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16 DE MARZO DE 2006
EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A
TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
Pilar González de FrutosPRESIDENTA
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ÍNDICE
• LA NECESIDAD DE GENERAR AHORRO-PREVISIÓN
• CARACTERÍSTICAS ESENCIALES Y VENTAJAS DEL SEGURO DE VIDA
• EL SEGURO DE VIDA EN ESPAÑA Y EUROPA
• TRIBUTACIÓN PRESENTE Y FUTURA DEL SEGURO DE VIDA EN ESPAÑA
• VALORACIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF
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La necesidad de generar ahorro-previsión
EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
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Proyección de la población por sexo y edadProyección de la población por sexo y edad
La necesidad de generar ahorro-previsión
Fuentes: Informe de estrategia de España en relación con el futuro del Sistema de Pensiones. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. INE
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La necesidad de generar ahorro-previsión
Fuente: Informe de estrategia de España en relación con el futuro del Sistema de Pensiones. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. INE
6
La necesidad de generar ahorro-previsión
Fuente: Informe de estrategia de España en relación con el futuro del Sistema de PensionesMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Porcentaje del Gasto del Sistema Público de Pensiones sobre el PIBPorcentaje del Gasto del Sistema Público de Pensiones sobre el PIB
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EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
Características esenciales y ventajas del seguro de
vida
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CARACTERÍSTICAS ESENCIALES Y VENTAJAS DEL SEGURO DE VIDA
• El seguro de vida reúne una serie de características específicas que lo convierten en el instrumento idóneo para canalizar el ahorro y la previsión:
• Cobertura de riesgos biométricos
• Garantía de rentabilidad
• Flexibilidad
• Seguridad y solvencia
• Ahorro sistemático y protección
• Especialización
• Complementariedad con la Seguridad Social
• Proximidad a la población
• Instrumento adecuado para las personas con mayor aversión al riesgo
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El ahorro a largo plazo produce mayores beneficios para el conjunto de la economía, en tanto y cuanto aporta mayor estabilidad a la financiación de los Estados y de las empresas
El seguro es uno de los principales canalizadores del ahorro a largo plazo.
Las entidades aseguradoras son uno de los principales inversores en deuda pública y privada a largo plazo
CARACTERÍSTICAS ESENCIALES Y VENTAJAS DEL SEGURO DE VIDA
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EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
El Seguro de Vida en España y en Europa
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% 20052004MODALIDADES DE SEGUROS DE VIDA
6,79%124.180116.279TOTAL
1,15%44.80444.295SEGUROS COLECTIVOS
10,27%79.37671.984SEGUROS INDIVIDUALES
El Seguro de Vida en EspañaRecursos Gestionados
Provisiones matemáticas de los seguros de vida:
Los recursos gestionados suponen un 14% del PIB español
Fuente: ICEA
En millones de euros
% Crecimiento
Millones € % Millones € % 1990 - 2004
Depósitos 217.891 61% 543.573 40% 7%
Renta variable 44.021 12% 272.504 20% 14%
Fondos de Inversión 7.941 2% 193.896 14% 26%
Seguros de vida 7.095 2% 100.688 7% 21%
Planes de pensiones 8.318 2% 76.100 6% 17%
Renta Fija 25.523 7% 39.013 3% 3%
Otros 44.959 13% 139.637 10% 8%
TOTAL 355.748 100% 1.365.411 100% 10%
1990 2004
Fuente: ICEA y Banco de España
13%
El Seguro de Vida en EspañaDistribución del Ahorro Familiar
13
PROVISIONES MATEMATICAS SEGURO DE VIDA EN EUROPA 2003
País Provisiones
Matemáticas* PIB*
Provisiones Matemáticas
/PIB*
Ahorro/ Habitante
LUXEMBURGO 27.597 23.476 117,55% 61.600 REINO UNIDO 1.401.754 1.589.468 88,19% 23.627 DINAMARCA 120.832 188.183 64,21% 22.443 SUECIA 136.482 267.297 51,06% 15.265 FINLANDIA 73.307 142.518 51,44% 14.081 FRANCIA 771.071 1.557.245 49,52% 12.930 HOLANDA 206.936 453.795 45,60% 12.779 IRLANDA 38.047 131.922 28,84% 9.598 BELGICA 91.016 267.480 34,03% 8.789 ALEMANIA 607.929 2.129.200 28,55% 7.366 AUSTRIA 43.432 224.270 19,37% 5.374 ITALIA 270.834 1.300.926 20,82% 4.725 ESPAÑA 108.717 743.046 14,63% 2.616 PORTUGAL 23.053 130.428 17,67% 2.215 GRECIA 4.468 152.572 2,93% 406 UE-15 3.925.475 9.301.826 42,20% 10.320
El Seguro de Vida en EuropaComparativa del ahorro medio por habitante
Fuente: CEA
Datos en millones de euros
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EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
Tributación presente y futura del seguro de vida
en España
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TRIBUTACIÓN DEL SEGURO DE VIDA EN ESPAÑA: SITUACIÓN ACTUAL
• Fondos de inversión: La tributación se difiere si el importe obtenido en la venta se reinvierte en otro fondo de inversión (no tienen que pagar “peaje fiscal” en el cambio de fondos)
Fondos de Inversión Fondos de Inversión > 1 año > 1 año
Depósitos Depósitos >2 años >2 años
Coeficiente de Reducción:
Tipo fijo 15%Tipo fijo 15%
40%40%
Seguros (cobro en forma de capital)
Seguros (cobro en forma de capital)
Primas Únicas
Primas Únicas
2 a 5 años 2 a 5 años
> 5 años > 5 años
40%40%
75%75%
Primas Periódicas Primas Periódicas 75% > 8 años 75% > 8 años
Tipo de Tributación:
16
TRIBUTACIÓN DEL SEGURO DE VIDA EN ESPAÑA: SITUACIÓN ACTUAL
Tributación de los Seguros de Vida con cobro en forma de rentas inmediatas
40 % 35 % 25 %
45 %
20 %< 40 años 40-49 años 50-59 años > 69 años60-69 años
25 % 35 % 42 %15 %
< 5 años 5< r <10 años 10< r <15 años > 15 años
• Rentas vitalicias: Se considera RCM el resultado de aplicar a cada anualidad de renta los porcentajes siguientes (en función de la edad del rentista en el momento de constituir la renta)
• Rentas temporales: Se considera RCM el resultado de aplicar a cada anualidad de renta los porcentajes siguientes (en función de la duración de la renta)
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SEGUROS COLECTIVOS QUE INSTRUMENTAN COMPROMISOS POR PENSIONES
PRESTACIONES:
Reducciones del 40% y 75% a más de 2 y 5 años (8 años en primas periódicas) para los rendimientos derivados de las prestaciones percibidas en forma de capital si las primas han sido imputadas. Si las primas no han sido imputadas, se aplica una reducción del 40% a más de 2 años cuando la prestación se percibe en forma de capital
PLANES DE PENSIONES Y PPAs
APORTACIONES:
Límite general: 8.000 euros anuales
Límite incrementado a partir de 52 años: 1.250 euros por cada año a partir de 52 años, hasta el límite de 24.250 euros a los 65 años de edad
Límites independientes, idénticos a los anteriores, para las aportaciones y contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo
PRESTACIONES
Reducción del 40% para las prestaciones percibidas en forma de capital, siempre que hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación
TRIBUTACIÓN DEL SEGURO DE VIDA EN ESPAÑA: SITUACIÓN ACTUAL
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
• Seguros de vida: se suprimen las reducciones del 40% y 75% a más de 2 y 5 años (8 años en primas periódicas) para los rendimientos derivados de las prestaciones percibidas en forma de capital de seguros de vida
• Dividendos: se establece una exención con el límite de 1.000 euros anuales
• Fondos de inversión: mantienen la ventaja fiscal consistente en no tener que pagar “peaje fiscal” cuando se reinvierte en otro fondo de inversión
Fondos de Inversión Fondos de Inversión desde 1er día desde 1er día
Depósitos Depósitos desde 1er díadesde 1er día
Coeficiente de Reducción:
Tipo fijo 18%Tipo fijo 18%
Tipo fijo 18%Tipo fijo 18%
Seguros (cobro en forma de capital)
Seguros (cobro en forma de capital)
Primas Únicas
Primas Únicas
desde 1er díadesde 1er día Tipo fijo 18%Tipo fijo 18%
Primas Periódicas Primas Periódicas Tipo fijo 18%Tipo fijo 18%
Tipo de Tributación:
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Tributación de los Seguros de Vida con cobro en forma de rentas inmediatas
35 % 28 % 22 %
40 %
13 %< 40 años 40-49 años 50-59 años > 69 años60-69 años
20 % 26 % 32 %14 %
< 5 años 5< r <10 años 10< r <15 años > 15 años
• Rentas vitalicias: Se considera RCM el resultado de aplicar a cada anualidad de renta los porcentajes siguientes (en función de la edad del rentista en el momento de constituir la renta)
• Rentas temporales: Se considera RCM el resultado de aplicar a cada anualidad de renta los porcentajes siguientes (en función de la duración de la renta)
LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
SEGUROS COLECTIVOS QUE INSTRUMENTAN COMPROMISOS POR PENSIONES
PRESTACIONES:
Se suprimen las reducciones del 40% y 75% a más de 2 y 5 años (8 años en primas periódicas) para los rendimientos derivados de las prestaciones percibidas en forma de capital
SISTEMAS DE PREVISIÓN SOCIAL
APORTACIONES:
Límite reducción BI (general): 8.000 euros anuales (o si es menor, el 30% de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas / 50% en el caso de mayores de 50 años)
Límite incrementado a partir de 50 años:10.000 euros anuales
Se vuelven a unificar los límites de reducción (individuales y de empleo)
PRESTACIONES
Se elimina la reducción del 40% para las prestaciones percibidas en forma de capital
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OTRAS NOVEDADES (I)
PLANES INDIVIDUALES DE AHORRO SISTEMÁTICO
Producto exclusivamente asegurador. Pretende incentivar la contratación de rentas vitalicias aseguradas
Se configuran como contratos celebrados con entidades aseguradoras para constituir con los recursos aportados una renta vitalicia asegurada
La renta vitalicia asegurada puede comenzar a percibirse una vez que hayan transcurrido 10 años desde el pago de la primera prima
El beneficio fiscal de estos productos consiste en la exención de todos los rendimientos que se hayan generado desde el pago de la primera prima hasta el inicio del cobro de la renta vitalicia asegurada
Límite máximo anual de aportación: 8.000 euros (este límite es independiente del aplicable a planes de pensiones, PPAs, etc.). Las primas acumuladas en estos contratos no pueden superar la cuantía total de 240.000 euros por contribuyente.
Es posible hacer líquidos los derechos económicos acumulados, tanto en el período de acumulación, como en fase de cobro de la renta vitalicia asegurada (perdiendo, lógicamente, la ventaja fiscal del producto)
LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
OTRAS NOVEDADES (II)
PLANES DE PREVISIÓN SOCIAL EMPRESARIAL
Seguros colectivos con el mismo tratamiento fiscal que el aplicable a los sistemas de previsión social (planes de pensiones, PPAs, etc.)
Son de aplicación a este tipo de contratos de seguro los principios de no discriminación, capitalización, irrevocabilidad de aportaciones y atribución de derechos establecidos en la Ley de Planes y Fondos de Pensiones
Las primas satisfechas por el tomador habrán de ser objeto de imputación a los asegurados
Al igual que los PPAs individuales, tienen obligatoriamente que ofrecer una garantía de interés y utilizar técnicas actuariales. Las contingencias previstas deben ser las establecidas en la Ley de Planes y Fondos de Pensiones. Se permite la movilización a otro Plan de Previsión Social Empresarial
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
OTRAS NOVEDADES (III)
SEGUROS DE DEPENDENCIA
Seguros con el mismo tratamiento fiscal que el aplicable a los sistemas de previsión social (planes de pensiones, PPAs, etc.)
Sólo pueden cubrir, exclusivamente, el riesgo de gran dependencia
El contribuyente debe ser el tomador, asegurado y beneficiario (de momento solo pueden ser seguros individuales)
Tienen obligatoriamente que ofrecer una garantía de interés y utilizar técnicas actuariales.
El Proyecto de Ley prevé que la normativa aplicable a estos contratos de seguros se desarrollará reglamentariamente.
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
RÉGIMEN TRANSITORIO (I)
SEGUROS INDIVIDUALES CON COBRO EN FORMA DE CAPITAL
Es posible seguir aplicando el régimen fiscal vigente (reducciones del 40% y 75%)
Primas Únicas: aplicable a rendimientos correspondientes a primas satisfechas hasta el 19 de enero de 2006
Primas Periódicas: también aplicable a los rendimientos correspondientes a primas ordinarias previstas en la póliza original del contrato satisfechas con posterioridad al 19 de enero de 2006.
Las reducciones no se aplicarán directamente, sino vía compensación fiscal que el contribuyente percibirá en el momento de realizar su declaración del IRPF. Dicha compensación operará respecto de todos aquellos supuestos en los que, con la normativa vigente, la tributación efectiva sea inferior al 18% (en color azul):
PERÍODO > 2 AÑOS > 5 AÑOS
REDUCCIÓN 40% 75%
TRAMOS EN €
< 4,080 9% 3,75%
> 4,080
< 14,076
> 14,076
< 26,316
>26,316
< 45,900
> 45,900 27% 11,25%
7%
22,2% 9,25%
16,8%
TIPOS DE TRIBUTACIÓN EFECTIVA
14,4% 6%
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
RÉGIMEN TRANSITORIO (II)
SEGUROS INDIVIDUALES CON COBRO EN FORMA DE RENTA
Se aplican los nuevos porcentajes de integración, por ser más favorables en todo caso, que los previstos en la normativa vigente
SEGUROS COLECTIVOS QUE INSTRUMENTAN COMPROMISOS POR PENSIONES CON COBRO EN FORMA DE CAPITAL
Del mismo modo que en los seguros individuales, el Proyecto de Ley parece contemplar la posibilidad de seguir aplicando el régimen fiscal vigente (reducciones del 40% y 75%) por lo que se refiere a primas satisfechas hasta 31 de diciembre de 2006 (contratos vigentes a 20 de enero de 2006), e incluso a primas ordinarias previstas en la póliza original del contrato satisfechas con posterioridad a 31 de diciembre de 2006
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LA NUEVA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA CON LA REFORMA DEL IRPF
RÉGIMEN TRANSITORIO (III)
PLANES DE PENSIONES Y PPAs
Podrá seguir aplicándose la reducción del 40% para las prestaciones percibidas en forma de capital, por la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, y siempre que hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación.
A la parte de la prestación percibida en forma de capital correspondiente a aportaciones realizadas a partir de 1 de enero de 2007 no le resultará de aplicación la reducción del 40% que prevé la normativa actualmente vigente.
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EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
Valoración y propuestas de mejora del Proyecto de Ley del Reforma del IRPF
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VALORACIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF
UN REPASO DE LA SITUACIÓN ACTUAL
La fiscalidad actualmente vigente ha permitido un crecimiento sostenido y diversificado de los distintos instrumentos de ahorro
Conveniencia de contar con un marco fiscal estable para el ahorro-previsión (materializado en seguros de vida y planes de pensiones)
En los principales países de la UE el seguro de vida a medio y largo plazo tiene importantes incentivos fiscales, en atención a la función social que cumple
Los beneficios fiscales del seguro de vida han tenido un escaso coste presupuestario en España, habiéndose alcanzado, sin embargo, notables aunque todavía insuficientes, niveles de ahorro-previsión
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VALORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF (I)
ASPECTOS POSITIVOS
Relativa mejora, aunque todavía insuficiente, de la tributación de los seguros de vida con cobro en forma de rentas, vitalicias o temporales
Planes individuales de ahorro sistemático: nuevo estímulo para las rentas vitalicias, que son el instrumento que mayor grado de complementariedad presenta con las prestaciones de la seguridad social
Planes de Previsión Social Empresarial: se equipara el tratamiento fiscal de los Planes de Pensiones de Empleo y de estos seguros colectivos
Seguros de Dependencia: se establecen determinados incentivos fiscales, muy limitados, para los seguros privados de Dependencia
Se mantiene el régimen fiscal vigente para los seguros contratados antes de la Reforma (régimen transitorio)
VALORACIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF
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VALORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF (II)
PROPUESTAS DE MEJORA (i)
Debe incentivarse aún más la fiscalidad de los seguros de vida con cobro en forma de rentas vitalicias y temporales
Debería darse un nuevo impulso a la previsión social empresarial, sobre todo en el ámbito de las PYMES, a lo que pueden contribuir los Planes de Previsión Social Empresarial
VALORACIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF
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VALORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF (III)
PROPUESTAS DE MEJORA (ii)
Si se quiere incentivar fuertemente la contratación de seguros de Dependencia de forma que estos ayuden a hacer frente al copago, deberían establecerse mayores beneficios fiscales para estos productos, así como conferirles una mayor flexibilidad
Límite independiente de reducción en la base imponible de 4.000 euros (distinto al de otros sistemas de previsión social)
Eliminación de límite financiero, para posibilitar la contratación de seguros de riesgo a prima única
Deberían permitirse aportaciones con derecho a reducción por parte del cónyuge o familiares directos del dependiente
Es preciso posibilitar que las empresas suscriban seguros colectivos de dependencia a favor de sus trabajadores
Debe estimularse fiscalmente la movilización del patrimonio de los ciudadanos para la contratación de seguros de dependencia
VALORACIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF
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VALORACIÓN Y PROPUESTAS DE MEJORA DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF
VALORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL IRPF (IV)
PROPUESTAS DE MEJORA (iii)
Por lo que se refiere a los Sistemas de Previsión Social (Planes de Pensiones, Mutualidades, PPAs y Planes de Previsión Social Empresarial), convendría ampliar el límite general de reducción en la base imponible de las aportaciones, así como el límite incrementado a partir de 50 años
Asimismo, sería muy conveniente que se estableciera un límite adicional independiente para las aportaciones y contribuciones empresariales a Planes de Pensiones de empleo y Planes de Previsión Social Empresarial
En cuanto a las prestaciones, debería establecerse un mecanismo que no penalice tanto el cobro de las prestaciones de estos instrumentos en forma de capital (tales prestaciones tributarán íntegramente como rendimientos del trabajo, sin ningún tipo de reducción).
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16 DE MARZO DE 2006
EL FUTURO DE LA FISCALIDAD DEL AHORRO EN ESPAÑA: EL AHORRO A
TRAVÉS DE SEGUROS DE VIDA
Pilar González de FrutosPRESIDENTA