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Ing. Graciela Chagñay L.
Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST
ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX
POST
ESTACIÓN DE SERVICIO
¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
CÓDIGO
MAE-RA-2015-209439
COMERCIALIZADORA
EP-PETROECUADOR
PROVINCIA CHIMBORAZO
CANTÓN CHUNCHI
PARROQUIA CHUNCHI
PROPONENTE: SR. SEVERO MOREJON ENCALADA
ELABORADO POR:
ING. GRACIELA CHAGÑAY L.
MAYO 2016
2016
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Ing. Graciela Chagñay L.
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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST
ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
1. RESUMEN EJECUTIVO
La estación de servicio “Merceditas II Chunchi”, código MAE-RA-2015-209439 se encuentra
ubicada en la Provincia de Chimborazo, Cantón Chunchi, Parroquia Chunchi, afiliada a la
comercializadora EP-PETROECUADOR, se dedica a la comercialización y expendio de
combustible al sector automotriz.
La infraestructura general de la estación de servicio “MERCEDITAS II” está conformada por
un Área Administrativa, minimarket, baños, y servicios generales; área de tanques para
almacenamiento de combustibles; área de despacho (islas de surtidores); área de bodegas
y cuartos de descanso; área de ingreso, salida y circulación vehicular, y áreas verdes.
El cumplimiento de la normativa ambiental vigente tenemos que la estacio n de servicio
Merceditas II cumple en un 80% la normativa RAOHE 1215 y en un 95% en cuanto se refiere
a seguridad y salud ocupacional, y normas INEN.
Se ha elaborado un plan de accio n para corregir, mitigar y subsanar las no conformidades y
observaciones que se han encontrado al momento de realizar el levantamiento de
informacio n, las cuales no son muchas ya que la estacio n de servicio cumple con todas las
disposiciones en un promedio del 85%
Formular un Plan de Manejo Ambiental que permita prevenir, minimizar y controlar los
potenciales impactos ambientales identificados.
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2. INDICE
1. RESUMEN EJECUTIVO ........................................................................................................ 2
2. INDICE .................................................................................................................................. 3
3. FICHA TÉCNICA .................................................................................................................. 7
4. ANTECEDENTES ................................................................................................................. 8
5. OBJETIVOS DEL ESTUDIO ................................................................................................. 9
6. ALCANCE .............................................................................................................................. 9
7. SIGLAS Y ABREVIATURA ................................................................................................. 10
8. DEFINICIONES .................................................................................................................. 10
9. MARCO DE REFERENCIA LEGAL E INSTITUCIONAL ................................................... 12
9.2. Ley de Hidrocarburos y Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y al Código Penal
(Publicado en el Suplemento del Registro Oficial 170 del 14 de septiembre de 2007). ......... 15
9.3. LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL ...................................................................................... 15
9.4. LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL .................... 17
9.5. EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP) ........................................................ 17
9.6. LEY ORGÁNICA DE SALUD ............................................................................................ 18
9.7. TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE
(TULSMA) ................................................................................................................................. 19
9.8. REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO
DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO DEL IESS ......................................................................... 27
9.9. REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS OPERACIONES
HIDROCARBURÍFERAS (Publicado en el Registro Oficial 265 del 13 de febrero de 2001) ...... 27
9.10. R EGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
(Publicado en la Edición Especial del Registro Oficial 114 del 2 de abril de 2009) ................. 37
9.11. R EGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL IESS Publicado mediante Resolución
172 del 29 de septiembre de 1975) ........................................................................................ 37
9.12. ACUERDO MINISTERIAL 026 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (Lunes 12 de Mayo
del 2008) 38
9.13. ACUERDO MINISTERIAL 142 (PUBLICADO EN EL Registro Oficial N 856 del viernes
21 de diciembre del 2012) ...................................................................................................... 38
9.14. NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 2-251:2013. ....................................... 38
10. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD ESPACIAL DE ANÁLISIS .................................... 39
11. CARACTERIZACION, DIAGNOSTICO Y EVALUACION AMBIENTAL DE LA ZONA
DE ESTUDIO (LINEA BASE) .................................................................................................... 40
11.1. CRITERIOS METODOLÓGICOS .................................................................................. 40
11.1.1. FASE DE GABINETE .................................................................................................. 41
11.1.2. FASE DE TRABAJO DE CAMPO ................................................................................. 41
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11.1.3. FASE DE ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN Y ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL .... 41
11.2. CARACTERIZACIÓN SOCIO AMBIENTAL ........................................................................ 42
11.2.1. MEDIO FÍSICO .......................................................................................................... 42
11.2.1.1. GEOLOGÍA........................................................................................................ 42
11.2.1.1.1. Formaciones Geológicas .............................................................................. 42
11.2.1.1.2. Depósitos Superficiales ............................................................................... 42
11.2.1.2. TOPOGRAFÍA ................................................................................................... 43
11.2.1.3. HIDROLOGÍA E HIDROGRAFÍA ......................................................................... 44
11.2.1.4. CLIMA .............................................................................................................. 44
11.2.2. MEDIO BIÓTICO .......................................................................................................... 45
11.2.2.1. FLORA .................................................................................................................. 45
11.2.2.2. FAUNA ................................................................................................................. 46
11.2.3. MEDIO PERCEPTUAL ................................................................................................ 48
11.2.4. MEDIO SOCIOECONOMICO. .................................................................................... 48
11.2.4.1. DEMOGRAFÍA. ................................................................................................. 48
11.2.4.2. SALUD .............................................................................................................. 49
11.2.4.3. EDUCACION ..................................................................................................... 49
11.2.4.4. CULTURA ......................................................................................................... 50
11.2.4.6. SERVICIOS BÁSICOS. ........................................................................................ 51
AGUA. .......................................................................................................................... 51
ENERGÍA ELÉCTRICA .................................................................................................... 53
11.2.6. ACTIVIDADES SOCIOECONÓMICAS ..................................................................... 53
12. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO .................................................................................. 54
12.1. UBICACIÓN .............................................................................................................. 54
12.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO ............................... 55
12.3. INSTALACIONES ....................................................................................................... 55
12.3.1. ÁREA ADMINISTRATIVA ....................................................................................... 55
12.3.2. ÁREA DE CIRCULACIÓN ........................................................................................ 56
12.3.3. ÁREA DE DESCARGA Y ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE ........................... 56
12.3.4. ÁREA DE DESPACHO ............................................................................................ 57
Fotos 8 y 9. Áreas de despacho en la isla ........................................................................... 58
Fotos 10 y 11. Material absorbente para derrames. .......................................................... 58
12.3.5. ÁREA DE SERVICIOS ............................................................................................. 59
Baterías Sanitarias ............................................................................................................... 59
12.3.6. ÁREAS VERDES ..................................................................................................... 60
12.3.7. ÁREA DE MANEJO DE DESECHOS ........................................................................ 61
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12.3.8. CUARTO DE MAQUINAS ...................................................................................... 62
12.3.9. ÁREA DE MINI MARQUET .................................................................................... 62
12.3.10. SITEMA DE RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS HIDROCARBURADAS 63
12.4. EQUIPAMIENTO ....................................................................................................... 64
12.5.1. Marquesina ......................................................................................................... 64
12.5.2. Islas de Despacho ................................................................................................ 64
12.5.3. Tanques de almacenamiento de combustibles ....................................................... 65
12.5.4. Dispensadores ..................................................................................................... 66
12.5.5. Generador de Energía ......................................................................................... 67
12.5.6. Compresor ........................................................................................................... 68
12.5.7. Tuberías de Venteo ............................................................................................. 68
12.5.8. Tótem .................................................................................................................. 69
12.5.9. Tablero de Distribución de Energía Eléctrica ...................................................... 70
12.5.10. Sistema de Seguridad ...................................................................................... 70
12.6. SERVICIOS BÁSICOS ................................................................................................. 71
12.7. FASES DEL PROYECTO .............................................................................................. 72
12.8. MANTENIMIENTO.................................................................................................... 74
12.9. CIERRE Y/O ABANDONO .......................................................................................... 75
13. DETERMINACIÓN DE ÁREAS DE INFLUENCIA Y ÁREAS SENSIBLES .................... 75
14. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ..
..................................................................................................................................... ….87
Servicios de Primeros Auxilios. ................................................................................................. 94
Manipulación de Materiales Peligrosos ................................................................................... 94
Almacenamiento, Manipulación y Trabajos en Depósitos de Materiales Inflamables. ............. 95
Extintores Móviles. .................................................................................................................... 95
Servicios ................................................................................................................................... 95
14.2. CRITERIO DE EVALUACIÓN ................................................................................ 97
Valoración obtenida ............................................................................................................... 97
14.4. ANÁLISIS DE RIESGOS ............................................................................................. 81
15. PLAN DE ACCIÓN .......................................................................................................... 98
Criterio observado .................................................................................................................. 98
Hallazgo ................................................................................................................................... 98
Descripción del hallazgo ......................................................................................................... 98
Medida correctiva ................................................................................................................... 98
Costo de la medida ................................................................................................................. 98
Plazo de cumplimiento ........................................................................................................... 98
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16. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA) ..................................................................... 99
16.2. Plan de manejo de desechos ............................................................................ 107
16.3. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental .................... 108
16.4. Plan de relaciones comunitarias. ................................................................... 109
16.5. Plan de contingencias ....................................................................................... 110
16.6. Plan de seguridad y salud ocupacional ......................................................... 113
16.7. Plan de monitoreo y seguimiento .................................................................. 115
16.8. Plan de rehabilitación de áreas afectadas .................................................... 116
16.9. Plan de cierre, abandono y entrega del área ............................................... 117
17. CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA) ..... 119
18. BIBLIOGRAFÍA. ........................................................................................................... 120
19. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD .............................................................................. 120
20. ANEXOS. ....................................................................................................................... 120
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3. FICHA TÉCNICA
DATOS DEL PROYECTO
NOMBRE DEL PROYECTO ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II
CHUNCHI¨
COMERCIALIZADORA EP-PETROECUADOR
TIPO DE EMPRESA Almacenamiento y Comercialización de
Combustible
REPRESENTANTE LEGAL Sr. Severo Humberto Morejón Encalada
TELÉFONO 032936944
FASE DEL PROYECTO Operación
UBICACIÓN:
Provincia: Chimborazo
Cantón: Chunchi
Parroquia: Chunchi
COORDENADAS
GEOGRÁFICAS
DATUM WGS 84
X Y
731011 9747380
731027 9747341
731070 9747368
731093 9747410
ÁREA 4950 m2
DIRECCIÓN:
Panamericana Norte Km. 1 ½ en la vía Chunchi -
Cuenca
TELÉFONO: 032790397
E MAIL: estaciondeserviciomerceditas@hotmail.com
DATOS DEL CONSULTOR
TIPO DE ESTUDIO Estudio de Impacto Ambiental Ex – Post.
NOMBRE DEL CONSULTOR Graciela Chagñay – Ingeniera Ambiental
DIRECCIÓN Riobamba – Calle Primera Constituyente y Tarqui –
Instalaciones de ECUTV – Planta Baja – Oficina
106.
REGISTRO MAE Reg.No.MAE – 690 – CI.
TELÉFONO 03-3014600/0995578549
FIRMA DE RESPONSABILIDAD
CORREO isabeltom@hotmail.com/
isabel.chagnay@yahoo.es
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Levantamiento de Línea Base / Flora, Fauna; Descripción del proyecto, elaboración
del Estudio de Impacto Ambiental de la Estación de Servicio.
4. ANTECEDENTES
La ESTACIÓN DE SERVICIO MERCEDITAS II CHUNCHI (ANTES EXLUSIVA) se encuentra
ubicada en el cantón Chunchi de la Provincia de Chimborazo, actualmente se encuentra
afiliada a la comercializadora EP PETROECUADOR, la estación de servicio se dedica a la
comercialización y expendio de combustibles al sector automotriz.
En el año 2010, se compró la gasolinera y mediante oficio No. 007-ARCH-C-D-2010 del 18 de
noviembre del 2010 emitido por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, se
procede a registrar como distribuidor de combustible a Severo Humberto Morejón Encalada
en calidad de propietario de la Estación de Servicio Merceditas II, ubicada en la panamericana
norte km 1 vía Riobamba- Cuenca del cantón Chunchi de la provincia de Chimborazo, además
del cambio del nombre de la estación y cambio de comercializadora.
La Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero en Noviembre del 2012 suspendió las
actividades del proyecto, y se autorizó la reapertura de la misma en septiembre del año 2014;
es así que desde esta fecha la estación de servicio abrió sus puertas a sus clientes nuevamente
y se reiniciaron las actividades.
Conforme y en cumplimiento a lo establecido en el Texto Unificado de Legislación Ambiental
Secundaria, en la que se estipula que los proyectos en operación y que no cuentan con la
Licencia Ambiental deberán iniciar el proceso de regularización ambiental mediante la
elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental Expost y presentarlo a través del Sistema
Único de Información Ambiental (SUIA); la ESTACIÓN DE SERVICIO MERCEDITAS II
CHUNCHI, ha iniciado el proceso de regulación ambiental en el Ministerio del Ambiente.
Mediante el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA) se procedió a registrar el
proyecto ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨ asignándosele el código MAE-
RA-2015- 209439 con fecha 23 de julio del 2015, obteniéndose el Certificado de Intersección
el 23 de Julio de 2015 mediante Oficio No. MAE-SUIA-RA-DPACH-2015-200302, en el cual se
concluye que el Proyecto NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado.
Mediante oficio emitido el 23 de julio del 2015 a la Dirección Provincial de Ambiente de
Chimborazo se solicita la aprobación de los términos de referencia para desarrollar el Estudio
de Impacto Ambiental para la Operación de la Estación de Servicio ‘’Merceditas II Chunchi’’.
La Dirección Provincial del Ambiente de Chimborazo, mediante oficio MAE-SUIA-RA-PTE-
2015-01520 con fecha RIOBAMBA, 19 de agosto del 2015 emite el oficio determinando que
los términos de Referencia para la elaboración del estudio de Impacto Ambiental del referido
proyecto CUMPLE con la normativa ambiental aplicable.
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5. OBJETIVOS DEL ESTUDIO
5.1. OBJETIVO GENERAL
Identificar y evaluar el cumplimiento de la Normativa Ambiental vigente y los riesgos
e impactos ambientales, que generan las actividades propias del proyecto ESTACIO N
DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨, al a rea de influencia y así plantear un Plan
de Manejo Ambiental que sea te cnico y econo micamente viable, para prevenir, mitigar
y/o compensar los impactos ambientales negativos generados.
5.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS
‐ Realizar un diagno stico ambiental de las caracterí sticas de los componentes
ambientales: Fí sico, Bio tico, Socioecono mico y Cultural, en el a rea de influencia del
proyecto.
‐ Describir las actividades operacionales y auxiliares que se realizan en la Estacio n de
Servicio “Merceditas II”
‐ Determinar los Hallazgos, para verificar el nivel de cumplimiento de la Normativa
Ambiental en las operaciones que se viene desarrollando en el proyecto.
‐ Identificar, evaluar y jerarquizar los impactos ambientales significativos que puedan
ser ocasionados por las actividades del proyecto.
‐ Formular un Plan de Accio n en caso de determinarse su necesidad.
‐ Formular un Plan de Manejo Ambiental que permita prevenir, minimizar y controlar
los potenciales impactos ambientales identificados.
‐ Realizar el proceso de participacio n social del EsIA Expost mediante la aplicacio n de
los mecanismos establecidos en el Decreto Ejecutivo 1040, en la cual se obtendra las
opiniones y criterios de la poblacio n del a rea de influencia del proyecto.
6. ALCANCE
El Estudio de Impacto Ambiental Ex post de la ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II
CHUNCHI¨, está orientado a identificar y evaluar el cumplimiento de la Normativa Ambiental
vigente y los riesgos e impactos ambientales que pudieran generar las actividades propias del
proyecto, desde la fase de operación y mantenimiento hasta el cierre y abandono, la misma
que incluirá el levantamiento de la línea base de los medios físico, biótico, social a un nivel de
detalle, así como determinar las afectaciones directas e indirectas al ambiente, enmarcándose
en la Normativa Ambiental vigente.
Se incluirá una descripción de todas las instalaciones conexas y útiles para la operación y
funcionamiento de la Estación de Servicio como las obras civiles, equipos e instalaciones, vía
de acceso, áreas de actividad, puntos de generación de residuos, equipos y materiales,
tratamiento de desechos, insumos necesarios para el funcionamiento de la Estación de
Servicio en el sector.
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Como resultado principal del estudio se obtendra un plan de manejo ambiental te cnico y
econo micamente viable, ajustado a la realidad social y ambiental de la zona, que nos permita
prevenir, mitigar y/o compensar los impactos ambientales negativos generados.
7. SIGLAS Y ABREVIATURA
TULSMA: Texto Unificado de Legislación Secundaria
RAOHE: Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador.
SUIA: Sistema Único de información Ambiental
MAE: Ministerio del Ambiente Ecuador
D.E: Decreto Ejecutivo
R.O: Registro Oficial
A.M: Acuerdo Ministerial
EsIA: Estudio de Impacto Ambiental
PMA: Plan de Manejo Ambiental
CPMA: Cronograma del Plan de Manejo Ambiental
IGM: Instituto Geográfico Militar.
INFOPLAN: Sistema de Información para la Planificación Nacional
NFPA: National Fire Protection America
UTM: Universal Transversal Mercator
SIISE: Sistema Integrado de Indicadores Sociales
AID: Área de Influencia Directa
AII: Área de Influencia Indirecta
EPP: Equipo de Protección Personal
TDRs: Términos de Referencia
INAMHI: Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología
8. DEFINICIONES
Ambiente: Conjunto de elementos bióticos y abióticos, y fenómenos físicos, químicos y
biológicos que condicionan la vida, el crecimiento y la actividad de los organismos vivos.
Generalmente se le llama medio ambiente.
Aceites y grasas: Productos lubricantes derivados del petróleo. Por lo general son
desechados en mezcla con agua, luego de operaciones de estaciones de servicio.
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Aguas Hidrocarburadas: Desechos líquidos generados en las diferentes operaciones y
procesos productivos industriales y, en particular, de estaciones de servicio.
Área de influencia: Comprende el ámbito espacial en donde se manifiestan los posibles
impactos ambientales ocasionados por las actividades y operaciones de la estación de
servicio.
Área de influencia directa: Comprende el ámbito espacial en donde se manifiesta de
manera evidente, durante la realización de los trabajos, los impactos socio-ambientales.
Aguas residuales: Aguas resultantes de actividades industriales que se vierten como
efluentes.
Contaminación: Proceso por el cual un ecosistema se altera debido a la introducción, por
parte del hombre, de elementos sustancias y/o energía en el ambiente, hasta un grado capaz
de perjudicar su salud, atentar contra los sistemas ecológicos y organismos vivientes,
deteriorar la estructura y características del ambiente o dificultar el aprovechamiento
racional de los recursos naturales.
Calidad Ambiental: El control de la calidad ambiental tiene por objeto prevenir, limitar y
evitar actividades que generen efectos nocivos y peligrosos para la salud humana o
deterioren el medio ambiente y los recursos naturales.
Desarrollo Sustentable: Es el mejoramiento de la calidad de la vida humana dentro de la
capacidad de carga de los ecosistemas; implican la satisfacción de las necesidades actuales
sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las futuras generaciones.
Desechos: Son las sustancias (sólidas, líquidas, gaseosas o pastosas) u objetos a cuya
eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de lo
dispuesto en la legislación nacional vigente.
Desechos Peligrosos: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos
resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y
que contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas,
infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales
y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Disposición Final: Es la acción de Depósito permanente de los desechos en sitios y
condiciones adecuadas para evitar daños a la salud y al ambiente.
Ecosistema: Es la unidad básica de integración organismo - ambiente, que resulta de las
relaciones existentes entre los elementos vivos e inanimados de un área dada.
Estudio de Impacto Ambiental: Son estudios técnicos que proporcionan antecedentes
para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además describen las
medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales
significativas.
Evaluación de Impacto Ambiental: Es el procedimiento administrativo de carácter técnico
que tiene por objeto determinar obligatoriamente y en forma previa, la viabilidad ambiental
de un proyecto, obra o actividad pública o privada. Tiene dos fases; el estudio de impacto
ambiental y la declaratoria de impacto ambiental. Su aplicación abarca desde la fase de pre
factibilidad hasta la de abandono o desmantelamiento del proyecto, obra o actividad
pasando por las fases intermedias.
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Gestión Ambiental: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y
administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que
deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y
una óptima calidad de vida.
Generador: Se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad produzca desechos
peligrosos u otros desechos, si esa persona es desconocida, será aquella persona que esté
en posesión de esos desechos y/o los controle.
Impacto Ambiental: Es la alteración positiva o negativa del medio ambiente, provocada
directa o indirectamente por un proyecto o actividad en una área determinada.
Licencia Ambiental: Es la autorización que otorga la autoridad competente a una persona
natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad.
Medio Ambiente: Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales, físicos,
químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por
la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus
diversas manifestaciones.
Plan de Manejo: Instrumento que sirve como una guía de programas, procedimientos,
medidas y prácticas orientadas a la prevención eliminación y minimización o control de
aquellos impactos ambientales o sociales negativos y maximizar los aspectos identificados
como positivos.
Derrames: Salida de un líquido o una sustancia del recipiente que lo contiene hacia el
ambiente.
Fugas: Cualquier derrame, bombeado, vaciado, flujo, emisión, descarga, inyección, escape,
lixiviación, depósito o eliminación de un producto hacia el ambiente.
Incendio: Fuego no controlado que causa daños a personas, edificios, mercancías, bosques,
etc.
Un incendio es una ocurrencia de fuego no controlada que puede ser extremadamente
peligrosa para los seres vivos y las estructuras. La exposición a un incendio puede producir
la muerte, generalmente por inhalación de humo o por desvanecimiento producido por ella
y posteriormente quemaduras graves.
Colisión/ choque: Impacto de dos o más vehículos.
Fallas mecánicas: Se presentan cuando una parte del vehículo no funciona adecuadamente
9. MARCO DE REFERENCIA LEGAL E INSTITUCIONAL
El marco legal y el régimen administrativo aplicable contempla: normas constitucionales,
normas ambientales, tratados y convenios internacionales, leyes orgánicas, leyes ordinarias,
normas regionales, decretos, reglamentos, ordenanzas, acuerdos y resoluciones, estándares
técnicos sobre agua, suelo, aire y requerimientos establecidos en los niveles locales,
nacionales, regionales e internacionales, para lo cual se cita los siguientes cuerpos legales:
9.1. La Constitución de la República del Ecuador
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 del 20 de
octubre del 2008.
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Art. 3 se mantiene como deber primordial del Estado, la promoción del desarrollo
sustentable. Esto concuerda con las tendencias que a nivel mundial se manifiestan sobre el
ambiente y que se hallan reconocidas y documentadas en conferencias y Convenios
internacionales.
Art. 10 al ser reconocida la naturaleza o Pacha Mama como sujeto de derechos. En este tema
se da un cambio de perspectiva, al pasar de una concepción antropocéntrica a una
concepción bioecocéntrica y se rebate la vieja formulación del Derecho Positivo que
reconoce únicamente como sujetos de una relación jurídica a las personas naturales y
personas jurídicas.
Art. 14 reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, que en idioma kichwa se
denomina sumak kawsay. De igual manera, declara de interés público la preservación del
ambiente, la conservación de los ecosistemas, la prevención del daño ambiental y la
recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 71 reconoce a la Naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, el
derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de
sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el
cumplimiento de los derechos de la Naturaleza. También el Estado incentivará a las
personas naturales y jurídicas y a los colectivos, para que protejan la naturaleza y
promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.
Art. 72 reconoce el derecho de restauración a la naturaleza, siendo este derecho
independiente a la obligación del Estado y de las personas naturales o jurídicas de
indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.
También se contempla que en casos de impacto ambiental grave o permanente, el Estado
establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración y adoptará medidas
adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.
El Art. 73 obliga al Estado a la aplicación de medidas de precaución y restricción para las
actividades que puedan conducir a la extinción de especies, destrucción de ecosistemas o
alteración permanente de ciclos naturales.
Dentro de los deberes y responsabilidades de los ecuatorianos y ecuatorianas, los
numerales 6 y 13 del Art. 83 señalan el respeto de los derechos de la naturaleza, la
preservación de un ambiente sano y la conservación del patrimonio natural del país.
Art. 276 numeral 4 señala como uno de los objetivos de dicho Régimen, la recuperación y
conservación de la naturaleza y el mantenimiento de un ambiente sano y sustentable que
garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al
agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y patrimonio natural.
Art. 395 reconoce los siguientes principios ambientales:
El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y
respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de
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regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las
generaciones presentes y futuras.
Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio
cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales
o jurídicas en el territorio nacional.
El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades,
pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad
que genere impactos ambientales.
Art. 396 obliga al Estado la adopción de políticas y medidas oportunas que eviten los
impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre
el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del
daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas.
Otro avance primordial, es la reversión de la carga de la prueba en temas ambientales. Es
decir, el presunto contaminador deberá demostrar que el no es el causante del daño
ambiental ocasionado. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al
ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de
restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades
afectadas.
Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso
de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto
ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de
control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños
ambientales serán imprescriptibles.
Art. 397 establece que en caso de daños ambientales, el Estado actuará de manera
inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas.
Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad
que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las
condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también
recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental.
Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a:
1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las
acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su
interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la
posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño
ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o
real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado.
2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental,
de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos
naturales.
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3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales
tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente.
4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice
la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los
ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del
Estado.
5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales,
basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y
solidaridad.
Art. 399 se refiere al ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la
corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, articulándose a través de un
Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, que tendrá a su cargo la Defensoría
del Ambiente y la Naturaleza.
9.2. Ley de Hidrocarburos y Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y al
Código Penal (Publicado en el Suplemento del Registro Oficial 170 del 14 de
septiembre de 2007).
Petroecuador, contratistas o asociados en exploración y explotación de hidrocarburos,
refinación, transporte y comercialización, tienen la obligación de ejecutar sus labores sin
afectar negativamente a la organización económica y social de la población asentada en su
área de acción, ni a los recursos naturales renovables y no renovables locales.
Señala que el almacenamiento, distribución y venta al público de los derivados del petróleo
se realizará por Petroecuador ó por personas naturales ó por empresas nacionales o
extranjeras, quienes deberán sujetarse a los requisitos técnicos, normas de calidad,
protección ambiental y control que fije el Ministerio del Ramo.
9.3. LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
Publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 418 del 10 de septiembre de 2004, previo
a su actual status de codificada, la expedición de la Ley de Gestión Ambiental (D.L. No. 99-
37 del 22 de julio de 1999 R.O. No. 245 del 30 de julio de 1999).
Se establecieron los principios y directrices de una política ambiental, determinando las
obligaciones de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señalando los
límites permisibles, controles y sanciones en esta materia.
Así mismo, establece como autoridad ambiental nacional al Ministerio del Ambiente que
actúa como instancia rectora, coordinadora y reguladora del “Sistema Descentralizado de
Gestión Ambiental”. Esta institución reguladora debe, entre otras cosas, determinar las
obras, proyectos e inversiones que requieran estudios de impacto ambiental aprobados.
Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en
la descentralización de la gestión ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del
Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones del
Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales (Art. 13), siendo las Municipalidades
y Consejos Provinciales quienes están interviniendo en este ámbito con la expedición de
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Ordenanzas Ambientales, siempre y cuando estén acreditados al Sistema Único de Manejo
Ambiental (SUMA).
Debe remarcarse el Capítulo II, dedicado a la evaluación de impacto ambiental y del control
ambiental, en el cual se establece que “las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos
de inversión privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados
previamente a su ejecución por los organismos descentralizados de control”.
Art. 19, requiriéndose de la respectiva licencia otorgada por la autoridad ambiental
nacional, autoridad sectorial nacional o autoridad ambiental seccional. Para su obtención
establece como requisitos: estudios, evaluación de impacto ambiental, evaluación de
riesgos, sistemas de monitoreo, auditorías ambientales (Art. 21).
Además, se contempla la posibilidad de que en las actividades para las que se hubiere
otorgado licencia ambiental, puedan ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del
Ministerio del ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los
planes de manejo ambiental aprobados se le realizará mediante la auditoría ambiental,
practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de
establecer los correctivos que deban hacerse (Art. 22).
Art. 23. De esta norma legal señala los aspectos que debe contener la evaluación del impacto
ambiental como:
a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo,
el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área
previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido vibraciones, olores,
emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su
ejecución;
c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el
patrimonio histórico, escénico y cultural.
La evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y
aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el
Ministerio del ramo (Art. 24). Sin duda, esta Ley de Gestión Ambiental, como Ley especial,
se torna como la normativa jurídica ambiental general a la que deben sujetarse todas las
instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o estudios.
Impacto ambiental como:
a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo,
el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área
previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido vibraciones, olores,
emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su
ejecución;
c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el
patrimonio histórico, escénico y cultural.
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La evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y
aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el
Ministerio del ramo (Art. 24). Sin duda, esta Ley de Gestión Ambiental, como Ley especial,
se torna como la normativa jurídica ambiental general a la que deben sujetarse todas las
instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o estudios.
Art. 41. Contempla la acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano
para denunciar la violación de las normas que protegen al ambiente y los derechos
ambientales individuales o colectivos de la sociedad. De esta manera, queda establecida en
esta ley la obligatoriedad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental en toda obra que
suponga un riesgo ambiental. Actualmente, la mayoría de Municipalidades del país están
incorporando en sus Ordenanzas la exigencia de realizar este estudio en toda obra nueva.
Con esta medida el Estado descentraliza su ámbito de acción y mejora su efectividad y
control en el área ambiental.
CAPÍTULO III-DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Art. 28: Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental,
a través de los mecanismos de participación social, entre los cuales se incluirán consultas,
audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector
público y el privado.
Art. 29: Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y
suficientemente sobre cualquier actividad de las Instituciones del Estado, que pueda
producir impactos ambientales.
Art. 41: contempla la acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano
para denunciar la violación de las normas que protegen al ambiente y los derechos
ambientales individuales o colectivos de la sociedad. De esta manera, queda establecida en
esta ley la obligatoriedad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental en toda obra que
suponga un riesgo ambiental. Actualmente, la mayoría de Municipalidades del país están
incorporando en sus Ordenanzas la exigencia de realizar este estudio en toda obra nueva.
Con esta medida el Estado descentraliza su ámbito de acción y mejora su efectividad y
control en el área ambiental.
9.4. LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 418 del 10 de septiembre de 2004.
Esta Ley trata sobre la prevención y control de la contaminación de los recursos aire, agua
y suelo y establece la prohibición de descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas
técnicas y regulaciones que determine la autoridad ambiental competente (nacional,
seccional o sectorial) que puedan perjudicar o constituir una molestia a la salud y vida
humana, la flora, la fauna, los recursos o bienes del Estado o de particulares.
El Art. 16 concede acción popular para denunciar a las autoridades competentes toda
actividad que contamine el medio ambiente.
9.5. EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP)
Publicado en el Suplemento del Registro Oficial 180, del lunes 10 de febrero de 2014.
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CAPÍTULO CUARTO
Delitos contra el ambiente y la naturaleza o Pacha Mama
SECCIÓN TERCERA
Delitos contra la gestión ambiental
Artículo 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o
sustancias peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa
vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe,
transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas
o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será
sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Artículo 257.- Obligación de restauración y reparación.- Las sanciones previstas en este
capítulo, se aplicarán concomitantemente con la obligación de restaurar integralmente los
ecosistemas y la obligación de compensar, reparar e indemnizar a las personas y
comunidades afectadas por los daños. Si el Estado asume dicha responsabilidad, a través de
la Autoridad Ambiental Nacional, la repetirá contra la persona natural o jurídica que cause
directa o indirectamente el daño.
Artículo 262.- Paralización del servicio de distribución de combustibles.- La persona que
paralice o suspenda de manera injustificada el servicio público de expendio o Distribución
de hidrocarburos o sus derivados, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles,
será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.
9.6. LEY ORGÁNICA DE SALUD
Publicada en el Suplemento del Registro Oficial # 423 del 22 de diciembre de 2006.
El Art. 7 literal c) se refiere al derecho que tienen las personas de vivir en un ambiente
sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación.
El Libro II se refiere a la Salud y Seguridad Ambiental estableciendo en su Art. 95 que la
autoridad sanitaria nacional coordinara con el MAE las normas básicas para la preservación
del ambiente en temas de salud humana.
El Art. 96 señala la obligación de toda persona natural o jurídica de proteger todo acuífero,
fuente o cuenca que sirva para abastecimiento de agua para consumo humano y prohíbe
cualquier actividad que pueda contaminar dicha fuente de captación de agua.
El Art. 103 prohíbe descargar o depositar aguas servidas y residuales sin el tratamiento
apropiado en cualquier curso de agua siendo responsabilidad de la autoridad sanitaria
nacional en coordinación con los municipios del país.
El Art. 104 dispone la obligación de todo establecimiento comercial industrial o de servicios
de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas que se produzcan por efecto de
sus actividades.
El Capítulo III se refiere a la Calidad del aire y contaminación acústica con el objetivo de
evitar la contaminación por ruido que afecte la salud humana.
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En conclusión, la Ley Orgánica de Salud dispone la coordinación interinstitucional entre las
autoridades sanitaria y ambiental a nivel nacional con el fin de prevenir la contaminación
de los recursos y a su vez evitar cualquier atentado contra la salud humana de los habitantes.
Art. 437-K.- El juez penal podrá ordenar la suspensión inmediata de la actividad
contaminante y la clausura del establecimiento, sin perjuicio de la sanción dada por la
autoridad competente en materia ambiental.
9.7. TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL
AMBIENTE (TULSMA)
Mediante Acuerdo Ministerial No. 061 publicado en la Edición Especial No. 270 del Registro
Oficial 316, el lunes 4 de mayo del 2015, se realiza la reforma al Libro VI del Texto Unificado
de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente;
CAPÍTULO III
DE LA REGULARIZACIÓN AMBIENTAL
Art. 25 Licencia Ambiental.- Es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental
Competente a través del SUIA, siendo de carácter obligatorio para aquellos proyectos, obras
o actividades considerados de medio o alto impacto y riesgo ambiental.
El Sujeto de control deberá cumplir con las obligaciones que se desprendan del permiso
ambiental otorgado.
CAPÍTULO IV
DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES
Art. 32 Del Plan de Manejo Ambiental.- El Plan de Manejo Ambiental consiste de varios
sub-planes, dependiendo de las características de la actividad o proyecto. El Plan de Manejo
Ambiental contendrá los siguientes sub planes, con sus respectivos programas,
presupuestos, responsables, medios de verificación y cronograma.
a) Plan de Prevención y Mitigación de Impactos;
b) Plan de Contingencias;
c) Plan de Capacitación;
d) Plan de Seguridad y Salud ocupacional;
e) Plan de Manejo de Desechos;
f) Plan de Relaciones Comunitarias;
g) Plan de Rehabilitación de Áreas afectadas;
h) Plan de Abandono y Entrega del Área;
i) Plan de Monitoreo y Seguimiento.
En el caso de que los Estudios de Impacto Ambiental, para actividades en funcionamiento
(EsIA Ex post) se incluirá adicionalmente a los planes mencionados, el plan de acción que
permita corregir las No Conformidades (NC), encontradas durante el proceso.
CAPÍTULO VI
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GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS, Y DESECHOS
PELIGROSOS Y/O ESPECIALES
Art. 54 Prohibiciones.- Sin perjuicio a las demás prohibiciones estipuladas en la normativa
ambiental vigente, se prohíbe: a) Disponer residuos y/o desechos sólidos no peligrosos,
desechos peligrosos y/o especiales sin la autorización administrativa ambiental
correspondiente. b) Disponer residuos y/o desechos sólidos no peligrosos, desechos
peligrosos y/o especiales en el dominio hídrico público, aguas marinas, en las vías públicas,
a cielo abierto, patios, predios, solares, quebradas o en cualquier otro lugar diferente al
destinado para el efecto de acuerdo a la norma técnica correspondiente. c) Quemar a cielo
abierto residuos y/o desechos sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales. d)
Introducir al país residuos y/o desechos no peligrosos y/o especiales para fines de
disposición final. e) Introducir al país desechos peligrosos, excepto en tránsito autorizado.
Art. 61 De las prohibiciones.- No depositar sustancias líquidas, pastosas o viscosas,
excretas, ni desechos peligrosos o de manejo especial, en los recipientes destinados para la
recolección de residuos sólidos no peligrosos.
PARÁGRAFO II
DE LA SEPARACIÓN EN LA FUENTE
Art. 62 De la separación en la fuente.- El generador de residuos sólidos no peligrosos está
en la obligación de realizar la separación en la fuente, clasificando los mismos en función
del Plan Integral de Gestión de Residuos, conforme lo establecido en la normativa ambiental
aplicable.
PARÁGRAFO III
DEL ALMACENAMIENTO TEMPORAL
Art. 63 Del almacenamiento temporal urbano.- Se establecen los parámetros para el
almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos ya clasificados, sin perjuicio de
otros que establezca la Autoridad Ambiental Nacional, de acuerdo a lo siguiente:
a) Los residuos sólidos no peligrosos se deberán disponer temporalmente en recipientes o
contenedores cerrados (con tapa), identificados, clasificados, en orden y de ser posible con
una funda plástica en su interior.
b) Los contenedores para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos
deberán cumplir como mínimo con: estar cubiertos y adecuadamente ubicados, capacidad
adecuado acorde con el volumen generado, construidos con materiales resistentes y tener
identificación de acurdo al tipo de residuo.
c) El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se lo realizará bajo las
condiciones establecidas en la norma técnica del INEN.
Art. 81 Obligatoriedad.- Están sujetos al cumplimiento y aplicación de las disposiciones de
la presente sección, todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales
o extranjeras, que dentro del territorio nacional participen en cualquiera de las fases y
actividades de gestión de desechos peligrosos y/o especiales, en los términos de los
artículos precedentes en este Capítulo. Es obligación de todas las personas naturales o
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jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que se dediquen a una, varias o todas
las fases de la gestión integral de los desechos peligrosos y/o especiales, asegurar que el
personal que se encargue del manejo de estos desechos, tenga la capacitación necesaria y
cuenten con el equipo de protección apropiado, a fin de precautelar su salud.
SECCIÓN II
GESTIÓN INTEGRAL DE DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES
Art. 84 La transferencia.- La entrega/recepción de desechos peligrosos y/o especiales,
entre las fases del sistema de gestión establecido, queda condicionada a la verificación de la
vigencia del registro otorgado al generador y al alcance del permiso ambiental de los
prestadores de servicio para la gestión de desechos peligrosos y/o especiales.
Art. 85 Gestor o prestador de servicios para el manejo de desechos peligrosos y/o
especiales.- Constituye toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o
extranjera, que presta servicios de almacenamiento temporal, transporte, eliminación o
disposición fi nal de desechos peligrosos y/o especiales. El gestor para tal efecto, tiene la
obligación de obtener un permiso ambiental, según lo establecido en este Libro.
PARÁGRAFO I
GENERACIÓN
Art. 86 Del generador de desechos peligrosos y/o especiales.- Corresponde a cualquier
persona natural o jurídica, pública o privada que genere desechos peligrosos y/o especiales
derivados de sus actividades productivas o aquella persona que esté en posesión o control
de esos desechos. El fabricante o importador de un producto o sustancia química con
propiedad peligrosa que luego de su utilización o consumo se convierta en un desecho
peligroso o especial, tendrá la misma responsabilidad de un generador, en el manejo del
producto en desuso, sus embalajes y desechos de productos o sustancias peligrosas.
Art. 87 Del manifiesto único.- Es el documento oficial mediante el cual, la Autoridad
Ambiental Competente y el generador mantienen la cadena de custodia. Dicha cadena
representa un estricto control sobre el almacenamiento temporal, transporte y destino de
los desechos peligrosos y/o especiales producidos dentro del territorio nacional. En casos
específicos en que el prestador de servicio (gestor) se encuentre en posesión de desechos
peligrosos y/o especiales, los cuales deban ser transportados fuera de sus instalaciones,
también aplicará la formalización de manifiesto único con el mismo procedimiento aplicado
para el generador.
Art. 88 Responsabilidades.- Al ser el generador el titular y responsable del manejo de los
desechos peligrosos y/o especiales hasta su disposición final, es de su responsabilidad:
a) Responder individual, conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas
que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al cumplimiento
de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos y en caso de
incidentes que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La
responsabilidad es solidaria e irrenunciable;
b) Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales
ante la Autoridad Ambiental Nacional o las Autoridades Ambientales de Aplicación
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responsable, para lo cual la Autoridad Ambiental Nacional establecerá los procedimientos
aprobatorios respectivos mediante Acuerdo Ministerial y en conformidad a las
disposiciones en este Capítulo. El registro será emitido por punto de generación de desechos
peligrosos y/o especiales. Se emitirá un sólo registro para el caso exclusivo de una actividad
productiva que abarque varios puntos donde la generación de desechos peligrosos y/o
especiales es mínima, de acuerdo al procedimiento establecido en la norma legal respectiva.
c) Tomar medidas con el fi n de reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos
y/o especiales, para lo cual presentarán ante la Autoridad Ambiental Competente, el Plan
de Minimización de Desechos Peligrosos, en el plazo de 90 días, una vez emitido el
respectivo registro;
d) Almacenar los desechos peligrosos y/o especiales en condiciones técnicas de seguridad
y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente reglamento, normas INEN y/o
normas nacionales e internacionales aplicables; evitando su contacto con los recursos agua
y suelo y verificando la compatibilidad de los mismos;
e) Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el
almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los vehículos
que vayan a realizar el traslado de los mismos;
f) Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de acuerdo
a la norma técnica aplicable.
g) Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo,
únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con el permiso ambiental
correspondiente emitido por la Autoridad Ambiental Nacional o por la Autoridad Ambiental
de Aplicación responsable.
Art. 92 Del período del almacenamiento.- El almacenamiento de desechos peligrosos y/o
especiales en las instalaciones, no podrá superar los doce (12) meses contados a partir de
la fecha del correspondiente permiso ambiental. En casos justificados, mediante informe
técnico, se podrá solicitar a la Autoridad Ambiental una extensión de dicho periodo que no
excederá de 6 meses.
Durante el tiempo que el generador esté almacenando desechos peligrosos y/o especiales
dentro de sus instalaciones, este debe garantizar que se tomen las medidas tendientes a
prevenir cualquier afectación a la salud y al ambiente, teniendo en cuenta su
responsabilidad por todos los efectos ocasionados. En caso de inexistencia de una
instalación de eliminación y/o disposición fi nal, imposibilidad de accesos a ella u otros
casos justificados, la Autoridad Ambiental Competente podrá autorizar el almacenamiento
de desechos peligrosos y/o especiales por períodos prolongados, superiores a los
establecidos en el presente artículo. En este caso, la Autoridad Ambiental Nacional emitirá
las disposiciones para el almacenamiento prolongado de los desechos peligrosos y/o
especiales y su control.
CAPÍTULO VIII
CALIDAD DE LOS COMPONENTES BIÓTICOS Y ABIÓTICOS
SECCIÓN I
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DISPOSICIONES GENERALES
Art. 196 De las autorizaciones de emisiones, descargas y vertidos.- Los Sujetos de
Control deberán cumplir con el presente Libro y sus normas técnicas. Así mismo, deberán
obtener las autorizaciones administrativas ambientales correspondientes por parte de la
Autoridad Ambiental Competente.
En ningún caso la Autoridad Ambiental Competente otorgará autorizaciones
administrativas ambientales cuando las emisiones, descargas y vertidos sobrepasen los
límites permisibles o los criterios de calidad correspondientes establecidos en este Libro,
en las normas técnicas o en los anexos de aplicación.
En caso de que la actividad supere los límites permisibles se someterá al procedimiento
sancionatorio establecido en este Libro.
No se autorizarán descargas ya sean aguas servidas o industriales, sobre cuerpos hídricos,
cuyo caudal mínimo anual, no pueda soportar la descarga; es decir, sobrepase la capacidad
de carga del cuerpo hídrico. La determinación de la capacidad de carga del cuerpo hídrico
será establecida por la Autoridad Única del Agua en coordinación con la Autoridad
Ambiental Nacional.
Art. 197 Reporte.- El Sujeto de Control que origine descargas, emisiones o vertidos hacia
el ambiente, incluyendo sistemas de alcantarillado, deberá reportar a la Autoridad
Ambiental Nacional con la periodicidad que establece el régimen de evaluación de impactos
ambientales presente en este Libro. Los formularios o formatos para tales reportes serán
establecidos a través del cuerpo legal correspondiente.
Art. 199 De los planes de contingencia.- Los planes de contingencia deberán ser
implementados, mantenidos, y evaluados periódicamente a través de simulacros. Los
simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la Autoridad
Ambiental Competente. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la
presente disposición. La ejecución de los planes de contingencia debe ser inmediata. En caso
de demora, se considerará como agravante al momento de resolver el procedimiento
administrativo.
Art. 200 De la revisión pública de actualizaciones de Planes de Manejo Ambiental.-
Las personas naturales o jurídicas, domiciliadas en el país, con interés directo o no en la
actividad regulada, podrán remitir por escrito a la Autoridad Ambiental Competente sus
criterios respecto de los planes de manejo actualizados o auditorías ambientales, que estén
siendo o hayan sido revisados. La Autoridad Ambiental Competente podrá aceptar o
rechazar estos criterios. De acogerlos, los responsables de las actividades, deberán efectuar
los alcances respectivos.
SECCIÓN III
CALIDAD DE COMPONENTES ABIÓTICOS
PARÁGRAFO I
DEL AGUA
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Art. 209 De la calidad del agua.- Son las características físicas, químicas y biológicas que
establecen la composición del agua y la hacen apta para satisfacer la salud, el bienestar de
la población y el equilibrio ecológico. La evaluación y control de la calidad de agua, se la
realizará con procedimientos analíticos, muestreos y monitoreos de descargas, vertidos y
cuerpos receptores; dichos lineamientos se encuentran detallados en el Anexo I.
En cualquier caso, la Autoridad Ambiental Competente, podrá disponer al Sujeto de Control
responsable de las descargas y vertidos, que realice muestreos de sus descargas así como
del cuerpo de agua receptor.
Toda actividad antrópica deberá realizar las acciones preventivas necesarias para no alterar
y asegurar la calidad y cantidad de agua de las cuencas hídricas, la alteración de la
composición físico-química y biológica de fuentes de agua por efecto de descargas y vertidos
líquidos o disposición de desechos en general u otras acciones negativas sobre sus
componentes, conllevará las sanciones que correspondan a cada caso.
PARÁGRAFO IV
DEL AIRE Y DE LAS EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Art. 219 De la calidad del aire.- Corresponde a características del aire ambiente como el
tipo de sustancias que lo componen, la concentración de las mismas y el período en el que
se presentan en un lugar y tiempo determinado; estas características deben garantizar el
equilibrio ecológico, la salud y el bienestar de la población.
CAPÍTULO X
CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
MECANISMOS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
Art. 251 Plan de Manejo Ambiental.- Incluirán entre otros un Plan de Monitoreo
Ambiental que ejecutará el sujeto de control, el plan establecerá los aspectos ambientales,
impactos y parámetros a ser monitoreados, la periodicidad de los monitoreos, y la
frecuencia con que debe reportar los resultados a la Autoridad 96 RG / KV / ME/ PC / DB /
LC / DP / SV / RR / AQ Ambiental Competente. De requerirlo la Autoridad Ambiental
Competente podrá disponer al Sujeto de Control que efectúe modificaciones y
actualizaciones al Plan de Manejo Ambiental.
Para el caso de las actividades, obras o proyectos que cuenten con un permiso ambiental,
deberán remitir conforme a los lineamientos emitidos por la Autoridad Ambiental
Competente un reporte de los muestreos que permitan la caracterización ambiental de los
aspectos físicos, químicos y biológicos de los recursos de acuerdo a la actividad que esté
desarrollando. La Autoridad Ambiental Competente sobre la base de éstos resultados podrá
disponer al sujeto de control la ejecución de medidas de prevención, mitigación y/o
rehabilitación.
Art. 252 Modificaciones al Plan de Manejo Ambiental y actividades de monitoreo,
seguimiento y control para proyectos que cuenten con Licencia Ambiental.- De existir
razones técnicas suficientes, la Autoridad Ambiental Competente podrá requerir al regulado
en cualquier momento, que efectúe modificaciones y actualizaciones al Plan de Manejo
Ambiental aprobado.
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El regulado deberá informar por escrito a la entidad correspondiente para la ejecución de
la actividad, cuando se presenten modificaciones sustanciales de las condiciones bajo las
cuales se aprobó el Estudio Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, de tal manera que
produzca variaciones en la información suministrada. La Autoridad Ambiental Competente
emitirá el respectivo informe para determinar la acción que el regulado deberá efectuar,
misma que deberá responder a los cambios ocurridos. Entre las acciones que el regulado
deberá efectuar se citan las siguientes:
a) Modificacio n del plan de monitoreo y seguimiento a los aspectos ambientales
significativos de la actividad;
b) Actualizacio n del Plan de Manejo Ambiental; y,
c) Ejecucio n inmediata de una Auditorí a Ambiental de Cumplimiento con la respectiva
actualizacio n del Plan de Manejo Ambiental.
Estas modificaciones estarán sujetas a aprobación por parte de la Autoridad Ambiental
Competente.
En caso de que el promotor de un proyecto, obra o actividad, requiera generar nuevas
actividades que sean complementarias a la autorizada, que impliquen impacto y riesgo
ambiental que no fue contemplado en los estudios ambientales aprobados, deberán
acogerse a lo establecido en el presente Libro.
INFORMES AMBIENTALES DE CUMPLIMIENTO
Art. 262 De los Informes Ambientales de cumplimiento.- Las actividades regularizadas
mediante un Registro Ambiental serán controladas mediante un Informe Ambiental de
Cumplimiento, inspecciones, monitoreos y demás establecidos por la Autoridad Ambiental
Competente.
Estos Informes, deberán evaluar el cumplimiento de lo establecido en la normativa
ambiental, plan de manejo ambiental, condicionantes establecidas en el permiso ambiental
respectivo y otros que la autoridad ambiental lo establezca. De ser el caso el informe
ambiental contendrá un Plan de Acción que contemple medidas correctivas y/o de
rehabilitación.
La información entregada por el Sujeto de Control podrá ser verificada en campo y de
evidenciarse falsedad de la misma, se dará inicio a las acciones legales correspondientes.
DE LAS AUDITORÍAS AMBIENTALES
Art. 264 Auditoría Ambiental.- Es una herramienta de gestión que abarca conjuntos de
métodos y procedimientos de carácter fiscalizador, que son usados por la Autoridad
Ambiental Competente para evaluar el desempeño ambiental de un proyecto, obra o
actividad.
Las Auditorías Ambientales serán elaboradas por un consultor calificado y en base a los
respectivos términos de referencia correspondientes al tipo de auditoría. Las auditorías no
podrán ser ejecutadas por las mismas empresas consultoras que realizaron los estudios
ambientales para la regularización de la actividad auditada.
AUDITORÍA AMBIENTAL A LOS SUJETOS DE CONTROL
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Art. 265 Definición.- Es la determinación del estado actual del área donde se ejecuta un
proyecto, obra o actividad y donde se evalúa el cumplimiento a la normativa ambiental
aplicable y/o al sistema de gestión, en base a los términos de referencia definidos
previamente.
Art. 266 Objetivos.- Entre los principales objetivos de las auditorías se especifican los
siguientes: a) Verificar el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, obligaciones de la
Licencia Ambiental, planes acción de anterior auditoría ambiental, de ser el caso, así como
de la legislación ambiental vigente;
b) Determinar si las actividades auditadas cumplen con los requisitos operacionales
ambientales vigentes, incluyendo una evaluación de la tecnología aplicada; y,
c) Determinar los riesgos, impactos y daños ambientales que las actividades auditadas
representan o han generado en el medio ambiente, la comunidad local y el personal
involucrado en la operación.
Art. 267 De los términos de referencia de Auditoría Ambiental.- El Sujeto de Control,
previamente a la realización de las auditorías ambientales descritas en el presente Libro,
deberá presentar los correspondientes términos de referencia para la aprobación de la
Autoridad Ambiental Competente, siguiendo los formatos establecidos por la autoridad
ambiental de existirlos. En los términos de referencia se determinará y focalizará el alcance
de la auditoría ambiental, según sea el caso.
Para el caso de Auditorías Ambientales de Cumplimiento, el Sujeto de Control remitirá los
términos de referencia a la Autoridad Ambiental Competente, en un término perentorio de
tres (3) meses previo a cumplirse el período auditado, para la revisión y aprobación
correspondiente.
En caso de que existan observaciones a los términos de referencia, estas deberán ser
notificadas al promotor, quien deberá acogerlas en el término máximo de diez (10) días
contados a partir de la fecha de notificación. En caso de que las observaciones no sean
absueltas, la Autoridad Ambiental Competente, lo notificará y otorgará un término máximo
de diez (10) días para que el Sujeto de Control absuelva las observaciones, sin perjuicio del
inicio del procedimiento administrativo de ser el caso.
Art. 268 De la Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- Para evaluar el cumplimiento de
los Planes de Manejo Ambiental y de las normativas ambientales vigentes, así como la
incidencia de los impactos ambientales, el Sujeto de Control deberá presentar una Auditoría
Ambiental de Cumplimiento.
El alcance y los contenidos de la auditoría se establecen en los términos de referencia
correspondientes. El costo de la auditoría será asumido por el Sujeto de Control y la empresa
consultora deberá estar calificada ante la Autoridad Ambiental Competente.
Las Auditorías Ambientales incluirán además de lo establecido en el inciso anterior, la
actualización del Plan de Manejo Ambiental, la evaluación del avance y cumplimiento de los
programas de reparación, restauración y/o remediación ambiental si fuera el caso, y los
Planes de Acción, lo cual será verificado por la Autoridad Ambiental Competente.
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Art. 269 Periodicidad de la auditoría ambiental de cumplimiento.- Sin perjuicio de que
la Autoridad Ambiental Competente pueda disponer que se realice una auditoría ambiental
de cumplimiento en cualquier momento, una vez cumplido el año de otorgado el permiso
ambiental a las actividades, se deberá presentar el primer informe de auditoría ambiental
de cumplimento; en lo posterior, el Sujeto de Control, deberá presentar los informes de las
auditorías ambientales de cumplimiento cada dos (2) años. En el caso de actividades
reguladas por cuerpos normativos sectoriales, el regulado presentará la auditoría ambiental
en los plazos establecidos en dichas normas.
Art. 270 Planes de acción de auditorías ambientales.- De identificarse durante las
auditorías ambientales incumplimientos al Plan de Manejo Ambiental y/o a la normativa
ambiental aplicable, presencia de fuentes de contaminación, daños o pasivos ambientales,
el Sujeto de Control responsable deberá tomar las medidas pertinentes para su corrección
y reparación ambiental integral (ambiental), mediante un plan de acción, sin perjuicio de
las acciones legales a las que hubiera lugar.
El plan de acción detallará las actividades a ser ejecutadas por el Sujeto de Control con los
respectivos cronogramas, responsables, presupuestos y medios de verificación, para
corregir los incumplimientos identificados; de ser el caso, se incorporarán las actividades
de reparación, restauración y/o remediación ambiental que correspondan.
9.8. REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO DEL IESS
Expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 2393 y publicado en el Registro Oficial # 565 del
17 de noviembre de 1986.
Las disposiciones de este Reglamento, se aplican a toda actividad laboral y en todo centro
de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos
del trabajo y el mejoramiento del ambiente laboral.
9.9. REGLAMENTO SUSTITUTIVO DEL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS
OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS (Publicado en el Registro Oficial 265 del
13 de febrero de 2001)
Este reglamento busca regular las operaciones hidrocarburíferas, en la fase en que se
encuentren, y que, obviamente, van a generar impactos sobre el ambiente. Se establecen
parámetros, límites exigibles, formatos y métodos, así como también establece un glosario
bastante completo de términos en materia de hidrocarburos.
Los artículos que serán verificados por la presente auditoria, incluyen entre otro, los
siguientes:
Art. 10 Programa y presupuesto ambiental anual. Los sujetos de control de conformidad
con lo que dispone el Art. 31 literales c, k , s y t de la Ley de Hidrocarburos deberán presentar
hasta el primero de diciembre de cada año, o dentro del plazo estipulado en cada contrato
al Ministerio de Energía y Minas, el programa anual de actividades ambientales derivado
del respectivo Plan de Manejo Ambiental y el presupuesto ambiental del año siguiente para
su evaluación y aprobación en base del respectivo pronunciamiento de la SPA, como parte
integrante del programa y presupuesto generales de las actividades contractuales que
deberá incluir los aspectos de operaciones, de inversiones y gastos administrativos, rubros
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que a su vez deberán estar claramente identificados en el presupuesto consolidado de los
entes mencionados.
Art. 11 Informe ambiental anual. Los sujetos de control, igualmente, presentarán hasta el
treinta y uno de enero de cada año, el informe anual de las actividades ambientales
cumplidas en el año inmediato anterior, como parte del informe anual de actividades
contractuales.
Art. 12 Monitoreo ambiental interno. Los sujetos de control deberán realizar el
monitoreo ambiental interno de sus emisiones a la atmósfera, descargas liquidas y sólidas
así como de la remediación de suelos y/o piscinas contaminados.
Art. 12. Monitoreo ambiental Interno.- Los sujetos de control deberán realizar el monitoreo
ambiental interno de sus emisiones a la atmósfera, descargas líquidas y sólidas así como de
la remediación de suelos y/o piscinas contaminados.
Artículo 13. Presentación de Estudios Ambientales. En todas las fases y operaciones de
las actividades hidrocarburí feras, se utilizara n equipos y materiales que correspondan a
tecnologí as aceptadas en la industria petrolera, compatibles con la proteccio n del medio
ambiente; se prohí be el uso de tecnologí a y equipos obsoletos.
Art. 14.- Control y seguimiento.- Dentro del Sistema Descentralizado de Gestión
Ambiental, la Subsecretaría de Protección Ambiental a través de la Dirección Nacional de
Protección Ambiental será la entidad responsable de efectuar el control y seguimiento de
las operaciones hidrocarburíferas en todas sus fases en lo que respecta al componente
ambiental y sociocultural, y a la aplicación de los Planes de Manejo Ambiental aprobados
para cada fase, así como las disposiciones de este Reglamento.
Los informes que sobre estos temas emita la Subsecretaría de Protección Ambiental del
Ministerio de Energía y Minas con relación a cualquiera de las diferentes fases de las
actividades hidrocarburíferas, constituirán la base técnica para, en caso de incumplimiento,
proceder al juzgamiento de las infracciones en sede administrativa o jurisdiccional.
Art. 22. Límites de ruido.- Los límites permisibles para emisión de ruidos estarán sujetos
a lo dispuesto en la Tabla No. 1 del Anexo 1 de este Reglamento.
Art. 23, Calidad de equipos y materiales. En todas las fases y operaciones de las
actividades hidrocarburí feras, se utilizara n equipos y materiales que correspondan a
tecnologí as aceptadas en la industria petrolera, compatibles con la proteccio n del medio
ambiente; se prohí be el uso de tecnologí a y equipos obsoletos.
Art. 24.- Manejo de productos químicos y sustitución de químicos convencionales.-
Para el manejo y almacenamiento de productos químicos se cumplirá con lo siguiente:
a. Instruir y capacitar al personal sobre el manejo de productos químicos, sus potenciales
efectos ambientales así como señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas
de seguridad industrial;
b. Los sitios de almacenamiento de productos químicos serán ubicados en áreas no
inundables y cumplirán con los requerimientos específicos de almacenamiento para cada
clase de productos;
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c. Para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos, se
cumplirá con las respectivas normas vigentes en el país y se manejarán adecuadamente las
hojas técnicas de seguridad (material safety data sheet) que deben ser entregadas por los
fabricantes para cada producto;
d. En todas las actividades hidrocarburíferas se utilizarán productos naturales y/o
biodegradables, entre otros los siguientes: desengrasantes, limpiadores, detergentes y
desodorizantes domésticos e industriales; digestores de desechos tóxicos y de
hidrocarburos provenientes de derrames; inhibidores parafínicos, insecticidas, abonos y
fertilizantes, al menos que existan justificaciones técnicas y/o económicas debidamente
sustentadas; y,
e. En todas las operaciones hidrocarburíferas y actividades relacionadas con las mismas se
aplicarán estrategias de reducción del uso de productos químicos en cuanto a cantidades en
general y productos peligrosos especialmente, las cuales se identificarán detalladamente en
el Plan de Manejo Ambiental.
Art. 25. Manejo y almacenamiento de crudo y/ó combustibles.- Para el manejo y
almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente:
a) Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas, concesionarios y
distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos
ambientales así como las señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de
seguridad industrial, así como sobre el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad
Industrial del Sistema PETROECUADOR vigentes, respecto al manejo de combustibles;
b) Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para
combustibles se regirán para su construcción con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL
58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde sean aplicables, deberán mantenerse
herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material
impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un
cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del
tanque mayor;
c) Los tanques o recipientes para combustibles deben cumplir con todas las especificaciones
técnicas y de seguridad industrial del Sistema PETROECUADOR, para evitar evaporación
excesiva, contaminación, explosión o derrame de combustible.
Principalmente se cumplirá la norma NFPA-30 o equivalente;
d) Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de
productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores,
bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra;
e) Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser protegidos contra
la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de petróleo o derivados
que contaminen el ambiente.
Art. 26. Seguridad e higiene industrial.- Es responsabilidad de los sujetos de control, el
cumplimiento de las normas nacionales de seguridad e higiene industrial, las normas
técnicas INEN, sus regulaciones internas y demás normas vigentes con relación al manejo y
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la gestión ambiental, la seguridad e higiene industrial y la salud ocupacional, cuya
inobservancia pudiese afectar al medio ambiente y a la seguridad y salud de los trabajadores
que presten sus servicios, sea directamente o por intermedio de subcontratistas en las
actividades hidrocarburíferas contempladas en este Reglamento.
Es de su responsabilidad el cumplimiento cabal de todas las normas referidas, aún si las
actividades se ejecuten mediante relación contractual con terceros.
Toda instalación industrial dispondrá de personal profesional capacitado para seguridad
industrial y salud ocupacional, así como de programas de capacitación a todo el personal de
la empresa acorde con las funciones que desempeña.
Art. 27. Operación y mantenimiento de equipos e instalaciones.- Se deberá disponer de
equipos y materiales para control de derrames así como equipos contra incendios y contar
con programas de mantenimiento tanto preventivo como correctivo, especificados en el
Plan de Manejo Ambiental, así como documentado y reportado anualmente en forma
resumida a través de la Dirección Nacional de Protección Ambiental a la Subsecretaría de
Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas.
Durante la operación y mantenimiento se dispondrá, para respuesta inmediata ante
cualquier contingencia, del equipo y materiales necesarios así como personal capacitado
especificados en el Plan de Contingencias del Plan de Manejo Ambiental, y se realizarán
periódicamente los respectivos entrenamientos y simulacros.
Art. 28.- Manejo de desechos en general:
a) Reducción de desechos en la fuente.- Los Planes de Manejo Ambiental deberán incorporar
específicamente las políticas y prácticas para la reducción en la fuente de cada una de las
categorías de los desechos descritos en la Tabla No. 8 del Anexo 2 de este Reglamento;
b) Clasificación.- Los desechos constantes en la Tabla No. 8 del Anexo 2 de este Reglamento
serán clasificados, tratados, reciclados o reutilizados y dispuestos de acuerdo a normas
ambientales y conforme al Plan de Manejo Ambiental;
c) Disposición.- Se prohíbe la disposición no controlada de cualquier tipo de desecho.
Los sitios de disposición de desechos, tales como rellenos sanitarios y piscinas de
disposición final, contarán con un sistema adecuado de canales para el control de lixiviados,
así como tratamiento y monitoreo de éstos previo a su descarga; y,
d) Registros y documentación.- En todas las instalaciones y actividades hidrocarburíferas
se llevarán registros sobre la clasificación de desechos, volúmenes y/o cantidades
generados y la forma de tratamiento y/o disposición para cada clase de desechos conforme
a la Tabla No. 8 del Anexo 2 de este Reglamento. En resumen de dicha documentación se
presentará en el Informe Anual Ambiental.
Art. 29.- Manejo y tratamiento de descargas líquidas.- Toda instalación, incluyendo
centros de distribución, sean nuevos o remodelados, así como las plataformas off-shore,
deberán contar con un sistema convenientemente segregado de drenaje, de forma que se
realice un tratamiento específico por separado de aguas lluvias y de escorrentías, aguas
grises y negras y efluentes residuales para garantizar su adecuada disposición. Deberán
disponer de separadores agua-aceite o separadores API ubicados estratégicamente y
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piscinas de recolección, para contener y tratar cualquier derrame así como para tratar las
aguas contaminadas que salen de los servicios de lavado, lubricación y cambio de aceites, y
evitar la contaminación del ambiente. En las plataformas offshore, el sistema de drenaje de
cubierta contará en cada piso con válvulas que permitirán controlar eventuales derrames
en la cubierta y evitar que estos se descarguen al ambiente. Se deberá dar mantenimiento
permanente a los canales de drenaje y separadores.
Art. 30.- Manejo y tratamiento de emisiones a la atmósfera:
a) Emisiones a la atmósfera.- Los sujetos de control deberán controlar y monitorear las
emisiones a la atmósfera que se emiten de sistemas de combustión en hornos, calderos,
generadores y mecheros, en función de la frecuencia, los parámetros y los valores máximos
referenciales establecidos en la Tabla No. 3 del Anexo 2 de este Reglamento. Los reportes
del monitoreo ambiental interno se presentarán a la Dirección Nacional de Protección
Ambiental, según el Formato No. 4 establecido en el Anexo 4 de este Reglamento y conforme
a la periodicidad establecida en el artículo 12;
b) Monitoreo de tanques y recipientes.- Se deberán inspeccionar periódicamente los
tanques y recipientes de almacenamiento así como bombas, compresores, líneas de
transferencia, y otros, y adoptar las medidas necesarias para minimizar las emisiones. En el
Plan de Manejo Ambiental y en las medidas de Seguridad Industrial y mantenimiento se
considerarán los mecanismos de inspección y monitoreo de fugas de gases en dichas
instalaciones. Una vez al año se deberá monitorear el aire ambiente cercano a las
instalaciones mencionadas; los resultados se reportarán en el Informe Ambiental Anual; y,
c) Fuentes fijas de combustión.- Los equipos considerados fuentes fijas de combustión en
las operaciones hidrocarburíferas serán operados de tal manera que se controlen y
minimicen las emisiones, las cuales se deberán monitorear en función de las frecuencias,
parámetros y valores máximos referenciales establecidos en la Tabla No. 3 del Anexo 2 de
este Reglamento.
Art. 31. Manejo y tratamiento de desechos sólidos.- Las plataformas e instalaciones
deben ser mantenidas libres de desechos sólidos. Ningún tipo de desechos, material de suelo
o vegetal será depositado en cuerpos de agua o drenajes naturales. Las operadoras
presentarán en el Plan de Manejo Ambiental el sistema de clasificación, tratamiento,
reciclaje y/o reuso de los desechos sólidos así como las tecnologías para la disposición final,
inclusive los acuerdos con municipios, empresas especializadas u otras operadoras de
basureros o rellenos sanitarios, cuando fuera el caso: a) Desechos inorgánicos.- Los
desechos no biodegradables Provenientes de la actividad, deberán ser clasificados y
evacuados de las áreas de operaciones para su tratamiento, reciclaje y/o disposición, o
enterrados en fosas debidamente impermeabilizadas, como se describe específicamente en
el Plan de Manejo Ambiental; b) Desechos orgánicos.- Los desechos biodegradables serán
procesados mediante tecnologías ambientalmente aceptadas de acuerdo con lo aprobado
en el Plan de Manejo Ambiental respectivo.
Art. 42.- Auditoría Ambiental.- La Subsecretaría de Protección Ambiental por intermedio
de la Dirección Nacional de Protección Ambiental auditará al menos cada dos años, o cuando
por haberse detectado incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental el Subsecretario de
Protección Ambiental así lo disponga, los aspectos ambientales de las diferentes actividades
hidrocarburíferas realizadas por los sujetos de control.
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La Subsecretaría de Protección Ambiental a través de la Dirección Nacional de Protección
Ambiental (DINAPA) determinará el tipo y alcance de la Auditoría Ambiental para las
operaciones de los sujetos de control en base al cumplimiento del Plan de Manejo
Ambiental.
Los sujetos de control realizarán al menos cada dos años una Auditoría Ambiental de sus
actividades, previa aprobación de los correspondientes Términos de Referencia por la
Subsecretaría de Protección Ambiental, y presentarán el respectivo informe de auditoría a
la Subsecretaría de Protección Ambiental.
Adicionalmente, las partes a la finalización del contrato de exploración y explotación de
hidrocarburos o en caso de cambio de operador realizarán la auditoría a que se refiere el
artículo 11 del Reglamento a la Ley 44, reformatorio a la Ley de Hidrocarburos.
Para el efecto de las auditorías antes mencionadas, los sujetos de control seleccionarán una
auditora ambiental calificada por la Subsecretaría de Protección Ambiental para que realice
el seguimiento y la verificación del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, de
conformidad con los Términos de Referencia previamente aprobados por la Subsecretaría
de Protección Ambiental, en los cuales se determina el marco de documentos contra las
cuales se realizará la auditoria.
Art. 43. Contenido.- La Auditoría Ambiental constará de:
a) Datos generales. Se presentara n, en forma resumida, los principales elementos de
identificacio n del estudio:
‐ Denominacio n del a rea.
‐ Ubicacio n.
‐ Fase de operaciones.
‐ Superficie.
‐ Nombre o razo n social de la compan í a petrolera.
‐ Direccio n o domicilio, tele fono, fax, correo electro nico.
‐ Representante legal.
‐ Representante te cnico o asesor.
‐ Nombre de la compan í a consultora ambiental responsable de la ejecucio n de la
auditorí a ambiental.
‐ Nu mero en el Registro de Consultores Ambientales Hidrocarburí feros de la
Subsecretarí a de Proteccio n Ambiental del Ministerio de Energí a y Minas.
‐ Composicio n del equipo te cnico previamente calificado por la Subsecretarí a de
Proteccio n Ambiental.
‐ Plazo de ejecucio n de la Auditorí a Ambiental.
b) Objetivos. Los principales objetivos de la Auditorí a Ambiental son los siguientes:
Determinar si las actividades hidrocarburí feras cumplen con los requisitos
operacionales ambientales vigentes, incluyendo una evaluacio n de la tecnologí a
aplicada. Identificar los riesgos e impactos que las actividades hidrocarburí feras
representan para el medio ambiente natural, la comunidad local y el personal
involucrado en la operacio n. Verificar el cumplimiento del Plan de Manejo y del Plan
de Monitoreo Ambientales, así como de la legislacio n ambiental vigente;
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c) Metodologí a utilizada. La Auditorí a Ambiental se concentrara en las condiciones
operacionales actuales de la compan í a petrolera y tomara en cuenta las condiciones
del lugar y el proceso fí sico que caracteriza a cada operacio n, y se referira
principalmente a: Aspectos operacionales:
‐ Condiciones existentes.
‐ Revisio n de equipos.
‐ Revisio n general de la operacio n.
‐ Revisio n de a reas especí ficas.
‐ Revisio n y evaluacio n de registros y documentacio n conforme a los Te rminos de
Referencia aprobados.
‐ Revisio n de cumplimiento de normas.
‐ Revisio n de cumplimiento de los Planes de Manejo Ambiental y de Monitoreo.
Identificara tambie n:
‐ La fuente especí fica del impacto.
‐ Las causas del impacto.
‐ Recomendaciones para corregir errores anteriores.
La Auditorí a Ambiental incluira la verificacio n del cumplimiento de los lí mites
establecidos en este Reglamento para los componentes suelo, agua y aire a trave s de
muestreos y ana lisis de laboratorio, así como la evaluacio n de los datos del
automonitoreo de la empresa.
d) Conclusiones y recomendaciones.
A continuación de la Auditoría Ambiental, la auditora preparará un informe que
resuma el estado ambiental de las actividades hidrocarburíferas e identifique las
recomendaciones para el cumplimiento de los objetivos en materia de gestión
ambiental;
e) Anexos.
Los textos que se consideren complementarios a la Auditoría Ambiental se
presentaran como anexos; y, f) Resumen ejecutivo. Comprende una síntesis o
resumen que privilegie la comprensión amplia de los resultados obtenidos en la
Auditoría Ambiental, y que contenga la información más relevante, los logros
alcanzados, los problemas críticos, y las principales medidas correctivas. Este
documento debe presentarse separado del informe general.
Art. 71.- Tanques de almacenamiento.- Para los tanques de almacenamiento del petróleo
y sus derivados, además de lo establecido en el artículo 25, se deberán observar las
siguientes disposiciones:
a. Tanques verticales API y tanques subterráneos UL:
a.1) El área para tanques verticales API deberá estar provista de cunetas y sumideros
interiores que permitan el fácil drenaje, cuyo flujo deberá controlarse con una válvula
ubicada en el exterior del recinto, que permita la rápida evacuación de las aguas lluvias o
hidrocarburos que se derramen en una emergencia, y deberá estar conectado a un sistema
de tanques separadores.
a.2) Entre cada grupo de tanques verticales API deberá existir una separación mínima igual
al 1/4 de la suma de sus diámetros, a fin de guardar la debida seguridad.
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a.3) Los tanques de almacenamiento deberán contar con un sistema de detección de fugas
para prevenir la contaminación del subsuelo. Se realizarán inspecciones periódicas a los
tanques de almacenamiento, construcción de diques y cubetos de contención para prevenir
y controlar fugas del producto y evitar la contaminación del subsuelo, observando normas
API o equivalentes.
a.4) Las tuberías enterradas deberán estar debidamente protegidas para evitar la corrosión,
y a por lo menos 0.50metros de distancia de las canalizaciones de aguas servidas, sistemas
de energía eléctrica y teléfonos.
a.5) Cada tanque estará dotado de una tubería de ventilación que se colocará
preferentemente en área abierta para evitar la concentración o acumulación de vapores y
la contaminación del aire;
b. Recipientes a presión para GLP:
b.1) Las esferas y los tanques horizontales de almacenamiento de gas licuado de petróleo
(GLP) deberán estar fijos sobre bases de hormigón y mampostería sólida, capaces de resistir
el peso del tanque lleno de agua, a fin de garantizar su estabilidad y seguridad y así evitar
cualquier accidente que pudiera causar contaminación al ambiente;
b.2) Todas las operaciones de mantenimiento que se realicen en tanques de
almacenamiento de combustibles y/o esferas de GLP, se ejecutarán bajo los condicionantes
de las normas de seguridad del sistema PETROECUADOR, a fin de evitar cualquier derrame
o fuga que pudiera afectar al ambiente;
Art. 77. Manejo de desechos.- Además de lo establecido en los artículos 28, 29, 30 y 31 de
este Reglamento, la comercialización de combustibles, lubricantes y afines a los diferentes
sectores de consumo deberá cumplir con lo siguiente: Si se trata de Centros de Distribución
en los cuales además del expendio de combustible se expenden lubricantes y se dan
servicios de lubricación, cambio de aceites de motor, lavado y engrasado de vehículos
automotores, de conformidad con el Plan de Manejo Ambiental deberán contar
obligatoriamente con un equipo instalado para la recirculación de agua y la recolección y
recuperación de hidrocarburos: combustibles, grasas, aceites, etc. La instalación de trampas
de aceites y grasas en puntos estratégicos es obligatoria. Estos establecimientos deberán
llevar bajo su responsabilidad un registro mensual de los volúmenes de combustible, grasas
y aceites recuperados y de su disposición final.
Art. 78.- Normas de seguridad.- En la comercialización de derivados de petróleo y afines
se observarán, además de lo establecido en los artículos 26 y 27, las siguientes disposiciones
de seguridad:
a) Está prohibido el suministro de combustibles a los vehículos de servicio público que estén
ocupados por pasajeros y a vehículos con el motor encendido;
b) La carga y descarga de tanqueros se realizará de tal manera que no obstaculice el tráfico
vehicular y peatonal, debido al peligro que representa esta operación;
c) En las estaciones de servicio no será permitido fumar ni hacer fuego, ni arrojar
desperdicios; y deberá contarse con la señalización correspondiente;
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d) Todas las tuberías de despacho y ventilación estarán instaladas de manera que queden
protegidas contra desperdicios y accidentes. Donde estén enterradas, las tuberías irán a una
profundidad mínima de 40 centímetros bajo el pavimento a superficie del terreno y deberán
ser debidamente protegidas exteriormente contra la corrosión a fin de evitar fugas o
derrames que pudieran causar daños al ambiente;
e) Junto a las bocas de descarga se instalará una toma a tierra, a la cual será conectado el
autotanque previo al trasvase del combustible, para eliminar la transmisión de la energía
estática;
f) Los surtidores de combustibles deberán estar ubicados de tal modo que permitan el fácil
acceso y la rápida evacuación en casos de emergencia;
g) Alrededor de la periferia de las instalaciones, se deberá implementar un programa de
ornamentación, a través de forestación o arborización, a fin de dotar al lugar de buena
calidad de aire y paisajística; y,
h) Todo centro de expendio de lubricantes, estaciones de servicio, lavadoras y lubricadoras,
plantas envasadoras y centro de distribución de gas licuado de petróleo y demás centros de
distribución destinados a la comercialización de derivados deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
h.1) Todas las estaciones de almacenamiento de hidrocarburos y/o derivados deberán
registrar ante la Dirección Nacional de Protección Ambiental (DINAPA) una fotocopia,
certificada por el fabricante, de la placa de identificación de los tanques. La placa de
identificación de los tanques debe tener al menos la siguiente información: empresa
fabricante, estándar de fabricación o norma de fabricación, años de fabricación, capacidad,
número de identificación del tanque.
h.2) En todas las estaciones de servicio y gasolineras se observará que los tanques cumplan
con las especificaciones técnicas requeridas, y que a más de la seguridad garanticen un
mínimo riesgo de daño al ambiente. En caso de expender combustibles en tambores,
canecas u otros envases, éstos deberán ser herméticos y guardar las seguridades
correspondientes.
Art. 79. Normas de manejo.- Las compañías productoras o comercializadoras de grasas y
aceites lubricantes domiciliadas en el país incorporarán obligatoriamente al envase de su
producto además de las normas técnicas y tiempo de vida útil del producto, las normas que
deben observarse en su manejo, así como las condiciones mínimas a cumplirse para una
disposición final ambientalmente limpia de los desechos que se produzcan en su manejo. El
seguimiento al cumplimiento de tales normas por parte de los centros de distribución o de
servicios es responsabilidad de las compañías productoras o comercializadoras que
suministran las grasas y aceites lubricantes, las que reportarán trimestralmente a la
Dirección Nacional de Protección Ambiental el volumen de grasas y aceites lubricantes
vendidos, así como también la identificación de los establecimientos o personas naturales o
jurídicas a los que por incumplimiento de las normas de manejo y disposición se les haya
retirado la distribución o suministro.
Art. 81. Responsabilidad de la comercializadora.- Las compañías productoras y/o
comercializadoras y sus distribuidores, personas naturales o jurídicas relacionadas con
estas actividades, en todas las fases deberán cumplir sus actividades observando las normas
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legales y reglamentarias de protección ambiental y convenios internacionales ratificados
por el Ecuador. Para tal efecto y a fin de dar seguimiento al cumplimiento de sus
obligaciones ambientales, en el marco contractual que establezcan con PETROECUADOR y
con sus distribuidores y/o mayoristas deberán constar las respectivas cláusulas
correspondientes a la protección ambiental, y las compañías productoras y/o
comercializadoras serán responsables del seguimiento al cumplimiento de dichas
obligaciones ambientales. Anualmente, las compañías comercializadoras y/o productoras
presentarán a la Subsecretaría de Protección Ambiental a través de la Dirección Nacional de
Protección Ambiental un informe sobre el seguimiento ambiental a sus distribuidores y/o
mayoristas y demás actividades realizadas en los aspectos de protección ambiental. De
todas maneras, las comercializadoras deberán precautelar cualquier afectación al medio
ambiente. La inobservancia de estas disposiciones por parte de sus distribuidores, personas
naturales o jurídicas relacionadas con estas actividades, serán de su exclusiva
responsabilidad.
Art. 82. Registros sobre grasas y aceites lubricantes.- Todo establecimiento, centros de
distribución o estación de servicio que expende grasas, aceites, lubricantes prestan
servicios de lubricación como cambio de aceite de motor, lavado y engrasado de
automotores deberá llevar un registro de sus proveedores, de las cantidades de grasas y
aceites lubricantes que maneja y de la disposición final que hace de los desechos. Esta
información la reportará trimestralmente a la Dirección Nacional de Protección Ambiental.
Art. 86.- Parámetros.- Los sujetos de control y sus operadoras y afines en la ejecución de
sus operaciones, para descargas líquidas, emisiones a la atmósfera y disposición de los
desechos sólidos en el ambiente, cumplirán con los límites permisibles que constan en los
Anexos No. 1, 2 y 3 de este Reglamento, los cuales constituyen el programa mínimo para el
monitoreo ambiental interno y se reportarán a la Subsecretaría de Protección Ambiental
conforme la periodicidad establecida en el artículo 12 de este Reglamento. En caso de
exceder un límite permisible establecido en los anexos, se debe reportar inmediatamente a
la Subsecretaría de Protección Ambiental y justificar las acciones correctivas tomadas.
a) Anexo 1: Parámetros técnicos.
a.1) Tabla No. 1: Límites máximos permisibles de ruido.
a.2) Tabla No. 2: Distancias mínimas permitidas para puntos de disparo, explosivos o no
explosivos.
b) Anexo 2: Parámetros, valores máximos referenciales y límites permisibles para el
monitoreo ambiental interno rutinario y control ambiental.
b.1) Tabla No. 3: Valores máximos referenciales para emisiones a la atmósfera.
b.2) Tabla No. 4: Límites permisibles para aguas descargas líquidas en la explotación,
producción, industrialización, transporte, almacenamiento y comercialización de
hidrocarburos y sus derivados.
4.a) Límites permisibles en el punto de descarga de efluentes (descargas líquidas).
4.b) Límites permisibles en el punto de control en el cuerpo receptor (inmisión).
b.3) Tabla No. 5: Límites permisibles para descargas de aguas negras y grises.
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b.4) Tabla No. 6: Límites permisibles para la identificación y remediación de suelos
contaminados en todas las fases de la industria hidrocarburífera, incluidas las estaciones de
servicios.
b.5) Tabla No. 7: Límites permisibles de lixiviados para la disposición final de lodos y ripios
de perforación en superficie.
b.6) Tabla No. 8: Clasificación de desechos procedentes de todas las fases de explotación,
producción, transporte, almacenamiento, industrialización y comercialización de la
industria hidrocarburífera.
c) Anexo 3: Parámetros, valores máximos referenciales y límites permisibles para el
monitoreo y control ambiental profundizado.
c.1) Parámetros a determinarse en la caracterización de aguas superficiales en Estudios de
Línea Base - Diagnóstico Ambiental.
c.2) Parámetros adicionales y límites permisibles para aguas y descargas líquidas en la
explotación, producción, industrialización, transporte, almacenamiento y comercialización
de hidrocarburos y sus derivados.
c.3) Parámetros recomendados y valores referenciales para aguas en piscinas remediadas
destinadas al uso para piscicultura.
9.10. R EGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA
INCENDIOS (Publicado en la Edición Especial del Registro Oficial 114 del 2 de
abril de 2009)
Establece de manera general, las medidas de seguridad contra incendios que deben ser
adoptadas en la planificación de las edificaciones a construirse, así como la modificación,
ampliación, remodelación de las ya existentes, a fin de que dichos lugares reúnan las
condiciones de seguridad y fácil desocupación en caso de pánico, incendio, sismos, etc.
9.11. R EGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL IESS Publicado mediante
Resolución 172 del 29 de septiembre de 1975)
Tiene por objetivos los siguientes:
Prevenir los riesgos laborales, sean éstos provenientes de accidentes del trabajo o de
enfermedades profesionales, prescribiendo los sistemas adecuados para ello.
Señalar los actos y condiciones potencialmente peligrosas y las medidas correctivas
convenientes.
Servir de guía para que los empleadores elaboren para sus respectivas empresas el
Reglamento Interno de Seguridad e Higiene a que están obligados de conformidad con el
art. 430 (441) del Código del Trabajo, y con el art. 93 del presente Reglamento.
Demostrar el beneficio que conllevan las técnicas prevencionales para empleadores y
trabajadores
Determinar los procedimientos para la comprobación de los actos o condiciones
contrarios a la Seguridad e Higiene del Trabajo.
Establecer las sanciones por la inobservancia de las disposiciones de este Reglamento y
de la Ley Institucional.
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9.12. ACUERDO MINISTERIAL 026 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (Lunes 12 de
Mayo del 2008)
Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al
licenciamiento ambiental.
Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos
deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de
registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A.
9.13. ACUERDO MINISTERIAL 142 (PUBLICADO EN EL Registro Oficial N 856 del
viernes 21 de diciembre del 2012)
EXPEDIR LOS LISTADOS NACIONALES DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS,
DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES
Art. 1. Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo A
del presente acuerdo.
Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del presente
acuerdo.
Art. 3. Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del presente
acuerdo.
9.14. NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 2-251:2013.
MANEJO, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y EXPENDIO EN LOS CENTROS DE
DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS. REQUISITOS
Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los centros de distribución de los
combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos que se producen y comercializan en
el país.
DISPOSICIONES GENERALES
5.7 Los sitios de almacenamiento de combustibles de un volumen mayor a 700 galones
deberán tener cunetas con trampas de aceite.
5.8 El manejo de los lodos provenientes de la limpieza de los tanques de combustible y
demás tipos de desechos contaminados que se generen en las instalaciones, deberán
segregarse, almacenarse, tratarse, y/o disponerse de conformidad con las regulaciones
ambientales en materia de manejo de desechos.
5.9 Bajo responsabilidad del operador de terminales de almacenamiento, depósitos o
centros de distribución, el personal de operaciones deberá ser capacitado y entrenado sobre
el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos ambientales; así como las
normas y procedimientos de seguridad industrial aplicables.
Norma NFPA 30-2003
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Flammable and Combustible Liquids Code
Normas técnicas API 653, UL 58, ANSI/ASME B31.4
Código de Construcción, Manuales y Procedimientos de los fabricantes de los equipos.
9.15. COMPENDIO DE NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL
PETROECUADOR POLÍTICAS CORPORATIVAS AMBIENTALES Y DE
RELACIONAMIENTO COMUNITARIO (Octubre 2004)
Norma PETROECUADOR SH-003. Permisos de Trabajo
Norma PETROECUADOR SH-004. Planes de Emergencia
Norma PETROECUADOR SH-005. Investigación, registro, reporte y estadísticas de
incidentes y accidentes de trabajo
Norma PETROECUADOR SH-006. Distancia mínimas de seguridad que deben
contemplarse en las instalaciones petroleras.
Norma PETROECUADOR SH-007. Disposiciones de Seguridad Industrial para
Contratistas
Norma PETROECUADOR SH-008. Señales de Seguridad
Norma PETROECUADOR SH-010. Colores patrones para uso del Sistema
PETROECUADOR
Norma PETROECUADOR SH-011. Tamaño de letras y números
Norma PETROECUADOR SH-014. Elementos de Protección Personal
Norma PETROECUADOR SH-015. Organización y funcionamiento de los Comités de
Seguridad e Higiene del Trabajo
Norma PETROECUADOR SH-018. Sistemas de agua contra incendios para instalaciones
petroleras
Norma PETROECUADOR SH-019. Sistema de espuma contra incendio
Norma PETROECUADOR SH-032. Inspección y mantenimiento de extintores portátiles
de control de incendios
10. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD ESPACIAL DE ANÁLISIS
Con el fin de establecer el área referencial del proyecto se presentó la documentación
solicitada por el Ministerio del Ambiente para obtener el Certificado de Intersección con el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal de
Estado, en el mismo que se determina que la actividad NO INTERSECA con áreas protegidas
(Ver Anexo 1).
Proyecto que se encuentra en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17S.
Ubicación geográfica del proyecto
X Y
731011 9747380
731027 9747341
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731070 9747368
731093 9747410
Fuente: Sistema de georeferenciación
Elaborado por: Equipo Consultor
El proyecto se encuentra ubicado en la Parroquia Chunchi, cantón Chunchi, perteneciente
a la Provincia de Chimborazo.
Jurisdicción Político-Administrativo: El cantón Chunchi cuenta con cinco parroquias:
Chunchi Matriz, Gonzol, Capsol, Llagos y Compud.
Mapa 1. Mapa Político del Cantón Chunchi
Fuente: GADM Chunchi
11. CARACTERIZACION, DIAGNOSTICO Y EVALUACION AMBIENTAL DE LA ZONA DE
ESTUDIO (LINEA BASE)
11.1. CRITERIOS METODOLÓGICOS
Para el levantamiento de esta información se ha recurrido a trabajos de campo para
determinar los diferentes componentes físicos y bióticos del área de influencia directa e
indirecta, por parte de un equipo multidisciplinario de profesionales. En cuanto al
componente socioeconómico y cultural se trabajará con información secundaria, la misma
que será complementada con las observaciones de campo e información proporcionadas por
los pobladores de la zona.
La metodología utilizada para el desarrollar el Estudio de Impacto ambiental ex post
consiste en tres etapas que se detallan a continuación:
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11.1.1. FASE DE GABINETE
La planificación para realizar el diagnóstico ambiental o levantamiento de la Línea Base, se
realizó con la información facilitada por parte del representante legal del proyecto, así
como, de la revisión de la normativa ambiental vigente; posteriormente esta información
fue complementada con el estudio de campo, obteniéndose información clave para plantear
el Plan de Manejo Ambiental; es así que esta fase se realizó las siguientes actividades:
- Coordinación con el representante legal, recorrido de la ruta para el levantamiento de
información y evaluación de actividades.
- Revisión de documentación suministrada por el propietario, correspondiente a todas las
actas, registros y documentación que se generen en las actividades diarias del proyecto.
- Revisión de normativa aplicable al proyecto.
- Revisión de información secundaria sobre factores b bio ticos, abio ticos y socio‐
econo micos
11.1.2. FASE DE TRABAJO DE CAMPO
Para determinar las características propias del área de estudio, se realizará la recopilación de
información primaria aplicando las herramientas metodológicas como listas de chequeo,
fichas, matrices, encuestas, etc. Esta fase contempla las siguientes actividades:
Reunio n de apertura con el representante o administrador del proyecto.
Revisio n de aspectos operacionales y de mantenimiento del proyecto.
Entrevista a las personas encargadas de la operacio n del proyecto.
Levantamiento de informacio n de factores bio ticos, abio ticos y socio‐ econo micos.
Levantamiento de Hallazgos
Cierre de las actividades de campo
11.1.3. FASE DE ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN Y ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL
Con la información adquirida, se procedió a realizar el trabajo de oficina, en el cual se
cumplió con las siguientes actividades para elaborar el informe final (EIA):
- Procesamiento de la informacio n ba sica obtenida
- Establecimiento de la Lí nea Base Ambiental
- Descripcio n del proyecto
- Evaluacio n Ambiental e Interpretacio n de resultados
- Planteamiento de medidas ambientales (PMA)
- Elaboracio n de mapas tema ticos
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11.2. CARACTERIZACIÓN SOCIO AMBIENTAL
11.2.1. MEDIO FÍSICO
11.2.1.1. GEOLOGÍA
En esta sección se describirán las características geológicas que determinen el origen de los
afloramientos. Incluye la descripción topográfica, el tipo de roca y de suelo que predominan.
11.2.1.1.1. Formaciones Geológicas
Formación Piñón: Andesita porfidica de color verde a gris o toba andesítica. Andesita
porfidica de color verde a gris o toba andesítica con recubrimiento de depósitos aluviales,
de gravas medias a gruesas intercaladas con material laharítico y tobas.
Formación Alausí: Andesitas, andesitas piroxénicas, hornblendicas y riolitas, en menor
escala, tobas riolíticas y aglomerados andesíticos de color gris claro Andesitas, andesitas
piroxénicas, hornblendicas y riolitas, en menor escala, tobas riolíticas y aglomerados
andesíticos de color gris claro, con recubrimiento de depósitos aluviales, de gravas medias
a gruesas
Formación Tarqui: Aglomerados, aglomerados tobáceos y tobas de composición
intermedia a ácida Aglomerados, aglomerados tobaceos y tobas de composición intermedia
ácida con recubrimiento de depósitos aluviales, de gravas medias a gruesas intercaladas con
material laharítico y tobas.
Formación Cangahua: Toba de grano fino de color café oscuro intercalada con ceniza
volcánica y piroclastos.
11.2.1.1.2. Depósitos Superficiales
Depósitos Glaciares: Tilitas, arenas, gravas y bloques sedimentarios, de composición
variable.
Depósitos Aluviales: Gravas medias a gruesas intercaladas con material laharítico y tobas.
Depósitos Coluviales: Clastos angulosos métricos a milimétricos de composición
polimigtica en una matriz arenosa.
Depósitos Coluvio Aluviales: Clastos redondeados a subredondeados de composición
polimigtica en una matriz arenosa.
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Mapa 2. Mapa Geológico Chunchi
Fuente: PDOT Cantón Chunchi
11.2.1.2. TOPOGRAFÍA
El cantón Chunchi se asienta sobre un terreno irregular, los suelos tienen pendientes mayores
a 45 grados, son negros, susceptibles a la erosión, producida especialmente por el agua y el
viento, en ciertos sectores, su suelo es bastante accidentado. Las zonas regadas por los ríos
Guabalcón y Guataxi están consideradas como llanuras o valles, hacia el sur se encuentra el
valle de Joyagshí y las hondonadas de Compud y Llagos.
Entre los sistemas montañosos de mayor consideración están: Bucte, que se dirige hacia el
norte. El sistema del este, que se inicia con las colinas de El Haro y Cushig, continuando con los
cerros de Arrayam – Pamba, Taday, Charrón, Laugnag y Malpán. Esta cadena se confunde
luego con el nudo del Azuay. El sistema del sur, que comienza en Capsol con las montañas de
Machosán y termina al sur con el nombre de Saguín. En el suroeste se destacan las montañas
de Llashipa, en la parroquia Llagos. Y en Compud, al oeste, se destaca el cerro Puñay El sistema
del oeste en donde se encuentran las colinas de Cullpa, se encuentra la pirámide de la Misión
Geodésica francesa y Namtza.
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11.2.1.3. HIDROLOGÍA E HIDROGRAFÍA
Los ríos que cruzan el cantón son angostos y torrentosos. El principal río del cantón es el
Chanchán, con sus afluentes Picay- Guabalcón, Compud. En la zona sur el rio Angas como zona
límite provincial entre Chimborazo y Cañar. El río Chanchán se une con el río Chimbo que viene
de la provincia de Bolívar. Junto con otros pequeños ríos como el Naranjito, Bucay y Milagro
conforma el Yaguachi, que desemboca en el Babahoyo, afluente del río Guayas. El río Picay
nace en las estribaciones del cerro “tres cruces” alimentándose sus aguas de vertientes. En su
curso medio se encuentra un pequeño valle que lleva su nombre, siguiendo aguas abajo, este
río toma el nombre de Huataxi o Armenia. El río Guabalón nace al sur oriente del cantón, es
poco torrentoso y utilizado para riego, desemboca en el río Chanchán. El río Angas, límite
provincial, corre de oriente a occidente hasta unirse con el río Cañar, el que en la costa toma el
nombre de Naranjal.
11.2.1.4. CLIMA
Debido a su ubicación, el cantón Chunchi posee una variedad de temperaturas que son el
resultado de variaciones altitudinales, las mismas que oscilan entre los 1600 y 4300 m.s.n.m.
con la influencia de los vientos húmedos, y vientos de clima frío, relacionados con zonas altas
de la cordillera de los andes, por esta razón, la temperatura media se estima entre los 14,5°C, y
una precipitación media anual de 404,9.
Las variaciones de humedad se distribuyen de la siguiente manera:
Clima seco del 10 de agosto – 5 de enero.
Un clima húmedo seco 6 – 20 de enero y 8 de julio al 9 de agosto.
Un clima subhúmedo húmedo del 21 enero al 27 de febrero y del 1 de mayo al 7 julio.
Un clima húmedo del 28 febrero al 30 de abril.
VARIABLE DESCRIPCIÓN Precipitación Media mensual mm (CLIRSEN MAGAP 2012)
NOMBRE ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL CHUNCHI 51.1 68.7 87.5 86.8 38.6 15.2 2.7 0.6 5.9 14.2 10.9 23.0 404.9
Temperatura Temperatura Media Mensual y Anual ºC (CLIRSEN-MAGAP, 2012) NOMBRE ENE FEB MAR ABR MAY JUN JU L AGO SEP OCT NOV DIC MEDIA CHUNCHI 13.8 13.9 14.1 14.3 14.6 14.8 14.9 14.9 14.9 15.0 14.7 14.4 14.5
Pisos Climáticos
Tipo de Clima Clasificacion pour Rut Ecuatorial de Alta Montana de 0 a 8 grados, Ecuatorial Mesotérmico semihúmedo de 10 a 20 grados, Ecuatorial Mesotérmico seco de 10 a 24 grados.
Humedad NOMBRE SECO HÚMEDOSECO SUBHÚMEDO HÚMEDO HÚMEDO HH'
CHUNCHI 10 agosto 6 - 20 enero 21 enero - 27 febrero 28 febrero - 30 al 5 enero y 8 julio - 9agosto y 1 mayo - 7 julio abril
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Mapa 3. Mapa de Precipitaciones
Fuente: PDOT Cantón Chunchi
11.2.2. MEDIO BIÓTICO
11.2.2.1. FLORA
En el siguiente cuadro se puede apreciar el listado de especies vegetales registradas en el área
del proyecto.
Tabla 1. Flora del cantón Chunchi.
NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO
Pumamaqui Oreopanax ecuadorensis
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Sigse Cortaderia rudiuscula
Chilca Baccharis latifolia
Cabuyo Furcraea sp.
Matico Piper Aduncum.
Arrayan Myrtus communis
Chuquiragua Chuquiraga jussieui
Laurel Laurus nobilis,
Eucalipto Eucalyptus globulus
Pino Pinus sylvestris
Fuente: PDOT de Chunchi
Elaborado: Equipo Consultor.
11.2.2.2. FAUNA
Insectos.- Dentro de este grupo, se observaron principalmente los siguientes órdenes:
Coleoptera (escarabajos), Hymenopte¬ra (avispas), Orthoptera (saltamontes), Lepidoptera
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(mariposas). No se descarta la presencia de otros órdenes de insectos que los mencionados,
pues su gran adaptabilidad a diferentes medios.
Reptiles.- Por las características del lugar se asegura la presencia de lagartijas
(Podarcishispanica), sapos (Bufo bufo)
Mamiferos.- podemos observar conejos (Oryctolagus cuniculus), zorros (Pseudalopex
culpaeus ), lobos de paramo (Pseudalopex culpaeus) entre otros.
Aves.- Se registraron varias especies típicas de la zona, mismas que se pueden encontrar
fácilmente en zonas cercanas y en varios otros sitios de la serranía. El listado de aves registradas
se presenta en el siguiente cuadro:
Tabla 2. Fauna del cantón Chunchi
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMÚN
Buteo magnirostris Gavilán
Falco sparverius Guarros
Alectorischukar Perdices
Tyto alba Lechuza
Turdus chiguanco Mirlos
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Zenaida auriculata Tórtola
Hirundo rustica Golondrinas
Colibri coruscans. Quinde
Fuente: PDOT de Chunchi
Elaborado: Equipo Consultor.
11.2.3. MEDIO PERCEPTUAL
El paisaje que domina es montañoso. El esquema natural se desalinea por la presencia de
parcelas destinadas a la agricultura y la ganadería, sin embargo el medio es apacible.
11.2.4. MEDIO SOCIOECONOMICO.
11.2.4.1. DEMOGRAFÍA.
La población cantonal según el censo en el 2010 es de 12686 habitantes, de los cuales 3784
habitantes existen en la zona urbana y 8902 viven en la zona rural del cantón
En lo que se refiere al grupo de edades la mayor población se encuentra entre 15 y 29 años
(3098 habitantes), seguido por la población entre 1 y 9 años (2612 habitantes); lo que nos indica
que existe una población joven económicamente activa, que en la mayor parte de casos
requiere fuentes de trabajo especialmente en actividades productivas y de comercio. La
población comprendida entre 1 a 9 años son 2612 habitantes, es la segunda en población por
lo que es la que requiere más atención en programas educativos, de salud.
Ilustración 2. Población por edad.
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Fuente: PDOT de Chunchi
11.2.4.2. SALUD
El cantón Chunchi tiene una alta cobertura en salud en las zonas que tienen mayor accesibilidad
(independientemente del número de unidades de salud) a las cabeceras parroquiales, así
tenemos a las parroquias Capzol y Gonzol con mayor cobertura por estar cerca de la cabecera
cantonal donde se encuentra el único Hospital del cantón.
Tabla 3. Servicio de salud en Chunchi
Fuente: PDOT de Chunchi
11.2.4.3. EDUCACION
En la zona urbana del Cantón Chunchi aproximadamente el 53% de la población se encuentra
dentro de los 5 a 25 años de edad los cuales se encuentran en un nivel escolar es así que en la
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parroquia chunchi el nivel de educación con más asistencia es el nivel de educación primaria
seguido de la educación básica, el bachillerato y la educación superior se encuentra por debajo
de estas con la menor cantidad de estudiantes por Institución Educativa.
Basados en estadísticas del INEC - CPV 2010 la tasa de analfabetismo (22) con una cobertura y
equipamiento del 95,6% y una tasa de abandono escolar de 7 alumnos aproximadamente por
año escolar.
El nivel de instrucción de la población en el sector rural del cantón Chunchi es bajo, siendo el
nivel primario el que presenta el porcentaje más alto alcanzando el 46,81 %. En la parroquia
Compud el nivel de instrucción primario presenta el porcentaje más alto 54,35 %.
Tabla 4. Número de unidades educativas por parroquias
11.2.4.4. CULTURA
El cantón presenta importantes elementos culturales y sitios históricos, como el Centro Puñay,
el camino del Inca, así como zonas naturales para actividades de turismo.
La presencia del “Camino Real de los Incas” en la cordillera que corresponde a los páramos de
Chunchi, el descubrimiento de restos humanos en la misma y la proximidad de los Cañarís a la
Tribu de los Chunchis, dan la seguridad de la influencia Cañari y del dominio cultural de éstos,
que vinieron desde el sur cuando Túpac Yupanqui llevaba a cabo la expansión territorial de su
Reino hacia la parte Norte. Este es el antecedente cultural cañari. En el cantón Chunchi
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actualmente existen mestizos en su mayoría pero conservan prácticas productivas ancestrales
como la minga, el presta manos, la jocha y la tumina. El idioma predominante es el español. Su
vestimenta es mestiza totalmente aunque de vez en vez se miran mestizos con sombreros de
panse.
11.2.4.5. TRABAJO Y EMPLEO
Situación del empleo en el territorio cantonal (comprende el análisis de la PEA, tasas de
desempleo y subempleo, y de creación de nuevas plazas de trabajo) desagregadas por sexo,
edad, discapacidad, origen nacional y étnico para identificar las inequidades y grupos más
afectados.
Fuentes de ingresos familiares
Numero PEA
Porcentaje PEA
Actividad agrícola 1450
29,96%
Actividad pecuaria 1292 26.70% Actividades de construcción
349 7.21%
Actividades relacionadas con el comercio
351 7.25%
Actividades artesanales 131 2.71% Empleados en el sector público
155 3.20%
Empleados en el sector privado
108 2.23%
Otras Actividades 1003 20.73% TOTAL 4839 100.00%
11.2.4.6. SERVICIOS BÁSICOS.
AGUA.
El servicio de abastecimiento de agua en el área rural mediante red pública es del 40,48 % que
es menor al porcentaje que corresponde al abastecimiento mediante río, vertiente, acequia o
canal representando el 44,45 %, lo que muestra que no necesariamente serían adecuados para
el consumo humano.
Tabla 5. Disponibilidad del servicio de agua para el consumo humano en las parroquias de los
cantones Chunchi
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Fuente: PDOT de Chunchi
SANEAMIENTO.
Según datos obtenidos en el PDOT del canton Chunchi, el 17% de la población accede al
servicio de alcantarillado, el mismo se encuentra en regular funcionamiento.
Tabla 6. Infraestructura disponible para la disposición de aguas servidas.
Fuente: PDOT Chunchi
DESECHOS SÓLIDOS.
Según información recopilada en el PDOT de Chunchi en todo el canton el servicio de
recolección de basura cubre el 33% y deposita los desechos en el botadero municipaly un
55,03 % de la población la quema.
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Tabla 7. Formas de disposición de los residuos sólidos.
Fuente: PDOT Chunchi
ENERGÍA ELÉCTRICA
Según los datos censales 2010, conocemos que el 91,49% de la población Chuncheña sí
dispone del servicio de energía eléctrica.
Tabla 8. Disponibilidad del servicio de electricidad en las Parroquias del Cantón Chunchi.
Fuente: PDOT Chunchi
11.2.6. ACTIVIDADES SOCIOECONÓMICAS
Agricultura.- El 20 % de las tierras del cantón se decaía a la actividad agrícola, y por la
variedad de sus climas tenemos una diversidad de productos alimenticios entre ellos
tenemos: maíz, pepinos tomate zanahoria, col, lechuga, pimienta, arveja, cebada, trigo,
papas y frutales. Sin embargo a niveles de unidades productivas familiares indígenas-
campesinas, la agricultura se mantiene bajo tradicional, se produce para el
consumo familiar con pocos excedentes para el expendio.
Ganadería.- Las personas en el cantón se encuentran más ligadas a la producción de leche,
se calcula que el cantón produce de 10-12 mil litros de leche /día lo que ha generado la
aparición de microempresas de elaboración de derivados de leche: queso mantequilla entre
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otros.
Uno de los puntos sobresalientes en la ganadería es la crianza de ganado de lidia que se
encuentran dispersos por el páramo. Es una de las tradiciones sobresalientes del cantón.
Pecuaria.- En lo que a esta área se refiere los pobladores de las comunidades del cantón
también se dedican a la crianza de especies menores como: cuyes, cerdos, conejos, gallinas
etc. estas especies son comercializadas en los mercados cantonales y provinciales.
Artesanías:
Las artesanías que podemos encontrar en el cantón son las elaboradas en paja de paramo
por la comunidad de Launag Grande, y uno que otra tejido en lana de borrego, etas
artesanías se las puede encontrar en la unidad de turismo del gobierno descentralizado
municipal del cantón.
Vías de comunicación.- la localización del proyecto cuenta con dos vías de primer orden la
primera es la Panamericana Sur Cuenca-Chinchi-Riobamba que es la vñia principal de
acceso al cantón Chunchi y queda junto a la gasolinera Merceditas II y la otra vía Chunchi –
Huigra –Guayaquil.
12. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
12.1. UBICACIÓN
La estación de servicio MERCEDITAS II está ubicada en la Panamericana Sur vía Chunchi –
Cuenca, se encuentra afiliada a la Comercializadora EPPETROECUADOR; se dedica a la venta
y comercialización de derivados de petróleo, como son Gasolina Extra, Súper y Diesel.
Ubicación geográfica del proyecto
X Y
731011 9747380
731027 9747341
731070 9747368
731093 9747410
Elaborado por: Equipo Consultor
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12.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO
La infraestructura general de la estación de servicio “MERCEDITAS II” está conformada de
la siguiente manera:
Área Administrativa, minimarket, baños, y servicio generales.
Área de tanques para almacenamiento de combustibles.
Área de despacho (islas de surtidores).
Área de bodegas y cuartos de descanso
Área de ingreso, salida y circulación vehicular.
Área de Áreas verdes.
Área de Manejo de Desechos.
La estación de servicio cuenta con los permisos correspondientes para su funcionamiento
otorgados por las distintas autoridades de control, como son:
o Permiso del Cuerpo de bomberos de Chunchi, año 2015.
o Patente Municipal 2015
o Certificado de control anual emitido por la Agencia de Regulacio n y Control
Hidrocarburifero (ARCH) del an o 2015.
12.3. INSTALACIONES
12.3.1. ÁREA ADMINISTRATIVA
La estación de servicio está construida a base de hormigón armado y adoquín, existen una sola
construcción, ubicada en la parte posterior, aquí se encuentra el área administrativa, un mini
market, seguida de los baños.
Foto 1. Instalaciones
Fuente: Equipo consultor.
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12.3.2. ÁREA DE CIRCULACIÓN
Las áreas de ingreso y salida a las instalaciones de la estación de servicio cuentan con la
correspondiente señalización horizontal y vertical; señales como las de no fumar, apagar el
motor, no uso de celular, no arrojar desperdicios, se ubican en esta zona. En el momento de la
descarga y después de efectuar estas actividades cuenta con las señales correspondientes de
acuerdo a la norma. Además se cuenta con señalización horizontal para indicar el ingreso, salida
y circulación vehicular en las zonas de abastecimiento de combustible.
Fotos 2, 3 y 4. Señalización vertical
Fuente: Consultor Ambiental
Fotos 5. Señalización horizontal
Fuente: Equipo consultor.
12.3.3. ÁREA DE DESCARGA Y ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE
El área de la descarga es de hormigón, las bocas de recepción de los combustibles se encuentran
debidamente identificadas con los colores respectivos por cada tipo de producto a ser recibido.
Tienen la manguera de ajuste hermético para las operaciones de la descarga y la pinza para
descarga a tierra de electricidad estática.
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Los tanques de almacenamiento se han colocado en un cuarto, no cuenta con cubeto de
contención incumpliendo normas de seguridad establecidas, se encuentran en buenas
condiciones, de acuerdo al Informe Técnico de Medición de Espesores y Calculo de la Vida Útil
de los tanques estacionarios. Los tanques tienen la respectiva tuberías de venteo de 2” con
válvulas de presión al vacío 1 por cada tanque.
Fotos 6. Área de almacenamiento y descarga de combustible
Fuente: Equipo consultor.
Fotos 7. Varilla puesta a tierra para la descarga.
Fuente: Equipo consultor.
12.3.4. ÁREA DE DESPACHO
El área de despacho de combustibles (diesel, gasolina extra y gasolina súper) es
impermeabilizada con una capa de hormigón, no existe deterioro ni fisuras; se encuentra en
buenas condiciones. Los pequeños derrames de combustibles se limpian con arena, aserrín, y
productos biodegradables; las canaletas perimetrales se encuentran en buenas condiciones para
su correcto funcionamiento.
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Fotos 8 y 9. Áreas de despacho en la isla
Fuente: Equipo consultor.
Fotos 10 y 11. Material absorbente para derrames.
Fuente: Equipo consultor.
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12.3.5. ÁREA DE SERVICIOS
Baterías Sanitarias
La estación de servicio tiene un área destinada para servicios sanitarios tanto para hombres,
mujeres, y servicios sanitarios para personas con capacidades especiales, los mismos que son
sometidos a procesos de mantenimiento y limpieza diarios, cuentan con los implementos
necesarios como jabón y papel higiénico.
Foto 12 y 13. Baterías Sanitarias.
Fuente: Consultor Ambiental
En la estación de servicio se ofrecen servicios conexos, tales como: servicio de aire y agua para
los clientes de la estación de servicio. Servicios sanitarios para el público, con áreas para
hombres y mujeres y para personas con capacidades especiales.
Fotos 14 y 15. Servicio de Aire y Agua
Fuente: Consultor Ambiental
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La estación de servicio cuenta con un botiquín para primeros auxilios, el mismo que cuenta con
el abastecimiento necesario para cubrir cualquier emergencia.
Fotos 16 y 17. Botiquín de primeros auxilios
Fuente: Consultor Ambiental
12.3.6. ÁREAS VERDES
La estación de servicio cuenta con varios sectores pequeños destinados a ser áreas verdes, los
mismos que se encuentran en buenas condiciones, por el mantenimiento constante por parte
del propietario de la estación de servicio, cumpliendo con lo estipulado en la normativa
ambiental.
Fotos 18 y 19. Áreas verdes.
Fuente: Equipo consultor.
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12.3.7. ÁREA DE MANEJO DE DESECHOS
Los recipientes utilizados para la recolección de los desechos sólidos generales en la estación
de servicio no están debidamente señalizados, no poseen tapas y no existe un número
correspondiente, para el almacenamiento de los desechos comunes se utiliza un tacho rojo y
una malla para la clasificación de los desechos por lo tanto no tiene una debida clasificación de
los desechos. Los desechos son entregados al carro recolector de la Municipalidad del cantón
Chunchi.
Los residuos generados de carácter peligrosos o contaminados, provenientes de la limpieza de
derrames, los lodos resultantes de la limpieza de la trampa de grasas y aceites son
almacenados tanques, los mismos que se encuentra debidamente protegido de la lluvia,
tapado dentro de un cubeto del 110% de su capacidad y señalizado.
Fotos 20 y 21. Almacenamiento de Desechos Sólidos comunes.
Fuente: Equipo consultor.
Foto 22. Almacenamiento de Desechos Sólidos contaminados.
Fuente: Equipo consultor.
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12.3.8. CUARTO DE MAQUINAS
En el cuarto de máquinas está ubicado el tablero de distribución de energía eléctrica, el
compresor, generador de energía, 1 extintor.
Fotos 23 y 24. Cuarto de maquinas
Fuente: Equipo consultor
12.3.9. ÁREA DE MINI MARQUET
La estación de servicio cuenta con la infraestructura para un mini Marquet, ubicada en la parte
posterior de la Estación de Servicio, la cual al momento no se encuentra en funcionamiento.
Foto 25. Mini Marquet
Fuente: Equipo Consultor.
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12.3.10. SITEMA DE RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS
HIDROCARBURADAS
a. Canaletas Perimetrales
Las canaletas perimetrales están ubicadas en el piso al contorno de la marquesina de la
estación de trabajo y se caracteriza por cubrir la superficie alrededor de la islas y surtidores,
también se encuentran ubicadas alrededor del área de descarga y almacenamiento de
combustible.
Se han instalado para recoger el agua hidrocarburada que se produce al momento de efectuar
las actividades de limpieza del piso en el área de despacho y a través de ellas conducir el agua
hasta la trampa de grasas.
Las canaletas perimetrales son limpiadas todos los días por los despachadores, que mediante
turno son responsables de la limpieza del área de despacho de combustibles, actividad que se
realiza en las primeras horas de la mañana.
Foto 26 y 27. Canaletas perimetrales en las islas.
Fuente: Equipo Consultor.
b. Trampa de grasas
Este es el lugar hasta donde llegan las aguas hidrocarburadas. La trampa está conformada por
3 compartimientos, que tratan las descargas liquidas provenientes del lavado del área de
despacho y almacenamiento de combustible. Los compartimentos de la trampa de grasa
cuentan con las correspondientes tapas.
En la visita técnica a la estación de servicio, se pudo verificar visualmente que la trampa de
grasas ha recibido un mantenimiento adecuado.
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Foto 28 y 29. Trampa de grasas.
Fuente: Equipo consultor.
12.4. EQUIPAMIENTO
12.5.1. Marquesina
La estación de servicio cuenta con una marquesina, bajo la misma se realiza el expendio del
combustible al poseer las garantías necesarias para realizar las actividades propias de la
estación de servicio, además se cuenta con la respectiva iluminación artificial. En los
alrededores de la estación de servicio existen iluminarias públicas.
Foto 30. Marquesina.
Fuente: Equipo consultor.
12.5.2. Islas de Despacho
Cuenta con una isla de despacho construidas de hormigón armado, tienen una altura
superior a los 15 cm. con respecto al piso, está en buenas condiciones, pintadas y
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señalizadas, en sus extremos tienen protecciones metálicas de hierro que tienen la forma de
U invertida.
Foto 31. Islas de despacho.
Fuente: Equipo consultor.
12.5.3. Tanques de almacenamiento de combustibles
Los tanques de almacenamiento están ubicados dentro de un cuarto no se encuentran
protegidos por un muro de hormigón armado, sus características son las siguientes:
Tabla 9. Descripción de los tanques de combustible.
Combustible
Almacenado No. de tanques Capacidad en galones
Diesel 1 11000
Gasolina extra 1 4000
Gasolina súper 1 2500
Total 3 17500
Fuente: Estación de Servicio, responsable consultor ambiental.
Foto 32. Tanques de almacenamiento
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Fuente: Equipo consultor.
12.5.4. Dispensadores
Se ha colocado tres dispensador en la isla existente dentro de la marquesina de la estación de
servicio, la islas está construidas de acuerdo a las normas, la cual funcionan adecuadamente y
ofrecen el servicio de diésel, gasolina extra y super a los automotores que requieren estos
producto.
En la isla anteriormente mencionada se han instalado los dispensadores electrónicos, de
acuerdo al siguiente detalle:
Tabla 10. Descripción de los dispensadores.
Isla No. Surtidores No. de mangueras Producto que expende
Isla No. 1
3
1 manguera
2 mangueras
3 mangueras
Súper.
Extra
Diésel
Total 3 6 mangueras
Fuente: Estación de servicio, responsable consultor ambiental
En la estación de servicio existen 3 dispensadores y 6 mangueras, mediante las cuales se
distribuye gasolina extra, gasolina súper y diesel. Las líneas de flujo están ubicadas bajo el
piso a una profundidad aproximada de 40 cm.
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Foto 33. Dispensadores.
Fuente: Equipo Consultor.
12.5.5. Generador de Energía
El generador de energía es encendido solo en emergencias y por mantenimiento, pues la energía
es tomada del Sistema Nacional Interconectado a través de la Empresa Eléctrica Chunchi. El
generador no necesita cubeto porque tiene tanque de almacenamiento incluido.
Foto 34. Generador eléctrico.
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Fuente: Equipo Consultor.
12.5.6. Compresor
El compresor funciona a base de energía eléctrica y esta sobre un pallet, se le debe dar
mantenimiento debido a que tiene una fuga.
Foto 35. Compresor.
Fuente: Equipo consultor.
12.5.7. Tuberías de Venteo
Se han instalado tres tubos de venteo para el desfogue de los tanques. Los tres se encuentran
agrupados en un solo sector ubicados en el área de almacenamiento del combustible, todos se
encuentran en buen estado, tienen las respectivas campanas para el alivio de los gases
provenientes del combustible de los tanques.
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Foto 36. Tubos de venteo.
Fuente: Equipo Consultor.
12.5.8. Tótem
El tótem se encuentra en buenas condiciones, aquí se muestra el nombre de la estación de
servicio, a que comercializadora pertenece, los productos que se expende con sus respectivos
costos.
Foto 37. Tótem
Fuente: Equipo Consultor.
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12.5.9. Tablero de Distribución de Energía Eléctrica
Este tablero de distribución y demás instalaciones eléctricas están ubicados adecuadamente,
protegido de cualquier daño, sitio desde el cual se distribuye la energía eléctrica a: oficinas,
dispensadores, iluminación de la marquesina, rótulos exteriores, área de administración y otros
servicios. Las conexiones eléctricas se encuentran instaladas de acuerdo a normas de seguridad,
con protección.
Foto 38. Tablero de distribución
Fuente: Equipo Consultor.
12.5.10. Sistema de Seguridad
El sistema de Seguridad de la estación de servicio está conformado por 5 extintores, cuyas
capacidades son: 4 de 10 libras PQS y 1 de 150 libras PQS, distribuidos, 1 en el área de
almacenamiento de combustible, tres junto a los surtidores y el extintor satelital en el cuarto
de máquinas.
Foto 39. Extintor de 20 lb de PQS Foto 40. Extintor Satelital de 150 lb de PQS
Fuente: Consultor Ambiental Fuente: Consultor Ambiental
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Prendas de seguridad
El personal de despacho utiliza la ropa adecuada, con los colores de la comercializadora. La
persona encargada de realizar las operaciones de descarga de combustibles tiene el equipo de
protección personal completo (overol, mascarilla, gorra, zapatos antideslizantes).
Foto 41. Ropa de Seguridad
Fuente: Consultor Ambiental
12.6. SERVICIOS BÁSICOS
12.6.1. Abastecimiento de Agua
El agua que utiliza la estacio n de servicio para el lavado de pisos de las a reas de
despacho, ban os, oficinas y la lavadora de vehí culos se adquiere de la red de agua
potable de la empresa municipal de agua potable de Chunchi.
12.6.2. Instalaciones Sanitarias y Pluviales.
El sistema de recoleccio n de aguas servidas provenientes de las descargas de
inodoros, urinarios, lavabos y las que se generan en el lavado y limpieza de ban os, se
evacu an al sistema de alcantarillado.
12.6.3. Instalaciones Eléctricas
La energí a ele ctrica para la estacio n de servicio, es proporcionado por la Empresa
Ele ctrica de Chunchi para lo cual se han realizado las instalaciones y adecuaciones
de acuerdo a normas de seguridad.
12.6.4. Servicios Conexos
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En la estacio n de servicio se ofrecen servicios conexos, tales como: servicio de aire y
agua para los clientes de la estacio n de servicio
12.7. FASES DEL PROYECTO
12.7.1. OPERACIÓN
Entre las principales operaciones que se desarrollan en la etapa de funcionamiento de la
estación de servicio tenemos:
12.7.1.1. Adquisición del combustible
Esta actividad se realiza bajo la responsabilidad de la administración, a través de un auto tanque
con las medidas de seguridad requeridas.
12.7.1.2. Descarga de combustible
La recepción de combustible se lo realiza tomando las medidas de seguridad necesarias. El
combustible se descarga mediante mangueras las cuales se ajustan a las bocas de llenado de los
tanques debidamente identificadas, las bocas de recepción de los combustibles se encuentran
debidamente identificadas con los colores respectivos por cada tipo de producto a ser recibido.
Poseen ajuste hermético para las operaciones de la descarga.
Fotos 42 y 43. Bocatomas de descarga.
Fuente: Equipo Consultor.
Previo a la descarga del combustible, se realiza las verificaciones correspondientes, para lo que
se mide con la varilla los diferentes compartimentos del auto tanque; se comprueba que las
mangueras, juntas y acoples se encuentren en buenas condiciones y no se produzcan goteos;
además se comprueba que en el tanque exista el suficiente vacío para el volumen de producto
que se va a descargar.
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Existe la correspondiente varilla conectada a tierra para el momento de descarga de los
combustibles, para eliminar la energía estática, según se menciona en el artículo 78 Normas de
Seguridad, literal e).
12.7.1.3. Proceso de almacenamiento de combustible
Existen tres tanques para el almacenamiento de combustible; uno para gasolina extra, uno para
gasolina súper y uno para diésel. Todos los tanques cuentan con sus respectivas tapas que se
encuentran diferenciadas por color.
Foto 44 y 45. Almacenamiento de combustible.
Fuente: Equipo Consultor.
12.7.1.4. Venta de combustible
El suministro de combustibles se realiza a través de 3 surtidores en total poseen 6 mangueras,
las mismas que corresponde a 3 mangueras de diesel, 2 mangueras de gasolina extra y 1
manguera a gasolina súper.
Foto 46. Dispensadores.
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Fuente: Equipo Consultor.
Los responsables del suministro de combustibles son los despachadores, quienes para realizar
esta labor deben tomar en consideración el siguiente procedimiento:
El motor, luces, radio y otros accesorios eléctricos del vehículo permanecen apagados.
Prohibición de “No fumar”, “No usar el teléfono celular”, “apagar el motor”.
Durante la operación de despacho hasta el vehículo, el pico de la manguera permanece
en contacto con el borde del tubo de llenado, hasta terminado el trasvase del
combustible, con el objeto de evitar derrames.
Se controla que personas ajenas a la estación manipulen los dispensadores.
Se cumple con la recomendación de no abastecer de combustible a vehículos de servicio
público.
En caso de producirse derrames pequeños de combustibles, se procede a limpiar el área
utilizando arena y aserrín, que luego deberá ser dispuesta en un sitio adecuado para su
tratamiento, conforme se propone en el PMA, ya que en la zona no existen gestores
calificados.
12.8. MANTENIMIENTO
Consiste en efectuar la limpieza, de pista y canaletas de las siguientes áreas, recepción, venta
de combustibles, almacenamiento y despacho de combustible.
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El mantenimiento a los equipos se realizará de acuerdo a las especificaciones técnicas de los
equipos dentro de la E/S dispensadores, mangueras, capuchones, pistolas, bomba
sumergible, sistema eléctrico, generador y compresor.
12.9. CIERRE Y/O ABANDONO
Esta fase se contemplará en el caso de que el propietario desee terminar con el proyecto o
por haber cumplido con la vida útil del mismo para lo cual se realizará el desmantelamiento
de la estructura existente, sus instalaciones eléctricas, así como el derrocamiento de las
obras civiles para lo cual se deberá, tomar las medidas para mitigar cualquier afectación al
medio físico, biótico y socio económico del área de influencia directa e indirecta donde se
encuentra ubicada la estación de servicio.
Se planteara un plan de cierre el mismo que deberá ser aprobado por la Autoridad
competente para su ejecución.
13. DETERMINACIÓN DE ÁREAS DE INFLUENCIA Y ÁREAS SENSIBLES
El área de influencia directa e indirecta del proyecto, se determinó en base a aspectos
biofísicos y socioeconómicos que pueden ser afectados por las actividades desarrolladas en
la estación.
13.1. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA
a) Área de influencia directa.-
El área de influencia directa del proyecto es aquella donde se manifiestan los
impactos y/o efectos directos generados por el proyecto, La caracterización del AID
ofrece una visión detallada de los medios abiótico, biótico, socioeconómico y
cultural, y se basa fundamentalmente en información primaria.
b) Área de influencia indirecta.- Es aquella área donde se producen alteraciones al
medio abiótico, biótico, socioeconómico y cultural; desencadenados por los
impactos directos, producidos por el proyecto, en la etapa de operación.
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Se ha definido como a rea de influencia directa al espacio comprendido de 200 m de la
estacio n de servicio
13.2. ÁREA SENSIBLES
La Sensibilidad Ambiental se define al potencial de afectación (transformación o cambio)
que puede sufrir o generar un área determinada como resultado de la alteración de sus
procesos físicos, bióticos y socioeconómicos que lo caracterizan, debido a la intervención de
una actividad o proyecto.
Para determinar las a reas sensibles se tomo la informacio n ma s relevante de la lí nea base,
así tambie n las actividades analizadas en la etapa de operacio n del proyecto y se establecio
una escala de sensibilidad para identificar su posible afectacio n.
TIPO DE
SENSIBILIDAD
VALORACIÓN
ALTA
Las consecuencias de la operación de una
acción implican modificaciones profundas
sobre la estructura del componente ambiental
que dificultan la ejecución de la actividad.
Media
El nivel de intervención transforma de forma
moderada, las condiciones del componente
analizado.
Baja
Efectos poco significativos sobre el parámetro
analizado. No se producen modificaciones
esenciales en las condiciones de componente.
Nula No existe nivel de intervención
Fuente: Consultor Ambiental
Adicionalmente como soporte para la determinación de la sensibilidad se toma en
consideración el certificado de intersección emitido para el proyecto de la Estación de
Servicio el cual No Intersecta con ninguna área dentro del Sistema Nacional de Áreas
Protegidas, en base a este pronunciamiento se procede a analizar la sensibilidad de los
componentes ambientales.
COMPONENTE
SENSIBILIDAD
DESCRIPCIÓN URBANA
Cantón
Chunchi
RURAL
Parroquia
Chunchi
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FÍSICOS
Agua N N En el a rea urbana la intervencio n
es nula debido a que la zona es
intervenida.
En el a rea rural de igual manera la
intervencio n es nula debido a que
en la ruta de transporte y sitio de
descarga de combustible no existe
ningu n cuerpo hí drico cercano.
Suelo N M En el a rea urbana la intervencio n
es nula debido a que la zona es
intervenida.
En el a rea rural el despacho de
combustible a los vehí culos existen
a reas verdes, las cuales son
utilizadas para ganaderí a y
agricultura que pueden verse
afectadas por un posible derrame.
Aire B B En el a rea urbana y rural la
generacio n de ruido tiene una
intervencio n baja.
BIÓTICOS
Flora N M En el a rea urbana no existe
intervencio n, ya que es una zona
intervenida.
En el a rea rural que corresponde al
lugar donde se ubica la estacio n de
servicio la intervencio n es media
debido a los cambios que pueden
presentarse.
Fauna N M En el a rea urbana no existe
intervencio n, es una zona
intervenida.
En el a rea rural que corresponde al
lugar donde se ubica la estacio n de
servicio la intervencio n es media
debido a los cambios que pueden
presentarse.
SOCIOECONÓMICOS
Poblacio n A M En el a rea urbana Las
consecuencias de la operación de
una acción implican
modificaciones profundas sobre la
estructura del componente
ambiental en relación con el
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transporte y descarga de
combustible.
En el área rural en relación con el
transporte la intervención es
media debido a las afectaciones
que pueden presentarse.
Uso de suelo N M En el a rea urbana no existe
intervencio n por la descarga y
transporte de combustible
En el a rea rural en relación con el
transporte la intervención es
media debido a las afectaciones
que pueden presentarse.
Fuente: Consultor Ambiental
Se establece que no existen zonas naturales que puedan afectarse de manera irreversible
por las actividades que presente la estacio n de servicio. Sin embargo se debe considerar que
en la etapa de transporte de las sustancias peligrosas se puede generar accidentes por lo
cual se ha considerado un radio de accio n en una posible emergencia de 100 m. para la
aplicacio n de las medidas de mitigacio n establecidas en el plan de manejo.
14. ANALISIS DE RIESGOS DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN
Para la determinación del límite de seguridad que pueda soportar el área de influencia frente
a un incendio y explosión, se ha utilizado el método de la National Fire Protection Association
NFPA, organización que es reconocida en el mundo como la fuente autoritaria principal de
conocimientos técnicos, datos y consejos para el consumidor sobre la problemática del fuego
y la protección/prevención de los riesgos de materiales peligrosos.
De acuerdo a la metodología NFPA “Valoración Riesgo Incendio/Explosión”, establecido en el
Reglamento de Seguridad Contra incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI), y
en el Código Técnico de la Edificación (CTE), que utiliza la cantidad de los materiales
combustibles, su poder calórico y la superficie del predio en el que se encontrará ubicada la
estación de servicio.
El indicado Método toma en consideración los siguientes aspectos:
Como patro n de referencia se considera a la madera con poder calorí fico inferior a
4.500 kcal/kg, a modo de combustible esta ndar.
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En el ca lculo de la masa de combustible se incluyen todos los materiales combustibles
presentes en el sector considerado, au n los incorporados al mismo (Diesel, Gasolinas,
Bu nker, GLP y materiales combustibles).
Los combustibles lí quidos y gaseosos contenidos en tuberí as, recipientes o depo sitos
se supondra n uniformemente repartidos sobre la superficie del sector de incendio.
Las explosiones solo se consideran como posibles fuentes de ignicio n.
El valor de la masa de combustible cada vez asume mayor importancia dado que
numerosos para metros relacionados con los incendios, son expresados en funcio n de
la misma: resistencia al fuego, verificacio n estructural, duracio n del incendio,
estimacio n los riesgos, etc.
Como u ltimo concepto, el valor de la masa de combustible es independiente del
peligro potencial, que podra ser elevado, comu n, o reducido por un mismo valor de
masa de combustible. Es decir que la masa de combustible representa el peso de
madera ideal, supuesto uniformemente distribuido, capaz de desarrollar una
cantidad de calor equivalente a lo que producirí a la combustio n completa de los
materiales contenidos en el sector de incendio.
Cabe indicarse que el área de influencia está determinada por el sitio de implantación de la
estación servicio, en el que se desarrollan las actividades propias de la distribución y venta
de combustibles. Además, se incluye en esta categoría a las zonas aledañas a las
instalaciones tomando como centro los tanques de almacenamiento de combustibles, que
pueden estar expuestas a riesgos e impactos directos producidos por la operación misma
de la estación de servicio.
A continuación, se describe el procedimiento de cálculo que propone la metodología:
CARGA DE COMBUSTIBLE
Cantidad de materiales combustibles a almacenarse:
Un tanque de 11 000 galones para Diesel.
Un tanque de 4 000 galones para gasolina Extra.
Un tanque de 2 500 galones para gasolina Su per.
La metodología propone determinar esta carga de cada combustible en kilogramos (masa),
para lo cual se debe aplicar la siguiente ecuación:
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𝑴 = 𝑽 × &
Dónde:
M = es la masa de la sustancia inflamable (Kg)
V = es el volumen de cada combustible que puede encontrarse almacenado expresado en
litros.
& = es el Coeficiente de conversión, que para el Diesel tiene un valor de 0.85, y para las
gasolinas es igual a 0.79.
Entonces:
El volumen de cada combustible expresado en litros es:
V diesel en litros: 11 000 galones = 11 000 x 3.78 = 41 580 litros
V gasolina extra: 4 000 galones = 4 000 x 3.78 = 15 120 litros
V gasolina súper: 4 000 galones = 2 500 x 3.78 = 9 450 litros
Luego, aplicando la ecuación M = V x &, la masa de cada combustible es:
Diesel: 41 580 litros x 0,85 = 35 343 kg
Extra: 15 120 litros x 0,79 = 11 944,8 kg
Súper: 9 450 litros x 0,79 = 7 465,5 kg
Cálculo del calor de combustión en kilocalorías:
Diesel: 11 050 kcal/kg x 35 343 kg = 390 540 150 kcal
Extra: 11 400 kcal/kg x 11 944,8 kg = 136 170 720 kcal
Super: 11 400 kcal/kg x 7 465,5 kg = 85 106 700kcal
TOTAL = 611 817 570 kcal
Cálculo de la carga de combustible equivalente en kg de madera:
611 817 570 kcal / 4.500 kcal/kg. = 135 959,46 kg de madera
Carga de combustible:
135 959,46 Kg de madera / 4 950 m2 = 27, 46 kg de madera/m2
Tabla 14.1. Criterios de Riesgo según la Carga de Combustible
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a. Riesgo bajo Hasta 35 kg. madera/m2
b. Riesgo medio De 35 a 75 kg. madera/m2
c. Riesgo alto Más de 75 kg. madera/m2
FUENTE: NFPA
Con este valor 73,663 kg de madera/m2, se establece que el riesgo es bajo conforme a la
tabla 1 establecida por la NFPA, que resulta menor a 35 kg madera/m2.
El método NFPA, para límites de seguridad menores a 35 kg Madera/m2, (Riesgo bajo),
establece un radio de 100 metros para el Área de Influencia Directa, que se considera como
el espacio suficiente para que cubra un riesgo de incendio o explosión considerando este
último como una fuente de ignición
15. ANÁLISIS DE RIESGOS
15.1. METODOLOGÍA
Mediante la caracterización de los procesos que se desarrollan en la E.S, se pueden
establecer los riesgos a los que estarían sujetas las instalaciones.
Los riesgos inherentes se definen en función de la posibilidad de ocurrencia de uno o varios
de los eventos a los que se halla expuesto el proyecto y que pueden presentarse de manera
esporádica o permanente. Eventos que pueden afectar al proyecto y sus áreas circundantes,
así como la vida y salud del personal que allí laborará y a la población dentro del área de
influencia; independientemente de donde provenga la amenaza.
Los riesgos antrópicos son los riesgos provocados por la acción del ser humano sobre la
naturaleza.
En su definición más sencilla, riesgo es la posibilidad de que a personas, estructuras físicas,
sistemas productivos, etc., les ocurra algo nocivo o dañino.
La metodología que se aplica es el producto de tres factores determinantes de la
peligrosidad del riesgo ambiental, estas son:
Severidad: establece la magnitud de afectacio n al medio ambiente por la
materializacio n del riesgo ambiental,
Ocurrencia: determina la frecuencia con la que se puede dar el riesgo ambiental
Consecuencia: cuantifica la afectacio n del medio ambiente relacionado a los
recursos agua, suelo y aire.
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El valor obtenido del producto de los tres factores permite determinar el "grado de riesgo”
a través de la siguiente ecuación:
𝑅𝑎 = 𝑆𝑒 ∗ 𝑂𝑐 ∗ 𝐶𝑜
Donde:
Ra = Riesgo Ambiental
Se = Severidad
Oc = Ocurrencia
Co = Consecuencia
Metodología General La evaluación de riesgos se realiza mediante la aplicación de la matriz que se presenta en la
siguiente Tabla, que indica el proceso utilizado para identificar riesgos significativos y
probabilidades de ocurrencia.
TABLA 15.1. MATRIZ DE EVALUACIÓN DE RIESGOS
severidad personas Ambiente
Probabilidad en Aumento
Nu
nca
Su
ced
e
en
la
In
du
stri
a
Se
ha
e
scu
cha
do
de
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n O
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as
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al
Añ
o e
n
Ecu
ad
or
Ocu
rre
n
Fre
cue
nte
me
nte
en
el
Ecu
ad
or
Baja Efectos leves a la
salud/heridas Efectos leves Manejo para mejoramiento continuo
Media Efectos graves a la
salud/heridas
Efectos
localizados
Se incorporan medidas para reducción de
riesgos
Alta Muertes Efectos
regionales Riesgos intolerables
Fuente: HSE aspects in contracting environment, 2001
Con la finalidad de precautelar la salud de los trabajadores que laboraran en la Estación de
Servicio “MERCEDITAS II”, es necesario el debido análisis de riegos, considerando que los
accidentes son más que una probabilidad estadística. Esta evaluación incluirá la
identificación de los factores de riesgos, el análisis de las exposiciones y de las
consecuencias.
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La matriz de evaluación de riesgos que se presenta en la Tabla 15.1, indica el proceso
utilizado para identificar riesgos significativos y probabilidades. Los riesgos significativos
están indicados en las áreas de color naranja y rojo, y son analizados en este capítulo. El
Plan de Contingencias y Riesgos (en el PMA) presenta procedimientos para responder a los
peligros si es que éstos se llegaran a materializar durante la ejecución del proyecto
Evaluación e Identificación de Amenazas relacionadas con el proyecto
Para la aplicación de los factores antes indicados se establece una serie de factores
ambientales que van a ser evaluados.
El factor ambiental se define como aquel fenómeno, elemento o acción de naturaleza física,
química, orgánica, o social que por su presencia o ausencia se relaciona con la aparición del
riesgo ambiental de acuerdo al lugar y tiempo, generando eventos (accidentes) negativos
hacia el ambiente.
A continuación, en la siguiente Tabla se indican los factores ambientales que fueron
valorados:
TABLA 15.2: Factores Ambientales Valorados
IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS
Actividad Riesgo
Riesgos ocupacionales
DESCARGA DE COMBUSTIBLE EN
TANQUES DE ALMACENAMIENTO
- Sin extintor satelital
- Derrame de combustible
- Válvulas en mal estado
- Sin conexión a tierra,
- Motor encendido
- No uso de EPP
DESPACHO DE COMBUSTIBLE A
VEHICULOS AUTOMOTORES
- Sin extintor
- Derrame de combustible
- Motor encendido
- No uso de EPP
MANTENIMIENTO O LIMPIEZA DE
INSTALACIONES
- Sin desengrasante,
- No uso de EPP
Riesgos naturales
- Sismos
- Inundaciones,
- Deslizamientos o derrumbes.
- Riesgos volcánicos
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Riesgos endógenos
Fallas técnicas o mecánicas:
- Incendio - Derrames
Nivel de riesgo ambiental: El nivel de riesgo ambiental se determina a partir de
puntuaciones obtenidas para los criterios de evaluación del riesgo ambiental. Los puntajes
de valoración se establecen en la Tabla.
Tabla 15.3: Escala de Valoración
Severidad Ocurrencia Consecuencia
Criterio de
valoración
puntuación Criterio de
valoración
puntuación Criterio de
valoración
puntuación
Riesgo ambiental no conocido
1 < una vez al año
1 Toma de acciones corrección por parte de la empresa
1
Riesgo ambiental a corto plazo y localizado
5 <10 días al año
3 Denuncias por parte de la comunidad
3
Riesgo ambiental a corto plazo y disperso
15 >10<100 días al año
6 Daños al ecosistema del entorno y a la comunidad
6
Quejas por la ciudadanía
25 >100 días al año
10 Catástrofe numerosas muertes, grandes daños ambientales
10
Perdida de la imagen de la estación de servicio
50
Catástrofe 100
Tabla 15.4: Nivel de Riesgo Ambiental
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Rangos de riesgo ambiental Nivel de riesgo ambiental
0<Ra<18 Bajo
18 ≤ Ra ≤ 85 Medio
86 ≤ Ra < 200 Alto
Ra ≥ 200 Critico
Se han establecido también Criterios de Actuación, Según el Nivel de Riesgo Ambiental,
como se indica en la Tabla 15.5
Tabla 15.5: Criterios de Actuación
Criterios de Actuación riesgo ambiental El riesgo ambiental debe ser eliminado sin demora pero la situación no es una emergencia.
18 ≤ Ra ≤ 85
Actuación urgente Requiere atención lo antes posible.
86 ≤ Ra < 200
Se requiere corrección inmediata. La actividad debe ser detenida hasta que el riesgo haya disminuido.
Ra ≥ 200
RESULTADO DEL ANÁLISIS
IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS
Actividad Riesgo severidad ocurrencia
consecuencia
bajo medio alto critico
Rie
sgo
s o
cup
aci
on
ale
s
DE
SCA
RG
A D
E C
OM
BU
STIB
LE
EN
TA
NQ
UE
S D
E
AL
MA
CE
NA
MIE
NT
O
sin extintor satelital
5 1 1 5
Sin conexión a tierra,
5 1 1 5
derrame de combustible
5 3 1 15
válvulas en mal estado
5 1 1 5
Motor encendido
5 1 1 5
No uso de EPP
1 1 1 1
DE
SPA
CH
O D
E
CO
MB
UST
IBL
E A
V
EH
ICU
LO
S A
UT
OM
OT
OR
ES
sin extintor 5 1 1 5
derrame de combustible
5 3 1 15
Motor encendido
5 1 1 5
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No uso de EPP
1 1 1 1
no uso de desengrasante
5 3 1 15
No uso de EPP
1 3 1 3
Rie
sgo
s n
atu
rale
s
sismos 15 1 6 90
Inundaciones
1 1 1 1
Deslizamientos o derrumbes
15 1 6 90
Riesgos volcánicos
15 1 6 90
Rie
sgo
s en
dó
gen
os
Incendio 50 1 3 150
Derrames 15 3 3 135
RESULTADOS DE EVALUACIÓN
- Los riegos bajos se consideran a los elementos susceptibles de ser dan ados en el
ambiente, pero la probabilidad de ocurrencia del evento es baja, estos esta n
relacionados con los riesgos humanos en las actividades de limpieza y mantenimiento
de las instalaciones de la estacio n de servicio.
- De la evaluacio n de riesgos se observa que en general no representa una amenaza para
la zona, ya que los accidentes o emergencias que se puedan producir, sera n menores, y
podra n controlarse a tiempo, en cuanto a los riesgos naturales por amenazas esta
valorado como alto, por lo cual se considerara este aspecto para el planteamiento de
medidas de mitigacio n que ayuden a reducir el riesgo de afectacio n y ocurrencia.
Riesgos Naturales
Para determinar el grado de amenaza por inundación, sismos y deslizamientos del lugar
donde funciona la estación de servicio, se utilizó la calificación del Sistema Integrado de
Indicadores Sociales del Ecuador – SIISE, el cual efectúa el análisis de estos riesgos a nivel
cantonal. Describiendo al cantón Riobamba que tiene Conglomerado volcánico, bancos
interestratificados de ceniza.
Amenaza Por Inundación
El cantón hunchi no está expuesto a inundaciones; según la escala de valoración del SIISE se
considera como bajo.
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Amenaza Sísmica
En el cantón Chunchi la amenaza por sismos es alta, por lo tanto, la infraestructura de la
estación de servicio debería ser sismo resistente, para que se reducir el riesgo de afectación.
Amenaza por Deslizamientos
El cantón Chunchi no se encuentra amenazado por deslizamientos.
Peligros Volcánicos
El cantón Chunchi en general se podrían presentar algunos efectos que puede ocasionar una
erupción del volcán Tungurahua. La Estación de Servicio se encuentra en menor riesgo de
ser afectado por los volcanes.
16. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
La identificación y evaluación de impacto ambiental están encaminadas a identificar las
consecuencias o efectos negativos o positivos al ambiente, generados de una acción o
actividad a realizar dentro de un proyecto, obra o actividad.
Bajo esta consideración la presente evaluación está orientada a la identificación de las
alteraciones o impactos que sufrirá el ambiente de la zona de estudio en sus componentes
físicos, biótico y socioeconómico, por la Operación, mantenimiento y cierre de las
instalaciones de la Estación de Servicio MERCEDITAS II; teniendo como objetivo primordial
realizar el planteamiento de medidas correctivas y preventivas con la finalidad de lograr
que estas actividades no perjudiquen significativamente el ambiente del área de influencia
del proyecto.
16.1. EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL
La evaluación sigue el esquema establecido por el equipo consultor, a base a los criterios de
revisión y evaluación, establecidos en la legislación ambiental vigente, para lo cual se
determinará:
No Conformidad Mayor (NC+). Esta calificación implica una falta grave frente al Plan de
Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables. Una calificación de NC+ puede ser aplicada también
cuando se produzcan repeticiones periódicas de no conformidades menores. Los criterios
de calificación son los siguientes:
o Corrección o remediación de carácter difícil
o Corrección o remediación que requiere mayor tiempo y recursos, humanos y
económicos.
o El evento es de magnitud moderada a grande
o Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales
o Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia en la corrección de un
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problema menor.
No Conformidad Menor (NC-). Esta calificación implica una falta leve frente al Plan de
Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables, dentro de los siguientes criterios:
o Fácil corrección o remediación
o Rápida corrección o remediación
o Bajo costo de corrección o remediación
o Evento de Magnitud Pequeña, Extensión puntual, Poco Riesgo e Impactos menores, sean
directos y/o indirectos.
Observaciones. Las observaciones constituyen hallazgos que por su naturaleza no implica
mayor riesgo ambiental, sino que su implementación mejorará los procesos y las
condiciones ambientales.
No aplica. Se da esta calificación cuando se ha citado acciones del Plan de Manejo Ambiental
o artículos de la normativa ambiental que no tienen relación con la actividad que se realiza,
y su aplicabilidad es innecesaria.
La determinación del cumplimiento de la Legislación ambiental constituye uno de los
aspectos más importantes del Estudio.
A continuación se presenta el formato de la matriz para la determinación del Cumplimiento
de la Normativa aplicable al proyecto.
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Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento
Evidencia Cumple No Cumple
No
Aplica
Art. 10. RAOHE
1
Programa y
Presupuesto Ambiental
Anual – PPA
Cuenta con la aprobación de los PPA por parte
de la Autoridad Ambiental
Oficio de Aceptación del PPA (Programa y
Presupuesto Ambiental Anual)
GADPCH-CGA-052-2015 del 10 de Diciembre del
2015
Se presentó el oficio de aceptación del Programa y
Presupuesto Ambiental para el año 2016.
Art. 11. RAOHE
2
Informe Anual
Ambiental - IAA
Presentación de los Informes Ambientales
Anuales hasta el 31 de enero de cada año Oficio CI-GCH-2016-014 el 05 de Febrero de 2016
Oficio presentado del informe ambiental del 2015.
3 Cuenta con la aceptación de los IAA por parte
de la Autoridad Ambiental
Oficio Nro. GADPCH-CGA-CA-2016-079 del 13 de
Febrero de 2016 observación
El IAA del año 2015 se encuentra observado a la
presente fecha se envió las correcciones
correspondientes.
Art. 12. RAOHE 4
Monitoreo Ambiental
Interno Cuenta con el pronunciamiento de monitoreo de descargas líquidas por parte de la Autoridad
Ambiental.
Oficio Nro. GADPCH-CGA-AAAr-2016-148
Informe de descargas liquidas del año 2015
Art. 14. RAOHE
5
Control y Seguimiento
Dispone de la Auditoría Ambiental preliminar Presentación de la Auditoría Ambiental y el plan de
manejo Ambiental en formato físico o digital. NC(-)
No se cuenta con registros de Auditorías
Ambientales realizadas.
6
Implementación de las medidas correctivas en
la E/S como respuesta a las observaciones
identificadas en la inspección de control y
seguimiento ambiental.
Matriz de cumplimiento de la normativa ambiental.
Evaluación del cumplimiento del Plan de Manejo. NC(-)
No se cuenta con la información de respaldo de los
años anteriores. Elaboración del EsIA Expost
Art. 24. literal c)
del RAOHE 7
Manejo de Productos químicos y sustitución de
químicos convencionales
Manejas adecuadamente las hojas de
seguridad Hojas de seguridad de los productos
Se presenta la hoja de seguridad de los
combustibles.
Art. 24. literal d)
del RAOHE 8
Utilización de productos naturales y
biodegradables (desengrasantes, detergentes
y otros).
Factura de compra de productos y hoja de seguridad.
Se presenta la factura de compra del detergente
biodegradable.
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
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Art. 25 literal a)
del RAOHE 9
Manejo y
Almacenamiento de
combustibles
Capacitación en el manejo de combustibles, sus
potenciales riesgos ambientales, así como
señales de seguridad.
Certificados.
Certificado de la capacitación impartida el 16 de
octubre del 2015
Art. 25 literal b)
del RAOHE 10
Mantener los tanques de almacenamiento
herméticamente cerrados a nivel del suelo y
estar aislados mediante un material
impermeable para evitar filtraciones y
contaminación del ambiente, y rodeados de un
cubeto técnicamente diseñado para el efecto,
con un volumen igual o mayor al 110% del
tanque mayor. (Es aplicable en caso de
haberse construido antes del RAOH 2001).
Certificación de tanques estacionarios. Observación
directa
Los tanques de almacenamiento de combustibles son
subterráneos, se encuentran dentro de estructuras de
hormigón y cumplen con lo especificado en el
RAOHE.
Art. 25 literal c)
del RAOHE 11
Los tanques o recipientes para combustibles
cumplen con todas las especificaciones técnicas
y de seguridad industrial para evitar
evaporación excesiva contaminación, explosión
o derrame de combustibles.
Certificación de tanques estacionarios. Observación
directa
Los tanques de almacenamiento de combustibles
cumplen con todas las especificaciones técnicas y de
seguridad industrial para evitar evaporación
excesiva, contaminación, explosión o derrames de
combustibles.
Art. 25 literal c)
del RAOHE 12
Todos los equipos mecánicos tales como tanques
de almacenamiento, tuberías de productos,
motores eléctricos y de combustión interna
estacionarios así como compresores, bombas, y
demás conexiones eléctricas, deben ser
conectados a tierra.
Observación directa – fotografías
En la visita se pudo comprobar que se cumple con
las conexiones a tierra de los equipos eléctricos de
la E/S.
Art. 26 del
RAOHE 13
Seguridad e Higiene
Industrial
Dispone de personal profesional capacitado
para Seguridad Industrial y Salud Ocupacional
y programas de capacitación a todo el
personal de la empresa acorde con las
funciones que desempeña.
Registros de Capacitación en Seguridad Industrial y
Salud Ocupacional. NC(-)
No se presenta registros de las Capacitaciones
impartidas en Seguridad Industrial.
Art. 27 del
RAOHE
14
Operación y
mantenimiento de
equipos e instalaciones
Dispone de equipos y materiales para el
control de derrames. Fotografías materiales para control de derrames
Se observó la presencia de material absorbente
(recipientes con arena y aserrín) para contener
posibles derrames de combustible.
15 Disponer de equipos contra incendios. Facturas por recargas
Se cuenta con extintores ubicados en las distintas
áreas de la estación de servicio.
16
Efectúa programas de mantenimiento
preventivo y correctivo de los equipos y
materiales.
Reportes de mantenimiento técnico preventivo y
correctivo de materiales y equipos.
La estación presentó reportes de mantenimiento
preventivo y correctivo en el año 2015.
Art. 28 del
RAOHE 17
Manejo de desechos en
general
Maneja los desechos acorde a las normas
ambientales y Plan de Manejo Ambiental,
incluyendo la clasificación de los desechos in
situ.
Registro de volúmenes, tratamiento de los desechos.
Existen recipientes para clasificación de los desechos in
situ.
Registros Fotográficos del manejo de desechos
generados.
91/120
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18
Disposición final de los desechos peligrosos y no
peligrosos generados en la E/S. mantener
registros sobre la clasificación de desechos,
volúmenes y/o disposición para cada clase de
desechos conforme a la tabla No. 8 del anexo
2 del RAOHE.
Certificación de entrega de desechos, cadenas de
custodia de los desechos peligrosos.
Se presenta el certificado de destrucción,
tratamiento y disposición final de la entrega de
desechos peligrosos a la empresa INCINEROX.
Art. 29 del
RAOHE
19
Manejo y tratamiento
de descargas líquidas
Cuenta con un sistema segregado de drenaje
para realizar un tratamiento específico por
separado de aguas lluvias y de escorrentías,
aguas grises, negras y efluentes residuales
para garantizar su adecuada disposición.
(Aplica para E/S construidas luego de la
publicación del RAOHE).
Inspección sistema de evacuación de aguas lluvias y
efluente de limpieza de pisos.
La estación de servicios cuenta con canaletas
perimetrales que rodea las islas de despacho y el
área de almacenamiento, las cuales se encuentran
en buen estado para su funcionamiento.
Registro Fotográfico.
20
Deberán disponer de separadores agua -
aceite o separadores API para contener y
tratar cualquier derrame así como para tratar
las aguas contaminadas.
Cuentan con una trampa de grasas
Registros fotográfico de la trampa de grasas
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
Art. 71 del
RAOHE
21
Tanques de
almacenamiento
Cuenta con un sistema de detección de fugas
para prevenir y controlar fugas del producto y
evitar la contaminación del subsuelo.
Inspección del sistema de monitoreo de fugas (ATG)/
Inspección de pozos de monitoreo de agua.
La estación de servicio cuenta con un sistema de
detección anti fugas.
22
Cada tanque está dotado de una tubería de
ventilación, colocada preferentemente en un
área abierta.
Fotografías de tubos de venteo
Se verificó la existencia de 1 tubos de venteo para
cada tanque de almacenamiento de combustible
(total 3 tanques de almacenamiento).
23 Inspección y mantenimiento de los tanques de
almacenamiento.
Informe de inspección y mantenimiento de los tanques
de almacenamiento para el año 2015.
Se presenta el certificado de la inspección técnica
de los tanques de almacenamiento de combustible,
para el año 2015.
Art. 41 del
RAOHE
24
Normas de Seguridad
Cuenta con el Plan de Contingencias Presentación del Plan de Contingencias NC(-) Se presenta el plan de contingencias de la estación
de servicios.
25 Cuenta con el plano de evacuación ubicado en
un lugar visible a los clientes Registro fotográfico. NC(-)
Se encuentra ubicado el plano de evacuación en un
lugar visible.
26
No suministra combustibles a los vehículos de
servicio público ocupados por pasajeros y a
vehículos con el motor encendido.
Fotografías de letreros en la E/S se verifica en el sitio
durante la inspección.
Registro Fotografico
27
No obstaculiza el tráfico vehicular y peatonal
al momento de cargar y descargar combustible
de los tanqueros.
Observar la señalización del área de descarga –
fotografías
Se cuenta con la señalética necesaria.
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Ing. Graciela Chagñay L.
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28
No se permite fumar, hacer fuego, arrojar
desperdicios, ni utilizar celular en el interior de
la E/S, además cuenta con la señalización
correspondiente.
Fotografías de señalización de normas de seguridad y
observación en la inspección
Se cuenta con la señalética necesaria.
29
Mantiene una toma a tierra junto a las bocas
de descarga y es conectada al auto tanque
previo al trasvase de combustible. Observación directa – fotografías
Se verificó la existencia de la toma a tierra.
30
Mantiene un programa de ornamentación en la
periferia de la E/S (Aplica solamente para las
E/S que disponen de espacio suficiente para
hacerlo o si han propuesto hacerlo en el PMA.
Inspección de áreas verdes – fotografías
Cuenta con un área de ornamentación adecuada.
Art. 86 del
RAOHE
31
Parámetros
Cumplir con los límites máximos permisibles
establecidos en el RAOHE (2001); AM No. 071
(2003) y AM No. 091 (2007) para descargas
líquidas y emisiones a la atmósfera.
Revisión de reportes de monitoreo enviados a la
Autoridad Ambiental. Efectuar muestreos de aguas y si
es el caso de emisiones a la atmósfera.
Reportes de monitoreo de las descargas líquidas
del año 2015 verificándose que cumple con los
requerimientos establecidos.
TULSMA LIBRO VI - CALIDAD AMBIENTAL
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
Art. 25 c) Cap. III
DE LA
REGULARIZACION
AMBIENTAL.
TULSMA
32
Permiso ambiental
otorgado por la
Autoridad Ambiental
Competente
Cuenta con la Licencia Ambiental emitida por la
Autoridad Ambiental de aplicación responsable
La estación de servicio se encuentra en proceso de
regularización para obtención de la licencia
ambiental.
NC (+) La Estación de servicio no cuenta con la Licencia
Ambiental.
Art. 32 CAPÍTULO
IV DE LOS ESTUDIOS
AMBIENTALES. TULSMA
33 Plan de Manejo
Ambiental
El PMA incluirá entre otros un programa de
monitoreo y seguimiento, el programa
establecerá los aspectos ambientales, impactos
y parámetros de la organización, a ser
monitoreados, la periodicidad de estos
monitoreos, la frecuencia con que debe
reportarse los resultados a la entidad
ambiental de control.
Contar con un PMA
NC (-)
No se cuenta con esta información.
Art. 269
AUDITORÍA
AMBIENTAL A
LOS SUJETOS DE
CONTROL.
TULSMA
34 Auditoría Ambiental de
Cumplimiento
Un año después de entrar en operación la
actividad a favor de la cual se aprobó el EIA,
el regulado deberá realizar una Auditoría
Ambiental de Cumplimiento con su plan de
manejo ambiental y con las normativas
ambientales vigentes, particularmente del
presente reglamento y sus normas técnicas.
Contar con una Auditoría Ambiental de Cumplimiento NC (-) No cuenta con esta información
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Art. 251
CAPÍTULO X.
CONTROL Y
SEGUIMIENTO
AMBIENTAL.
MECANISMOS DE
CONTROL Y
SEGUIMIENTO
AMBIENTAL.
(TULSMA)
35 Plan de Manejo y A. A.
de Cumplimiento
Deberá contar con un PMA aprobado por la
entidad ambiental de control y realizará a sus
actividades, auditorías ambientales de
cumplimiento con las normativas ambientales
vigentes y con su plan de manejo ambiental
acorde a lo establecido en el presente Libro VI
De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas
ambientales.
NC (-) No se cuenta con esta información.
TULSMA LIBRO VI - CALIDAD AMBIENTAL
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
Art. 199
CAPÍTULO VIII.
CALIDAD DE LOS
COMPONENTES
BIÓTICOS Y
ABIÓTICOS.
SECCIÓN I.
DISPOSICIONES
GENERALES
(TULSMA)
36
Planes de Contingencia
Los planes de contingencias deberán ser
implementados, mantenidos, y aprobados
periódicamente a través de simulacros.
Realización de simulacros.
NC (-)
Certificados de capacitaciones en los temas de
Seguridad Industrial y Contingencias.
Art. 81
Obligatoriedad
TULSMA
37
De la protección del
personal.
Toda persona natural o jurídica que se dedique
a la gestión total o parcial de productos
químicos peligrosos, deberá proporcionar a los
trabajadores que entren en contacto con estos
productos, el equipo de protección personal y
colectiva necesario y suficiente para la labor a
realizar.
Actas de entrega-recepción de EPP
En la visita de campo se verificó que los
trabajadores de la estación de servicio utilizan los
EPP.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
Art. 11
Obligaciones de
los empleadores
38
Obligaciones de los
empleadores
Adoptar las medidas necesarias para la
prevención de los riesgos que puedan afectar
a la salud y al bienestar de los trabajadores
en los lugares de trabajo de su
responsabilidad.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa Ambiental.
39 Entregar gratuitamente a sus trabajadores
vestido adecuado para el trabajo y los medios
de protección personal y colectiva necesarios.
Acta de entrega recepción de uniformes.
En la visita de campo se verificó que los
trabajadores de la estación de servicio utilizan los
uniformes de la comercializadora y los EPP.
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40
Dar formación en materia de prevención de
riesgos, al personal de la empresa, con
especial atención a los directivos técnicos y
mandos medios, a través de cursos regulares y
periódicos. Además de:
Certificados de cursos de seguridad industrial y salud
ocupacional
Se cumple con la Normativa Ambiental.
1. Instruir al personal a su cargo sobre los
riesgos específicos de los distintos puestos de
trabajo y las medidas de prevención a
adoptar.
41 Verificación Visual Se cumple con la Normativa Ambiental.
Art. 13
Obligaciones de
los empleadores
42
Obligaciones de los
empleadores
1. Participar en el control de desastres,
prevención de riesgos y mantenimiento de la
higiene en los locales de trabajo cumpliendo
las normas vigentes.
Certificado de curso de salud ocupacional
Registro de mantenimiento, ambiente y seguridad
industrial.
43 3. Usar correctamente los medios de protección
personal y colectiva proporcionados por la
empresa y cuidar de su conservación.
Verificación Visual Registro Fotográfico
5. Cuidar de su higiene personal, para prevenir
al contagio de enfermedades y someterse a los
reconocimientos médicos periódicos
programados por la empresa.
44 Verificación Visual Certificado médico de los trabajadores
45
6. No introducir bebidas alcohólicas ni otras
substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni
presentarse o permanecer en los mismos en
estado de embriaguez o bajo los efectos de
dichas substancias.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa Ambiental.
Art. 44
Lavabos
46 Lavabos 1. Estarán provistos permanentemente de
jabón o soluciones jabonosas.
Registro fotográfico, facturas de contra de materiales
de aseo.
Registro Fotográfico
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
Art. 46.
Servicios de
Primeros Auxilios.
47
Servicios de Primeros
Auxilios.
Todos los centros de trabajo dispondrán de un
botiquín de emergencia para la prestación de
primeros auxilios a los trabajadores durante la
jornada de trabajo.
Registro fotográfico, registro del uso del botiquín,
factura de compra de medicamentos.
Factura de compra de medicamentos
Art. 135.
Manipulación de
Materiales Peligrosos
48
Manipulación de
Materiales Peligrosos.
1. La naturaleza de los riesgos presentados
por los materiales, así como las medidas de
seguridad para evitarlos.
Verificación Visual Se cumple con la Normativa Ambiental.
49
2. Las medidas que se deban adoptar en el
caso de contacto con la piel, inhalación e
ingestión de dichas sustancias o productos que
pudieran desprenderse de ellas.
Hojas de seguridad de los productos.
Hojas de seguridad de los productos.
50 3. Las acciones que deben tomarse en caso
de incendio y, en particular, los medios de
extinción que se deban emplear.
Verificación Visual Se cumple con la Normativa Ambiental.
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51 4. Las normas que se hayan de adoptar en
caso de rotura o deterioro de los envases o de
los materiales peligrosos manipulados.
Hojas de seguridad de los productos. Hojas de seguridad de los productos.
Art. 136.
Almacenamiento,
Manipulación y Trabajos en
Depósitos de Materiales
Inflamables.
52
Almacenamiento,
Manipulación y
Trabajos en Depósitos
de Materiales
Inflamables.
1. Los productos y materiales inflamables se
almacenarán en locales distintos a los de
trabajo, y si no fuera posible, en recintos
completamente aislados.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa Ambiental.
53
3. El llenado de los depósitos de líquidos
inflamables se efectuará lentamente y evitando
la caída libre desde orificios de la parte
superior, para evitar la mezcla de aire con los
vapores explosivos.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa Ambiental.
54
4. Las tuberías y bombas de trasvase deben
estar dotadas de puestas a tierra durante las
operaciones de llenado y vaciado de los
depósitos de líquidos inflamables.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa Ambiental.
55
8. En los locales cerrados, en los que se
almacenan o manipulan materias inflamables,
estará prohibido fumar, así como llevar
cualquier objeto o prenda que pudiera
producir chispa o llama.
Verificación Visual
Registro fotográfico de la señales de seguridad de
tipo preventivo y restrictivo.
56
16. Los operarios utilizarán botas cerradas
con suela que no sea lisa, puntera reforzada
para evitar golpes y sin partes metálicas para
impedir la generación de chispas.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa Ambiental.
Art. 159.
Extintores Móviles.
57 Extintores Móviles.
4. Los extintores se situarán donde exista
mayor probabilidad de originarse un incendio,
próximos a las salidas de los locales, en
lugares de fácil visibilidad y acceso y a altura
no superior a 1.70 metros contados desde la
base del extintor.
Se colocarán extintores adecuados junto a
equipos o aparatos con especial riesgo de
incendio, como transformadores, calderos,
motores eléctricos y cuadros de maniobra y
control.
Los extintores se encuentran colocados en las islas de
seguridad, en el área de almacenamiento de
combustible y en el área de maquinas
Registro Fotográfico
NORMAS INEN
Referencia
Legal No.
Componente
Evaluado Aspecto Evaluado Medio de Verificación
Cumplimiento Evidencia
Cumple No Cumple No
Aplica
6.8.4
Servicios
58
Servicios
6.8.4.1 Debe contar con un servicio básico de
primeros auxilios y tener fácil acceso a un
centro hospitalario.
Registro fotográfico del botiquín para primeros
auxilios Registro fotográfico del botiquín.
59 6.8.4.8 Debe tener disponibles el equipo y los
suministros necesarios de seguridad y primeros
auxilios.
Botiquín de primeros auxilios y factura de
medicamentos. Registro fotográfico.
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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX - POST
ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
6.8.7
Operaciones
de Carga y
Descarga
60
Operaciones de
Carga y Descarga
6.8.7.1 Todo el personal que intervenga en la
carga, transporte y descarga de productos
químicos peligrosos debe estar bien informado
sobre la toxicidad y peligro potencial y debe
utilizar el equipo de seguridad.
Verificación Visual y acta de entrega recepción de
equipos de EPP
Hojas de seguridad de materiales peligrosos.
61
6.8.7.3 Todas las operaciones de carga y
descarga, almacenamiento o inspección, deben
ser realizadas conjuntamente por al menos dos
personas en todo momento.
Verificación Visual
Se cumple con la Normativa.
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Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
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16.2. CRITERIO DE EVALUACIÓN
Para determinar el grado de cumplimiento, ponderado en función de la importancia de cada
medida, nivel de confianza y riesgo a las normas y estándares establecidos en la legislación
ambiental vigente, se realizará una evaluación cuantitativa del nivel de cumplimiento, así:
- Se ha establecido una escala de cumplimiento de las medidas, que va del 1 al 10, siendo 10 si
cumple cabalmente y 1 si incumple totalmente.
- El grupo auditor ha definido el grado de importancia de la actividad o aspecto considerado
dentro de la evaluación y ha determinado el factor de ponderación.
- Se ha fijado una calificación para cada actividad verificada, y se procedió a determinar el
grado de certidumbre, así como el nivel de no conformidades encontradas, mediante la
utilización de la siguiente fórmula:
(%)10x.eCertidumbrdeNivel CW
Donde,
C = calificación del cumplimiento para cada aspecto ambiental considerado,
en escala del 1 al 10.
W = ponderación de importancia del aspecto ambiental considerado.
totalI
iIW
I = calificación de importancia del aspecto ambiental, en escala de 1 al 10
La relación de valoración a emplearse será:
Valoración
obtenida
Nivel de
Certidumbre
Nivel de
no conformidades
0-25% Bastante malo Bastante alto
26-50% Malo Alto
51-70% Medio Medio
71-90% Bueno Bajo
91-100% Excelente Muy bajo
16.3. NIVEL DEL CUMPLIMIENTO
NORMATIVA AMBIENTAL
Valoración
obtenida Nivel de
Certidumbre
Nivel de no
Conformidades
RAOHE 1215 71 – 90 % BUENO BAJO
TULSMA LIBRO VI - CALIDAD
AMBIENTAL 51 - 70 % MEDIO MEDIO
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Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
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REGLAMENTO DE
SEGURIDAD Y SALUD DE LOS
TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE DE TRABAJO
91 – 100% EXCELENTE MUY BAJO
NORMAS INEN 91 – 100% EXCELENTE MUY BAJO
El cumplimiento se encuentra sobre el 95 %, lo cual demuestra que la actividad de transporte
de sustancias químicas realizadas por el tanquero HBB 5955, se realiza tomando en
consideración el marco legal aplicable para esta actividad.
17. PLAN DE ACCIÓN
Criterio observado
Hallazgo Descripción del
hallazgo Medida
correctiva
Costo de la
medida
Plazo de cumplim
iento
Art. 11. RAOHE
Cuenta con la aceptación de
los IAA por parte de la Autoridad Ambiental
Observación
Oficio de
Aceptación del
IAA 2015 por
parte de la
Autoridad
Ambiental.
Se presentará las observaciones del informe ambiental
de manera inmediata para la
revisión por medio de la Autoridad Ambiental
$ 180
1 mes
Art. 14. RAOHE. Control y
Seguimiento NC (-)
Presentación de la Auditoría
Ambiental y el plan de manejo Ambiental en
formato físico o digital.
Matriz de
cumplimiento de
la normativa
ambiental.
Evaluación del
cumplimiento del
Plan de Manejo.
Realizar el EsIA ex post para la Estación de
Servicio Merceditas II, en
la cual se presentara el PMA, se dará
cumplimiento a la normativa ambiental.
$ 800
3 meses
Art. 41 del RAOHE.
Normas de seguridad
NC (-)
No cuenta con un Plan de
Contingencias
La E.S no cuenta con un plano de
Se realizara un plan de
contingencias el cual se
implementara dentro de la estación de
$ 400
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Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
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evacuación ubicado en un lugar visible.
servicio y se ubicará el plano
de evacuación en estación de
servicio.
2 meses
Art. 25 c) Cap. III DE LA
REGULARIZACION
AMBIENTAL. TULSMA
Permiso
ambiental
otorgado por la
Autoridad
Ambiental
Competente
NC(+)
La estación de servicio
Merceditas II Chunchi no cuenta
con la Licencia Ambiental emitida por la Autoridad
Ambiental
Se realizará el EsIA Expost para la regularización
ambiental mediante la Autoridad
Competente
$ 500
3 meses
Art. 269 AUDITORÍA
AMBIENTAL A LOS SUJETOS DE CONTROL.
TULSMA
Auditoría
Ambiental de
Cumplimiento
NC (-)
Un año después de entrar en
operación la actividad a favor
de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá
realizar una Auditoría
Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo
ambiental y con las normativas
ambientales vigentes,
particularmente del presente
reglamento y sus normas técnicas.
Realizar la auditoría
Ambiental de cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas
ambientales vigentes.
$ 800
1 año
TOTAL
$
RESPONSABLE: La persona que asume el compromiso para dar cumplimiento a las normas
ambientales y la toma de correctivos, es el propietario de la Estación de Servicio Merceditas II
Chunchi.
18. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)
El Plan de Manejo Ambiental de la Estación de Servicio “MERCEDITAS II CHUNCHI”, perteneciente a
la comercializadora EPPETROECUADOR, ha sido realizado en base a las necesidades detectadas y las
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Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
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acciones ejecutadas, a los impactos ambientales identificados durante el proceso de elaboración
del Estudio de Impacto Ambiental, y de la Normativa vigente.
OBJETIVO.
Contar con un Plan de Manejo en el cual se establezca las medidas ambientales para prevenir,
mitigar, controlar, corregir y compensar los posibles impactos ambientales durante las actividades
de carga, descarga y despacho de combustibles en la estación de servicio.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Crear un documento que guíe las buenas prácticas ambientales del proyecto según las actividades a
realizar.
Establecer procedimientos y especificaciones técnicas para prevenir, mitigar y corregir los
posibles impactos ambientales presentados.
Garantizar que las actividades propias de operación y abandono reduzcan al mínimo los
impactos que podrían causar.
Brindar alternativas para poder cumplir con la normativa ambiental vigente aplicable.
Mantener relaciones de respeto y buena vecindad con las poblaciones locales del área de
influencia directa e indirecta del proyecto.
Responsables.
Los responsables de tomar medidas de prevención, correctivas y de comunicación son:
Medidas Preventivas: Administrador y personal operativo de la Estación.
Medidas Correctivas: el Propietario de la Estación de Servicio.
Recursos.
Los recursos necesarios para la toma de medidas preventivas y/o correctivas estarán a cargo del
propietario de la Estación.
ESTRUCTURA Y DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
En base a la Legislación Ambiental Vigente y en concordancia con el Reglamento Sustitutivo del
Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador, el Plan de Manejo
Ambiental incluye los siguientes planes:
Estructura del plan de manejo ambiental
101/120
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Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
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Plan de Prevención y Mitigación de Impactos.- Establece las acciones tendientes a prevenir y
minimizar los impactos negativos identificados en el capítulo de evaluación de impactos
ambientales.
Plan de Manejo de Desechos.- Detalla las medidas a aplicarse para tratar y disponer
adecuadamente los desechos producidos durante las operaciones construcción, operación y
abandono.
Plan de Capacitación.- Corresponde un sistema de capacitación hacia el personal propio y de
empresas contratistas, sobre elementos de gestión ambiental con el fin de desarrollar una actividad
acorde a los mejores estándares ambientales.
Plan de Relaciones Comunitarias.- Se detallan las principales estrategias de manejo comunitario
que serán aplicadas por la REE conjuntamente con las comunidades del área de influencia del
proyecto.
Plan de Contingencias.- En el cual se detallan las acciones y actividades para enfrentar eventuales
accidentes y emergencias durante las actividades de construcción de infraestructura civil.
Plan de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial.- Considera las principales normas establecidas
por la normativa legal aplicable para preservar la salud y seguridad de sus empleados y de empresas
contratistas.
Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas.- Comprende el conjunto de acciones que servirán para
restablecer las áreas que han sido afectadas como consecuencia de las actividades de construcción.
Plan de Cierre Abandono.- Permite conocer las actividades a aplicarse una vez que concluyan la
vida útil del proyecto.
Plan de Monitoreo.- Se describe las principales programas como herramientas de trabajo y como
parte del EIA se constituye en un elemento de análisis de cambios en el área de trabajo, a más de
proveer información actualizada del proyecto.
Plan de compensación.- Tomando en consideración la valoración económica de los recursos
naturales y posible afectación a la salud pública, la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) incluirá
como parte del plan de compensación las acciones destinadas a la rehabilitación o pago de áreas
afectadas.
Todos estos Planes y Programas se definen sobre la base de la cuantificación de Impactos
Ambientales establecidos en el estudio de impacto ambiental.
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18.1. Plan de Prevención y Mitigación de Impactos
Corresponde a las acciones tendientes a minimizar los impactos negativos sobre el ambiente en las diferentes etapas de las operaciones del proyecto.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
OBJETIVOS:
Prevenir, disminuir y/o mitigar los posibles impactos ambientales que pueden producirse en las operaciones de la Estación de Servicio
““MERCEDITAS II”” PPM-01
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
Aspecto Ambiental Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
Descargas líquidas
Afectación a
la calidad del
Agua por la
generación de
efluentes.
Realizar el mantenimiento de la trampa de grasas para lo
cual se deberá sacar la nata existente (grasa) y colocarla en
recipientes metálicos de 50 galones herméticos previo a su
disposición final.
La limpieza de las instalaciones de la empresa se lo realizará
utilizando detergente biodegradable.
Para reducir los residuos líquidos generados en la limpieza
del establecimiento, se recomienda utilizar métodos "secos"
para el lavado de las áreas de trabajo, por ejemplo
estropajos, escobas, trapos, etc. y así reducir la generación
de aguas contaminadas.
Numero de
mantenimientos
realizados /
número de
mantenimientos
planificados
Informes de
mantenimiento Permanente
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ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
Generación de
ruido y vibraciones
Afectación a
la salud de
trabajadores
Exigir el cumplimiento de la señalización de “no pitar” y
“apague el motor” en el área de despacho.
Dotar a los despachadores de protectores de oídos, para que
sean utilizados en horas de alto tráfico al interior de la
estación de servicio y cuando se active el generador eléctrico
por la falta de energía eléctrica en el sector.
El funcionamiento del generador eléctrico por
mantenimiento se realizará sólo en días laborables, en horas
en las cuales las emisiones de ruido o vibraciones no afecten
a las personas que habitan en los predios vecinos.
El 100% del
personal cuenta
con Equipo de
Protección
Individual
entregado
Registro
fotográfico,
Actas de entrega
recepción del EPI
y de
mantenimiento
del generador
eléctrico.
Permanente
Prevención de
incendios.
Durante la recepción del combustible, deberán existir
extintores de polvo químico tipo carretilla listos para operar
en caso de presentarse una emergencia.
Para descargar el combustible del tanquero a los tanques de
almacenamiento, se conectará al tanquero la pinza de cobre
del sistema PUESTA A TIERRA.
Cuando se realice la operación de carga o descarga de
combustible y se produzca una tormenta eléctrica, la
operación se suspenderá inmediatamente.
El personal tendrá la obligación de cumplir y hacer cumplir la
señalización como: "No fumar", "Apague el motor antes de
abastecerse de combustible", etc.
Mantenimiento e inspección frecuente para verificar el
funcionamiento de los extintores y llevar el registro de la
ubicación y estado de carga.
Número de
extintores
recargados/
número de
extintores
existentes
Registro
fotográfico.
Registro de
mantenimiento
de recargas de
los extintores.
Permanente
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ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
Prevención de
derrame de
combustible.
Cuando ingrese el tanquero a la zona de descarga, se
procederá a apagar y frenar el mismo, calzarlo en ambos
sentidos, con tacos de madera, retirar la llave de contacto y
depositarla en un lugar adecuado, retirar las seguridades que
existen en las bocas de recepción de combustible y ahí si
proceder a conectar las mangueras.
Estar pendiente del nivel de los tanques cuando se está
descargando combustible, con la finalidad de evitar un
posible derrame de combustible.
Vigilar al despachador para que no permita que los clientes
manipulen, sin el conocimiento necesario los dispensadores
de combustible, ya que esto podría acarrear una situación de
peligro.
Se limpiará constantemente las canaletas perimetrales de
manera frecuentemente, evitando que la misma se tape y
obstaculice el control de derrames en el área de despacho.
Realizar mantenimiento semanal de mangueras, válvulas y
acoples para evitar derrames de combustibles durante las
operaciones de descarga.
Realizar la inspección técnica y vida útil de los tanques de
almacenamiento, por parte de una verificadora en forma
anual.
En caso de que ocurriera un derrame considerable, se
procederá a informar a la Dirección Provincial Chimborazo
del Ministerio del Ambiente, tal como está establecido en el
numeral 4.1.3.5 del Anexo 2 del Libro VI del TULSMA
Número
mantenimientos
realizados /
Número
mantenimientos
planificados
Informe de
mantenimiento
de equipos e
instalaciones
Permanente
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Prevención por
accidentes por
temblores (sismos)
o inundaciones.
Revisar de manera periódica las instalaciones de las áreas
críticas como es el caso del área de almacenamiento,
trasiego, despacho de combustible, cuarto de máquinas,
instalaciones eléctricas y asegurar el buen estado.
Practicar mediante simulacros con los trabajadores y aplicar
un plan de emergencia en caso de un evento.
Mantener un botiquín de primeros auxilios.
Colocar en lugares visibles los números telefónicos de
emergencia de la Cruz Roja, hospitales, bomberos, policía,
ECU 911, y un mapa de evacuación.
Colocar en el área administrativa, oficinas objetos grandes y
pesados en anaqueles o lugares bajos.
Número
capacitaciones
realizadas /
Número
capacitaciones
planificados
Registro
fotográfico,
certificados de
capacitaciones y
simulacros
Permanente
Mantenimiento de Equipos
Mantenimiento del generador, mediante las siguientes actividades:
‐ Cambio de filtros de los catalizadores. ‐ Calibración del generador para que la combustión
del diesel sea óptima. ‐ Llevar registros del tiempo de funcionamiento del
generador (horómetro).
Número
mantenimiento
planificados/
Número
mantenimientos
realizados
Facturas Cada 6
meses
Mantenimiento de Instalaciones
Para evitar los gases que se producen en las diferentes actividades de la estacio n, se debera : ‐ Realizar el mantenimiento anual de válvulas de presión
de las tuberías de venteo. ‐ Realizar mantenimiento semanal de mangueras, válvulas
y acoples para evitar derrames de combustibles durante las operaciones de descarga.
Número
mantenimiento
planificados/
Número
mantenimientos
realizados
Registro
Fotográfico
Facturas,
registros de
limpieza y
mantenimientos
Cada 6
meses
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‐ Realizar la inspección técnica y vida útil de los tanques de almacenamiento, por parte de una verificadora en forma bianual.
‐ Realizar en forma bianual las pruebas de hermeticidad de los tanques de almacenamiento de combustibles y de las tuberías de conducción.
‐ Realizar el mantenimiento diario del área de despacho y circulación.
‐ Realizar el mantenimiento y limpieza diaria de las canaletas perimetrales
‐ Mantenimiento de la señalización horizontal y vertical en toda la estación de servicio, en forma semestral. ( islas de despacho, área de descarga, ingreso y salida de la estación de servicio)
‐ Mantenimiento e inspección frecuente para verificar el funcionamiento de los extintores y llevar el registro de la ubicación y estado de carga de los extintores, actividades de recarga en forma anual.
‐ Mantenimiento y desinfección de los servicios sanitarios de la estación en forma diaria.
‐ Realizar la limpieza de la trampa de grasas, de la estación de servicio y de la lavadora de vehículos, en forma quincenal.
‐ Realizar limpieza de los drenajes o canaletas periféricas de la lavadora para evitar la acumulación de tierra y lodos, causando el mal funcionamiento de la trampa de grasas.
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18.2. Plan de manejo de desechos
El presente plan establece un procedimiento para la gestión de desechos sólidos que se generan durante las actividades de le estación de servicio
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS
OBJETIVOS: Manejar los desechos provenientes de las actividades de la estación de servicio, de acuerdo a su peligrosidad,
aplicando medidas preventivas de reciclaje, rehúso, tratamiento y disposición de acuerdo a recomendaciones que exige el
RAOHE. PMD-02
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
Aspecto
Ambiental
Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
Generación de
desechos solidos
Afectación de
la calidad del
suelo
Impacto visual
Los residuos inorga nicos y orga nicos comunes debera n
recogerse en recipientes adecuados, que pueden ser
meta licos, pla sticos para ser entregados al servicio de
recoleccio n de basura municipal del GAD Municipal.
Se instalara tachos de basura que debera n contar con
cubierta (tapa) en el a rea de los dispensadores, a rea de
descarga, a rea administrativa, a rea de lavado de carros,
con la finalidad de evitar el ingreso de agua, minimizar
lixiviados y evitar la proliferacio n de insectos y vectores,
estos tachos debera n poseer su respectiva sen ale tica
Los desechos reciclables (papel, pla stico, vidrio), podra n
ser entregados a recicladores.
Los desechos Especiales / Peligrosos (Wypes, franelas
contaminados, lodos provenientes de la trampa de grasas
# Recipientes
ubicados
Kg. Desechos
entregados/ Kg.
Registro de
entrega de los
desechos,
registro
fotogra fico.
Permanente
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Deben ser entregados a un Gestor Ambiental
Se llevara registros de los volu menes de desechos
generados, para lo cual se ha implementado formatos
especí ficos de control de la generacio n de cada tipo de
desecho.
Desechos
generados
Descargas
Lí quidas no
Dome sticas.
Afectacio n a
la calidad del
agua
Las aguas hidrocarburadas producto del mantenimiento
del a rea de dispensadores, a rea de descarga y de la
lavadora de autos, son conducidas a trave s de las
canaletas perimetrales hasta la trampa de grasas para el
tratamiento correspondiente previa la descarga final, en
la parte superior del primer y segundo compartimento de
la trampa de grasas se forman unas natillas, las que se
limpian semanalmente, se almacenan temporalmente y
se entrega a la empresa responsable del tratamiento de
desechos hidrocarburados.
Los desechos lí quidos peligrosos se entregaran a una
empresa o gestor responsable del tratamiento de
desechos peligrosos.
Kg. De lodos
entregados/ Kg.
Lodos generados
Registro de
entrega de los
desechos
provenientes
de la trampa de
grasa, registro
fotogra fico.
Permanente
18.3. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental
PROGRAMA DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
OBJETIVOS:
Capacitar a todo el personal que labora en el proyecto, sobre los planes existentes y los procedimientos específicos que incluye el
presente Plan de Manejo Ambiental, para la conservación de los estándares ambientales que deben cumplirse y para prevenir los riesgos
laborales y accidentes de trabajo. PCC-03
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
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RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
Aspecto Ambiental Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
Capacitación Desconocimie
nto ambiental.
Se debe tomar en consideración que todo trabajador que
ingrese a laborar en el proyecto deberá ser adiestrado en
temas como:
Seguridad e Higiene Industrial. Atención al Cliente. Concientización Ambiental. Primeros Auxilios. Uso del equipo de protección personal.
Normas y procedimientos en el manejo de combustibles.
Manejo de Desechos Sólidos no Domésticos y Residuos Peligrosos.
Simulacros de prevención contra incendios. Plan de Manejo Ambiental del proyecto y
desarrollo sostenible.
Número
capacitaciones
realizadas /
Número
capacitaciones
planificados
Registro de
asistencia.
Registro
fotográfico.
Certificados de
cursos y
simulacros.
Cada 6
meses
18.4. Plan de relaciones comunitarias.
PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS
OBJETIVOS:
- Establecer una sólida alianza con los actores sociales, a fin de generar consensos básicos de conocimiento y apoyo a la ejecución
del proyecto
- Dar a conocer a la comunidad aledaña de la empresa las actividades que se realizan en la planta, con el propósito de mantener una
disposición aceptable de la comunidad.
PRC-04
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LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
Aspecto Ambiental Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
Desinformación en
temas ambientales
Afectación de
la calidad del
suelo y aire.
Desconocimie
nto de las
actividades a
realizarse
- Dar a conocer a los actores sociales del área de
influencia y a la población local, sobre las
características técnicas del proyecto y los beneficios
del mismo.
- Informar a los actores sociales y especialmente a la
comunidad local sobre las características del
proyecto, las diferentes actividades que se realizan y
los impactos negativos y positivos que se generan.
- Advertir a la población sobre los riesgos, peligros y
precauciones que se deben tomar en el área de
trabajo.
- Se establecerá acciones de cooperación directa para ayudar en eventuales casos de incendio o emergencia a los vecinos del sector.
Número
Población
informada/
Número
Población total
Actas de
reunión
informativa.
Registro
fotográfico.
Previo a la
ejecución
del proyecto
18.5. Plan de contingencias
PROGRAMA DE CONTINGENCIAS
OBJETIVOS:
Establecer las acciones que se deben de ejecutar frente a la ocurrencia de eventos de carácter técnico, accidental o humano, con el
fin de proteger los componentes ambientales presentes en la zona del proyecto y al personal.
Prevenir y evitar los riesgos de trabajo, que pongan en peligro, la infraestructura y la integridad física del personal que labora en la
etapa de operación o funcionamiento, mediante una eficiente organización y adiestramiento que permita tener una respuesta rápida y
eficaz ante cualquier situación de contingencia que se presente.
PDC-01
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
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RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
Aspecto Ambiental Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación Plazo (meses)
Riesgos Naturales
o antropogénicos
Afectación a la
Salud
‐ Capacitar al personal para reaccionar de forma
ordenada ante una situación de emergencia.
‐ Contar con un botiquín de primeros auxilios, el cual
deberá contener productos básicos como: gasas,
vendas, guantes, analgésicos, algodón, tijeras y
desinfectantes, el mismo que deberá estar ubicado en
la bodega, de tal manera que sea accesible a todas las
personas en caso de requerirlo.
‐ En caso de accidentes o lesiones graves, se coordinará
de forma inmediata el traslado de la persona afectada
hacia el Hospital.
‐ Mantenimiento y desinfección de los servicios
sanitarios de la estación en forma diaria.
Número
capacitaciones
realizadas /
Número
capacitaciones
planificados
Número de
medicamentos
ubicados dentro
del Botiquín de
primeros auxilios
Registro de
asistencias
Registro de
adquisición de
medicinas
De manera
continua
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Incendios Afectación a la
Salud
Para evitar un incendio, se tomará las siguientes
medidas de prevención:
‐ Respetar la señalización de apague el motor, no
fumar.
‐ No encender fuego en lugares cercanos al área de
descarga, almacenamiento y de los dispensadores de
combustibles.
De iniciarse el fuego se deberán tomar las siguientes
medidas para contrarrestarlo:
‐ Actúe inmediatamente, utilizando cualquier material
que tenga a mano, tratando de evitar su propagación.
‐ Actúe en grupo. Cuando el fuego se inicia, rocíelo con
los extintores hasta sofocarlo.
‐ En caso que el fuego se propague, se debe retirar de
forma inmediata a un lugar seguro y solicite ayuda
profesional.
‐ El administrador de la Estación de Servicio Merceditas II se contactará a las entidades de ayuda del gobierno: Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, ECU911, dependiendo del tipo de contingencia.
El administrador de la Estación de Servicio Merceditas II
deberá avisar a los vecinos más cercanos la ocurrencia
del accidente.
Número
capacitaciones
realizadas /
Número
capacitaciones
planificados
Registro de
asistencia
cursos de
manejo de
equipos contra
incendios.
Registro
fotográfico.
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‐ Derrames de combustible
‐ Afecciones al suelo
‐ La persona que detecte el accidente debe comunicar inmediatamente al administrador, quien en caso de incendios pedirá inmediatamente la evacuación de los clientes y peatones.
‐ Recoger el material derramado ‐ Limpiar el área y disponer los desechos en el lugar
predeterminado
‐ Número de derrames existentes
‐ Registro de derrames o incidentes.
‐ En el momento que se presente el riesgo
18.6. Plan de seguridad y salud ocupacional
PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
OBJETIVOS:
Establecer un ambiente laboral que garantice la seguridad física del personal, mientras realiza sus actividades relacionadas con el
proyecto.
Minimizar los riesgos laborales y operacionales, los accidentes, incidentes y enfermedades laborales que puedan afectar la salud del
personal.
PSS-01
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
RESPONSABLE: Representante legal del proyecto.
Aspecto Ambiental Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
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Riesgo Accidentes
y/o incidentes
Afectación a la
salud
- Dotar con implementos de protección personal y
exigir su uso a quienes ejecuten las obras
(mascarillas, gafas, guantes, botas, overoles).
- Organizar e implementar un servicio oportuno y
eficiente de primeros auxilios.
- En caso de producirse un accidente que ponga en
riesgo la vida de algún trabajador, este será atendido
con los primeros auxilios y de ser necesario será
trasladado al Hospital Provincial General Docente de
la ciudad de Riobamba, por ser la unidad médica más
cercana.
- Cumplir con las normas de seguridad e higiene
industrial del Instituto de Seguridad Social y del
Código de trabajo.
- Al personal que trabajará en la estación de servicio,
se le realizará exámenes anuales para determinar la
salud de cada uno de ellos.
Número de EPP
entregado/
Número de
trabajadores
Registro
fotográfico.
Registro de
entrega del EPP
Registro de
incidentes y
accidentes
laborales
Certificados
médicos de los
trabajadores
De manera
continua
Toda instalación que almacene, refine, transporte y
expenda combustibles líquidos, debe contar con un
Reglamento Interno de Seguridad y su personal estar
debidamente capacitado para su correcto cumplimiento.
La señalética ubicada deberá cumplir con la Norma NTE
INEN ISO 3864.
Colocar sen ale tica que permita identificar las ví as
de acceso.
Colocar sen ale tica informativa y preventiva que
permita identificar que la zona donde se lleva a
cabo los trabajos es una zona restringida a
personas particulares.
Número
capacitaciones
realizadas /
Número
Registro
fotográfico.
De manera
continua
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ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
Implementar sen ale tica de uso de equipos de
proteccio n personal
Cumplir medidas de seguridad para ejecutar trabajos de mantenimiento o reparación de instalaciones y equipos de la estación de servicio.
Mantener operativos o vigentes y en los lugares apropiados los extintores.
Mantenimiento de carteles y señalización de seguridad en lugares visibles.
Mantenimiento periódico la señalización de ingreso y salida de vehículos, así como a los avisos de advertencia y peligro en el área de despacho.
Mantenimiento del cartel con los números telefónicos de los organismos de apoyo para casos emergentes.
capacitaciones
planificados
Número de
letreros ubicados
/ Número de
áreas
Facturas de
señalización
vertical y
horizontal
18.7. Plan de monitoreo y seguimiento
El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) define los sistemas de seguimiento, evaluación, monitoreo ambiental para el cumplimiento de todas las
actividades planteadas en el plan de manejo.
PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO
OBJETIVOS: PMS-01
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ESTACIÓN DE SERVICIO ¨MERCEDITAS II CHUNCHI¨
Controlar y garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, para minimizar los impactos ambientales negativos que puedan
surgir a partir de la operación del proyecto.
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
RESPONSABLE: Representante legal del proyecto.
Aspecto
Ambiental
Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
Residuos
sólidos
peligrosos y no
peligrosos.
Afectación de la
calidad del aire y
suelo e impacto
visual, y salud
- Verificar que los trabajadores utilicen los EPP
respectivos de forma adecuada a través de registros
de entrega y fotográficos.
- Llevar un registro mensual interno en el cual se debe
señalar la cantidad de desechos sólidos peligrosos y
no peligrosos según sus características físicas que se
generan dentro de la empresa.
Kg. Desechos
entregados/ Kg.
Desechos
generados
Registro de
generación de
desechos.
Anual
Descargas
líquidas no
domésticas
Afectación de la
calidad del agua
Se realizará un monitoreo semestral de las descargas
líquidas de la planta de tratamiento y lodos, que se obtiene
de la planta de tratamiento de las aguas residuales
generadas en el proyecto.
Número de
monitoreos
realizados /
Número
monitoreos
planificados
Informes de
Monitoreo de un
laboratorio
acreditado
Semestral
18.8. Plan de rehabilitación de áreas afectadas
PROGRAMA DE REHABILITACIÓN
OBJETIVOS:
Contar con las medidas y acciones para aplicarlas en caso de contaminación de suelos y por derrames de combustibles.
PRC-01
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
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Aspecto
Ambiental
Impacto
identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación Plazo (meses)
Suelo, aire y
vegetación Impacto Visual
En el caso de existir contaminación en suelos dentro de la
estación de servicio o en la zona de influencia, se procederá
a contratar a una empresa especializada que realice la
remedición y que proceda a la disposición final de los suelos
contaminados, empresa que debe tener la autorización
correspondiente por parte de los organismos de control
responsables.
De producirse un incendio, que afecte las instalaciones y
equipos de la estación de servicio, el propietario procederá
al retiro de la infraestructura deteriorada aplicando normas
y procedimientos seguros, los equipos afectados serán
reparados de ser el caso o remplazados por unos nuevos.
De provocarse daños a terceros se utilizara la póliza vigente
de la estación de servicios por daños a terceros y daños
ambientales.
Número áreas
afectadas /
Número áreas
totales
Registro
fotográfico
Póliza de
seguro
De aplicación
Inmediata una
vez que se cierre
el proyecto
18.9. Plan de cierre, abandono y entrega del área
PROGRAMA DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA
OBJETIVOS:
Desarrollar un procedimiento sistemático que permita el abandono de áreas que dejen de ser operativas.
Plantear un programa de monitoreo y rehabilitación del área intervenida una vez que se han evacuado del sitio todo tipo de equipos e
instalaciones.
PCA-01
LUGAR DE APLICACIÓN: Área de intervención del proyecto
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RESPONSABLE: Representante legal del proyecto
Aspecto
Ambiental Impacto identificado Medidas propuestas Indicadores
Medio de
Verificación
Plazo
(meses)
Calidad del
suelo.
Cobertura vegetal.
Una vez que el proponente decida cerrar el proyecto, se deberá
realizar el levantamiento de toda la infraestructura,
herramientas, equipos y maquinaria instalada para el
funcionamiento del proyecto, de tal manera que el área del
proyecto quede en iguales o mejores condiciones que las
iniciales.
La Estación de Servicio notificará a la Dirección Provincial del
Ambiente el momento que empiece con el proceso de
abandono, previo al inicio de las actividades de
desmantelamiento.
Presentación de un plan específico para la fase de cierre y
abandono, en el mismo que debe constar las actividades de
desmonte de los equipos e instalaciones de la estación de servicio,
remediación de pasivos ambientales en caso de existir y propuesta
para el nuevo uso de suelo en el área desmantelada. Además de
se debe prever la disposición final de todos los desechos
provenientes de esta actividad.
En caso de determinar que hay contaminación de suelos se le dará
el tratamiento correspondiente para su recuperación,
dependiendo del uso que se la vaya a dar. Se considerarán los
parámetros establecidos en el Anexo 2 Tabla 6. Límites permisibles
para la identificación y remediación de suelos contaminados en
todas las fases de la actividad hidrocarburíferas, incluida la
estación de servicio.
% de
infraestructura
retirada / % de
infraestructura
total
Reportes
Cuando se
dé el
abandono
del proyecto
en un lapso
de tres
meses
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19. CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)
ACTIVIDAD
MES
1
MES
2
MES
3
MES
4
MES
5
MES
6
MES
7
MES
8
MES
9
MES
10
MES
11
MES
12
PRESUPUESTO
Plan de Prevención y Mitigación de
Impactos Ambientales
x x 400
Plan de Manejo de Desechos x x x x x x x x x x x x 400
Plan de Comunicación, Capacitación Y
Educación Ambiental
x 200
Plan de Relaciones Comunitarias x 150
Plan de Contingencias x x x x x x x x x x x x 300
Plan de Seguridad y Salud Ocupacional x x 500
Plan de Monitoreo y Seguimiento
Ambiental
x x 700
Plan de rehabilitación de Áreas Afectadas x 400
Plan de Cierre, Abandono y Entrega del
Área
x 1600
TOTAL CUATRO MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS USD 4650,00
120/120
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Consultor Ambiental R. No. MAE – 690– CI
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20. BIBLIOGRAFÍA.
Canter, Larry. Manual de evaluación de impacto ambiental. Segunda edición. McGraw Hill, 1998.
Casale, D. Manual de Obras Sanitarias. Octava edición. Buenos Aires, Editorial Americalee, 1974.
Comisión Nacional de Medio Ambiente. Guía para la prevención y control de la contaminación
ambiental. Santiago, 1999.
Crites, R. y Tchobanoglous, G. Sistemas de manejo de aguas residuales para núcleos pequeños y
descentralizad. Santa Fé de Bogotá: McGraw Hill Interamericana, S.A., 2000.
Curtis, H. y Sue Barnes, N. Biología. Quinta edición. 1993.
Henry, J. y Heinke, G. Ingeniería Ambiental. Segunda edición. México: Prentice Hall, 1999.
Instituto Geográfico Militar. Atlas Multimedia del Ecuador. Quito: I.G.M., 2005.
Páez Zamora, Juan Carlos. Introducción a la Evaluación del Impacto Ambiental. Quito, 1996.
21. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD
22. ANEXOS.