Aspectos legales y fiscales de la contratación online y a distancia con consumidores

Post on 08-May-2015

525 views 0 download

description

Presentación de Eric Gracia, de derecho.com, para el Workshop Legal "Aspectos legales y fiscales de la contratación online y a distancia con consumidores" celebrado en Barcelona el pasado 21 de marzo de 2013. Organizado por adigital.

Transcript of Aspectos legales y fiscales de la contratación online y a distancia con consumidores

ASPECTOS LEGALES Y FISCALES DE LA

CONTRATACIÓN ONLINE Y A DISTANCIA

CON CONSUMIDORES

Barcelona

21 de marzo de 2013

Información precontractual

¿Dónde se regula?

Arts. 60, 97 y 98 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de16 de noviembre, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley General para la Defensa de losConsumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Arts. 10 y 27 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, deservicios de la sociedad de la información y de comercioelectrónico.

Art. 40 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenacióndel Comercio Minorista.

¿Dónde se regula?

Art. 2 del Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre,por el que se regula la contratación telefónica oelectrónica con condiciones generales en desarrollo delartículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, decondiciones generales de la contratación.

Información precontractual

Nombre o denominación social; residencia o domicilio o, en sudefecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentesen España; su dirección de correo electrónico y cualquier otrodato que permita establecer con el vendedor una comunicacióndirecta y efectiva.

Datos de inscripción en el Registro Mercantil u otros y NIF.

En su caso, datos de la autorización administrativa necesaria paraejercer la actividad.

Para profesiones reguladas: Colegio y número de colegiado; títuloacadémico y Estado de obtención; normas prof. aplicables.

Información precontractual

En su caso, código de conducta.

Precios, indicando si incluyen o no los impuestos aplicables (delproducto, los gastos de envío y los de transporte).

Forma de pago y modalidades de entrega o de ejecución.

Plazo de vigencia de la oferta y del precio.

Características esenciales del bien o servicio.

Fecha de entrega, ejecución del contrato y duración.

Información precontractual

Procedimiento de que dispone el consumidor para poner fin alcontrato.

Duración mínima del contrato, si procede, cuando se trate decontratos de suministro de bienes o servicios destinados a suejecución permanente o repetida.

Garantías ofrecidas.

Existencia o no del derecho de desistimiento, plazo y forma deejercitarlo.

Información precontractual

Dirección en la que el consumidor puede presentar susreclamaciones y, en su caso, información sobre el sistemaextrajudicial de resolución de conflictos.

Las circunstancias y condiciones en que el vendedor puedesuministrar un bien o servicio de calidad y precio equivalentes, ensustitución del solicitado por el consumidor, cuando se quieraprever esta posibilidad.

Los distintos trámites que deben seguirse para celebrar elcontrato e idiomas en que puede formalizarse.

Información precontractual

Si el vendedor va a archivar el documento electrónico en que seformalice el contrato y si éste va a ser accesible.

Los medios técnicos disponibles para identificar y corregir erroresen la introducción de los datos.

Derecho de desistimiento

¿Dónde se regula?

Arts. 68 a 79, 101 y 102 del Real DecretoLegislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por elque se aprueba el texto refundido de la LeyGeneral para la Defensa de los Consumidores yUsuarios y otras leyes complementarias.

Arts. 44 y 45 de la Ley 7/1996, de 15 de enero,de Ordenación del Comercio Minorista.

¿En qué consiste?

Es la facultad del consumidor de dejar sin efectoel contrato celebrado, notificándoselo así a la otraparte contratante en el plazo establecido para elejercicio de ese derecho, sin necesidad dejustificar su decisión y sin penalización deninguna clase.

Obligación de informar

A.En el documento contractual:1. Derecho a desistir (o no).

2. Requisitos y consecuencias (modalidades de restitución).

B.En el documento de desistimiento:1. Identificado como tal.

2. Nombre y dirección de a quien debe enviarse.

3. Identificación del contrato y los contratantes.

¿Qué plazo hay para ejercerlo?

7 días¹ hábiles, contados desde el siguiente² al de larecepción del producto o la contratación del servicio…

Pero, si se ha incumplido el deber de información…

3 meses, contados desde el día siguiente al de larecepción del producto o la contratación del servicio. Si seinforma dentro de ese plazo, empiezan a contar los 7 días.

¹ 14 días cuando se transponga la Directiva sobre Derechos de los Consumidores (Fecha límite: 13/12/2013).

² Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, de 14 de mayo de 2008. Fundamento de Derecho Primero.

¿Cómo se debe ejercer?

No está sujeto a formalidad.

Se considera válido el uso del documento dedesistimiento o la devolución de los productos.

El consumidor tiene la carga de probar que haejercido el derecho.

¿Qué consecuencias tiene para las partes?

Vendedor:

1. Devolución de las sumas recibidas en un plazomáximo de 30 días* desde el desistimiento (Sino cumple: X2 + daños y perjuicios).

2. El vendedor debe probar que ha devuelto eldinero en plazo.

*14 días cuando se transponga la Directiva sobre Derechos de los Consumidores.

¿Qué consecuencias tiene para las partes?

Consumidor:

1. Devolución del producto.

2. Se le puede pedir que se haga cargo del costedirecto de devolución del producto.

¿De qué NO puede desistir el consumidor?

Contratos de suministro de bienes cuyo precio estésujeto a fluctuaciones de coeficientes del mercadofinanciero que el empresario no pueda controlar.

Contratos de suministro de productos confeccionadosconforme a las especificaciones del consumidor yusuario o claramente personalizados, o que, por sunaturaleza, no puedan ser devueltos o puedandeteriorarse o caducar con rapidez.

¿De qué NO puede desistir el consumidor?

Contratos de suministro de grabaciones sonoras o devídeo, de discos y de programas informáticos quehubiesen sido desprecintados por el consumidor yusuario, así como de ficheros informáticos,suministrados por vía electrónica, susceptibles de serdescargados o reproducidos con carácter inmediatopara su uso permanente.

Contratos de suministro de prensa diaria,publicaciones periódicas y revistas.

¿De qué NO puede desistir el consumidor?

Contratos de prestación de servicios cuya ejecución hayacomenzado, con el acuerdo del consumidor y usuario, antesde finalizar el plazo de siete días hábiles.

Contratos de servicios de apuestas y loterías.

Contratos de suministro de servicios de alojamiento, detransporte, de comidas o de esparcimiento, cuando elvendedor se comprometa al celebrarse el contrato asuministrar tales prestaciones en una fecha determinada oen un período concreto.

Derecho de desistimiento

VS

Derecho de resolución

Desistimiento VS Resolución

En lo relativo a contratos celebrados a distancia, el RealDecreto Legislativo 1/2007 es una norma superior en gradoy posterior en el tiempo al Real Decreto 1906/1999, por loque es de aplicación preferente.

Ejecución del contrato

Plazo

A falta de previsión: 30 días máximo a partirdel día siguiente a la formalización del contrato.

Si el producto o servicio no está disponible:informar al consumidor y ofrecerle la posibilidadde recuperar en 30 días máximo su dinero (Sino cumple: X2 + daños y perjuicios).

Sustitución del bien o servicio contratado

Por no hallarse disponible y si se ha previstoantes esta posibilidad.

Sin aumento de precio; de característicassimilares y calidad igual o superior.

Cabe de nuevo el derecho de desistimiento.

Garantías posventa

¿Cuándo un producto no es conforme con el contrato?

Cuando no cumple TODOS estos requisitos:

a) ¿Se ajusta a la descripción realizada por el vendedor ytiene las cualidades presentadas al consumidor en formade muestra o modelo?

b) ¿Es apto para el uso normal de los productos del mismotipo?

¿Cuándo un producto no es conforme con el contrato?

c) ¿Es apto para el uso especial requerido por el consumidorcuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en elmomento de celebración del contrato, siempre que éste hayaadmitido que el producto es apto para dicho uso?

d) ¿Presenta la calidad y prestaciones habituales de un productodel mismo tipo que el consumidor pueda fundadamenteesperar, dada la naturaleza del producto y, en su caso, lasdeclaraciones públicas sobre sus características concretashechas por el vendedor, el productor o su representante, enparticular en la publicidad o en el etiquetado?

Derecho a la reparación y sustitución del producto

¿En qué consiste?

Si el producto no es conforme con el contrato, elconsumidor puede optar entre exigir lareparación o la sustitución del producto, salvoque una de estas dos opciones resulteobjetivamente imposible o desproporcionada*.

*Ej.: Si la reparación cuesta más que el producto.

Características

Son gratuitas para el consumidor (incluyendogastos de envío, mano de obra y materiales).

Se deben hacer en un plazo razonable.

Si la reparación o la sustitución no son OK, elconsumidor puede ejercer otro derecho.

No cabe sustitución en productos de 2ª mano.

Derecho a la rebaja del precio o a la resolución del

contrato

¿En qué consiste?

La rebaja del precio y la resolución del contratoprocederán, a elección del consumidor, cuandoéste no pueda exigir la reparación o la sustitucióny en los casos en que éstas no se hayan llevado acabo en plazo razonable o sin mayoresinconvenientes para el consumidor.

No cabe resolución cuando la falta deconformidad es de escasa importancia.

Plazos para el ejercicio de estos derechos

¿Qué plazo hay para ejercerlos?

Productos nuevos: 2 años desde la entrega.

Productos 2ª mano: mínimo 1 año desde laentrega.

Responsabilidad civil por bienes y servicios

defectuosos

Responsabilidad civil

El consumidor tiene derecho a ser indemnizadopor daños personales (incluida la muerte) ydaños materiales, producidos por bienes oservicios destinados al uso o consumo privados yasí utilizados por el perjudicado.

Son nulas las cláusulas que exoneren o limitenesta responsabilidad.

Responsabilidad civil

Producto defectuoso: El que no ofrece la seguridadque cabría legítimamente esperar, teniendo en cuentatodas las circunstancias y, especialmente, supresentación, su uso razonablemente previsible y elmomento de su puesta en circulación.

Servicio defectuoso: Hay responsabilidad a menosque se pruebe que el consumidor no ha seguido lasnormas.

¿Quién responde?

Producto defectuoso: El productor (fabricante oimportador). Responde el vendedor si:

a) El productor no se puede identificar, o

b) Si ha vendido el producto sabiendo que era defectuoso.

Servicio defectuoso: El prestador del servicio.

Límite de responsabilidad

Por producto defectuoso:

a) Daños materiales: franquicia de 390,66 €.

b) Daños personales: 63.106.270,96 € máximo (global).

Por servicio defectuoso: 3.005.060,52 € máximo.

Infracciones y sanciones

En materia de consumidores y usuarios

Incumplir las obligaciones que la regulación de contratoscelebrados a distancia impone en materia de información ydocumentación que se debe suministrar al consumidor yusuario y de los plazos de ejecución y de devolución decantidades abonadas.

1. Infracción grave (3.005,07 a 15.025,30 €), o

2. Infracción muy grave (15.025,31 a 601.012,10 €) si hayreincidencia o volumen de facturación por la infracciónsuperior a 601.012,10 euros.

En materia de comercio electrónico

Incumplir significativamente la obligación de identificar alvendedor y de informar correctamente sobre los precios.

1. Infracción grave (30.001 a 150.000 €).

En materia de comercio electrónico

Incumplir la obligación de informar sobre los datosregistrales, NIF, la autorización administrativa, los datoscolegiales y de título o del código de conducta.

1. Infracción leve (hasta 30.000 €).

IVA

¿Dónde se regula?

Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativaal sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido. (Directiva IVA)

Reglamento de ejecución (UE) nº 282/2011 del Consejo de 15 de marzode 2011 por el que se establecen disposiciones de aplicación de laDirectiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre elvalor añadido.

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el ValorAñadido. (LIVA)

Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba elReglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. (RIVA)

¿En qué consiste?

Es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre elconsumo y grava:

Las entregas de bienes y prestaciones de serviciosrealizadas en territorio español por empresarios oprofesionales.

Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

Las importaciones de bienes.

Aspectos generales

Entrega de bienes: La transmisión del poder dedisposición sobre bienes corporales (Ej.: Suministro deproducto informático “normalizado” en soporte material).

Prestación de servicios: Por descarte, todo lo que notenga la consideración de entrega de bienes (ej.:Suministro de producto informático “a medida”, aunquesea en soporte material).

Aspectos generales

Operaciones interiores: Cuando la entrega de bienesse realiza, con o sin transporte, sin que la mercancíaentre o salga de territorio español. También cuando enla prestación de servicios ambas partes estánestablecidas en territorio español.

Adquisiciones/entregas intracomunitarias debienes: Realizadas entre empresarios situados en dosestados de la UE diferentes, con transporte de lamercancía.

Aspectos generales

Adquisiciones/entregas intracomunitarias deservicios: Realizadas entre una parte establecida enEspaña y otra establecida en otro estado de la UE.

Importaciones/exportaciones: Entregas de bienesque salen o entran del territorio de la UE.

Aspectos generales

Para determinar si una operación está sujeta o no al IVAespañol deben tenerse en cuenta los siguientes aspectosbásicos:

¿Se trata de una entrega de bienes o de unaprestación de servicios?

¿Tipo de destinatario? (B2B o B2C).

Aspectos generales

¿Dónde se realiza el hecho imponible?

a) En las prestaciones de servicios, habrá que ver dóndeestán establecidas las partes.

b) En las entregas de bienes, dónde se pone a disposiciónel bien y si hay transporte de mercancías.

Aspectos generales

Aplicación del IVA en las operaciones interiores:

B2B B2C

Entregas de bienes IVA español IVA español

Prestación de servicios IVA español IVA español

Aspectos generales

Aplicación del IVA en las entregas intracomunitarias(cuando el adquirente está establecido en otroestado de la UE):

* La factura debe emitirse sin IVA, ya que en estos casos se aplica la tributación en destino (autorepercusión), debiendosolicitarse un número de IVA al adquirente (para verificar que se trata de una empresa o profesional) e incluyéndoloen la factura. La validez del número de IVA puede comprobarse en:

http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/vatRequest.html

** A menos que se aplique el régimen especial de ventas a distancia.

B2B B2C

De bienes IVA país destino* IVA español**

De servicios IVA país destino* IVA español

Aspectos generales

Régimen especial de las ventas a distancia (sóloaplicable a entregas de bienes):

- Si el adquirente es un consumidor; y

- La mercancía se transporta por el proveedor o por su cuentadesde un estado de la UE distinto del de entrega; y

- Los bienes entregados no son medios de transporte nuevos nibienes entregados previo montaje o instalación, con o sinprueba de puesta en funcionamiento, por el proveedor o por sucuenta; y

Aspectos generales

- Si el importe global, excluido el IVA, de las entregas efectuadas porel proveedor en ese mismo estado de la UE sobrepasa la cantidaddeterminada por éste durante el año natural anterior o el año encurso (en España: 35.000€*), entonces…

El proveedor deberá aplicar el IVA del país de entrega (dándose dealta a efectos de IVA en ese país), aunque puede optar por aplicardicho IVA a pesar de no llegar a la cantidad máxima establecida porese país.

Si se supera la cantidad determinada durante el año en curso, hastala fecha anterior al exceso se aplicará el IVA español y en adelante serepercutirá el IVA del país de entrega.

* La cantidad máxima en cada estado de la UE puede consultarse en:

http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/taxation/vat/traders/vat_community/vat_in_ec_annexi.pdf

Aspectos generales

Aspectos generales

Aplicación del IVA en las adquisicionesintracomunitarias (cuando el proveedor estáestablecido en otro estado de la UE):

* La factura nos la deben emitir sin IVA, ya que en estos casos se aplica la tributación en destino (autorepercusión),para lo cual facilitaremos nuestro número de IVA al proveedor a los efectos de que se incluya en la factura. Podremossoportar y deducirnos ese IVA sin emitir autofactura.

** A menos que se aplique el régimen especial de ventas a distancia antes visto.

B2B B2C

De bienes IVA español* IVA país origen**

De servicios IVA español* IVA país origen

Darse de alta como operador intracomunitario

- Si tenemos previsto realizar regularmente operaciones decompra o adquisición de servicios B2B con proveedores de laUE, es conveniente darse de alta como operadorintracomunitario.

- Declaración censal (modelo 036) y obtención del número deIVA intracomunitario.

- Declaración de operaciones intracomunitarias (modelo 349).

Ejemplo: Conseguiríamos que Google Ireland (domiciliada enIrlanda) nos emitiese las facturas mensuales por el servicio depublicidad Google AdWords sin IVA.

Darse de alta como operador intracomunitario

- Declaración recapitulativa de las operaciones intracomunitariasefectuadas en cada mes natural, a presentar dentro de los 20primeros días naturales del mes siguiente (modelo 349). Seadmite la presentación:

Bimestral: Si al final del segundo mes de un trimestre natural el importe total delas operaciones no supera los 50.000 €.

Trimestral: Si ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatrotrimestres naturales anteriores el importe total de las operaciones no supera los100.000 €.

Anual: A efectuarse dentro de los 30 primeros días naturales del año siguiente siel importe total de las entregas de bienes o prestaciones de servicios del año(excluido IVA) no supera los 35.000 euros y el importe total de las entregas debienes a otro Estado Miembro (salvo medios de transporte nuevos) exentas deIVA no sea superior a 15.000 euros.

Aspectos generales

Aplicación del IVA en las exportaciones (cuando eladquirente está establecido fuera de la UE,Canarias, Ceuta o Melilla):

* Al transportarse los bienes fuera de la UE.

B2B B2C

De bienes No IVA* No IVA*

De servicios No IVA No IVA

Aspectos generales

Aplicación del IVA en las importaciones* (cuando elproveedor está establecido fuera de la UE,Canarias, Ceuta o Melilla):

* Da igual a qué se destinen y la condición del importador (sujeto pasivo).

** En estos casos se aplica el IVA del lugar de destino (autorepercusión).

*** El pago se efectúa en la aduana, a la vez que se liquidan los derechos arancelarios. El IVA se aplica a la suma del valorde adquisición del bien (lo que se ha pagado por él), más los impuestos, aranceles, derechos de importación y gastosaccesorios (seguros, embalajes, transporte, etc.).

B2B B2C

De bienes IVA español** IVA español***

De servicios IVA español** IVA español***

Régimen especial de los servicios prestadospor vía electrónica

Servicios que consisten en la transmisión enviada inicialmente yrecibida en destino por medio de equipos de procesamiento, incluida lacompresión numérica y el almacenamiento de datos, y enteramentetransmitida, transportada y recibida por cable, radio, sistema óptico uotros medios electrónicos. Entre otros:

El suministro y alojamiento de sitios informáticos.

El mantenimiento a distancia de programas y de equipos.

El suministro de programas y su actualización.

El suministro de imágenes, texto, información y la puesta a disposición de bases de datos.

El suministro de música, películas, juegos, incluidos los de azar o de dinero, y de emisiones y manifestaciones políticas, culturales, artísticas, deportivas, científicas o de ocio.

El suministro de enseñanza a distancia.

Que el prestador de un servicio y su destinatario se comuniquen porcorreo electrónico no implica, por sí mismo, que el servicio se considereprestado por vía electrónica.

Régimen especial de los servicios prestadospor vía electrónica

En principio, se mantienen las reglas generales de aplicación delIVA que hemos visto para la prestación de servicios.

No obstante, si los servicios prestados por vía electrónica tienencomo destinatario a un empresario o profesional establecido fuerade la UE, Canarias, Ceuta o Melilla y los va a utilizar de formaefectiva en territorio español, será de aplicación el IVAespañol.

Ejemplo: Si un proveedor español aloja la página web de unaempresa china que dirige sus ventas al público español, podría serde aplicación el IVA español.

Aspectos generales

Hay que determinar el tipo impositivo aplicable a lasoperaciones sujetas a IVA español:

Tipo general: 21% Tipo aplicable por defecto (CD, e-books, etc.)

Tipo reducido: 10% Alimentos, restauración,espectáculos deportivos, etc.

Tipo súper reducido: 4% Determinados alimentos de1ª necesidad, libros, periódicos y revistas físicos, etc.

Muchas gracias

Eric Gracia GonzálezAbogado

eric@derecho.com

www.derecho.com

© 2013 - Derecho.comTodos los derechos reservados.