18.650,00
Apertura Programática:
16.00.00 - Hospital Municipal
16.52.00 - Obras de Infraestructura Interna
16.52.02 - Otras Obras de Infraestructura Interna
110 - Tesoro Municipal
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $156.305,65
Apertura Programática: 17.00.00 - Salas Periféricas
17.01.00 - Sala Periférica Ochandio
110 - Tesoro Municipal
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $28.500,98
2.5.9.0 - Otros $188,90
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $74,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $894,21
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $1.191,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $1.209,12
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $5.900,00
3.3.9.0 - Otros $3.800,00
Apertura Programática: 17.00.00 - Salas Periféricas
17.02.00 - Sala Periférica San Cayetano
110 - Tesoro Municipal
3.1.3.0 - Gas $6.666,43
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $9.175,72
3.1.9.0 - Otros $1.197,02
3.2.1.0 - Alquiler de edificios y locales $18.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $5.600,00
Apertura Programática: 17.00.00 - Salas Periféricas
17.03.00 - Sala Periférica Balneario San
Cayetano
110 - Tesoro Municipal
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $451,47
3.4.2.2 - Guardias Médicas Hábiles $93.500,00
Apertura Programática:18.00.00 - Oficina Bromatología
110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $451,29
2.1.1.0 - Alimentos para personas $915,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $272,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $24.607,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $13,20
2.5.9.0 - Otros $1.106,31
2.7.1.0 - Productos ferrosos $60,00
2.7.9.0 - Otros $1.639,12
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $778,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $6.348,50
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $3.538,05
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio $438,90
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $166,00
3.1.3.0 - Gas $4.799,12
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $3.100,00
3.3.9.0 - Otros $1.800,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $950,00
3.9.9.0 - Otros $12.765,60
Apertura Programática:19.00.00 - Oficina Medio Ambiente
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $2.977,00
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $705,41
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $6.543,90
1.1.7.0 - Complementos $6.000,00
Apertura Programática:
20.00.00 - Geriatrico Municipal
20.01.00 - Geriatrico Municipal
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $60.295,24
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $18.398,22
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $136.314,52
1.1.7.0 - Complementos $84.733,21
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $146.831,79
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $13.408,99
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $28.448,23
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $32.450,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $401.315,20
2.1.4.0 - Productos agroforestales $699,89
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $2.938,85
2.2.2.0 - Prendas de vestir $11.375,00
2.2.3.0 - Confecciones textiles $265,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $1.000,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $8.039,50
2.3.5.0 - Libros, revistas y periódicos $2.227,00
2.3.9.0 - Otros $1.162,50
2.4.3.0 - Artículos de caucho $586,57
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $3.690,86
2.5.8.0 - Productos de material plástico $65,70
2.5.9.0 - Otros $2.612,18
2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana $97,30
2.7.1.0 - Productos ferrosos $32,22
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $443,93
2.7.9.0 - Otros $3.673,23
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $108.632,87
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $2.052,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $2.015,51
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $2.549,00
2.9.9.0 - Otros $348,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $48.064,30
3.1.3.0 - Gas $70.651,84
3.1.9.0 - Otros $1.645,20
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $480,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $8.550,00
3.3.9.0 - Otros $4.300,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $5.920,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $1.600,00
Apertura Programática: 21.00.00 - Hogar de Ancianos
21.01.00 - Administración Hogar de
Ancianos
110 - Tesoro Municipal
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $56.247,91
1.1.7.0 - Complementos $62.900,00
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $52.041,44
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $1.639,14
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $12.369,47
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $167.557,53
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $90.458,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $436.987,18
2.1.4.0 - Productos agroforestales $409,00
2.2.3.0 - Confecciones textiles $2.915,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $59,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $14.143,00
2.3.5.0 - Libros, revistas y periódicos $3.231,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $800,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $1.430,00
2.5.9.0 - Otros $2.859,67
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $14.794,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $3.581,50
2.7.1.0 - Productos ferrosos $29.280,80
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $227,95
2.7.5.0 - Herramientas menores $51,00
2.7.9.0 - Otros $6.035,64
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $3.334,22
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $70.413,35
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $2.705,66
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $6.588,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $6.515,81
2.9.9.0 - Otros $705,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $23.606,61
3.1.2.0 - Agua $323.146,80
3.1.3.0 - Gas $74.863,50
3.1.9.0 - Otros $2.044,55
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $22.250,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $27.150,00
3.5.1.0 -
Transporte $100,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $44.331,98
4.3.9.0 - Equipos varios $13.695,00
6.2.1.0 - Préstamos a corto plazo al sector privado $91.000,00
Apertura Programática:22.00.00 - Perrera Municipal
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $179.796,92
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $4.968,01
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $15.755,48
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $38.349,79
1.1.7.0 - Complementos $8.750,00
2.1.2.0 - Alimentos para animales $64.974,95
2.2.2.0 - Prendas de vestir $10.025,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $1.560,50
2.5.7.0 - Específicos veterinarios $9.345,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $3.629,28
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $342,03
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio $15,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $7.451,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $10.487,67
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $850,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos
mayores $4.500,00
Jurisdicción: 1110106000 - Subsecretaría de Accion Social
Apertura Programática:01.00.00 - Administracion Acción Social
110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $38.888,58
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $8.570,75
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $61.449,59
1.1.7.0 - Complementos $33.525,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $72.584,71
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $620,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $1.499,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $480,01
2.5.8.0 - Productos de material plástico $1.954,00
2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio $3.590,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $9.071,47
3.1.2.0 - Agua $4.809,31
3.1.3.0 - Gas $21.202,04
3.1.9.0 - Otros $7,61
3.2.9.0 - Otros $22.500,00
3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad $256.442,00
3.5.1.0 -
Transporte $8.640,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $2.800,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $2.345.651,03
Apertura Programática:16.00.00 - Programa Social de Construccion de red de Gas Natural
110 - Tesoro Municipal
6.3.1.1 - Préstamo PROSOGA $72.360,97
Apertura Programática:17.00.00 - Subsidio para Refaccion de Viviendas Sociales
110 - Tesoro Municipal
2.1.4.0 - Productos agroforestales $1.529,41
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $2.390,00
2.7.9.0 - Otros $2.670,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $894,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $41.930,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $9.870,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $15.673,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $27.314,72
Apertura Programática:18.00.00 - Programa Empendimiento Cuidados Infantiles
110 - Tesoro Municipal
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $107.049,11
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines
de lucro $425,00
Apertura Programática:22.00.00 - Programa Envion
110 - Tesoro Municipal
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $1.355,61
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $3.504,91
1.1.7.0 - Complementos $13.026,85
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $82.444,17
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $240,00
2.2.1.0 - Hilados y telas $3.333,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $625,00
2.2.9.0 - Otros $1.238,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $140,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $1.488,00
2.5.9.0 - Otros $560,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $305,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $220,00
2.9.9.0 - Otros $118,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $50,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $4.000,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $7.366,14
Apertura Programática:23.00.00 - Niñez y Adolescencia
110 - Tesoro Municipal
3.1.2.0 - Agua $6.632,72
3.1.3.0 - Gas $10.274,28
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $3.214,91
3.1.9.0 - Otros $2.200,32
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $679,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $30.576,50
Apertura Programática:24.00.00 - Programa Asistencia Violencia de Género
110 - Tesoro Municipal
2.1.1.0 - Alimentos para personas $4.384,08
3.5.1.0 -
Transporte $5.950,00
5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas $15.000,00
Subtotal Departamento Ejecutivo
$28.362.427,64
Jurisdicción: 1110200000 - H.C.D.
Apertura Programática:
01.00.00 -
Legislación
01.01.00 - Administración Central
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $2.017,72
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $638,26
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $6.451,29
1.1.7.0 - Complementos $5.575,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $7.927,17
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $296,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $400,00
2.7.9.0 - Otros $890,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $3.438,00
Apertura Programática:
01.00.00 - Legislación
01.02.00 - Secretaría HCD
110 - Tesoro Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $1.860,51
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $1.760,86
1.1.7.0 - Complementos $3.000,00
Apertura Programática:
01.00.00 -
Legislación
01.03.00 - Bloques de Concejales
110 - Tesoro Municipal
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $10.802,89
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $1.450,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $1.200,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $1.450,00
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo $22.806,00
Subtotal Departamento Deliberativo $71.963,70
Total General
$28.434.391,34
ARTÍCULO 2º.- Las economías necesarias para el refuerzo y creación de las partidas
enumeradas en el artículo anterior, serán extraídas de las siguientes partidas y por un
importe de $ 28.434.391,34 (Pesos Veintiocho Millones Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil
Trescientos Noventa y Uno con Treinta y Cuatro Centavos).-
Jurisdicción: 1110101000 - Unidad Intendente
Apertura Programática:01.00.00 - Conducción Superior
1.1.2.0 - Retribuciones a personal directivo y de control $ 326.874,11
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 45.025,73
Apertura Programática:16.00.00 - Secretaría departamento ejecutivo
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $ 4.021,15
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 5.724,36
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 106,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 10.000,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 12.000,00
3.1.3.0 - Gas $ 6.030,90
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 1.635,39
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 29.380,33
3.7.2.0 - Viáticos $ 13.234,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $ 1.191,50
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y Tránsito
17.01.00 - Policía Comunal
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 2.000,00
2.3.9.0 - Otros $ 1.500,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 0,35
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 6.000,00
3.1.9.0 - Otros $ 2.220,34
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 877,25
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y Tránsito
17.02.00 - Tránsito
1.2.6.0 - Complementos $ 1.100,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $ 28.694,42
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 15.781,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 18.000,00
2.9.9.0 - Otros $ 4.280,00
3.3.9.0 - Otros $ 4.600,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 13.680,79
Apertura Programática:
17.00.00 - Seguridad y Tránsito
17.03.00 - Programa de Monitoreo por Cámaras
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 21.200,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 25.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 18.017,54
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 150.000,00
4.3.9.0 - Equipos varios $ 100.000,00
Apertura Programática: 17.00.00 - Seguridad y Tránsito
17.04.00 - Patrulla
Rural
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 5.320,00
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 125.000,00
Apertura Programática:18.00.00 - Juzgado Municipal de Faltas
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 32.167,55
Apertura Programática:19.00.00 - Oficina de Prensa Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 51.205,68
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 6.498,49
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 4.058,13
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 2.303,00
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 16.944,00
2.2.3.0 - Confecciones textiles $ 2.000,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 2.500,00
2.9.9.0 - Otros $ 5.000,00
3.4.6.0 - De informática y sistemas computarizados $ 2.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 13,86
Apertura Programática:20.00.00 - Oficina de Comercio
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 280,92
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $ 2.802,53
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 5.084,37
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y Educación
23.01.00 - Administración de Cultura y
Educación
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 688.518,19
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 17.101,01
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 55.778,97
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 85.070,16
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 142.857,32
1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1.800,00
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 12.054,78
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 26.327,63
1.2.6.0 - Complementos $ 13.200,00
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 4.678,70
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 5.000,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 4.420,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 3.934,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 61.653,39
3.7.1.0 - Pasajes $ 10.023,00
3.9.9.0 - Otros $ 279.900,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y Educación
23.02.00 - Casa de la Cultura y Teatro Municipal
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 55.000,00
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 10.000,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 10.000,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 17.332,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 9.616,16
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 25.000,00
2.6.2.0 - Productos de vidrio $ 15.000,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 4.000,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 40.000,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 20.000,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 7.480,47
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 15.214,76
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 50.000,00
3.9.1.0 - Servicios de ceremonial $ 55.000,00
Apertura Programática: 23.00.00 - Cultura y Educación
23.03.00 - Museo regional Faustino Queipo
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 156.201,51
1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1.200,00
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 13.116,79
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 24.785,55
1.2.6.0 - Complementos $ 13.200,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 4.424,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 4.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 3.497,00
Apertura Programática: 23.00.00 - Cultura y Educación
23.06.00 - Ceremonial y Protocolo
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 15.000,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 1.000,00
2.5.9.0 - Otros $ 2.500,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 4.000,00
3.9.1.0 - Servicios de ceremonial $ 40.780,00
3.9.9.0 - Otros $ 4.000,00
Apertura Programática: 23.00.00 - Cultura y Educación
23.07.00 - Nuevo Espacio Cultural
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 7.480,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 3.641,00
2.6.2.0 - Productos de vidrio $ 6.000,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 9.969,50
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 5.254,00
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 2.516,39
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 13.700,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos
mayores $ 44.087,77
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y Educación
23.08.00 - Talleres y Actividades No
Formales
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 5.000,00
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 5.000,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 5.000,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 4.036,38
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 4.489,00
Apertura Programática:
23.00.00 - Cultura y Educación
23.09.00 - Espectaculos publicos, exposiciones y fiestas populares
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 5.000,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 5.000,00
3.5.9.0 - Otros $ 6.000,00
Apertura Programática: 24.00.00 - Deportes, Turismo y Recreación
24.01.00 - Administración de Deportes y
Recreación
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2.307,98
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 6.106,47
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 98.013,26
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 33.057,79
1.2.6.0 - Complementos $ 4.400,00
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 3.791,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 15.000,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 1.937,64
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 3.886,02
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 271,80
3.5.1.0 -
Transporte $ 2.389,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 6.956,00
3.7.2.0 - Viáticos $ 6.836,65
3.9.9.0 - Otros $ 40.200,00
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 15.000,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 22.357,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y Recreación
24.02.00 - Campo Municipal de Deportes
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 65.552,46
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 2.829,61
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 29.238,71
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 2.201,43
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 22.840,33
1.2.6.0 - Complementos $ 13.200,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 25.649,50
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 12.520,00
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 25.000,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 44.318,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 4.780,62
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 20.000,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $ 20.497,28
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 14.367,23
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 20.568,47
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 13.720,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 7.296,09
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 75.000,00
3.1.2.0 - Agua $ 15.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 42.510,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 23.800,00
3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 15.000,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 15.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 26.463,08
Apertura Programática:
24.00.00 - Deportes, Turismo y Recreación
24.03.00 - Gimnasio Polideportivo
Municipal
2.2.9.0 - Otros $ 3.920,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 55.000,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 3.923,26
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 2.125,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 1.502,97
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 7.949,29
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 165.000,00
3.1.2.0 - Agua $ 2.316,44
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 14.070,00
3.3.7.0 - Limpieza, aseo y fumigación $ 15.000,00
Apertura Programática: 24.00.00 - Deportes, Turismo y Recreación
24.04.00 - Promoción del Turismo
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 8.000,00
2.2.9.0 - Otros $ 5.000,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 21.184,23
2.5.9.0 - Otros $ 5.000,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 15.000,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 13.735,70
3.5.9.0 - Otros $ 17.100,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $ 12.000,00
Apertura Programática: 24.00.00 - Deportes, Turismo y Recreación
24.07.00 - Paseos Educativos y Turismo
Social
3.5.1.0 -
Transporte $ 50.000,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría Técnica
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 255.600,74
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 70.940,85
1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 4.800,00
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 10.730,82
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 12.721,81
1.2.6.0 - Complementos $ 28.792,33
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $ 62.238,55
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 13.070,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 10.515,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 1.794,61
3.1.2.0 - Agua $ 5.000,00
3.1.3.0 - Gas $ 8.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 5.300,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 46.669,68
3.7.2.0 - Viáticos $ 9.142,00
3.7.9.1 - Anticipo de Compensación de Gastos $ 8.955,00
Apertura Programática:16.00.00 - Frente de Vías
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 4.623,64
3.1.2.0 - Agua $ 15.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 21.150,00
Apertura Programática:18.00.00 - Recoleccion de Residuos
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 2.266,57
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 7.885,74
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 8.775,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 298.138,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 1.817,97
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 56.873,75
Apertura Programática:19.00.00 - Barrido y Limpieza
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 223.916,26
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 33.337,25
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 15.738,53
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 140.136,01
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 11.175,05
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 25.420,26
1.2.6.0 - Complementos $ 25.850,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 27.432,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 11.440,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 447.583,22
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 2.000,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 15.000,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 41.849,34
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 106.068,67
3.5.9.0 - Otros $ 2.932,10
Apertura Programática:20.00.00 - Señalización de la Vía Pública
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 22.675,00
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 15.000,00
2.7.9.0 - Otros $ 8.149,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 5.000,00
Apertura Programática:21.00.00 - Espacios Verdes
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 21.370,73
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 115.050,35
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 11.904,78
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 21.328,45
1.2.6.0 - Complementos $ 11.000,00
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 3.502,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 6.016,74
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 11.320,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 283.843,25
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $ 20.353,18
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 3.981,70
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 2.108,54
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 9.898,32
Apertura Programática:
22.00.00 -
Cementerio
22.01.00 -
Cementerio
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 19.174,67
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 12.000,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $ 4.076,82
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 5.000,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 909,90
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 47.550,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 28.526,84
Apertura Programática:
23.00.00 - Alumbrado Público
23.02.00 - Mantenimiento y Reparacion de Alumbrado Público
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 534.672,22
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra
Pública
24.01.00 - Mantenimiento y Reparacion de Sendas
Vehiculares y Peatonales
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 7.109,46
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 8.316,16
1.2.6.0 - Complementos $ 46.320,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 3.593,10
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 3.554,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $ 3.811,82
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 25.000,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 38.104,92
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 100.501,60
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra
Pública
24.02.00 - Mantenimiento y Reparacion de Otros
Espacios Públicos
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 40.875,50
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.03.00 - Planta Hormigonera
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 23.123,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 7.750,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 5.350,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 15.000,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra
Pública
24.04.00 - Elaboracion de Hormigon para
Terceros
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 150.000,00
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 54.948,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra Pública
24.75.00 - Obras de Infraestructura e
Interes Público
24.75.03 - Obras de Alumbrado Público
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 80.000,00
Apertura Programática:
24.00.00 - Obra
Pública
24.75.00 - Obras de Infraestructura e Interes Público
24.75.04 - Provisión de Agua Corriente y
Cloacas
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 185.285,35
Apertura Programática:
25.00.00 - Ampliacion y Reparacion de edificios
Municipales
25.01.00 - Mantenimiento y Reparación del Palacio Municipal
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 30.000,00
Apertura Programática:
25.00.00 - Ampliacion y Reparacion de edificios
Municipales
25.02.00 - Mantenimiento y Reparación de Otros
Edificios Municipales
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 164.086,28
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 13.673,86
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 29.863,70
1.2.6.0 - Complementos $ 13.200,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 28.800,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 4.208,32
Apertura Programática:
26.00.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
26.01.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 59.103,11
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 356.199,53
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 29.683,29
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 64.828,31
1.2.6.0 - Complementos $ 26.400,00
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 1.084,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 78.000,00
2.7.9.0 - Otros $ 29.400,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 85.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 158.577,30
4.3.2.0 - Equipo de transporte, tracción y elevación $ 1.084.578,00
Apertura Programática:
26.00.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
26.02.00 - Corralon Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 661.137,06
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 45.525,99
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 55.917,60
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 86.735,61
1.2.6.0 - Complementos $ 8.800,00
2.1.4.0 - Productos agroforestales $ 5.000,00
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 1.460,10
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 15.000,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 427,65
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 445.410,00
2.5.1.0 - Compuestos químicos $ 2.357,28
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 4.270,50
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 8.685,22
3.1.3.0 - Gas $ 2.758,14
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 29.160,00
Apertura Programática:
26.00.00 - Conservacion de Caminos
Rurales
26.03.00 - Limpieza de Desagues Pluviales
2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas $ 300.000,00
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San Cayetano
27.01.00 - Balneario San Cayetano
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 1.455.631,46
1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2.601,96
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 126.924,02
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 255.152,62
1.2.6.0 - Complementos $ 121.670,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 10.000,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 13.815,60
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 1.588,97
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 48.768,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 103,40
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 3.000,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 7.263,24
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 99,12
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 47.946,91
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 85.086,00
4.3.1.0 - Maquinaria y equipo de producción $ 5.000,00
Apertura Programática:
27.00.00 - Balneario San Cayetano
27.02.00 - Colonia de Vacaciones
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 143.350,50
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 11.955,72
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 26.091,45
1.2.6.0 - Complementos $ 27.200,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas $ 65.000,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 4.601,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 9.615,02
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 16.119,66
Apertura Programática: 27.00.00 - Balneario San Cayetano
27.03.00 - Planta de Agua Potable
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 50.000,00
Apertura Programática: 27.00.00 - Balneario San Cayetano
27.04.00 - Espacios Recreativos en
Balneario
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 150.000,00
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 946.565,04
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 89.749,45
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 24.175,26
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 552.515,95
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 44.811,89
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 105.764,85
1.2.6.0 - Complementos $ 61.600,00
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $ 21.638,34
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 20.518,68
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 1.426,27
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 5.000,00
3.6.1.0 -
Publicidad $ 3.050,00
3.8.3.0 - Derechos y tasas $ 5.519,55
3.8.9.0 - Otros $ 5.000,00
4.1.1.0 - Tierras y terrenos $ 495.000,00
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 3.244,00
Apertura Programática:
17.00.00 - Producción
17.01.00 - Producción, Planeamiento y
Trabajo
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 27.530,32
3.7.2.0 - Viáticos $ 16.876,78
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.03.00 - Sector Industrial Planificado
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 173.623,73
1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 12.153,66
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 15.481,45
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 33.811,49
1.2.6.0 - Complementos $ 13.200,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 949,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 5.000,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 4.710,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 11.487,34
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 11.291,85
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 14.350,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 4.725,29
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.06.00 - Proyecto Huerta Comunitaria
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 328.172,56
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 27.347,71
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 59.727,41
1.2.6.0 - Complementos $ 26.400,00
1.4.0.0 - Asignaciones familiares $ 722,00
2.1.4.0 - Productos agroforestales $ 1.565,00
2.5.3.0 - Abonos y fertilizantes $ 2.000,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 697,60
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 1.535,29
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 3.442,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 5.000,00
3.1.2.0 - Agua $ 171,55
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 5.000,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 1.920,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 14.460,60
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.07.00 - Fondo Municipal de Emprendimientos Productivos - FO.ME.PRO
6.3.1.4 - Préstamo FOMEPRO $ 300.000,00
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.08.00 - Pasteurizadora
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 186.186,99
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario $ 15.268,00
1.2.5.0 - Contribuciones patronales $ 33.844,48
1.2.6.0 - Complementos $ 19.800,00
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 5.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 10.700,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 8.416,65
Apertura Programática:
17.00.00 -
Producción
17.09.00 - Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos
Urbanos
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 51.015,04
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 3.000,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 7.003,70
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 15.000,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 8.639,10
2.6.2.0 - Productos de vidrio $ 14.694,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 3.464,41
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 4.694,09
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 50.633,55
Apertura Programática:92.00.00 - Deuda Flotante
7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto
plazo $ 1.407.563,69
Jurisdicción: 1110105000 - Secretaría de Salud
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 590.236,52
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 47.560,21
1.1.6.0 - Contribuciones patronales $ 87.513,87
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 11.400,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 12.000,00
3.1.2.0 - Agua $ 4.000,00
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 5.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 10.935,00
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 120,00
3.7.1.0 - Pasajes $ 5.000,00
3.7.2.0 - Viáticos $ 5.000,00
Apertura Programática: 16.00.00 - Hospital Municipal
16.01.00 - Administración Hospital
Municipal
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 1.463.124,54
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 1.587.105,39
1.1.7.0 - Complementos $ 3.903.041,42
Subtotal Departamento Ejecutivo
$ 28.362.427,64
Jurisdicción: 1110200000 - H.C.D.
Apertura Programática:
01.00.00 -
Legislación
01.01.00 - Administración Central
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 311,96
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias $ 10.738,20
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 1.900,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 8.100,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 8.750,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 6.215,47
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 8.000,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 3.001,00
Apertura Programática:
01.00.00 - Legislación
01.02.00 - Secretaría HCD
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 13.487,87
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 550,34
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 4.986,45
Apertura Programática:
01.00.00 -
Legislación
01.03.00 - Bloques de Concejales
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo $ 5.922,41
Subtotal Departamento Deliberativo
$ 71.963,70
Total General
$ 28.434.391,34
ARTICULO 3º.- Para su cumplimiento, pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería, dese al
Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1540/2018
SAN CAYETANO, 28 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La aprobación del Presupuesto General de Gastos de acuerdo al nomenclador del sistema R.A.F.A.M., y:
CONSIDERANDO:
Que del informe de la Contaduría Municipal se desprende que si bien se produjeron excesos en algunas
partidas de gastos afectados, existen economias suficientes para compensar dichos excesos con otras partidas
del presupuesto general del gastos, respetando la finalidad del mismo.-
Que el Articulo 4º de la Ordenanza Complementaria vigente para el Ejercicio 2018, establece: "Facúltese al
Departamento Ejecutivo a realizar transferencias de créditos y creaciones de partidas y categorías
programáticas; a reasignar las economías de ejecución para compensar o reforzar otras partidas del rubro o no;
a modificar los cargos previstos en los anexos correspondientes (Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría Programática y Cargos, Formulario 6) en función de las necesidades operativas de las
Jurisdicciones, y la ampliación, refuerzo o creación de aquellos conceptos inexistentes que sea necesario
incluir, segun lo prescripto en los Artículo 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
respectivamente".-
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
ARTICULO 1º.- Refuércese en el Presupuesto General de Gastos por Programas del Ejercicio 2018, las
siguientes partidas afectadas, por un importe de $ 424.175.81 (Pesos Cuatrocientos Veinticuatro Mil Ciento
Setenta y Cinco con Ochenta y Un Centavos).-
8
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática: 92.00.00 - Deuda Flotante
132 - De origen provincial
7.6.1.0 - Disminucion de cuentas comerciales a pagar de corto plazo $ 424.175,81
$ 424.175,81
ARTÍCULO 2º.- Las economías necesarias para el refuerzo y creación de las partidas enumeradas en el
artículo anterior, serán extraídas de las siguientes partidas y por un importe de $ 424.175.81 (Pesos
Cuatrocientos Veinticuatro Mil Ciento Setenta y Cinco con Ochenta y Un Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 16.02.00 - Becas
132 - De origen provincial
5.1.3.0 - Becas
$ 42.231,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaria Tecnica
Apertura Programática: 24.11.00 - Plan Centenario Cuarta Etapa
132 - De origen provincial
5.2.1.0 - Transferencias a personas
$ 49.618,88
Apertura Programática: 24.52.00 - Equipamiento Deportivo Barrio
Resurreccion
132 - De origen provincial
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado
$ 17.755,03
Apertura Programática: 26.01.00 - Conservacion de Caminos Rurales
132 - De origen provincial
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes
$ 284.784,00
Jurisdicción: 1110106000 - Subsecretaria de Accion Social
Apertura Programática: 20.00.00 - Fondo Programas Sociales - Comedor la Hora Feliz
132 - De origen provincial
5.1.4.0 - Ayudas sociales a
personas
$ 29.597,90
Apertura Programática: 22.00.00 - Programa Envion
132 - De origen provincial
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
$ 189,00
$ 424.175,81
ARTICULO 3º.- Para su cumplimiento, pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería, dese al
Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1541/2018
SAN CAYETANO, 27 de Diciembre de 2018.-
VISTO:
La aprobación del Presupuesto General de Gastos de acuerdo al nomenclador del
sistema R.A.F.A.M., y:
CONSIDERANDO:
Que del informe de la Contaduría Municipal se desprende que si bien se produjeron
excesos en algunas partidas de gastos (ordinarios y afectados), existen economías de
libre disponibilidad suficientes en otras partidas del Presupuesto General de Gastos
que permiten compensar dicho gasto ordinario asi como tambien existen economias
suficientes de partidas afectadas, respetando la finalidad del mismo.-
Que el Articulo 4º de la Ordenanza Complementaria vigente para el Ejercicio 2018,
establece "Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar transferencias de créditos y
creaciones de partidas y categorías programáticas; a reasignar las economías de
ejecución para compensar o reforzar otras partidas del rubro o no; a modificar los
cargos previstos en los anexos correspondientes (Cuadro de Recursos Humanos por
Jurisdicción, Categoría Programática y Cargos, Formulario 6) en función de las
necesidades operativas de las Jurisdicciones, y la ampliación, refuerzo o creación de
aquellos conceptos inexistentes que sea necesario incluir, segun lo prescripcto en los
Artículo 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, respectivamente".-
Por
ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, en uso de
sus atribuciones legales,
DECRETO
ARTICULO 1º.- Refuércese en el Presupuesto general de Gastos por Programas del
Ejercicio 2018, las siguientes partidas, por un importe de $ 3.421.684,60 (Pesos Tres
Millones Cuatrocientos Veintiun Mil Seiscientos Ochenta y Cuatro con Sesenta
Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno Apertura Programática: 17.01.00 - Policía Comunal
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $1.400,00
Apertura Programática: 17.02.00 -
Tránsito
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $1.077,00
Apertura Programática: 17.04.00 - Patrulla Rural
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $4.510,00
Apertura Programática: 23.03.00 - Museo regional Faustino
Queipo
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $1.299,00
Apertura Programática: 24.02.00 - Campo Municipal de
Deportes
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $6.869,40
Apertura Programática: 24.52.00 - Obra Campo Municipal de Deportes
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $861,84
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría
Técnica
Apertura Programática:20.00.00 - Señalización de la Vía Pública
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $13.485,00
Apertura Programática:21.00.00 - Espacios Verdes
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $715,00
Apertura Programática: 23.02.00 - Mantenimiento y reparacion de alumbrado
publico
110 - Tesoro Municipal
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparacion de maquinaria y
equipos $67.022,48
Apertura Programática: 24.01.00 - Mantenimiento y reparaciones de sendas
peatonales y vehiculares
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $630,00
Apertura Programática: 24.08.00 - Barrio Centenario Tercera
Etapa
110 - Tesoro Municipal
5.2.1.0 - Transferencias a
personas $0,10
Apertura Programática: 24.75.04 - Provisión de Agua Corriente y Cloacas
110 - Tesoro Municipal
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $1.766.936,85
Apertura Programática: 24.76.05 - Modulo Urbano - NIDO (Construccion y
conexiones electricidad y gas)
110 - Tesoro Municipal
5.2.1.0 - Transferencias a
personas $0,01
Apertura Programática: 25.01.00 - Mantenimiento y Reparacion del Palacio
Municipal
110 - Tesoro Municipal
2.9.3.0 - Utiles y materiales
eléctricos $12.489,53
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $4.215,50
2.9.9.0 - Otros $2.840,00
Jurisdicción: 1110105000 - Secretaría de
Salud
Apertura Programática: 16.01.00 - Administracion de Hospital Municipal
110 - Tesoro Municipal
2.9.9.0 - Otros $31.994,09
3.4.2.1 - Contratos Médicos
$663.947,79
3.4.2.2 - Guardias Médicas
Hábiles
$713.685,01
3.4.2.5 - Prácticas No
Nomencladas
$109.938,00
3.4.2.7 - Servicio de Laboratorio
$14.481,00
Apertura Programática: 21.01.00 - Administracion de Hogar de Ancianos
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $408,00
Jurisdicción: 1110106000 - Subsecretaría de Accion Social
Apertura Programática:23.00.00 - Niñez y Adolescencia
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $679,00
Subtotal Departamento Ejecutivo
$3.419.484,60
Jurisdicción: 1110200000 - H.C.D.
Apertura Programática: 01.00.00 - Legislación
110 - Tesoro Municipal
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $2.200,00
Subtotal Departamento Deliberativo $2.200,00
Total General
$3.421.684,60
ARTÍCULO 2º.- Las economías necesarias para el refuerzo y creación de las partidas enumeradas en el
artículo anterior, serán extraídas de las siguientes partidas y por un importe de $ 3.421.684,60 (Pesos
Tres Millones Cuatrocientos Veintiun Mil Seiscientos Ochenta y Cuatro con Sesenta Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 17.02.00 -
Tránsito 110 - Tesoro Municipal
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo $ 1.077,00
Apertura Programática: 17.04.00 - Patrulla Rural
110 - Tesoro Municipal
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 4.510,00
Apertura Programática: 23.03.00 - Museo regional Faustino Queipo
110 - Tesoro Municipal
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 1.299,00
Apertura Programática: 24.02.00 - Campo Municipal de Deportes
110 - Tesoro Municipal
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 6.869,40
Apertura Programática: 24.52.00 - Obra Campo Municipal de Deportes
110 - Tesoro Municipal
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 861,84
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría Técnica
Apertura Programática:20.00.00 - Señalización de la Vía Pública
110 - Tesoro Municipal
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 13.485,00
Apertura Programática:21.00.00 - Espacios Verdes
110 - Tesoro Municipal
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento $ 715,00
Apertura Programática: 23.02.00 - Mantenimiento y reparacion de alumbrado
publico
110 - Tesoro Municipal
7.3.4.0 - Intereses de prestamos de municipalidades $ 67.022,48
Apertura Programática: 24.01.00 - Mantenimiento y Reparacion de Sendas
Vehiculares y Peatonales
110 - Tesoro Municipal
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento $ 630,00
Apertura Programática: 24.75.04 - Provisión de Agua Corriente y Cloacas
110 - Tesoro Municipal
3.1.2.0 - Agua $ 1.766.936,85
Apertura Programática: 25.01.00 - Mantenimiento y Reparación del Palacio Municipal
110 - Tesoro Municipal
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 5.957,43
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 241,36
Apertura Programática: 25.51.02 - Otros Edificios Municipales
110 - Tesoro Municipal
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 773,50
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico $ 5.517,24
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Hacienda
Apertura Programática:01.00.00 - Administración Central
110 - Tesoro Municipal
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 2.840,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 1.120,00
4.3.9.0 - Equipos varios $ 1.099,00
4.6.0.0 - Obras de arte $ 1.996,50
Jurisdicción: 1110105000 - Secretaría de Salud
Apertura Programática: 16.01.00 - Administración Hospital Municipal
110 - Tesoro Municipal
1.1.7.0 - Complementos $ 1.155.561,41
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo $ 380.971,59
Subtotal Departamento Ejecutivo
$ 3.419.484,60
Jurisdicción: 1110200000 - H.C.D. Apertura Programática: 01.03.00 - Bloques de Concejales 110 - Tesoro Municipal
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo $ 2.200,00
Subtotal Departamento Deliberativo
$ 2.200,00
Total General
$ 3.421.684,60
ARTICULO 4.- Refuércese en el Presupuesto general de Gastos por Programas del Ejercicio 2018, las
siguientes partidas afectadas, por un importe de $ 173.719,44 (Pesos Ciento Setenta y Tres Mil
Setecientos Diecinueve con Cuarenta y Cuatro Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 01.00.00 - Administracion central
133- - De Origen Nacional
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo $125.700,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría Tecnica
Apertura Programática: 24.76.07 - Modulo urbano - Contenedores
133- - De Origen Nacional
2.7.4.0 - Estructuras metalicas
cabadas $48.019,44
Total
$173.719,44
ARTÍCULO 5º.- Las economías necesarias para el refuerzo y creación de las partidas enumeradas en el
artículo anterior, serán extraídas de las siguientes partidas respetando el destino para el cual fueron
creadas y por un importe total de $ 173.719,44 (Pesos Ciento Setenta y Tres Mil Setecientos Diecinueve
con Cuarenta y Cuatro Centavos).-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Apertura Programática: 01.00.00 - Administracion central
133- - De Origen
Nacional
4.4.0.0 - Equipo de Seguridad $ 125.700,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría
Tecnica
Apertura Programática: 24.76.07 - Modulo urbano -
Contenedores
133- - De Origen
Nacional
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento $ 48.019,44
Total
$ 173.719,44
ARTICULO 6º.- Para su cumplimiento, pásese copia a la Contaduría Municipal, a la Tesorería, dese al
Registro Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 1542/2018