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YS-98-LGO IN OW3~dns Ol3~gt30
Olnl~lS3 A 16Zt7Z IN A31
nH3d 130 03103W 09010N3ll 0193103
PresentaclcSn
El Colegio Tecnoacutelogo Heacutedlco del Peruacute ha sido establecido
por la Ley Ndeg 24291 con la calldad de Instltucioacuten autoacutenoma de
derecho puacutebllco Interno representativa de la profesioacuten de Te~
nologra Meacutedlca en el territorio naclonal
En cumpllmlento de esta norma legal por ftesolucloacuten M1
nlsterlal Ndeg 0339-85-SADVM se constltuyoacute la Comisioacuten encarg~
da de elaborar el Estatuto de esta Importante InstitucicSn bull
En apllcac16n del arto 12deg de la Ley Ndeg 24291 el Supr~
no Gobierno ha dlctado el Decreto Supremo Ndeg 027-86-SA su fecha
7 de agosto uacuteltimo que aprueba el Estatuto del Colegio Tecnoacutel~
go Meacutedico del Peruacute Integrado por siete Trtulos y 110 arttculos
Con este motivo el Ministerio de Salud se complace en
presentar esta primera edicI6n que contlene los textos legales
del Colegio Tecn6logo Meacutedlco del PerG al que flace 1legar su mis
cordlal saludo
Lima Set lelllbre de 1986
---000--shy
LEY Ndeg 24291
ELlAS HENDOZA HABERSPERGfR Presidente de la Comisioacuten Permanente del Congreso
POR CUANTO
El Congreso ha dado la ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU
Ha dado la ley siguiente
Artrculo 1- Creacutease el Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute como en tidad autoacutenoma de derecho puacutebl ico interno representativo de la profe sioacuten de Tecnologra Meacutedica en todo el territorio de la Repuacutebl ica -
Artfculo 2~- La Coleglaci6nes requisito indispensable para el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica en cualquiera de sus aacutereas dentro del territorio de la Repuacuteblica
Artrculo 3- Para la Inscripcioacuten de Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica en el Colegio es requisito indispensable la presentacioacuten del correspondiente Trtulo Profesional a nombre de la Nacioacuten otorgado por cualquiera de las universidades del sistema que brinde formaci6n en esta carrera profesional
En caso de tiacutetulos profesionales otorgados por Uni versidaacutedes Extranjeras eacutestos seraacuten previamente revalidados por una Universidad Nacional de acuerdo a las dispOSiciones vigentes dispues tas para tal fin shy
Artiacuteculo 4~- Son organismos directivos ~I Colegio Tecnoacutelogo Meacute dico del Peruacute shy
a- El Consejo Nacional como organismo superior con domicil io en la Capital de la Repuacuteblica y
b- Los Consejos Regionales que se establezcan en las zonas de la Repuacuteblica cuya densidad de poblacioacuten concentracioacuten profesional y condiciones geograacuteficas asiacute lo requieran de acuerdo a lo que dispon ga el reglamento shy
Artiacuteculo 5~- Son fines del Colegio de Lieacuteenciados en TecnoI og Meacutedica del Peruacute
a- Velar para que el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologr dica se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacuteglcas contenidesntilde el Coacutedigo de Etlca Profesional que el Colegio dicte
b- Propender a mejorar la salud Individual y colectiva de lO habitantes del paiacutes
c- Vigilar e Impedi r el ejercIcIo I legal de la profesioacuten d- Cooperar con los Poderes Puacuteblicos con las instituciones nacio
nales y extranjeras y con las entidades profesionales en la defensa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance a todo el paiacutes
e- Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y deontologra de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Estado a soclaciones profesionales entidades particulares o miembros de estas instituciones
f- Mantener vinculacioacuten con las entidades cientiacuteficas del paiacutes y anaacutelogas del extranjero
g- Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos dlcos en los orga nismos que las leyes se~alen y en aquellos que por la naturaleza de sus funciones asi lo requieran y
h- Organizar y promover la asistencia social del profesional en todas las formas posibles
Artfculo 6- El Consejo Nacional a- Seftalaraacute las normas generales en todos los aspectos relativos
a las actividades profesionales especificadas en la presente ley b- Coordinar la funcioacuten de los Consejos Regionales C- Resolveraacute las consultas que les sometan los Consejos Regiona
les o sus miembros y actuaraacute como instancia superior en los casos de apelacioacuten y de sanciones y
d- Asumiraacute la representacioacuten del Colegio Tecn6logo Meacutedico
Artiacuteculo 7- Los Consejos Regionales tendraacuten competencia sobre la circunscripcioacuten territorial que les corresponde y se sujetaraacuten a las disposiciones que establezcan los Estatutos y sus Reglamentos y a las normas generales que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 8- El Consejo Nacional estaraacute integrado por un Presidenshyte y un Vicepresidente dos Secretarios un Tesorro dos Vocales y un Delegado designado por cada uno de los Consejos Regionales
Los Consejos Regionales estaraacuten Integrados por un Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales Los cargos se ejerceraacuten por un periacuteOdO de dos aftos
Artiacuteculo 9- La eleccioacuten de los cargos del Consejo Nacional se h~ ri por todos los miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico y la de los Consejos Regionales con la Intervencioacuten de todos los profesionales inscritos en la respectiva Regi6n En ambos casos el voto seraacute secre to Individual directo y obligatorio emitido por los miembros del Co legio que ejerzan en el territorio nacional
Articulo 10- El Estatuto y los Reglamentos estableceraacuten el nuacutemero de los Comiteacutes que fuere necesario crear asi como el nuacutemero de los miembros que los Integren tanto para el Consejo Nacional como para los Consejos Regionaacuteles
Artiacuteculo 11- En los casos de infraccioacuten al Coacutedigo de Etica Profe sional o de las Resoluciones emanadas por los COAsejos Nacionales y Reg iona leseomet Idas poI los profesionales colegiados e 1- Coleg lo les haraacute conocer su extraiieza y seguacuten la gravedad de lafaltaacute los amonestaraacute multaraacute suspehderaacuteo expulsaraacute de su seno -Ia suacutespen sioacutenno mayor de un ao y en caso de reincidencia no mayor de dos antildeos Las suspensiones y expul$lones que elllaacutellen deacute 105 Coo$iejos Re gionales deberaacuten ser ratificados por elConseJoNadonal para poiacuteter entrar en vigor
En el caso de condena judicial que imponga inhabilitaci6h el Co legio procederaacute a la suspensioacuten por el tiempo que dure la condena -= El Reglamento estableceraacute condiciones necesarias para la rehabilita cioacuten y sentildealaraacute el procedimiento a seguir e~ todos los casos de aplT catioacuten de sanciones y las atribuciones que correspondan a cada uriacutea de las Instancias
Art iacute cu lo 12- Son rentas de I Co leg io Tecnoacute logo Meacutedi ce
1~- Del Consejo Nacional a- Las cotizaciones que se sealen a los Consejos Regionales pro
porcionalmente al nuacutemero de sus miembros shyb- El producto de los bienes que adquiera por cualquiertiacutetuloy c- Las donaciones y rentas que se creen
2~- De 105 Consejos Regionales a- Las cotizaciones que abonen los miembros del Colegio b- El monto de las multas que se apliquen por sanciones discipli
narias c- El producto de los benes que adquieran por cualquier tiacutetulo
y d- De las asignaciones que el Consejo Naciondl disponga
Artiacuteculo 13~- Constituacuteyase una Comisioacuten integrada por Dos representantes Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica designados por el Ministerio de Salud Puacutebl ica uno de ellos lo presidiraacute un Jurista del Colegio de Abogados de Lima quien actuaraacute como Ase sor Legal Dos Profesionales de Tecnologiacutea Meacutedica designados por cada una de las Universidades de San Marcos y Villarreal Dos representantes de la Asociad oacuten Peruana de Tecno logia Meacuteltt ica Esta Comisioacuten deberaacute elaborar el Estatuto del Colegio de Licencia
dos en Tecnologiacutea Meacutedica del Peruacute en un plazo no mayor de 90 diacuteas de vigencia de esta ley los que seraacuten aprobados por el Ministerio shyde Salud mediante Decreto Supremo
Artiacuteculo 14~- La Comisioacuten a que se refiere el artiacuteculo anterior quedaraacute encargada de organizar y pres idtr por esta uacutenica vez la e leccioacuten de los Consejos Nacionales y Regionales respectivos PlOciexcl diendo luego a la instalaci6n de los mismos en un plazo no mayor de 180 diacuteas a partir de la fecha de la promulgacioacuten de la presente ley
Artiacuteculo 15~- Der6ganse todas las disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley
Comuniacutequese al Presidente de la Rep4blcapara su promulgaci6n Casa del Congreso en Lima a 105 once diacuteas del mes de Junio de mil
novecientos ochenticlnco MANUEL ULLOA ELlAS Presidente del Senado ELlAS MENDOZA HABERSP~RGER Presidente de la Caacutemara de Diputados CARLOS MANCHEGO BRAVO Senador Seeretadc ERNESTO OCAMPO MELENDEZ Diputado Secretario
Al senor Presidente Constitucional de la Repuacuteblica
POR TANTO
No habiendo sido promulgada oportunamente por el seftor Presidente de la Repuacuteblica en observancia de lo dispuesto por el Artiacuteculo 193 0
de la Constltuci6n mando se comunique al Ministro de Salud para su publicacl6n y cumplimiento
Casa del Cohgreso en Lima a los diecinueve diacuteas del mes de Julio de mil novecientos ochentlclnco
ELlAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comlsl6n Permanente shydel Congreso
CARLOS MALPICA SILVA SANTISTEBAN Senador Secretario RICARDO CASTRO BECERRA Diputado Secretario
Lima 7 de Agosto de 1985 Cuacutemplase comunfquese regfstrese publfquese y archfvese DAVID TEJADA DE RIVERO Ministro de Salud
(REFERENCIA El Peruano 10 de Agosto de 1985)
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
PresentaclcSn
El Colegio Tecnoacutelogo Heacutedlco del Peruacute ha sido establecido
por la Ley Ndeg 24291 con la calldad de Instltucioacuten autoacutenoma de
derecho puacutebllco Interno representativa de la profesioacuten de Te~
nologra Meacutedlca en el territorio naclonal
En cumpllmlento de esta norma legal por ftesolucloacuten M1
nlsterlal Ndeg 0339-85-SADVM se constltuyoacute la Comisioacuten encarg~
da de elaborar el Estatuto de esta Importante InstitucicSn bull
En apllcac16n del arto 12deg de la Ley Ndeg 24291 el Supr~
no Gobierno ha dlctado el Decreto Supremo Ndeg 027-86-SA su fecha
7 de agosto uacuteltimo que aprueba el Estatuto del Colegio Tecnoacutel~
go Meacutedico del Peruacute Integrado por siete Trtulos y 110 arttculos
Con este motivo el Ministerio de Salud se complace en
presentar esta primera edicI6n que contlene los textos legales
del Colegio Tecn6logo Meacutedlco del PerG al que flace 1legar su mis
cordlal saludo
Lima Set lelllbre de 1986
---000--shy
LEY Ndeg 24291
ELlAS HENDOZA HABERSPERGfR Presidente de la Comisioacuten Permanente del Congreso
POR CUANTO
El Congreso ha dado la ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU
Ha dado la ley siguiente
Artrculo 1- Creacutease el Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute como en tidad autoacutenoma de derecho puacutebl ico interno representativo de la profe sioacuten de Tecnologra Meacutedica en todo el territorio de la Repuacutebl ica -
Artfculo 2~- La Coleglaci6nes requisito indispensable para el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica en cualquiera de sus aacutereas dentro del territorio de la Repuacuteblica
Artrculo 3- Para la Inscripcioacuten de Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica en el Colegio es requisito indispensable la presentacioacuten del correspondiente Trtulo Profesional a nombre de la Nacioacuten otorgado por cualquiera de las universidades del sistema que brinde formaci6n en esta carrera profesional
En caso de tiacutetulos profesionales otorgados por Uni versidaacutedes Extranjeras eacutestos seraacuten previamente revalidados por una Universidad Nacional de acuerdo a las dispOSiciones vigentes dispues tas para tal fin shy
Artiacuteculo 4~- Son organismos directivos ~I Colegio Tecnoacutelogo Meacute dico del Peruacute shy
a- El Consejo Nacional como organismo superior con domicil io en la Capital de la Repuacuteblica y
b- Los Consejos Regionales que se establezcan en las zonas de la Repuacuteblica cuya densidad de poblacioacuten concentracioacuten profesional y condiciones geograacuteficas asiacute lo requieran de acuerdo a lo que dispon ga el reglamento shy
Artiacuteculo 5~- Son fines del Colegio de Lieacuteenciados en TecnoI og Meacutedica del Peruacute
a- Velar para que el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologr dica se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacuteglcas contenidesntilde el Coacutedigo de Etlca Profesional que el Colegio dicte
b- Propender a mejorar la salud Individual y colectiva de lO habitantes del paiacutes
c- Vigilar e Impedi r el ejercIcIo I legal de la profesioacuten d- Cooperar con los Poderes Puacuteblicos con las instituciones nacio
nales y extranjeras y con las entidades profesionales en la defensa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance a todo el paiacutes
e- Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y deontologra de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Estado a soclaciones profesionales entidades particulares o miembros de estas instituciones
f- Mantener vinculacioacuten con las entidades cientiacuteficas del paiacutes y anaacutelogas del extranjero
g- Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos dlcos en los orga nismos que las leyes se~alen y en aquellos que por la naturaleza de sus funciones asi lo requieran y
h- Organizar y promover la asistencia social del profesional en todas las formas posibles
Artfculo 6- El Consejo Nacional a- Seftalaraacute las normas generales en todos los aspectos relativos
a las actividades profesionales especificadas en la presente ley b- Coordinar la funcioacuten de los Consejos Regionales C- Resolveraacute las consultas que les sometan los Consejos Regiona
les o sus miembros y actuaraacute como instancia superior en los casos de apelacioacuten y de sanciones y
d- Asumiraacute la representacioacuten del Colegio Tecn6logo Meacutedico
Artiacuteculo 7- Los Consejos Regionales tendraacuten competencia sobre la circunscripcioacuten territorial que les corresponde y se sujetaraacuten a las disposiciones que establezcan los Estatutos y sus Reglamentos y a las normas generales que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 8- El Consejo Nacional estaraacute integrado por un Presidenshyte y un Vicepresidente dos Secretarios un Tesorro dos Vocales y un Delegado designado por cada uno de los Consejos Regionales
Los Consejos Regionales estaraacuten Integrados por un Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales Los cargos se ejerceraacuten por un periacuteOdO de dos aftos
Artiacuteculo 9- La eleccioacuten de los cargos del Consejo Nacional se h~ ri por todos los miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico y la de los Consejos Regionales con la Intervencioacuten de todos los profesionales inscritos en la respectiva Regi6n En ambos casos el voto seraacute secre to Individual directo y obligatorio emitido por los miembros del Co legio que ejerzan en el territorio nacional
Articulo 10- El Estatuto y los Reglamentos estableceraacuten el nuacutemero de los Comiteacutes que fuere necesario crear asi como el nuacutemero de los miembros que los Integren tanto para el Consejo Nacional como para los Consejos Regionaacuteles
Artiacuteculo 11- En los casos de infraccioacuten al Coacutedigo de Etica Profe sional o de las Resoluciones emanadas por los COAsejos Nacionales y Reg iona leseomet Idas poI los profesionales colegiados e 1- Coleg lo les haraacute conocer su extraiieza y seguacuten la gravedad de lafaltaacute los amonestaraacute multaraacute suspehderaacuteo expulsaraacute de su seno -Ia suacutespen sioacutenno mayor de un ao y en caso de reincidencia no mayor de dos antildeos Las suspensiones y expul$lones que elllaacutellen deacute 105 Coo$iejos Re gionales deberaacuten ser ratificados por elConseJoNadonal para poiacuteter entrar en vigor
En el caso de condena judicial que imponga inhabilitaci6h el Co legio procederaacute a la suspensioacuten por el tiempo que dure la condena -= El Reglamento estableceraacute condiciones necesarias para la rehabilita cioacuten y sentildealaraacute el procedimiento a seguir e~ todos los casos de aplT catioacuten de sanciones y las atribuciones que correspondan a cada uriacutea de las Instancias
Art iacute cu lo 12- Son rentas de I Co leg io Tecnoacute logo Meacutedi ce
1~- Del Consejo Nacional a- Las cotizaciones que se sealen a los Consejos Regionales pro
porcionalmente al nuacutemero de sus miembros shyb- El producto de los bienes que adquiera por cualquiertiacutetuloy c- Las donaciones y rentas que se creen
2~- De 105 Consejos Regionales a- Las cotizaciones que abonen los miembros del Colegio b- El monto de las multas que se apliquen por sanciones discipli
narias c- El producto de los benes que adquieran por cualquier tiacutetulo
y d- De las asignaciones que el Consejo Naciondl disponga
Artiacuteculo 13~- Constituacuteyase una Comisioacuten integrada por Dos representantes Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica designados por el Ministerio de Salud Puacutebl ica uno de ellos lo presidiraacute un Jurista del Colegio de Abogados de Lima quien actuaraacute como Ase sor Legal Dos Profesionales de Tecnologiacutea Meacutedica designados por cada una de las Universidades de San Marcos y Villarreal Dos representantes de la Asociad oacuten Peruana de Tecno logia Meacuteltt ica Esta Comisioacuten deberaacute elaborar el Estatuto del Colegio de Licencia
dos en Tecnologiacutea Meacutedica del Peruacute en un plazo no mayor de 90 diacuteas de vigencia de esta ley los que seraacuten aprobados por el Ministerio shyde Salud mediante Decreto Supremo
Artiacuteculo 14~- La Comisioacuten a que se refiere el artiacuteculo anterior quedaraacute encargada de organizar y pres idtr por esta uacutenica vez la e leccioacuten de los Consejos Nacionales y Regionales respectivos PlOciexcl diendo luego a la instalaci6n de los mismos en un plazo no mayor de 180 diacuteas a partir de la fecha de la promulgacioacuten de la presente ley
Artiacuteculo 15~- Der6ganse todas las disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley
Comuniacutequese al Presidente de la Rep4blcapara su promulgaci6n Casa del Congreso en Lima a 105 once diacuteas del mes de Junio de mil
novecientos ochenticlnco MANUEL ULLOA ELlAS Presidente del Senado ELlAS MENDOZA HABERSP~RGER Presidente de la Caacutemara de Diputados CARLOS MANCHEGO BRAVO Senador Seeretadc ERNESTO OCAMPO MELENDEZ Diputado Secretario
Al senor Presidente Constitucional de la Repuacuteblica
POR TANTO
No habiendo sido promulgada oportunamente por el seftor Presidente de la Repuacuteblica en observancia de lo dispuesto por el Artiacuteculo 193 0
de la Constltuci6n mando se comunique al Ministro de Salud para su publicacl6n y cumplimiento
Casa del Cohgreso en Lima a los diecinueve diacuteas del mes de Julio de mil novecientos ochentlclnco
ELlAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comlsl6n Permanente shydel Congreso
CARLOS MALPICA SILVA SANTISTEBAN Senador Secretario RICARDO CASTRO BECERRA Diputado Secretario
Lima 7 de Agosto de 1985 Cuacutemplase comunfquese regfstrese publfquese y archfvese DAVID TEJADA DE RIVERO Ministro de Salud
(REFERENCIA El Peruano 10 de Agosto de 1985)
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
LEY Ndeg 24291
ELlAS HENDOZA HABERSPERGfR Presidente de la Comisioacuten Permanente del Congreso
POR CUANTO
El Congreso ha dado la ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU
Ha dado la ley siguiente
Artrculo 1- Creacutease el Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute como en tidad autoacutenoma de derecho puacutebl ico interno representativo de la profe sioacuten de Tecnologra Meacutedica en todo el territorio de la Repuacutebl ica -
Artfculo 2~- La Coleglaci6nes requisito indispensable para el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica en cualquiera de sus aacutereas dentro del territorio de la Repuacuteblica
Artrculo 3- Para la Inscripcioacuten de Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica en el Colegio es requisito indispensable la presentacioacuten del correspondiente Trtulo Profesional a nombre de la Nacioacuten otorgado por cualquiera de las universidades del sistema que brinde formaci6n en esta carrera profesional
En caso de tiacutetulos profesionales otorgados por Uni versidaacutedes Extranjeras eacutestos seraacuten previamente revalidados por una Universidad Nacional de acuerdo a las dispOSiciones vigentes dispues tas para tal fin shy
Artiacuteculo 4~- Son organismos directivos ~I Colegio Tecnoacutelogo Meacute dico del Peruacute shy
a- El Consejo Nacional como organismo superior con domicil io en la Capital de la Repuacuteblica y
b- Los Consejos Regionales que se establezcan en las zonas de la Repuacuteblica cuya densidad de poblacioacuten concentracioacuten profesional y condiciones geograacuteficas asiacute lo requieran de acuerdo a lo que dispon ga el reglamento shy
Artiacuteculo 5~- Son fines del Colegio de Lieacuteenciados en TecnoI og Meacutedica del Peruacute
a- Velar para que el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologr dica se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacuteglcas contenidesntilde el Coacutedigo de Etlca Profesional que el Colegio dicte
b- Propender a mejorar la salud Individual y colectiva de lO habitantes del paiacutes
c- Vigilar e Impedi r el ejercIcIo I legal de la profesioacuten d- Cooperar con los Poderes Puacuteblicos con las instituciones nacio
nales y extranjeras y con las entidades profesionales en la defensa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance a todo el paiacutes
e- Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y deontologra de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Estado a soclaciones profesionales entidades particulares o miembros de estas instituciones
f- Mantener vinculacioacuten con las entidades cientiacuteficas del paiacutes y anaacutelogas del extranjero
g- Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos dlcos en los orga nismos que las leyes se~alen y en aquellos que por la naturaleza de sus funciones asi lo requieran y
h- Organizar y promover la asistencia social del profesional en todas las formas posibles
Artfculo 6- El Consejo Nacional a- Seftalaraacute las normas generales en todos los aspectos relativos
a las actividades profesionales especificadas en la presente ley b- Coordinar la funcioacuten de los Consejos Regionales C- Resolveraacute las consultas que les sometan los Consejos Regiona
les o sus miembros y actuaraacute como instancia superior en los casos de apelacioacuten y de sanciones y
d- Asumiraacute la representacioacuten del Colegio Tecn6logo Meacutedico
Artiacuteculo 7- Los Consejos Regionales tendraacuten competencia sobre la circunscripcioacuten territorial que les corresponde y se sujetaraacuten a las disposiciones que establezcan los Estatutos y sus Reglamentos y a las normas generales que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 8- El Consejo Nacional estaraacute integrado por un Presidenshyte y un Vicepresidente dos Secretarios un Tesorro dos Vocales y un Delegado designado por cada uno de los Consejos Regionales
Los Consejos Regionales estaraacuten Integrados por un Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales Los cargos se ejerceraacuten por un periacuteOdO de dos aftos
Artiacuteculo 9- La eleccioacuten de los cargos del Consejo Nacional se h~ ri por todos los miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico y la de los Consejos Regionales con la Intervencioacuten de todos los profesionales inscritos en la respectiva Regi6n En ambos casos el voto seraacute secre to Individual directo y obligatorio emitido por los miembros del Co legio que ejerzan en el territorio nacional
Articulo 10- El Estatuto y los Reglamentos estableceraacuten el nuacutemero de los Comiteacutes que fuere necesario crear asi como el nuacutemero de los miembros que los Integren tanto para el Consejo Nacional como para los Consejos Regionaacuteles
Artiacuteculo 11- En los casos de infraccioacuten al Coacutedigo de Etica Profe sional o de las Resoluciones emanadas por los COAsejos Nacionales y Reg iona leseomet Idas poI los profesionales colegiados e 1- Coleg lo les haraacute conocer su extraiieza y seguacuten la gravedad de lafaltaacute los amonestaraacute multaraacute suspehderaacuteo expulsaraacute de su seno -Ia suacutespen sioacutenno mayor de un ao y en caso de reincidencia no mayor de dos antildeos Las suspensiones y expul$lones que elllaacutellen deacute 105 Coo$iejos Re gionales deberaacuten ser ratificados por elConseJoNadonal para poiacuteter entrar en vigor
En el caso de condena judicial que imponga inhabilitaci6h el Co legio procederaacute a la suspensioacuten por el tiempo que dure la condena -= El Reglamento estableceraacute condiciones necesarias para la rehabilita cioacuten y sentildealaraacute el procedimiento a seguir e~ todos los casos de aplT catioacuten de sanciones y las atribuciones que correspondan a cada uriacutea de las Instancias
Art iacute cu lo 12- Son rentas de I Co leg io Tecnoacute logo Meacutedi ce
1~- Del Consejo Nacional a- Las cotizaciones que se sealen a los Consejos Regionales pro
porcionalmente al nuacutemero de sus miembros shyb- El producto de los bienes que adquiera por cualquiertiacutetuloy c- Las donaciones y rentas que se creen
2~- De 105 Consejos Regionales a- Las cotizaciones que abonen los miembros del Colegio b- El monto de las multas que se apliquen por sanciones discipli
narias c- El producto de los benes que adquieran por cualquier tiacutetulo
y d- De las asignaciones que el Consejo Naciondl disponga
Artiacuteculo 13~- Constituacuteyase una Comisioacuten integrada por Dos representantes Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica designados por el Ministerio de Salud Puacutebl ica uno de ellos lo presidiraacute un Jurista del Colegio de Abogados de Lima quien actuaraacute como Ase sor Legal Dos Profesionales de Tecnologiacutea Meacutedica designados por cada una de las Universidades de San Marcos y Villarreal Dos representantes de la Asociad oacuten Peruana de Tecno logia Meacuteltt ica Esta Comisioacuten deberaacute elaborar el Estatuto del Colegio de Licencia
dos en Tecnologiacutea Meacutedica del Peruacute en un plazo no mayor de 90 diacuteas de vigencia de esta ley los que seraacuten aprobados por el Ministerio shyde Salud mediante Decreto Supremo
Artiacuteculo 14~- La Comisioacuten a que se refiere el artiacuteculo anterior quedaraacute encargada de organizar y pres idtr por esta uacutenica vez la e leccioacuten de los Consejos Nacionales y Regionales respectivos PlOciexcl diendo luego a la instalaci6n de los mismos en un plazo no mayor de 180 diacuteas a partir de la fecha de la promulgacioacuten de la presente ley
Artiacuteculo 15~- Der6ganse todas las disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley
Comuniacutequese al Presidente de la Rep4blcapara su promulgaci6n Casa del Congreso en Lima a 105 once diacuteas del mes de Junio de mil
novecientos ochenticlnco MANUEL ULLOA ELlAS Presidente del Senado ELlAS MENDOZA HABERSP~RGER Presidente de la Caacutemara de Diputados CARLOS MANCHEGO BRAVO Senador Seeretadc ERNESTO OCAMPO MELENDEZ Diputado Secretario
Al senor Presidente Constitucional de la Repuacuteblica
POR TANTO
No habiendo sido promulgada oportunamente por el seftor Presidente de la Repuacuteblica en observancia de lo dispuesto por el Artiacuteculo 193 0
de la Constltuci6n mando se comunique al Ministro de Salud para su publicacl6n y cumplimiento
Casa del Cohgreso en Lima a los diecinueve diacuteas del mes de Julio de mil novecientos ochentlclnco
ELlAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comlsl6n Permanente shydel Congreso
CARLOS MALPICA SILVA SANTISTEBAN Senador Secretario RICARDO CASTRO BECERRA Diputado Secretario
Lima 7 de Agosto de 1985 Cuacutemplase comunfquese regfstrese publfquese y archfvese DAVID TEJADA DE RIVERO Ministro de Salud
(REFERENCIA El Peruano 10 de Agosto de 1985)
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
c- Vigilar e Impedi r el ejercIcIo I legal de la profesioacuten d- Cooperar con los Poderes Puacuteblicos con las instituciones nacio
nales y extranjeras y con las entidades profesionales en la defensa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance a todo el paiacutes
e- Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y deontologra de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Estado a soclaciones profesionales entidades particulares o miembros de estas instituciones
f- Mantener vinculacioacuten con las entidades cientiacuteficas del paiacutes y anaacutelogas del extranjero
g- Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos dlcos en los orga nismos que las leyes se~alen y en aquellos que por la naturaleza de sus funciones asi lo requieran y
h- Organizar y promover la asistencia social del profesional en todas las formas posibles
Artfculo 6- El Consejo Nacional a- Seftalaraacute las normas generales en todos los aspectos relativos
a las actividades profesionales especificadas en la presente ley b- Coordinar la funcioacuten de los Consejos Regionales C- Resolveraacute las consultas que les sometan los Consejos Regiona
les o sus miembros y actuaraacute como instancia superior en los casos de apelacioacuten y de sanciones y
d- Asumiraacute la representacioacuten del Colegio Tecn6logo Meacutedico
Artiacuteculo 7- Los Consejos Regionales tendraacuten competencia sobre la circunscripcioacuten territorial que les corresponde y se sujetaraacuten a las disposiciones que establezcan los Estatutos y sus Reglamentos y a las normas generales que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 8- El Consejo Nacional estaraacute integrado por un Presidenshyte y un Vicepresidente dos Secretarios un Tesorro dos Vocales y un Delegado designado por cada uno de los Consejos Regionales
Los Consejos Regionales estaraacuten Integrados por un Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales Los cargos se ejerceraacuten por un periacuteOdO de dos aftos
Artiacuteculo 9- La eleccioacuten de los cargos del Consejo Nacional se h~ ri por todos los miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico y la de los Consejos Regionales con la Intervencioacuten de todos los profesionales inscritos en la respectiva Regi6n En ambos casos el voto seraacute secre to Individual directo y obligatorio emitido por los miembros del Co legio que ejerzan en el territorio nacional
Articulo 10- El Estatuto y los Reglamentos estableceraacuten el nuacutemero de los Comiteacutes que fuere necesario crear asi como el nuacutemero de los miembros que los Integren tanto para el Consejo Nacional como para los Consejos Regionaacuteles
Artiacuteculo 11- En los casos de infraccioacuten al Coacutedigo de Etica Profe sional o de las Resoluciones emanadas por los COAsejos Nacionales y Reg iona leseomet Idas poI los profesionales colegiados e 1- Coleg lo les haraacute conocer su extraiieza y seguacuten la gravedad de lafaltaacute los amonestaraacute multaraacute suspehderaacuteo expulsaraacute de su seno -Ia suacutespen sioacutenno mayor de un ao y en caso de reincidencia no mayor de dos antildeos Las suspensiones y expul$lones que elllaacutellen deacute 105 Coo$iejos Re gionales deberaacuten ser ratificados por elConseJoNadonal para poiacuteter entrar en vigor
En el caso de condena judicial que imponga inhabilitaci6h el Co legio procederaacute a la suspensioacuten por el tiempo que dure la condena -= El Reglamento estableceraacute condiciones necesarias para la rehabilita cioacuten y sentildealaraacute el procedimiento a seguir e~ todos los casos de aplT catioacuten de sanciones y las atribuciones que correspondan a cada uriacutea de las Instancias
Art iacute cu lo 12- Son rentas de I Co leg io Tecnoacute logo Meacutedi ce
1~- Del Consejo Nacional a- Las cotizaciones que se sealen a los Consejos Regionales pro
porcionalmente al nuacutemero de sus miembros shyb- El producto de los bienes que adquiera por cualquiertiacutetuloy c- Las donaciones y rentas que se creen
2~- De 105 Consejos Regionales a- Las cotizaciones que abonen los miembros del Colegio b- El monto de las multas que se apliquen por sanciones discipli
narias c- El producto de los benes que adquieran por cualquier tiacutetulo
y d- De las asignaciones que el Consejo Naciondl disponga
Artiacuteculo 13~- Constituacuteyase una Comisioacuten integrada por Dos representantes Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica designados por el Ministerio de Salud Puacutebl ica uno de ellos lo presidiraacute un Jurista del Colegio de Abogados de Lima quien actuaraacute como Ase sor Legal Dos Profesionales de Tecnologiacutea Meacutedica designados por cada una de las Universidades de San Marcos y Villarreal Dos representantes de la Asociad oacuten Peruana de Tecno logia Meacuteltt ica Esta Comisioacuten deberaacute elaborar el Estatuto del Colegio de Licencia
dos en Tecnologiacutea Meacutedica del Peruacute en un plazo no mayor de 90 diacuteas de vigencia de esta ley los que seraacuten aprobados por el Ministerio shyde Salud mediante Decreto Supremo
Artiacuteculo 14~- La Comisioacuten a que se refiere el artiacuteculo anterior quedaraacute encargada de organizar y pres idtr por esta uacutenica vez la e leccioacuten de los Consejos Nacionales y Regionales respectivos PlOciexcl diendo luego a la instalaci6n de los mismos en un plazo no mayor de 180 diacuteas a partir de la fecha de la promulgacioacuten de la presente ley
Artiacuteculo 15~- Der6ganse todas las disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley
Comuniacutequese al Presidente de la Rep4blcapara su promulgaci6n Casa del Congreso en Lima a 105 once diacuteas del mes de Junio de mil
novecientos ochenticlnco MANUEL ULLOA ELlAS Presidente del Senado ELlAS MENDOZA HABERSP~RGER Presidente de la Caacutemara de Diputados CARLOS MANCHEGO BRAVO Senador Seeretadc ERNESTO OCAMPO MELENDEZ Diputado Secretario
Al senor Presidente Constitucional de la Repuacuteblica
POR TANTO
No habiendo sido promulgada oportunamente por el seftor Presidente de la Repuacuteblica en observancia de lo dispuesto por el Artiacuteculo 193 0
de la Constltuci6n mando se comunique al Ministro de Salud para su publicacl6n y cumplimiento
Casa del Cohgreso en Lima a los diecinueve diacuteas del mes de Julio de mil novecientos ochentlclnco
ELlAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comlsl6n Permanente shydel Congreso
CARLOS MALPICA SILVA SANTISTEBAN Senador Secretario RICARDO CASTRO BECERRA Diputado Secretario
Lima 7 de Agosto de 1985 Cuacutemplase comunfquese regfstrese publfquese y archfvese DAVID TEJADA DE RIVERO Ministro de Salud
(REFERENCIA El Peruano 10 de Agosto de 1985)
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 11- En los casos de infraccioacuten al Coacutedigo de Etica Profe sional o de las Resoluciones emanadas por los COAsejos Nacionales y Reg iona leseomet Idas poI los profesionales colegiados e 1- Coleg lo les haraacute conocer su extraiieza y seguacuten la gravedad de lafaltaacute los amonestaraacute multaraacute suspehderaacuteo expulsaraacute de su seno -Ia suacutespen sioacutenno mayor de un ao y en caso de reincidencia no mayor de dos antildeos Las suspensiones y expul$lones que elllaacutellen deacute 105 Coo$iejos Re gionales deberaacuten ser ratificados por elConseJoNadonal para poiacuteter entrar en vigor
En el caso de condena judicial que imponga inhabilitaci6h el Co legio procederaacute a la suspensioacuten por el tiempo que dure la condena -= El Reglamento estableceraacute condiciones necesarias para la rehabilita cioacuten y sentildealaraacute el procedimiento a seguir e~ todos los casos de aplT catioacuten de sanciones y las atribuciones que correspondan a cada uriacutea de las Instancias
Art iacute cu lo 12- Son rentas de I Co leg io Tecnoacute logo Meacutedi ce
1~- Del Consejo Nacional a- Las cotizaciones que se sealen a los Consejos Regionales pro
porcionalmente al nuacutemero de sus miembros shyb- El producto de los bienes que adquiera por cualquiertiacutetuloy c- Las donaciones y rentas que se creen
2~- De 105 Consejos Regionales a- Las cotizaciones que abonen los miembros del Colegio b- El monto de las multas que se apliquen por sanciones discipli
narias c- El producto de los benes que adquieran por cualquier tiacutetulo
y d- De las asignaciones que el Consejo Naciondl disponga
Artiacuteculo 13~- Constituacuteyase una Comisioacuten integrada por Dos representantes Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica designados por el Ministerio de Salud Puacutebl ica uno de ellos lo presidiraacute un Jurista del Colegio de Abogados de Lima quien actuaraacute como Ase sor Legal Dos Profesionales de Tecnologiacutea Meacutedica designados por cada una de las Universidades de San Marcos y Villarreal Dos representantes de la Asociad oacuten Peruana de Tecno logia Meacuteltt ica Esta Comisioacuten deberaacute elaborar el Estatuto del Colegio de Licencia
dos en Tecnologiacutea Meacutedica del Peruacute en un plazo no mayor de 90 diacuteas de vigencia de esta ley los que seraacuten aprobados por el Ministerio shyde Salud mediante Decreto Supremo
Artiacuteculo 14~- La Comisioacuten a que se refiere el artiacuteculo anterior quedaraacute encargada de organizar y pres idtr por esta uacutenica vez la e leccioacuten de los Consejos Nacionales y Regionales respectivos PlOciexcl diendo luego a la instalaci6n de los mismos en un plazo no mayor de 180 diacuteas a partir de la fecha de la promulgacioacuten de la presente ley
Artiacuteculo 15~- Der6ganse todas las disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley
Comuniacutequese al Presidente de la Rep4blcapara su promulgaci6n Casa del Congreso en Lima a 105 once diacuteas del mes de Junio de mil
novecientos ochenticlnco MANUEL ULLOA ELlAS Presidente del Senado ELlAS MENDOZA HABERSP~RGER Presidente de la Caacutemara de Diputados CARLOS MANCHEGO BRAVO Senador Seeretadc ERNESTO OCAMPO MELENDEZ Diputado Secretario
Al senor Presidente Constitucional de la Repuacuteblica
POR TANTO
No habiendo sido promulgada oportunamente por el seftor Presidente de la Repuacuteblica en observancia de lo dispuesto por el Artiacuteculo 193 0
de la Constltuci6n mando se comunique al Ministro de Salud para su publicacl6n y cumplimiento
Casa del Cohgreso en Lima a los diecinueve diacuteas del mes de Julio de mil novecientos ochentlclnco
ELlAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comlsl6n Permanente shydel Congreso
CARLOS MALPICA SILVA SANTISTEBAN Senador Secretario RICARDO CASTRO BECERRA Diputado Secretario
Lima 7 de Agosto de 1985 Cuacutemplase comunfquese regfstrese publfquese y archfvese DAVID TEJADA DE RIVERO Ministro de Salud
(REFERENCIA El Peruano 10 de Agosto de 1985)
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 15~- Der6ganse todas las disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley
Comuniacutequese al Presidente de la Rep4blcapara su promulgaci6n Casa del Congreso en Lima a 105 once diacuteas del mes de Junio de mil
novecientos ochenticlnco MANUEL ULLOA ELlAS Presidente del Senado ELlAS MENDOZA HABERSP~RGER Presidente de la Caacutemara de Diputados CARLOS MANCHEGO BRAVO Senador Seeretadc ERNESTO OCAMPO MELENDEZ Diputado Secretario
Al senor Presidente Constitucional de la Repuacuteblica
POR TANTO
No habiendo sido promulgada oportunamente por el seftor Presidente de la Repuacuteblica en observancia de lo dispuesto por el Artiacuteculo 193 0
de la Constltuci6n mando se comunique al Ministro de Salud para su publicacl6n y cumplimiento
Casa del Cohgreso en Lima a los diecinueve diacuteas del mes de Julio de mil novecientos ochentlclnco
ELlAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comlsl6n Permanente shydel Congreso
CARLOS MALPICA SILVA SANTISTEBAN Senador Secretario RICARDO CASTRO BECERRA Diputado Secretario
Lima 7 de Agosto de 1985 Cuacutemplase comunfquese regfstrese publfquese y archfvese DAVID TEJADA DE RIVERO Ministro de Salud
(REFERENCIA El Peruano 10 de Agosto de 1985)
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
N 027-86-SAlJ~~ giquestg~nteacute ~ h ~~diquestk
~n~anch
Que por Ley N 24291 se ha establecido el COlegio Tecn6logo ~eacute dico del Peruacute como entidad autoacutenoma representativa de la pr~ fest6n de Tecnologfa Meacutedica
Que la Comisioacuten designada por el artiacuteculo 13 de la Ley 24291 ha formulado el Fstatuto del Colegio T~cnblogo Meacutedico del Peshyruacute elpvaacutendolo al Miristro de Salud siendo pertinente su aprobaci6n shy
En aplicacioacuten del inciso II del artfculo 211 de la Constitushycioacuten Polftica del Peruacute
DECRET1l
Artiacuteculo 1- Aprobar el Estatuto del Colegio Tecshyn~logo f1eacuted1co-~f)eruacute integrado por siete Tiacutetuos y 110 ar tlculos
Artiacuteculo 2- El presente Decreto Supremo seraacute reshyfrendado por--er-filTnTsfro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los s1etediacuteeacutels del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis
lt4~ JlY c shy
Ceiquestgt y - r( 7 e (ampJ (eL C~--
Dr ALAN GARCl YEREZ Oro DAVID reLJADA DE Rlnlstro d S IVEROPresidente Constitucional M e aluddel a Re p uacute b11 ca
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO HEDICO DEL PERU
T I TUL O
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
CM ITULO II
DEL COLEGIO
DE SUS FINES
TITULO I I
DE LOS HIEHBROS
CAPITULO
CAPiTUlO 11
CJIP ITULL
LA HATRICULA EL EHBLEHA
DE LOS HIEHBROS
IA HATRICULA
EL EHBLEMA
TITULO I I I
DE LA ORGANIZACION
e ITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
I
11
111
IV
V
ORGANISMOS DIRECTIVOS Y COMITES
EL CONSEJO NACIONAL
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEHBROS
DEL CONSEJO NACIONAL
CAPITULO
CAPITULO
CAPITULO
VI
VII
VIII
LOS CONSEJOS REGIONALES
SESIONES
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LOS CONSEJOS REGIONALES
DE LOS MIEMBROS DE
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
TITULO IV
DE LOS COMITES
CAPiTUlO COMITES DEL CONSEJO NACIONAL CAP ITULD 11 COMITES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPiTUlO I DISPOSICIONES GENERALES
TITULO VI
DEL REGIMEN ECONOHICO
CAPiTUlO I LA ECONOHIA
TITULO VII
DE LAS SANCIONES
CAPITULO I DE LAS SANCIONES
---00000--shy
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artiacuteculo 1- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 y goza de
la autonomfa que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute agrupa a los
Profesionales en Tecnologra Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
confonme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecn6logo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerfa Juriacutedica y con la representaci6n que le fijamiddot la Ley
Artiacuteculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesl6n de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artiacuteculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute
blto de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
profesionales en Tecnologra Meacutedica
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
ESTATUTO DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU
TITULO
DEL COLEGIO SUS FINES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO
DEL COLEGIO
Artrculo 1~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute es una instit~
cioacuten de derecho puacuteblico interno creado por la Ley Ndeg 24291 Y goza de
la autonomra que eacutella le otorga
Artiacuteculo 2~- El Colegio Tecnoacutelogo Hfdlco del Peruacute agrupa a los
Profesionales en TeooolO91a Meacutedica aptos para ejercer la profesioacuten
conforme a las normas vigentes
Artiacuteculo 3~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute cuenta con pe~
sonerra jurrdica y con la representacioacuten que le fija- la Ley
Artrculo 4- La colegiacioacuten es requisito indispensable para el
ejercicio de la profesioacuten de Tecnologra Meacutedica en el Peruacute
Artrculo 5~- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene como aacute~
bita de accioacuten todos los aspectos relacionados con las actividades
prOfesionales en Teooologra Meacutedica
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
CAPITULO 11
DE SUS FINES
Artiacuteculo 6~- Son fines del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
61 Velar para que el ejercicio de la Profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
se cumpla de acuerdo con las normas deontoloacutegicas contenidas en
el Coacutedigo de Etica Profesional que el Colegio dicte
62 Propender a mejorar la salud individual y colectiva de los habi
tantes del paiacutes
63 Vigilar e impedir el ejercicio ilegal de la profesioacuten
64 Cooperar con los Poderes Puacutebl icos con las instituciones naciona
les y extranjeras y con las entidades profesionales en la defen
sa de la salud procurando que la asistencia profesional alcance
a todo el paiacutes
65 Absolver las consultas que sobre asuntos cientiacuteficos de eacutetica y
deontologiacutea de Tecnologiacutea Meacutedica le sean formuladas por el Esta
do asociaciones profesionales entidades particulares o miem
bros de estas instituciones
66 Mantener vinculacioacuten con iexclas entidades cientiacuteficas del paiacutes y ~
naacutelogas del extranjero
67 Representar oficialmente a los Tecnoacutelogos Meacutedicos en los organi~
mos que las l~yes se~alen y en aquellos que por su naturaleza de
sus funciones asiacute lo requieran
68 Organizar y promover acciones de previsioacuten y asistencia social
del profesional en todas las formas posibles
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
69 Dictar y difundir el Coacutedigo de Etica Profesional vigilar su cum
plimlento y sancionar a los infractores de acuerdo a Ley
610 Velar por el pretigio progreso y prerrogativa de la profesioacuten y
gestionar ante los Poder~s Puacuteblicos las disposiciones legales que
facil iacuteten su desarrollo y afianzamiento
611 Participar en la orientaci6n de la capacitacioacuten del personal Teacutecn
co auxiliar y similares e intervenir en el control de sus activi
dades en el campo de la Tecnologiacutea Meacutedica
612 Participar en congresos y conferencias nacionales e In te rnac ion
les relacionados con la profesi6n asiacute como acreditar sus corres
pondientes delegados
613 Designar ante los Organismos del Estado los delegados que le co
rresponda
614 Distinguir honorfficamente a los Profesionales en Tecnologra Heacutedi
ca que realicen acciones excepcionales en beneficio de la prof~
sloacuten
615 Promover de manera permanente cursos de nivel cientiacutefico para la
capacitacioacuten profesional y en beneficio de la colectividad en gen~
ra 1
616 Todas las demaacutes que la Ley y este Estatuto le otorguen
TITULO II
DE LOS HIEHBROS LA MATRICULA Y EL EHBLEMA
CAPITULO
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
DE LOS MIEMBROS
Artiacuteculo 7~- Son miembros del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
todos los Profes iexclonales de Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en los regi~
tros del Colegio
Artiacuteculo 8- Los miembros son
a) Miembros Titulares y
b) Miembros Honorarios
Artiacuteculo 9- Son Miembros Titulares del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico
del Peruacute todos los Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica inscritos en
los registros del Colegio
Artiacuteculo 10~- Son Miembros Honorarios las personaS peruanas o e~
tranjeras con meacuteritos relevantes que por actos personales comprobados
contribuyan extraordinariamente al progreso o desarrollo de la prof~
s ioacuten o que por actos que benef i c i an mater i a Imente a la Ins ti tllci oacuten se
hicieran merecedores a esta distincioacuten
Artiacuteculo 11- Son obl igaciones de los miembros titulares
111 Respetar y cumplir las normas establecidas en el Estatuto y su Re
glamento
112 Velar por el prestigio de la profesioacuten observando el Coacutedigo de E
tica profesional
113 Cumplir los acuerdos que dicte el Consejo Nacional o Regional
114 Pagar las aportaciones que fije el Reglamentoy las que acuerde
el Consejo
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
115 Reconocer la autoridad competencia y atribuciones de los miembros
directivos del Colegio y dar las facilidades necesarias para el
cumplimiento de sus funciones
116 Aceptar
te
los cargos que se les propongan ~ cumpl irlos diligenteme~
Artiacuteculo 12shy Son derechos de los Miembros Titulares
121 Ejercer la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
corresponde
dentro del campo que le
122 Exigir el cumpl imiento de las normas y disposiciones del
Estatuto y del Coacutedigo de Etica Profesional
presente
123 Gozar individual y colectivamente de todas las prerrogativas y g~
rantiacuteas contenidas en el Estatuto y su Reglamento en el Coacutedigo de
Etica Profesional y en todas las disposiciones del Colegio
124 Elegir y ser elegidos de acuerdo a las disposiciones correspo
dientes y
12S Recibir las publicaciones y documento del Consejo Nacional o Re
sional de su jurisdiccioacuten
CAPITULO II
LA MATRICULA
Artiacuteculo 13~- La inscripcioacuten o matriacutecula en el Colegio Tecnoacutelogo
Meacutedico se efectuaraacute previa presentaci6n del tiacutetulo profesional otorgado
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
por la Universidad o revalidado conforme a las leyes vigentes
Artiacuteculo 1liexcl- La inscripcioacuten es uacutenica y se real iza ante el Cons~
jo Nacional a traveacutes de los Consejos Regionales seraacute asentada en el
Libro de Inscripcioacutefi de Tiacutetulos del Colegio
Artiacuteculo 15~- El Colegiado recibiraacute en el roomento de su inscriE
cioacuten un carnet vaacutelido para el ejercicio de la profesioacuten en el que
constaraacute su nuacutemero de colegiacioacuten
Articulo 16- El padroacuten de los miembros inscritos y aptos seraacute
constantemente depurado y se publicaraacute perioacutedicamente en la revista del
Colegio
CAPITULO 11
EL EMBLEMA
Artiacuteculo 17- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute contaraacute con
un emblema cuyas caracteriacutesticas se sujetaraacuten a las sentildealadas en el Re
glamento
TITULO 111
DE LA ORGANIZACION
CAPITULO
ORGANISMOS DIRECTIVOS V COMITES
Artiacuteculo 18~- El Cohglo Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute tiene los or
ganlsroos directivos siguientes
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
181 El Consejo Nacional que funciona en la Capital de la Repuacutebl ica
182 Los Consejos Regionales que funcionaraacuten en determinadas circuns
cripciones del paiacutes
Artiacuteculo 19~- El nuacutemero de Con~ejo Regionales se determinaraacute shy
en el Reglamento
Artiacuteculo 20~- El Consejo Nacional contaraacute con los siguientes Co
miteacutes
201 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
202 Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
203 Comiteacute de Asuntos Internos
204 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
205 Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios
206 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales de la profesioacuten
207 Comiteacute de Bibl ioteca Publ icaciones e Informacioacuten
208 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
CAPITULO II
EL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 21~- El Consejo Nacional es el organismo supremo del C~
legio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute y tiene su sede en la Capital de la Re
puacuteblica
Artiacuteculo 22- El Consejo Nacional estaacute integrado por el Pre5ide~
te que es el Decano por un Vice-Presidente que es el Vice Decano por
un Secretario del Interior por un Secretario del Exterior por un Teso
rero por dos Vocales y por un Delegado designado por cada uno de los
Consejos Regionales
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 23~- Para ser elegido miembro del Consejo NaciJriexcli1 se re
quiere
231 Ser peruano dlt- nacimiento
232 Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos de
diez antildeos de antiguedad en el ejercicio de la profesioacuten para el
Presidente o Decano para el Vice Presidente - Vice Decano y p~
ra los Secretarios ocho antildeos para el Tesorero seis antildeos para los
Vocales cinco antildeos y para los Delegados cuatro antildeos
233 Comprometerse a residir durante e tiempo que dure su mandato en
la Ciudad de lima
234 No estar incurso en sanciones diacutescipl inarias del Colegio ni estar
inhabil itados por sentencia judicial
Artiacuteculo 24~- No podraacuten ser simultaacuteneamente miembros del Consejo
los coacutenyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segu~
do de afinidad
CAP ITUlO I I I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artrculo 25~- Son funciones y atribuciones del Consejo Nacional
251 Aprobar el Coacutedigo de Etica Profesional y los proyectos de mo~ifica
cioacuten o ampliacioacuten del Estatuto de acuerdo a sus fines y necesida
des con la aprobacioacuten de por lo menos dos tercios de los miembros
del Consejo Nacional
252 Dirigir la vida institucional del Colegio de acuerdo al presente shy
Estatuto
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
253 Asumir las funciones y atribuciones que competen al Colegio en el
orden nacional asiacute como las que establezcan los reglamentos in
ternos y acuerdos del Consejo
254middot Cumpl ir y hacer cumpl ir el Estatuto y el Reglamento del Colegio
Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute sus propios acuerdos y resoluciones
255 Representar al Colegio ante los Poderes Puacutebl icos Universidades
instituciones puacutebl ieas y particulares nacionales e internaeiona
les
256 Nombrar comisiones para el estudio de problemas especiacuteficos pla~
teados al Colegio
257 Emitir opinioacuten a nombre de la Institucioacuten en asuntos de compete~
cia o que tengan intereacutes nacional
258 Dirigir la economra y administracioacuten del Colegio y disponer de ~s
bienes en la forma y procedimientos que fije el Reglamento
259 Resolver las sol icitudes de inscripcioacuten como miembros del Cole
io a los profesionales que reunan los requisitos establecidos
en el Artfculo 13
2510 SeRalar el monto de sueldos dietas cuotas multas y honorarios
a su personal administrativo asf como los aportes que haraacuten los
Consejos Regionales
2511 Vigilar y calificar el comportamiento eacutetico-profesinal de pers~
nas o entidades que se dediquen a actividades relacionadas con
la Tecnologiacutea Meacutedica en cualesquiera de sus campos siempre que
no esteacuten sujetas por la ley o por la jurisdiccioacuten a otro Colegio
Profesional
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
2512 Pro~nder en todas las formas a su alcance a la proteccioacuten y bie
nestar del Profesional en Tecnologiacutea Meacutedica y de su famil ia
2513 Absolver consultas y pronunciarse sobre los asuntos que
gan de los Consejos Regionales de los Comiteacutes de personas
las Entidades que recurran al Colegio
prove~
o de
2514 Imp(~er sanciones conforme a las normas y procedimientos discipll
narios que fija la Ley y el presente Estatuto
2515 Dar traacutemite a las denuncias formuladas por el Comiteacute de Vigila~ cia y Etica Profesional
2516 Llenar las vacantes que se produzcan en su seno
Artiacuteculo 26~- El Consejo Nacional como oacutergano supremo del Cole
gio tiene ademaacutes todos los poderes y atribuciones que no sean en comen
dados expresamente a otros oacuterganos de la Insti tllcioacuten
CAPITULO IV
DE LAS SESIONES
Artiacuteculo 27~- Las sesiones del Consejo Nacional son ordinarias
y extraordinarias
Artiacuteculo 28~- Las sesiones ordinarias se real izaraacuten por 10 menos
una vez al mes Las sesiones extraordinarias se realizaraacuten en cualquier
tiempo a iniciativa del Presidente-Decano o a pedido escrito de por lo
menos la mitad maacutes uno de sus miembros
Artiacuteculo 29~- Los acuerdos rigen desde el momento de aprobacioacuten
del acta respectiva salvo la dispensa expresa que se otorgue
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 30~- El quorum para la realizacioacuten de las sesiones seraacute
de la mitad maacutes uno de los miembros del Consejo los acuerdos se toma
raacuten por mayoriacutea el Presidente-Decano tiene voto dirimente
CAPITULO V
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 31- Corresponden al Presidente del Consejo Nacional o
Decano del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute las siguientes funciones y
atribuciones
311 Dirigir las actividades del Consejo Nacional vigilando y coordina
do el cumplimiento de las obl igaciones de todos los miembros del
Consejo
312 Representar al Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute
313 Presidir todos los actos oficiales del Colegio
314 Ha~er cumpl ir los acuerdos del Consejo Nacional e informar a eacuteste
de la marcha de la Institucioacuten
315 Convocar a sesiones del Consejo Nacional
316 Suscribir toda la correspondencia inherente a su cargo y los con
tratos en que interviene el Colegio
317 Delegar con acuerdo del Consejo Nacional algunas de sus funcio
nes representativas al Vice-Presidente Vice-Decano
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
318 Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto a~robado por
el Consejo Nacional
319 Presentar al teacutermino de su mandato y en sesioacuten puacutebl ica informe
memoria de su gestioacuten administrativa
3110 Todas las demaacutes obligaciones y atribuciones que sentildeale la Ley y
estos Estatutos
Artiacuteculo 32~- Son funciones y atribuciones del Vice-Presidente
Vice - Decano
321 Reemplazar al Presidente-Decano en caso de licencia impedimento
o muerte En este uacuteltimo caso lo haraacute hasta el final de su men
dato con todas las funciones inherentes al cargo
)22 Presidir el Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
323 las demaacutes q~ sentildeale la Ley y estos Estatutos 1
)
Artiacuteculo 33- Son funciones y atribuciones del Secretario del
Interior
331 Llevar y mantener al diacutea el registro de inscripcioacuten de los miem
bros del Colegio y de los miembros honorariacuteos
332 Redactar las actas de las sesiones del Consejo Nacional cui
do de mantenerlas al corriente asiacute como el archivo y el regi~
tro del Colegio
333 Preparar conjuntamente con el Presidente-Decano la agenda de
sesiones y cursar las citaciones
334 Tramitar oportunamente los acuerdos del Consejo que sean de su C(lmpe tenc i a
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
335 Actuar como maestro de ceremonias
336 Presidir el Comiteacute de Asuntos Internos
337 Cumplir con las demaacutes funciones que le fije el Consejo Nacional ~
Art rculo 34- Son funciones y at ri buciones de I Secre tar i o del
Exterior
341 Presidir el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas
342 Mantener vinculacioacuten permanente con todos los organismos naciona
les e internacionales afines
343 Hacer las gestiones pertinentes ante las entidades respect ivas
en asuntos externos relacionados con la profesioacuten de Tecnologiacutea
Meacutedica
344 Presidir la Comisioacuten de Recepcioacuten que atienda a las delegaciones
de profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica del exterior
345 Mantener viacutenculos permanentes con instituciones educativas cul
turales y cientiacuteficas
346 Promocionar las actividades del Colegio
347 Todas las demaacutes que el Consejo Nacional le asigne
Artiacuteculo35~- Son funciones y atribuciones del Te50rero
351 Organizar vigilar y coordinar la marcha econoacutemica del Colegio
352 Elaborar conjuntamente con el Presidente-Decano el proyecto de
presupuesto anual
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
353 Supervigilar la contabil idad del Colegio llevada por un Contashy
dor puacuteblico colegiado
354 Entregar recibir y mantener bajo inventario todos los bienes y
documentos que deben ser llevados en la Tesoreriacutea
355 Preparar con el Contador el balance anual de cada ejercicio pr~
supuestal y someterlo a la aprobacioacuten del Consejo Nacional asiacute
como las auditoriacuteas cuando lo acuerde el Consejo
356 Elevar obligatoriamente al Consejo Nacional un informe semestral
sobre el estado de cuentas del Colegio
357 Presidir el Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
358 Cumplir las demaacutes funciones que le sentildeale el Consejo Nacional
Artfculo 36~- Son funciones y atribuciones de los Vocales
361 Coordinar y presidir el Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedi
mientos Disciplinarios
362 Otras funciones y atribuciones que le sentildeale el Reglamento y el
Consejo
Artiacuteculo 37- Son funciones y atribuciones de los Delegados Reshy
gionales
371 Representar a sus respectivos Consejos
372 Presidir cualquiera de los Comiteacutes de Asuntos Cientiacuteficos y Cul
turales de Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten de Previacute
sioacuten y Asistencia Social
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
CAPITULO VI
LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 38~- Los Consejos Regionales son los oacuterganos directivos
del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del Peruacute en la jurisdiccioacuten que se esta
blece en el Reglamento con las funciones y atribuciones que otorga la
Ley al Consejo Nacional en cuanto sean pertinentes y circunscritos a
su jurisdiccioacuten
Artiacuteculo 39~- Los Consejos Regionales real izan sus funciones de
acuerdo con las normas y resoluciones que dicte el Consejo Nacional
Artiacuteculo 40- Los Consejos Regionales estaacuten integrados por un
Presidente un Secretario un Tesorero y dos Vocales
Artiacuteculo 41~- Para ser elegido miembro del Consejo Regional se
requiere
1deg Ser peruano o nacionalizado
2deg Poseer tiacutetulo profesional en Tecnologiacutea Meacutedica con no menos
de cinco a~os para el Presidente cuatro antildeos para el Secreta
rio y Tesorero tres a~os para los Vocales
3deg No estar incurso en sanciones discipl inarias del Colegio ni
estar inhabilitado por sentencia judicial j
4deg Residir en la regioacuten
Artiacuteculo 42~- Cada Consejo Regional estaacute obl igado a acreditar un
delegado ante el Consejo Nacional
Artiacuteculo 43~- El presupuesto anual memorias y balances del Con
sejo Regional deberaacuten ser elevados al Consejo Nacional para su revisioacuten
en las fechas que se~ale el Reglamento
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 44- Toda situacioacuten no prevista en el presente Estatuto
se elevari en corisulta obl igatoria al Consejo Nacional
Artiacuteculo 45- Para la creacioacuten de un Consejo Regional se requi~
re que en el imbito territorial ejerzan la profesioacuten no menos eh qui~
ce profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
CAP ITUlO VII
SESIONES
Artiacuteculo 46 Son apl icables a las sesiones de los Consejos
gionales lodispuesto en los artiacuteculos 27 28 29 Y 30 del presente
tatuto con excepcioacuten de los pedidos por escrito que seraacuten formulados
por dos miembros del Consejo respectivo
CAPITULO VIII
FUNCIONES y ATRIBUCIONES DE lOS MIEMBROS DEL CONSEJO REGIONAL
DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Artiacuteculo 47- Corresponde al Presidente del Consejo Regional asu
mir todas las funciones y prerrogativas establecidas en el presente Es
tatuto para el Presidente del Consejo Nacional apl icadas a su circuns
cripcioacuten territorial
Artiacuteculo 48~- Corresponde al Secretario vigilar y cumplir las
funciones administrativas del Consejo en relacioacuten con las funciones se
ntildealadas para los Secretarios del Consejo Nacional referidas a los as un tos propios y a otras que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 49- Corresponde al Tesorero todas las funciones y ~
tribuciones sentildealadas en el artiacuteculo 35deg referidas al Consejo y otras
que le asigne el Reglamento
Artiacuteculo 50- Corresponde a los Vocales las funciones y atrib~
ciones sentildealadas en el artiacuteculo 36deg del Estatuto referidas a su Conse
jo y otras que le asigne el Reglamento
TITULO IV
DE LOS COM ITES
CAPITULO
COMITES DEL CONSEJO NACIONAL
Artiacuteculo 51~- Los Comiteacutes estaacuten obl igados a cumpl ir las funci~
nes que le corresponden de conformidad con el presente Estatuto y su
Reglamento
Artiacuteculo 52- Los Comiteacutes emitiraacuten informes opiniones y reco
mendaciones a iniciativa propia o a sol icitud del Consejo Nacional so
bre asuntos de su competencia
Artiacuteculo 53- Los Comiteacutes estaacuten facultados
531 Para formar Sub-Comiteacutes cuando la complejidad y ampl itud de los
asuntos y funciones de su competencia asiacute lo requiera dando
cuenta al Consejo Nacional
532 Para obtener el asesoramiento teacutecnico proponiendo en tal caso shy
al Consejo Nacional las contrataciones respectivas
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 54~- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional estaacute
presidido por el Vice-Presidente Vice-Decano del Consejo y le corres
ponde
541 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos de eacutetica profesional de todas las actividades rela
clonadas con el ejercicio de la profesioacuten de Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 55~- El Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas es presid ido
por el Secretario del Exterinr y le corresponde
551 Efectuar y mantener la vinculacioacuten del Colegio con organismos ~
fines nacionales y extranjeros
552 Divulgar los fines y actividades del Colegio
553 Contribuir en el desarrollo de todos los actos relacionados con
el Colegio
Artiacuteculo 56- El Comiteacute de Asuntos Internos es presidido por el
Secretario del Interior y le corresponde
561 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
~suntos institucionales de orden interno particularmente rela
cionados con el padroacuten de los colegiados y la administracioacuten de
la Institucioacuten
Artiacuteculo 57~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto es presidido
por el Tesorero del Consejo Nacional y le corresponde
571 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todo lo re
lacionado con el reacutegimen econoacutemico del Colegio
Artiacuteculo 58~- El Comiteacute de Asuntos Contenciosos y Procedimientos
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Discipl inarios es presidido por uno de los vocales del Consejo y le
co r res ponde
581 Conocer informar y actuar de acuerdo al Reglamento en todos
los asuntos concernientes a los procesos discipl inarios su
traacutemite y registro correspondiente
Artiacuteculo 59~- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos y Culturales es
presidido por un Delegado Regional y le corresponde
591 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con los estudios eventos cientiacuteficos o
reuniones teacutecnjcas de competencia del Colegio
Artiacuteculo 60~- El Comiteacute de Biacuteblioteca Publicaciones e Informa
cioacuten es presidido por un Delegado Regional y le corresponde
601 Organizar y mantener el funcionamiento de la Bibl ioteca del Co
legioj
602 Organizar y dirigir la Revista de la Institucioacuten y de las publl
caciones del Colegio y
603 Coordinar con el Comiteacute de Relaciones Puacutebl icas las suscripci~
nes de publ icaciones de otras instituciones nacionales e inter
nacionales
Artiacuteculo 61- El Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social para
105 Profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica es presidido por un Delegado
Regional y le ciquestrresponde
611 Conocer informar y actuar conforme al Reglamento en todos los
asuntos relacionados con la proteccioacuten social de los profesion~
les en Tecnologiacutea Meacutedica
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 62~- Cada Comiteacute real izaraacute las funciones que le sentildea
la la Ley o que le encargue o asigne el Consejo Nacional
CAPITULO II
COMliES DE LOS CONSEJOS REGIONALES
Artiacuteculo 63shy Cada Consejo Regional
sioacuten ordinaria a cinco Comiteacutes
designa en su orimera se
Artiacuteculo 64shysiguientes
Los Comiteacutes de 105 Consejos Regionales seraacuten los
64 1 Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional
y Procedimientos Discipl iexclnarios
Asuntos Contenciosos
642 Comiteacute de Asuntos Internos
643 Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto
644 Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales RiexclIacones Puacutebl icas
Biblioteca Publicaciones e Informacioacuten y
645 Comiteacute de Previsioacuten y Asistencia Social
Artiacuteculo 65- El Comiteacute de Vigilancia y Etica Profesional Asu~
tos Contenciosos y Procedimientos Discipl inarios seraacute presidido por uno
de los vocales
Artiacuteculo 66- El Comiteacute de Asuntos Cientiacuteficos Culturales
ladones Puacuteblicas Biblioteca Publicacoacuten e Informacioacuten seraacute presidido
por uno de los vocales
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 67~- Los Comiteacutes de Asuntos Internos y de Previsioacuten
y Asistencia Social estaraacuten presididos por el Secretario
Artiacuteculo 68~- El Comiteacute de Economiacutea y Presupuesto estaraacute a
cargo del Tesorero
TITULO V
DE LAS ELECCIONES
CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES
Artiacuteculo 69~- La eleccioacuten de los miembros del Consejo Naci~
nal y Consejos Regionales seraacute cada dos aftas en un solo acto y de
acuerdo al Estatuto y Reglamento
Artiacuteculo 70~~ En la eleccl6n de los cargos del Consejo Hacl~
nal con excepcioacuten de los Delegados Regionales participaraacuten todos los
miembros haacutebiles del Colegio Tecnol6goco I16dlco del Peruacute mediante ~
to directo secreto y obligatorio En la eleccl6n de los cargos de
los Consejos RegIonales s610 participaraacuten los profeSionales haacutebiles y
empadronados en la respectiva circunscrlpcl6n regional
Artiacuteculo 71~- Los miembros que hubiesen omItido Sufragar en
el proceso electoral para elegir a sus 6rganos de Gobierno del Col~
gio seraacuten sancionados conforme al Estatuto y su Reglamento y de acueL
do con las normas vigentes
Artiacuteculo 72~- El voto es secreto individual directo obll
gatorio y emitido por los miembros haacutebiles del Colegio La eleccioacuten se
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
hace por mayoriacutea simple de los votos vaacutelidos emitidos
Artiacuteculo 73~- El Registro Electoral seraacute confeccionado cuaren
ta y cinco diacuteas calendario artes de las elecciones en base al Registro
Nacional de Matriacutecula debidamente depurado y autorizado
Artiacuteculo 74- El Jurado Electoral a nivel regional seraacute de
signado en cada Consejo Regional por sus respectivos oacuterganos
Artiacuteculo 75- Para ser candidatos a cargos de los Consejos shy
Regionales se debe acreditar la inscripcioacuten en el respectivo Consejo
Artiacuteculo 76~- Para elegir y ser elegido se requiere ser miem
bro titular y en goce de todos los derechos estatutarios
Artiacuteculo n- Los postulantes a cargos del Consejo Nacional y
de los Consejos RegionaJes sol icitaraacuten su inscripcioacuten presentando lis
ta completa treinta diacuteas calendario antes de las elecciones
Artiacuteculo 78- El proceso electoral se realizaraacute de acuerdo a
las disposiciones pertinentes del Reglamento
Artiacuteculo 79- Concluiacutedo el escrutinio el Presidente del Ca
miteacute Electoral proclamaraacute a los candidatos elegidos y en ausencia de shy
eacuteste4 corresponde al Vice-Presidente
Artiacuteculo 8o~- El Consejo Nacional se constituye en Jurado E
lectoral a nivel nacional como autoridad suprema fiscal izaraacute el proc~
so electoral y elegiraacute un Comiteacute Electoral
Artiacuteculo 81- El Comiteacute Electoral formularaacute un reglaTlflnto p~
ra normar el acto electoral
Artiacuteculo 82- La convocatoria y publ icacioacuten de las elecciones
seraacute difundida por el Consejo Nacional por todos los medios a su alcan
ce
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
TIrULO VI
DEL REG l1EN ECONOM ICO
CAPITULO
ECONOMIA
Artiacuteculo 83~- Son rentas del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute las siguientes
8300 Del Consejo Nacional
8301 Las cotizaciones de los Consejos Regionales de acuerdo a lo e
tipulado por el Reglamento en proporcioacuten al nuacutemero de sus miem
bros
8302 Las cuotas extraordinarias de los Consejos
8303 Las donaciones legados subvenciones o rentas que puedan hace~
se y otorgarse a su favor y cualquier otro patrimonio que resul
te de la liquidacioacuten de asociaciones de caraacutecter cientiacutefico o
gremial de los profesionales en Tecnologiacutea Meacutedica
830~ Las multas que se impongan a los Profesionales en Tecnologiacutea Meacute
dica
8305 El producto de bienes y rentas que se adquieran u obtengan por
cualquier tiacutetulo o concepto
8306 Otras rentas que se creen o establezcan de acuerdo a ley
831 Del Consejo Regional
8311 Las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros
8312 La asignacioacuten que fije el Consejo Nacional
8313 El producto de los bienes adquiridos por cualquier tiacutetulo
831~ Las donaciones y subvenciones que le hagan o giren
8315 Las rentas que se le otroguen
8316 El producto de las multas impuestas
Artiacuteculo 8~- Los bienes y rentas del Colegio seraacuten adminis
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
trados por el Consejo Nacional e inventariados y registrados iexclnmedia
taMeacutente despueacutes de su adquisicioacuten
Artiacuteculo 8S- Toda venta gravamen arrendamiento o cualquier
forma de disposicioacuten de alguacuten bien mueble Q inmueble del Colegio Tecnoacute
1090 Heacutedico deberaacute ser aprobada por no menos de dos tercios de 105
mi embtos del Consejo IlacionaJ
Artiacuteculo 86- La disposicioacuten de bienes del Colegio a nivel Re
gional cuyo monto sobrepase lo estipulado en el Reglamento requiere
de la aprobacioacuten de no menos de dos tercios de sus miembros
Artiacuteculo 87shy La economiacutea del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute se regula por presupuestos anuales y regiraacute conforme a las fe
chas sentildealadas en el Reglamento
Artiacuteculo 88- La estructuracioacuten del presupuesto anual se haraacute
cdnformeal Reglamento
Artiacuteculo 89- En la elaboracioacuten del presupuesto del antildeo elec
cionario partieacuteiparaacuten los Presidentes y Tesoreros electos tanto del
Consejo Nacional como de los Consejos Regionales
Artiacuteculo 90- El presupuesto del Colegio Tecnoacutelogo Meacutedico del
Peruacute seraacute aprobado en sesioacuten extraordinarias del Consejo Nacional y
el de los Consejos Regionales en sesioacuten extraordinaria en las fechas
que sentildeale el Reglamento
ArtTculo 91- La recaudacioacuten de los ingresos es de responsab
lidad del Tesorero con cooperacioacuten del Comiteacute de Economiacutea
Artiacuteculo 92- El Tesorero estaacute autorizadO para efectuar pagos
previstoS en el Presupuesto hasta por el monto que fije el Consejo Na
clonal girando los cheques correspondientes Para sumas mayores se re
quieren las firmas del Tesorero y del Presidente-Decano Ambos estaacuten
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
autorizados mancomunadamente para abrir cuentas corrientes hacerdepoacutesl
tos y retirosy efectuar las demaacutes operaciones corrientes de orden ban
cario
Artiacuteculo 93~- La gestioacuten econoacutemica del Consejo Nacional como de
los Consejos Regionales estaraacute a cargo de un Contador Puacuteblico Colegiado
debiendo el Tesorero informar mensualmente el estado de cuenta haciendo
ademaacutes las publicaciones pertinentes en el local institucional
TITULO VI
DE LAS SANCIONES
CAPITULO
Artrculo 94- El Colegio Tecn610go Meacutedico sancionaraacute disclpll
nariamente a cualquiera de sus miembros que en ejercicio de la profesioacuten
falte a las normas del Coacutedigo de Etica Profesional a las disposiciones
del Estatuto o del Reglamento o a las Resoluciones del Consejo Nacional
Artiacuteculo 95- Las sanciones pueden ser impuestas por el Consejo
Nacional o por los Consejos Regionales seguacuten sea el caso
Artrculo 96~- Las sanciones que apliquen los Consejos Reg ion
les podraacuten ser apeladas ante el Consejo Nacional
ma
Artiacuteculo 97shyy sus fallos seraacuten
El Consejo Nacional
inapelables
actuaraacute como instancia supr~
ra
Artrculo 98shy
juzgar los actos de
El Consejo Nacional es la autoridad competente p
los Consejos Regionales o de sus miembros
Artiacuteculo 99- Ninguacuten colegiado puede alegar como descargo el
desconocimiento de las normas del Colegio
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 100~- Todos los Colegiados estaacuten obl igados por igual
y todos son igualmente ancionables si incurren en falta
Artiacuteculo 101- El Colegio Tecnoacutelogo Meacutedco de acuerdo con la
gravedad de la falta puede apl icar las siguientes medidas disciplin~
riacuteas
- Amones tacioacuten
- Multa
- Suspensioacuten y
- Expul s ioacuten
Artiacuteculo 102~- La amonestacioacuten asiacute como la multa se aplicaraacute
en caso de faltas leves requiriendo el Colegio el cumpl imiento de sus
obl igaciones
Artiacuteculo 103- La suspensioacuten seraacute impuesta en el caso de fal
tas graves y no es necesario que el colegiado haya recibido previamente
otra sancioacuten discipl inaria menor por el tiempo que sentildeale el Reglamento
Artiacuteculo 104- La expulsioacuten constituye la pena maacutexima y es
aplicada soacutelo por hechos de extrema gravedad
Artiacuteculo 105- La pena de suspensioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten y para participar en cualquier activishy
dad que requiera su condicioacuten profesional por el tiempo que dure la san
cioacuten
Artiacuteculo 106~- La pena de expulsioacuten inhabilita al colegiado
para el ejercicio de la profesioacuten
Artiacuteculo 107- Las sanciones disciplinarias del Consejo Regi~
nal impuestas a sus miembros que conlleven suspensioacuten de la actividad
profesional o expulsioacuten del Consejo Regional seraacuten elevadas al Consejo
Nacional para su revisoacuten y pronunciamiento final
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho
Artiacuteculo 108~middot la pena de expu)sioacutenseraacute comuniclttdaa todos los
Consejoacutes eglonale5 y autordadescompetentes se anotaraacute en el r~i
tro Individual del colegiado en los registros del Consejo Nacional y
de los Consejos Regionales
Artrculo 109- Los Consejos Regionales en cqnocimlento por las
autoridades judiciales de la condena que recaiga sobre un colegiado y
que le Imponga Inhabilitacioacuten procederaacute a su suspensi6n automaacutetica por
el tiempo que dure dicha condena lo que comunicaraacute inmediatamente el
Consejo Nacional
Artrculo 110~- Ninguacuten colegiado podraacute ser procesado mis de una
vez por el mismo hecho