Post on 20-Apr-2020
PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS EN CRIMINALÍSTICA Mac Venegas
ACTIVIDAD GENERAL EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
MAC VENEGAS
macvenegas@ymail.com
http://macvenegas-criminalistica.blogspot.com/
PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS EN CRIMINALÍSTICA Mac Venegas
INTRODUCCION
Día a día los medios de comunicación masiva arrojan una avalancha de informes sobre diversos hechos y conductas delictivas que afectan significativamente a las sociedades del mundo entero. La presentación de esas noticias se hace de manera fría, mostrando los acontecimientos como algo meramente rutinario y a las víctimas y victimarios como simples actores de un drama que se repite cotidianamente. Al periodista de la sección judicial sólo le incumbe informar qué ocurrió, cómo, dónde, cuándo y quiénes se vieron involucrados en el hecho noticioso. Al investigador criminalístico le incumbe, además, saber con qué y por qué se cometió el ilícito, aspectos éstos que se convierten en los objetivos capitales de su labor pesquisidora. Para desarrollar una investigación de carácter criminalístico, el investigador debe seguir la metodología que se adecúe a cada caso en particular. Si bien es cierto que en cada país la legislación penal señala los instrumentos metodológicos o protocolos que se deben adoptar como guía a seguir linealmente según el tipo de conducta criminal a investigar, no lo es menos que el investigador debe estar revestido de ciertas cualidades innatas como la intuición, el sentido común, la persistencia y otras que marcan la diferencia entre el simple funcionario policial y el verdadero “sabueso”. Dado que en el entorno social colombiano –pleno de extremos y paradojas- la conducta criminal no se circunscribe a determinado estrato o clase ni a regiones en particular, pues el fenómeno delincuencial ha penetrado paulatina y muy efectivamente todos los niveles, al investigador criminalístico se le demanda un conocimiento integral y un desempeño versátil en su actividad profesional. Además, si se considera la limitación de recursos en las dependencias y sedes de los organismos oficiales y la centralización de las herramientas científicas disponibles en los laboratorios de criminalística, esa integralidad se convierte en una verdadera exigencia. El Sistema Penal Oral Acusatorio, adoptado en nuestro país mediante la Ley 906 de 2004, trajo significativos cambios no sólo en lo que atañe al procedimiento sino a los roles de los funcionarios que tienen participación en las etapas de indagación, investigación y juicio. El Fiscal Delegado (Especializado, Seccional o Local) ya no es el omnímodo inquisidor de visión unidireccional, así como el investigador ya no es el simple ejecutor de órdenes judiciales, carente de iniciativa y determinación. Ambos conforman ahora un equipo de trabajo que diseña coordinadamente el programa metodológico a seguir para lograr el objetivo común de esclarecer los hechos que generan las conductas criminales. Sin embargo, es sobre el investigador criminalístico que recae buena parte de la responsabilidad, ya que de su labor exenta de errores u omisiones depende el buen curso y éxito de la investigación. Y para evitar errores u omisiones, la Fiscalía General de la Nación dispone de manuales de procedimientos, incluidos los protocolos de obligatorio cumplimiento, tanto para los investigadores de campo y los de laboratorio, como para los Fiscales Delegados. A esos textos directrices se suma una buena cantidad de obras que desde antes de la vigencia del SPOA -y ahora con mayor auge- han conformado una bibliografía abundante sobre los temas de la criminalística y la criminología, expuestos en su mayoría de manera abstracta y del todo teórica. Estos “Apuntes de Criminalística” no pretenden otra cosa que exponer, de manera general, los aspectos técnicos, periciales y de campo que incumben a todo investigador,
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presentándolos desde la experiencia de su autor como Investigador Criminalístico. Partiendo del conocimiento del hecho se hará un recorrido por cada una de las actuaciones que debe realizar el investigador desde el momento en que toma conocimiento de la Noticia Criminal. Posteriormente se entrará en detalle en cada uno de los pasos que se deben seguir desde que se tiene conocimiento del hecho criminal hasta que se logra su esclarecimiento y consecuente judicialización.
Mac Venegas
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01. CONOCIMIENTO E INFORMACIÓN DEL HECHO
La ocurrencia de un hecho criminal es el motor de arranque del aparato judicial. Pero para
que ese motor se ponga en funcionamiento es necesario que el hecho llegue al
conocimiento de las autoridades competentes, ya sea en forma directa o indirecta.
El código de Procedimiento Penal colombiano advierte que toda persona tiene el deber de
denunciar ante las autoridades respectivas la conducta punible de cuya comisión tenga
conocimiento. Este deber se extiende, con mayores exigencias, a los servidores públicos,
quienes están obligados a actuar inmediatamente si tienen facultades para ello o poner el
hecho en conocimiento de la autoridad competente.
Esa información puede ser suministrada por vía telefónica, de manera personal o mediante cualquier otro medio idóneo. En las ciudades capitales se canaliza a través del Centro Automático de Despacho (CAD) y en las ciudades intermedias a través de la línea de la Unidad de Reacción Inmediata1, del 123 o del tradicional 112 de la Policía Nacional. Al recibir la noticia, el radio-operador registrara el lugar, fecha y hora del comunicado, los datos de la persona que reporta la noticia (nombre y apellidos, dirección, número de teléfono), sitio de ocurrencia del hecho y una breve descripción de lo ocurrido. Esa información debe quedar consignada en el libro de registro y conservada en medio magnético durante un lapso mínimo de cinco anos. Si la persona que comunica la noticia se encuentra en el lugar del hecho -por vivir o trabajar allí, por ejemplo- se le instruirá para que permanezca en dicho lugar sin mover ningún objeto ni modificar la escena y evitando que otras personas ingresen para que todo se conserve inalterado hasta cuando haga presencia el personal encargado del procesamiento tecnico y recoleccion de los elementos materiales de prueba y evidencia fisica (EMP y EF).
VERIFICACIÓN Y CONFIRMACIÓN DEL HECHO
Una vez obtenida y registrada la información o «noticia criminal», el radio-operador del
CAD o de la central de radio de la Policía Nacional la transmitirá a las patrullas de
vigilancia que estén cubriendo el sector de ocurrencia de los hechos para que estas
procedan a las correspondientes verificaciones, luego de lo cual se retornara la
comunicación al CAD o a la central de radio para confirmar o descartar la comisión de un
hecho punible.
La percepción inicial aunada a una valoración previa del lugar de los hechos realizada de
manera concienzuda por la patrulla de vigilancia de la policía que confirma el hecho y que
1 Las Unidades de Reacción Inmediata (URI) se crearon mediante la resolución 2721 de diciembre de 1994 con el fin principal de reducir la
impunidad proporcionando una respuesta oportuna, dando eficacia a la actividad judicial y logrando un acercamiento directo con la comunidad.
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automáticamente se convierte en «primer respondiente», permite que el grupo técnico de
policía judicial asignado para el procesamiento de la escena del crimen (de un homicidio,
de un hurto agravado, de un acto contra la libertad sexual, etc.) permite tomar decisiones
oportunas sobre los elementos y otros recursos requeridos en cada caso en particular, así
como la necesidad de apoyo por parte de otras entidades como bomberos, Cruz Roja y
Defensa Civil.
En los hechos en que las víctimas presentan heridas
y aparente estado de inconsciencia, el policía de
vigilancia que actúa como «primer respondiente»
debe aplicar las técnicas para la búsqueda de signos
vitales tales como respiración, pulso, reflejos
oculares, entre otros, para la toma de decisiones
respecto de esas víctimas, como la atención por
paramédicos en el mismo sitio o el traslado a
centros de atención médica de urgencias.
Inmediatamente aplicará todas las medidas
necesarias para asegurar el lugar de los hechos y protegerlo y preservar la integridad de
los elementos materiales de prueba y evidencia física que puedan hallarse allí, impidiendo
que curiosos, parientes, periodistas e incluso miembros de la misma institución policial
entren a la escena.
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DIAGRAMA DE FLUJO2
PATRULLA DE VIGILANCIA
CAD U OFICINA QUE HAGA SUS VECES
A NIVEL NACIONAL
CENTRO REGULADOR DE
URGENCIAS
SI
2 Diagrama tomado del documento identificado con el código PJIC-VCH-PO-02 de la FGN
TRANSMITIR INFORMACIÓN
PARA VERIFICACIÓN
RECEPCIONAR LA INFORMACIÓN
DE VERIFICACIÓN DE LA NOTICIA
CRIMINAL POR PARTE DE LA
PATRULLA DE VIGILANCIA Llegar al Lugar de los
Hechos
Confirmar el hecho
En caso de delitos
contra la vida y la
integridad personal
Verificar supervivencia
¿Se reportaron
personas con
signos vitales?
ATENCIÓN PRE
HOSPITALARIA A
HERIDOS
INICIAR LA
PROTECCIÓN Y
PRESERVACIÓN DEL
LUGAR DE LOS
HECHOS
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02. ALISTAMIENTO DE RECURSOS
Se debe definir anticipadamente, de acuerdo con las características del caso, el personal requerido para realizar la inspección judicial al lugar de los hechos y preparar los materiales, equipos y demás recursos que se utilizarán dentro del desarrollo de las actividades comprendidas entre los actos urgentes3.
Si bien es cierto que la Fiscalía General de la Nación fija los parámetros y características de los materiales, equipos y demás recursos que deben ser empleados en cada diligencia, cada una de las instituciones con funciones de policía judicial (CTI, SIJIN, DAS, principalmente) debe garantizar a sus servidores el aprovisionamiento de lo necesario para cumplir la labor que exige cada actividad en particular.
El personal asignado a la inspección judicial
al lugar de los hechos debe tener la competencia que otorga la educación, la formación,
las habilidades y experiencia apropiadas según lo definen los manuales de funciones de
cada una de las instituciones investidas con el fuero de policía judicial. De ahí que los
procedimientos estandarizados estén diseñados para que en algunos actos urgentes de
cierta complejidad, como las inspecciones a cadáver, intervenga un equipo de técnicos
criminalísticos con conocimientos especializados y dotados de los recursos apropiados.
Sin embargo, la realidad colombiana obliga a la formación de investigadores de campo
con conocimientos integrales y habilidades recursivas en la ejecución de actividades de
carácter preliminar.
Preparación logística
Para realizar la inspección judicial al lugar de los hechos, se deben preparar todos los
elementos, materiales y equipos necesarios, según el tipo de actividad que se tenga
prevista de acuerdo con la información preliminar obtenida. Sin embargo, no es
conveniente dejar de lado algunos elementos simplemente porque exista la posibilidad
de que no se vayan a utilizar.
Cuando el grupo de procesamiento técnico del lugar de los hechos se reduce a dos
personas, como es usual en las ciudades intermedias, es necesario hacer previamente la
distribución de actividades. Esto evitará improvisaciones que se traducen en el retardo
de la ejecución de algunas actividades y omisiones que pueden entorpecer desde un
comienzo la investigación. Es muy importante que la distribución de tareas se haga
teniendo en cuenta que sólo uno –quien no va a estar en contacto con los EMP y EF- se
encargue del manejo de los elementos reutilizables, como cámara fotográfica,
3 Código de Procedimiento Penal colombiano, art. 205
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flexómetros y decámetros, brújula y otros, para evitar contaminación por manipulación.
Definido lo anterior, se procede al desplazamiento en los vehículos oficiales.
Materiales y equipos
Dotación
Uniforme Chaleco multiuso Arma de dotación Radio de comunicaciones
Fotografía
Cámaras Fotográficas Cinta, tiza Filtros Flash
Guantes Numeradores Kit de lentes Lámparas reflectoras
Películas a color Pilas ó baterías Testigos métrico Trípode
Recolección de EMP de prueba
Cinta aislante Bolsas de polietileno Bolsas de papel Cajas de cartón
Pinzas plásticas Conos y banderas de colores Marcadores Kit para (PIPH)
Bistirí Kit para material biológico. Rótulos Recipientes vidrio
Recipientes
metálicos
Kit para residuos de disparo Tijeras Bandasde caucho
Lofoscopia
Brocha o
pincel
Cinta para transferir
huellas
Lápiz o marcador Lupa
Tijeras Pinzas Planchuela Polvos reactivos
Reactivos Rodillo Tarjetas dactilares Tinta para reseñar
Fotografía
Cámaras Fotográficas Cinta, tiza Filtros Flash
Guantes Numeradores Kit de lentes Lámparas reflectoras
Películas a color Pilas ó baterías Testigos métrico Trípode
Planimetría
Brújula Cinta de enmascarar Cinta métrica Equipo GPS
Escalímetro Escuadras 30 y 45 grados Fluxómetro Lápiz (Portaminas)
Medidor Láser Nivel de mano Numeradores Papel de diversos tipos
Piola Plomada Rapidógrafo Señaladores
Tabla de apoyo Testigos métricos Tiza (crayola) Formatos
Bioseguridad
Batolas Caretas Gorros Gafas de seguridad
Guantes Equipo de primeros auxilios Overoles Polainas
Ropa de seguridad Tapabocas
Otros
Cinta de Acordonar Papelería y Formatos Linternas Computador portátil
Planta Eléctrica Pilas Recargables
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03. PROTECCIÓN, PRESERVACIÓN Y ENTREGA
DEL LUGAR DE LOS HECHOS
Cuando el grupo técnico de criminalistas
llegue al lugar de los hechos, éste debe
estar debidamente protegido y preservado
por el “primer respondiente”. Esto significa
que debe estar acordonado, utilizando las
barreras físicas necesarias para delimitar
los tres niveles de protección. El primer
nivel comprende la escena del crimen
como tal y el acordonamiento debe
abarcar toda el área hasta donde se
encuentre la evidencia más alejada del
núcleo de dicha escena. En este nivel
sólo es permitido el ingreso del grupo
técnico de criminalistas que van a procesar la escena. El segundo se delimita a criterio del
primer respondiente y a él podrán ingresar investigadores de campo, policías, periodistas,
familiares de las víctimas y otras personas que puedan servir de apoyo. A partir de ahí se
considera el tercer nivel, que es donde pueden estar los medios de comunicación y los
curiosos.
En nuestro medio apenas sí se toma consciencia de la
importancia que tiene proteger y preservar el lugar de
los hechos. Aún es corriente ver cómo, ante un
homicidio o cualquier otro hecho que tenga ocurrencia
en el espacio público, los curiosos acuden presurosos y
sin ninguna consideración invaden ese entorno físico
que, en otras condiciones, podría aportar mucha
información a los criminalistas. Esta funesta práctica,
producto de la cultura morbosa de muchas personas,
constituye el principal factor de contaminación, pues de
manera constante los curiosos llegan, incluso, a tomar
para sí elementos materiales probatorios y evidencia
física, como vainillas, proyectiles, objetos que
estuvieron en contacto con el victimario y que de nada
sirven a quien inapropiadamente las recogió y en cambio resulta en extremo perjudicial
para el desarrollo de una investigación que ni siquiera ha iniciado. Luego, cuando el
primer respondiente acude al lugar, después de lidiar hasta entrar en conflicto con esos
curiosos para despejar el área y extender la cinta amarilla de delimitación, hacen
presencia policías de todos los rangos, uniformados y de civil, que también ingresan con
la finalidad de recoger información de primera mano, complementando así una minuciosa
y eficaz labor de contaminación de la escena. En todo caso, esto contradice la obligación
que tiene el “primer respondiente” de permanecer en el lugar y, sin excepción, permitir el
En vigencia de la Ley 600 no se protegía la escena
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ingreso de persona alguna al primer nivel, lo cual debe cumplirse hasta que la diligencia
haya concluido.
OTRAS ACTIVIDADES DEL PRIMER RESPONDIENTE EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
Si al llegar al lugar el “primer respondiente” encuentra personas involucradas en los
hechos, dialogará con ellas y las identificará. En caso de que sean portadoras de
información útil a la investigación, como la identificación indiciaria del autor del hecho,
por ejemplo, tomará todos sus datos personales y hará un resumen de la información
obtenida para efecto del reporte que debe entregar al grupo técnico de criminalistas.
Si hubiere sido necesario el traslado de víctimas a centros de atención médica de
urgencias, en lo posible y antes de proceder a ello se marcará el lugar donde
originalmente se encontraban y se hará una descripción de la posición en que se
hallaban.
En el evento de que se encuentren testigos, se evaluará su dicho inicial se les pedirá que
no se retiren del lugar y se les mantendrá separados para evitar versiones acordadas.
Igualmente se les tomará sus datos personales.
Puede ocurrir que en el lugar sea capturado el autor del hecho, caso en el cual se
procederá de acuerdo con los protocolos correspondientes. Si en el registro personal se
le encuentra un arma, ésta será recolectada, embalada, rotulada y sometida a cadena de
custodia, siguiendo lo indicado en el manual respectivo. En todo evento donde se
efectúe captura en flagrancia, el “primer respondiente” o el grupo de apoyo dará aviso
inmediato a la policía judicial que esté interviniendo y pondrá al capturado a disposición
la Fiscalía de turno en la Unidad de Reacción Inmediata (URI) a fin de que el titular del
despacho tome las previsiones del caso. La práctica común de algunos uniformados de
trasladar al capturado hasta los CAI o estaciones de policía debe ser erradicada del todo,
pues el tiempo que transcurre sin que un indiciado quede a disposición de la Fiscalía va
en su favor y sólo contribuye a dificultar su judicialización. ¿Cuántos capturados han
tenido que ser puestos en libertad por el manido formulismo del vencimiento de
términos?
El “primer respondiente” hará entrega del lugar al
coordinador del grupo técnico de criminalistas para
lo cual diligenciará el formato oficial diseñado por
la Fiscalía General de la Nación como “Actuación
del primer respondiente-FPJ-04” vigente desde el
18 de noviembre de 2005 y con aplicación en todo
el territorio colombiano. Allí consignará, de una
manera concisa pero clara, las circunstancias de
lugar, tiempo y modo en que abordó el lugar y
todas las demás actividades posteriores que haya realizado.
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DIAGRAMA DE FLUJO4
CAD U OFICINA QUE HAGA SUS VECES A NIVEL
NACIONAL
PATRULLA DE VIGILANCIA
4 Diagrama tomado del documento identificado con el código PJIC PLH PO 03 1 de la FGN
RECIBIR
CONFIRMACIÓN DEL
HECHO COMO NOTICIA
CRIMINAL
Proteger el Lugar
de los Hechos
Recolectar información y realizar
actividades complementarias
Registrar la información en formato de primer
respondiente
ENTREGAR EL LUGAR DE LOS HECHOS Y
FORMATO DE PRIMER RESPONDIENTE AL
SERVIDOR DE POLICÍA JUDICIAL ASIGNADO
PARA LA COORDINACIÓN DE LA
DILIGENCIA, O A QUIEN HAGA SU VECES
Informar al organismo
competente
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04. ACTIVIDAD GENERAL EN EL LUGAR DE LOS HECHOS
El lugar de los hechos es el espacio físico, abierto o cerrado, donde ha tenido desarrollo
una conducta punible. Comprende la escena del crimen, propiamente dicha, y abarca todo
el ámbito de influencia sobre el hecho ocurrido. Allí tiene su génesis la investigación
criminal. De ahí que el equipo técnico y el investigador del caso deban actuar con el
máximo cuidado en su procesamiento y en la recolección de los elementos de prueba, así
como en el inicio de las labores pesquisidoras que habrán de desembocar en el
esclarecimiento de lo acontecido. Es necesario, entonces, que todo el personal que
participe en el procesamiento del lugar de los hechos cuente en su haber con los
conocimientos necesarios basados en la formación teórica y la experiencia.
Espacio abierto es, como su nombre lo indica, aquel
que no está delimitado por barreras materiales; tal es el
caso de un paraje rural, un potrero, una playa, un
parque, una vía pública. Por sus características se debe
procesar con mayor celeridad debido a que está
expuesto a los cambios repentinos del clima, lo que
puede modificar o alterar las condiciones originales.
Espacio cerrado es el que está delimitado por barreras
materiales como paredes o muros que lo aíslan del
entorno público, como lo puede ser el interior de una
vivienda, de una bodega, etc.
Hay hechos que se presentan en condiciones que
abarcan los dos conceptos antes mencionados, como
los que pueden ocurrir en una enramada, un antejardín
enrejado, el interior de un conjunto residencial, una
terraza, por ejemplo. Entonces hay que referirse a un
espacio mixto.
www.rpp.com.pe
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Luego de que ha puesto en práctica todas les medidas necesarias para la protección y
conservación del lugar de los hechos, el “primer respondiente” debe facilitar los medios
para que el grupo técnico de criminalistas ingrese y realice su labor sin ningún obstáculo a
la escena del crimen. El primer obstáculo lo constituye la aglomeración de curiosos y otras
personas que no están autorizadas para ingresar al primer nivel de protección.
Observación y análisis del lugar de los hechos
Antes de ingresar, lo cual debe hacerse en un
riguroso orden, es necesario realizar una
exploración visual con el fin de preparar las
actividades propias de la diligencia de inspección,
de acuerdo con el protocolo correspondiente.
Primero entrarán a la escena quienes cumplan las
funciones de fotógrafo y topógrafo, registrando
amplia y minuciosamente tanto la escena en sí
como los sectores anexos que conforman el lugar
de los hechos. Las fotografías y los videos (el
CPP colombiano no exige que se hagan los dos
registros) se tomarán de acuerdo con el manual
de procedimientos y comprende: panorámicas,
plano general, primer plano, segundo plano y
macros. No se tiene establecido un número
determinado de placas fotográficas o tiempo de
grabación de video, pues eso depende del tipo de
escena, la cantidad y calidad de evidencias
encontradas y de las necesidades de dejar
registrado aspectos que posteriormente deban
llevarse a conocimiento del fiscal y del juez. El
bosquejo topográfico o planimétrico se levantará
ubicando cada EMP y EF respecto de puntos de
referencia fijos y determinando las distancias existentes entre unos y otros. La labor de
estos dos técnicos o peritos es la que deja plasmada la escena de tal manera que, si
fuere necesario, pueda ser reconstruida posteriormente.
Culminada la labor de registro fotográfico y topográfico o
planimétrico ingresará el técnico o perito lofoscopista,
quien examinará los objetos donde posiblemente se
encuentren huella digitales. En los casos de homicidio
con arma de fuego, seguidamente entrará el técnico o
perito balístico, quien no solamente hará la recolección
de vainillas y proyectiles y otros elementos relacionados,
sino que realizará su propio registro fotográfico para
determinar trayectorias de disparos.
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Finalmente entrarán a la escena del crimen el perito químico, quien recolectará muestras
biológicas y de fluidos corporales y otros elementos químicos; así mismo el médico
legista, autoridad pericial que entra a determinar las clases de heridas y causas y manera
de la muerte de quienes resultaron víctimas de los hechos.
No obstante que lo ideal es el cumplimiento estricto
de los protocolos diseñados para cada tipo de delito
y de actuación, no siempre es posible conformar un
equipo integrado por los técnicos o peritos antes
mencionados. Es, entonces, cuando entra a jugar un
rol prevalente el investigador de conocimientos
integrales que esté en capacidad e idoneidad para
recolectar los EMP en la escena del crimen y
trasladarlos de manera apropiada al los laboratorios,
pues esa es la oportunidad irrepetible de procesar la
escena y acopiar los elementos útiles para el desarrollo posterior de la investigación.
Métodos de búsqueda
La investigación criminal se ciñe a los métodos de investigación científica y, por ello
mismo, la búsqueda de EMP debe hacerse de manera metódica. Cada escena exige un
método que se ajuste a sus características y condiciones e, incluso, un mismo lugar de los
hechos puede ser objeto de diversos métodos de búsqueda. Su correcta aplicación lleva a
ubicar sin dificultad los EMP, estableciendo el orden en que son hallados y garantizando
un procesamiento técnico impecable. Los métodos aplicados en la búsqueda de EMP son
los siguientes:
En espiral
Se hace el recorrido de búsqueda de tal forma que el
“barrido” vaya desde la periferia hasta el centro de la
escena. Los EMP se numeran en el orden en que se haga
su hallazgo, por lo que al final, al mirar la escena desde
cualquier ángulo, puede dar la impresión de que tales
hallazgos se hicieron en forma desordenada. Este método
de búsqueda resulta muy eficaz por cuanto, en la medida
en que se avanza en espiral, se tiene la oportunidad de darle una segunda mirada a lo
que ya se revisó.
Por franjas
Dos o más técnicos hacen un recorrido
trasversal, de ida y vuelta tomando franjas de
terreno hasta cubrir toda el área seleccionada.
Se emplea este método en áreas grandes, como
potreros, sembradíos, zonas verdes, etc.
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Por zonas
Muy útil en espacios cerrados como interiores de
vivienda. Se revisa por separado pero ordenadamente
cada sección, en la que a su vez se aplicará el método
de búsqueda que se ajuste a las características del
espacio.
En cuadrícula
La zona a explorar se divide en cuadrantes y cada uno de
ellos se recorre en sentido vertical y horizontal, por lo que
la búsqueda se repite no dejando posibilidad de error.
Radial
Se parte de un epicentro, dividiendo sectores en forma
de radios. Se procede a la búsqueda en cada sector. Es
aplicado en espacios donde ha tenido ocurrencia un
incendio o explosión.
Punto a Punto
Se ubica la evidencia principal o de mayor notoriedad y a
partir de ella se van localizando los demás EMP. Cada
EMP es un punto de referencia para el siguiente. Se
podría calificar como un método no recomendable porque
deja abierta la posibilidad de pasar por alto algunas
evidencias
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A los investigadores encargados de realizar la búsqueda de EMP en el lugar de los
hechos se les exige minuciosidad y criterio de selección para no dejar de lado
absolutamente nada que pueda servir como orientador de la investigación. Aunque el
técnico criminalista tiene la facultad de seleccionar aquello que considere de importancia y
desechar los elementos que nada tienen que ver con el hecho, es necesario que se
revista de imparcialidad a fin de no cometer omisiones que posteriormente pueden incidir
de manera negativa.