ALEXANDRA ROVERO RAFAEL SANTAMARÍA EQUIPO 4. SECCIÓN 1.- DE LOS TIPOS Y MODALIDADES DE EDUCACIÓN...

Post on 21-Apr-2015

6 views 2 download

Transcript of ALEXANDRA ROVERO RAFAEL SANTAMARÍA EQUIPO 4. SECCIÓN 1.- DE LOS TIPOS Y MODALIDADES DE EDUCACIÓN...

ALEXANDRA ROVERORAFAEL

SANTAMARÍA

EQUIPO 4

SECCIÓN 1.- DE LOS TIPOS Y

MODALIDADES DE EDUCACIÓN

CAPITULO IVDel proceso educativo

Artículo 37

Educación básica: preescolar, primaria y secundaria.

Media superior: Bachillerato y equivalentes

Superior: Licenciatura, especialidad, maestría, doctorado, educación normal y sus especialidades

Artículo 38

La educación básica debe adaptarse a las características lingüísticas y culturales de las diferentes poblaciones del país.

Artículo 39

El sistema educativo nacional comprende: InicialEspecialAdultos

Artículo 40

Educación Inicial: Favorecer el desarrollo integral (menores de cuatro años

Artículo 41

Educación Especial: Discapacidades y niños sobresalientes (con equidad y genero) Integración a las aulas regularesAutonomía social y productivaOrientación a padres y maestros

Artículo 42

Asegurar integridad física psicológica y social (respeto a la dignidad) de los menores de edad

Artículo 43

Educación de los adultos: Está destinada a individuos de 15 años o mas, se apoyara en la solidaridad social.

Artículo 44

Habla de la acreditación en cuanto a la educación de los adultos. Exámenes parciales y globalesAsesorías y facilidades para estudiar y

acreditar.

Artículo 45

Formación para el trabajoFormaciónEvaluación Certificación

Artículo 46

La educación que se refiere a la presente sección tendrá las modalidades de escolar no escolarizada y mixta.

SECCIÓN 2.- DE LOS PLANES Y

PROGRAMAS DE ESTUDIO

CAPITULO IVDel proceso educativo

Articulo 47

Los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio: - Propósitos específicos de aprendizaje - Criterios y procedimientos para evaluar y

acreditar sus complimientos.

Articulo 47

La Secretaría a) determina los planes y programas de estudio

basándose en los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta ley y

b) realiza revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas para mantenerlos actualizados y

c) las modificaciones son publicadas en es Diario oficial de la federación.

Articulo 49

Los procesos educativos se realizan tomando en cuenta a educandos y educadores basándose en los principios de libertad y responsabilidad de ambos y sujeto a los artículos 7 y 8

SECCIÓN 3.- DEL CALENDARIO

ESCOLAR

CAPITULO IVDel proceso educativo

Articulo 50

Las evaluaciones establecen la medición de manera individual de los educandos y los resultados se informan periódicamente con el fin de lograr un mejor aprovechamiento

Articulo 51

La autoridad educativa federal determina el calendario escolar

Articulo 52

Los días escolares serán conforme a lo establecido en los programas y solo podrán modificarse en caso extraordinario tomando medidas para recuperar los días y horas perdidas.

Articulo 53

El calendario que la Secretaría termine para cada ciclo deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.